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Document 52010XG0526(02)

Conclusiones del Consejo, de 11 de mayo de 2010 , sobre las competencias que sirven de base al aprendizaje permanente y la iniciativa «Nuevas capacidades para nuevos empleos»

DO C 135 de 26.5.2010, p. 8–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.5.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 135/8


Conclusiones del Consejo de 11 de mayo de 2010 sobre las competencias que sirven de base al aprendizaje permanente y la iniciativa «Nuevas capacidades para nuevos empleos»

2010/C 135/03

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO

1.

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (1), que intenta garantizar que la educación y la formación iniciales ofrezcan a todos los jóvenes los medios para desarrollar las competencias clave hasta un nivel que los prepare para ampliar posteriormente su aprendizaje y para la vida laboral, y que permita a los adultos desarrollar y actualizar sus competencias clave a lo largo de sus vidas.

2.

La Resolución del Consejo de 15 de noviembre de 2007 relativa a nuevas cualificaciones para nuevos empleos (2) y las conclusiones del Consejo de 9 de marzo de 2009 sobre nuevas cualificaciones para nuevos empleos — previsión de las capacidades necesarias y su adecuación a las exigencias del mercado laboral (3), que se centraban en preparar a las personas para nuevos trabajos en la sociedad del conocimiento y reconocían que las capacidades, las competencias y los requisitos de cualificación aumentarían perceptiblemente en general y en todos los tipos y niveles de empleo y que existía una demanda creciente de competencias clave transversales por parte de las empresas.

3.

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a la creación del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente (4), que fomenta el paso de la tradicional insistencia en «insumos del aprendizaje» —por ejemplo la longitud de una experiencia de aprendizaje, o el tipo de institución— a un planteamiento basado en «resultados del aprendizaje» — es decir, lo que la persona que aprende sabe, comprende y puede hacer.

4.

Las conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 22 de mayo de 2008, sobre el fomento de la creatividad y la innovación en la educación y la formación (5), que subrayaban la importancia del marco de competencias clave para aumentar la creatividad y la innovación y que condujeron al Manifiesto por la creatividad y la innovación en Europa presentado por los Embajadores para el Año europeo de la creatividad y la innovación 2009.

5.

Las conclusiones del Consejo del 22 de mayo de 2008 sobre el aprendizaje de adultos (6), que destacaban la importancia del aprendizaje de adultos como componente clave del aprendizaje permanente.

6.

Las conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 21 de noviembre de 2008, —Preparar a los jóvenes para el siglo XXI (7) — que ponían de relieve que un planteamiento coherente del desarrollo de competencias basado en el marco europeo de referencia de competencias clave para el aprendizaje permanente implicaba la necesidad de hacer mayores esfuerzos para mejorar la capacidad de lectura y otras capacidades básicas.

7.

Las conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre las futuras prioridades de una cooperación europea reforzada en materia de educación y formación profesionales (EFP), de 21 de noviembre de 2008 (8), que subrayaban que la mejora de la creatividad y de la innovación era particularmente importante para la EFP y que, para lograr este objetivo, debía fomentarse activamente la adquisición de competencias clave para el aprendizaje permanente. Las conclusiones también iban dirigidas a mejorar los vínculos entre la EFP y el mercado laboral centrándose en los puestos de trabajo y las capacidades.

8.

Las conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre la mejora de las asociaciones entre los centros de educación y formación y los interlocutores sociales, incluidos los empleadores, en el contexto de la formación permanente (9), que recomendaban que en los centros de enseñanza y de formación, a todos los niveles, se prestara suficiente atención a la adquisición de competencias clave transversales útiles para la vida profesional.

9.

Las conclusiones del Consejo, de 26 de noviembre de 2009, sobre el desarrollo profesional de profesores y directores de centros docentes (10), que reconocían que las demandas planteadas a la docencia están imponiendo la necesidad de nuevos planteamientos y de que los profesores asuman mayor responsabilidad para actualizar y desarrollar su propios conocimientos y capacidades.

10.

Las conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 26 de noviembre de 2009, sobre el desarrollo del papel de la educación en un «triángulo del conocimiento» que funcione plenamente (11), en las que se alentaba a los centros de enseñanza y de formación a velar por que los planes de estudios, así como los métodos de enseñanza y de examen a todos niveles de la enseñanza, incorporen y estimulen la creatividad, la innovación y el espíritu empresarial.

Y RECORDANDO EN ESPECIAL

Las conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020») (12), que proporcionan un medio de hacer frente a los desafíos que impone la aplicación completa de las competencias clave y de mejorar la apertura y pertinencia de la enseñanza y de la formación, incluso mediante la definición de ámbitos de trabajo prioritarios para el ciclo 2009-2011, el posible desarrollo de un patrón de referencia para la empleabilidad y el ajuste del marco coherente de indicadores, dedicando especial atención a los ámbitos de la creatividad, la innovación y el espíritu empresarial.

CONSCIENTE DE LOS SIGUIENTES DESAFÍOS

1.

