Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52010XG0526(04)

Conclusiones del Consejo, de 10 de mayo de 2010 , sobre la contribución de la cultura al desarrollo regional y local

DO C 135 de 26.5.2010, p. 15–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.5.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 135/15


Conclusiones del Consejo de 10 de mayo de 2010 sobre la contribución de la cultura al desarrollo regional y local

2010/C 135/05

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO:

el marco de referencia político pertinente que se indica en el anexo de las presentes conclusiones,

los retos, tanto económicos como sociales, a los que se enfrenta la Unión Europea, y la necesidad de una estrategia europea que los aborde,

el valor intrínseco de la cultura, así como su importancia como motor fundamental de una economía de mercado competitiva, innovadora e integradora, y como vehículo de cohesión social,

la particular riqueza y diversidad de las regiones y de las ciudades de Europa, por su proximidad a las necesidades de los ciudadanos y actores locales y a su papel como plataformas de cohesión económica, social y territorial,

la contribución de la cultura y de las industrias culturales y creativas al desarrollo local y regional, al hacer que las regiones europeas resulten más atractivas y desarrollen un turismo sostenible, creando así nuevas posibilidades de empleo, productos y servicios innovadores, y contribuyendo a desarrollar nuevas capacidades y competencias.

CONVIENE EN QUE:

existe un vínculo evidente entre cultura, creatividad e innovación, que contribuye al progreso social y económico. Por ello es esencial consolidar la contribución de la cultura, especialmente de las industrias culturales y creativas, en la estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

CONSIDERA QUE, PARA REFORZAR LA CONTRIBUCIÓN DE LA CULTURA AL DESARROLLO REGIONAL Y LOCAL, ES NECESARIO:

integrar la cultura como elemento estratégico y transversal en las políticas europeas y nacionales para el desarrollo social y económico de las regiones y ciudades europeas,

fomentar la inversión estratégica en cultura y en industrias culturales y creativas, en particular pequeñas y medianas empresas, a escala local y regional, para fomentar sociedades creativas y dinámicas,

fomentar la contribución de la cultura al turismo sostenible, como factor clave para el atractivo y el desarrollo económico local y regional, y como motor para destacar la importancia del patrimonio cultural en Europa,

incrementar la sensibilización entre los responsables de la toma de decisiones sobre las políticas locales y regionales que impulsen, mediante la cultura y la creatividad, nuevas competencias adaptadas al actual entorno sometido a rápidos cambios, con miras a impulsar nuevas capacidades, mejorar el capital humano y fomentar la cohesión social,

fortalecer las iniciativas culturales transfronterizas, transnacionales e interregionales, como medio para estrechar lazos entre los diversos pueblos y regiones de Europa y reforzar la cohesión económica, social y territorial.

ESTABLECE, RESPETANDO DEBIDAMENTE EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, LOS SIGUIENTES ÁMBITOS PRIORITARIOS:

1.   Integrar la cultura en las políticas de desarrollo local y regional

Se invita a los Estados miembros y a la Comisión a:

a)

reforzar el papel de la cultura en las políticas integradas de desarrollo local y regional, incluidos aspectos como infraestructuras, regeneración urbana, diversificación rural, servicios, iniciativa empresarial, turismo, investigación e innovación, mejora del capital humano, e integración social y cooperación interregional;

b)

mejorar las sinergias verticales y horizontales entre el sector cultural y otros sectores, así como las asociaciones entre las partes interesadas de los sectores público y privado;

c)

apoyar un planteamiento basado en datos fehacientes en relación con la inversión cultural a escala local y regional, recurriendo a la evaluación de impacto y sus instrumentos;

d)

fomentar el incremento de la cooperación y el intercambio de buenas prácticas entre los Estados miembros, las regiones, ciudades y partes interesadas europeas;

e)

fomentar la información y mejorar la sensibilización sobre la contribución de la cultura al desarrollo local y regional;

f)

facilitar una mejor comprensión del marco normativo y de los procedimientos de ejecución de los instrumentos de la política de cohesión, en los que participen en concreto los actores culturales, tanto del ámbito público como privado, incluida la sociedad civil, que ayuden a fomentar entre los responsables de las políticas de desarrollo local y regional una mayor sensibilización acerca de la dimensión cultural.