La crisis económica actual, junto con el rápido ritmo de los cambios sociales, tecnológicos y demográficos, acentúa la importancia vital de garantizar —mediante una enseñanza y formación permanentes de elevada calidad y el aumento de la movilidad— que todas las personas, especialmente los jóvenes, adquieran un sólido conjunto de competencias.

2.

La adquisición de competencias y el desarrollo adicional de éstas son cruciales para mejorar las perspectivas de empleo y contribuir a la realización personal, a la inclusión social y a la ciudadanía activa, porque determinan la capacidad de las personas de organizarse en contextos complicados, cambiantes e impredecibles. Tal y como se establece en la Recomendación sobre las competencias clave, la persona competente podrá combinar conocimientos, competencias y actitudes y aplicar y utilizar en situaciones nuevas lo aprendido anteriormente (se haya adquirido de manera formal, no formal o informal).

3.

El informe conjunto de 2010 del Consejo y de la Comisión sobre la puesta en práctica del programa de trabajo «Educación y formación 2010» reconoce que:

numerosos países están introduciendo reformas curriculares que se basan explícitamente en el marco de competencias clave, en particular en el sector escolar, pero deben desarrollarse planteamientos innovadores de la enseñanza y del aprendizaje y aplicarse más generalmente para asegurarse de que cada ciudadano pueda tener acceso a oportunidades de aprendizaje permanente de alta calidad,

existe particular necesidad de fortalecer las competencias necesarias para poder seguir ampliando conocimientos y para entrar en el mercado laboral, que a menudo están estrechamente interrelacionadas. Ello implica seguir desarrollando el planteamiento de las competencias clave más allá del sector escolar, en el aprendizaje de adultos y en la educación y formación profesionales (EFP) en relación con el proceso de Copenhague, y asegurarse de que los resultados de la enseñanza superior se adapten mejor a las necesidades del mercado laboral. Implica asimismo que se desarrollen modos de evaluación y de registro de las competencias transversales clave— que se definen incluyendo aprender a aprender, competencias sociales y cívicas, sentido de la iniciativa y espíritu de empresa, y conciencia y expresión culturales (13) - que sean pertinentes para el acceso al trabajo y al aprendizaje posterior,

debe desarrollarse un «lenguaje común» que conecte los mundos de la enseñanza/formación y del trabajo, para que los ciudadanos y las empresas puedan evaluar más fácilmente la pertinencia de las competencias y los resultados del aprendizaje para las distintas tareas y empleos. Esto facilitaría más la movilidad profesional y geográfica de los ciudadanos,

para mejorar las competencias de los ciudadanos y, por lo tanto, preparar mejor a las personas para el futuro, los sistemas de educación y formación también deben abrirse más y llegar a ser más pertinentes para el mundo exterior.

SUBRAYANDO QUE

Estos desafíos requieren una actuación, tanto a nivel europeo como nacional, como parte de los ámbitos de trabajo prioritarios específicamente previstos para el primer ciclo de trabajo 2009-2011 de ET 2020. Debe aplicarse plenamente el planteamiento de competencias clave en el sector escolar, en particular para apoyar la adquisición de competencias clave y la obtención de resultados de calidad en materia de aprendizaje por parte de las personas expuestas a un riesgo de bajo rendimiento escolar y de exclusión social. Es preciso desarrollar métodos de enseñanza y evaluación y apoyar la formación profesional inicial y permanente de todos los profesores, formadores y directivos de centros escolares, conforme al planteamiento basado en las competencias.

Sin embargo, también es necesario clarificar el vínculo entre diversas iniciativas europeas existentes dirigidas a consolidar las competencias de los ciudadanos y a centrarse más en los resultados del aprendizaje, y estudiar su desarrollo, así como garantizar un planteamiento coherente en este ámbito. Para ello, deberían aprovecharse los progresos realizados en la aplicación de la Recomendación sobre las competencias clave y el marco europeo de cualificaciones (MEC), y habría que conectarlos con la adquisición de competencias y los resultados del aprendizaje en todas las instancias pertinentes y a todos los niveles. Debería aspirarse más a mejorar y consolidar sistemáticamente la adquisición de competencias en la enseñanza y la formación, así como en el trabajo.

DESTACA POR LO TANTO LA IMPORTANCIA DE LA ACTUACIÓN EN LOS SIGUIENTES ÁMBITOS

Hay que esforzarse en mostrar la pertinencia de las competencias clave en todos niveles de la enseñanza y la formación y en todas las etapas y situaciones de la vida. Además del apoyo a la aplicación de las competencias clave en los ámbitos señalados por la Recomendación de 2006, también debería procurarse aprovechar la Recomendación al máximo para apoyar el aprendizaje permanente más allá de la enseñanza obligatoria.

Debe hacerse más por apoyar la adquisición, la actualización y el desarrollo futuro de toda la gama de competencias clave en los ámbitos de la formación profesional y en el aprendizaje de adultos.