Se invita a los Estados miembros a:

a)

incluir a los actores culturales en un planteamiento ascendente integrado de los programas de desarrollo local y regional, incluso en el contexto de la política europea de cohesión según proceda;

b)

incorporar a las autoridades locales y regionales a la ejecución de la Agenda Europea para la Cultura, para que la política cultural responda a las expectativas y necesidades de las regiones y ciudades europeas;

c)

alentar estrategias de desarrollo local integradas, destinadas a compensar las diferencias geográficas entre los ciudadanos en el acceso a la cultura.

Se invita a la Comisión a:

a)

recopilar y difundir a nivel europeo buenas prácticas, y elaborar instrumentos para el intercambio de información a escala europea.

2.   Fomentar a escala local y regional un contexto favorable para un mejor desarrollo de las industrias culturales y creativas, en especial las pequeñas y medianas empresas

Se invita a los Estados miembros y a la Comisión a:

a)

aprovechar en mayor grado los instrumentos de la política de cohesión y demás programas de financiación aplicables con miras a optimizar el apoyo a las industrias culturales y creativas, incluso mediante la mejora del acceso a la información sobre oportunidades de financiación y la prestación de servicios de consultoría;

b)

propiciar la creación de incubadoras de industrias culturales y del sector de la creación a nivel local y regional, fortaleciendo así la iniciativa empresarial;

c)

estudiar formas de promover nuevos modelos empresariales y de consolidar los polos creativos y los centros de investigación empresarial, aprovechando las oportunidades que ofrecen la aplicación y el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones;

d)

apoyar y reforzar el acceso de las pequeñas y medianas empresas culturales y creativas a canales de distribución digital y material, mediante políticas que propicien el mayor grado posible de distribución y circulación de obras, garantizando la remuneración equitativa de los distintos actores que participan en la cadena de creación.

Se invita a los Estados miembros a:

a)

fomentar un marco normativo favorable a las pequeñas y medianas empresas culturales y creativas estudiar modos innovadores para facilitar el acceso a la financiación, tanto pública como privada;

b)

propiciar una mejor comunicación entre las industrias culturales y creativas y los servicios financieros, fomentando la gestión empresarial, la investigación y la innovación, así como la información y formación financiera para las empresas, los empresarios y los trabajadores del sector cultural.

Se invita a la Comisión a:

a)

conceder mayor importancia a las industrias culturales y creativas en iniciativas políticas clave, estrategias pertinentes y programas de la Unión Europea.

3.   Profundizar en la contribución de la cultura al turismo sostenible

Se invita a los Estados miembros y a la Comisión a:

a)

alentar el desarrollo del turismo cultural, como elemento clave del turismo sostenible, y conceder la debida atención a la protección del medio ambiente, el patrimonio cultural, el paisaje y la calidad de vida.

Se invita a los Estados miembros a:

a)

propiciar la revitalización de los recursos intrínsecos de cada región, centrándose especialmente en el patrimonio cultural (tangible e intangible), las manifestaciones culturales y las actividades relacionadas;

b)

promover actividades culturales que tengan en cuenta y que respeten las características de cada región y que promocionen su imagen posibilitando al mismo tiempo la implicación y la participación de la población local;

c)

seguir impulsando, en el contexto de la educación medioambiental, el incremento de la sensibilización sobre la necesidad de proteger el patrimonio cultural y natural, con vistas a fomentar actitudes responsables entre los turistas y los prestadores de servicios turísticos.

4.   Promover la creatividad en la educación y la formación, con vistas a desarrollar nuevas capacidades para la mejora del capital humano y el fomento de la cohesión social

Se invita a los Estados miembros y a la Comisión a:

a)

fomentar la creatividad y la innovación en la educación y en los sectores empresariales mediante la creación de redes entre instituciones educativas, centros de investigación y agentes y empresas culturales;

b)

incrementar la vinculación entre los sectores cultural, educativo y empresarial a escala local y regional con el fin de facilitar la integración en el mercado laboral de los jóvenes y las personas con menos oportunidades, dotándolos de las capacidades de comunicación y espíritu emprendedor necesarias en un entorno socioeconómico en constante evolución como el actual.

Se invita a los Estados miembros a:

a)

junto con las autoridades locales y regionales competentes, evaluar las necesidades potenciales de cada región en materia de capacidades y determinar los modos en que la cultura puede prestar una contribución a las políticas orientadas a la mejora del capital humano local;

b)

fomentar la educación cultural y artística como elemento importante del aprendizaje permanente.

Se invita a la Comisión a:

a)

planificar las competencias requeridas por el sector cultural y de la creación en el contexto de los nuevos retos que se derivan del cambio digital, de los cambios demográficos y de la evolución de las circunstancias económicas;

b)

movilizar los instrumentos existentes en apoyo de la movilidad en el aprendizaje de los profesionales del sector cultural y de la creación, incluidos los jóvenes empresarios, y fomentar nuevas formas de aprendizaje (por ejemplo, las iniciativas sobre aprendizaje transfronterizo entre iguales).

5.   Reforzar la cooperación cultural transfronteriza, transnacional e interregional

Se invita a los Estados miembros y la Comisión a:

a)

facilitar la cooperación cultural y la movilidad de los agentes culturales entre las distintas regiones de Europa;

b)

apoyar la elaboración de proyectos y actividades culturales transfronterizos e interregionales que pongan de relieve las características propias de cada territorio y que intenten recabar la participación de sus ciudadanos.

Se invita a los Estados miembros a:

a)

fomentar la utilización de los instrumentos de la política de cohesión para consolidar la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional.

Se invita a la Comisión a:

a)

seguir apoyando las iniciativas culturales dentro de los instrumentos de la política de cohesión que funcionan como catalizadores de buenas prácticas, de intercambios de experiencias y de laboratorios de innovación;

b)

difundir ampliamente entre las partes interesadas estudios y ejemplos de buenas prácticas.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN:

A que tengan en cuenta estas prioridades en la elaboración y ejecución de las actuales y futuras políticas de desarrollo local y regional y en la aplicación de la política europea de cohesión, de acuerdo con sus respectivas competencias.


ANEXO

Al adoptar las presentes conclusiones el Consejo recuerda, en particular, las siguientes referencias:

Convención de la UNESCO, de 20 de octubre de 2005, sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales,

Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) no 1260/1999,

Conclusiones del Consejo, de 24 de mayo de 2007, sobre la contribución de los sectores de la cultura y la creación a la consecución de los objetivos de Lisboa,

Comunicación de la Comisión, de 19 de octubre de 2007, «Agenda para un turismo europeo sostenible y competitivo»,

Resolución del Consejo, de 16 de noviembre de 2007, relativa a una Agenda Europea para la Cultura,

Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de 13 y 14 de marzo de 2008, en las que se reconoce que desarrollar plenamente el potencial de innovación y creatividad de los ciudadanos europeos sobre la base de la cultura y la excelencia científica europeas constituye un factor fundamental para el crecimiento futuro (doc. 7652/08),

Conclusiones del Consejo, de 22 de mayo de 2008, sobre las competencias interculturales,

Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el Plan de trabajo en materia de cultura 2008-2010,

Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre la cultura como catalizador de la creatividad y la innovación,

Europa 2020 — Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador (3 de marzo de 2010),

Libro verde sobre la apertura de las capacidades de las industrias culturales y creativas (27 de abril de 2010).

Estudios:

aplicación del artículo 151.4 del Tratado CE: Utilización de los fondos estructurales en el ámbito de la cultura durante el periodo 1994-1999 (doc. 6929/04),

la economía de la cultura en Europa. Ed.: KEA European Affairs (13 de noviembre de 2006),

el impacto de la cultura en la creatividad. Ed.: KEA European Affairs (junio 2009),

la contribución de la cultura al desarrollo económico local y regional como parte de la política regional europea (abril de 2010).


Top