Para dotar a los estudiantes de las competencias requeridas por el mercado laboral y para el aprendizaje permanente y las actividades de investigación, ha de darse asimismo prioridad en la enseñanza superior a la actualización, la adquisición y el desarrollo futuro de competencias clave. Es particularmente importante que las instituciones de enseñanza superior brinden oportunidades a los estudiantes para que éstos desarrollen su capacidad para comunicarse en lenguas extranjeras, cuando proceda, así como un sólido conjunto de competencias clave transversales, dado que éstas son esenciales para adquirir otras capacidades, adaptarse a diversos ambientes de trabajo y ser ciudadanos activos.

El diseño curricular, la enseñanza, la evaluación, y los entornos de aprendizaje deberían basarse con coherencia en los resultados del aprendizaje, es decir, en los conocimientos, las capacidades y las competencias que deben adquirir las personas que aprenden. Se debería hacer particular hincapié en las competencias clave transversales que requieren métodos intercurriculares e innovadores. Para lograr la transición a un planteamiento basado en las competencias, también habría que esforzarse en garantizar que los profesores, los formadores y los directores de centros docentes estén preparados para asumir los nuevos papeles implícitos en dicho planteamiento. Este proceso puede ser apoyado mediante asociaciones reforzadas entre instituciones educativas y de formación y el mundo exterior, especialmente el laboral.

También debe trabajarse más para evaluar adecuadamente, registrar y facilitar la prueba de las competencias desarrolladas por los ciudadanos a lo largo de sus vidas en entornos de aprendizaje formales, no formales e informales, a efectos de empleo y de acceso al aprendizaje permanente, así como para su participación activa en la sociedad. Se requieren vías flexibles en la educación y la formación, ya que pueden mejorar las posibilidades de empleo de los ciudadanos y facilitar la determinación de sus competencias evolutivas y de sus necesidades futuras de aprendizaje. La eficacia de los instrumentos para identificar y registrar las competencias podría aumentar mucho si todas las partes interesadas tanto en la educación y formación como en el mercado laboral pudieran adoptar una terminología y un planteamiento uniformes.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A

Apoyar el intercambio de buenas prácticas e iniciativas nacionales relacionadas con los ámbitos anteriormente mencionados. De conformidad con los ámbitos de trabajo previstos para el primer ciclo 2009-2011 de ET 2020, y aprovechando al máximo la experiencia y el concurso permanente del CEDEFOP, convendría prestar mayor atención a las competencias clave transversales en los currículos, la evaluación y las cualificaciones, al fomento de la creatividad y la innovación, desarrollando métodos de enseñanza y aprendizaje específicos, y a la creación de asociaciones entre los proveedores de enseñanza y formación, la empresa y la sociedad civil.

Apoyar el desarrollo profesional inicial y permanente de todos los profesores, formadores y los directores de centros docentes de enseñanza general así como de formación profesional, también con el objetivo de prepararlos para asumir los nuevos papeles que supone un planteamiento basado en las competencias.

Emprender trabajos con el fin de determinar el modo en que pueden desarrollarse y adaptarse continuamente las competencias clave para responder a los desafíos a que se enfrentan los individuos durante su aprendizaje y sus vidas laborales, a través del examen y del desarrollo, entre otras cosas, de la evaluación de las competencias clave a distintos niveles de enseñanza y de formación. En particular, debería estudiarse la conveniencia de establecer una vinculación entre los niveles de referencia basados en los resultados del aprendizaje promovidos por la aplicación por parte de los Estados miembros del MEC y el marco de competencias clave.

Trabajar en colaboración con los interlocutores sociales, los servicios públicos de empleo y otras partes interesadas en el desarrollo de un lenguaje común —o terminología uniforme— que abarque el Marco Europeo de Cualificaciones, Competencias y Ocupaciones (MECCO). Este lenguaje común debería servir para mejorar la articulación entre las competencias adquiridas en los procesos de aprendizaje y las necesidades de los empleos y del mercado laboral, tendiendo así un puente entre los mundos de la enseñanza/ formación y del trabajo. Con ello se podría apoyar y desarrollar la aplicación del MEC, al facilitar la descripción, desglose por categorías y clasificación de la oferta de formación y de enseñanza, los resultados del aprendizaje individual y las experiencias, así como las posibilidades de empleo correspondientes. El objetivo general sería facilitar la evaluación por parte de los ciudadanos, los servicios públicos de empleo, los asesores laborales, los orientadores y las empresas de la pertinencia de los resultados del aprendizaje en cualificaciones nacionales para las distintas tareas y empleos, y utilizar el lenguaje común para adaptar mejor las necesidades de capacidades al mercado laboral.

Desarrollar y fomentar en mayor medida, en colaboración con todas las partes interesadas pertinentes, el reconocimiento del aprendizaje no formal e informal, con vistas a permitir a los ciudadanos entrar en el mercado laboral y entablar formación posterior.

Desarrollar el marco Europass, conforme a la aplicación del MEC y con vistas a registrar y poner de relieve más eficazmente los conocimientos, las capacidades y las competencias adquiridas por los ciudadanos a lo largo de sus vidas en diversas situaciones de aprendizaje, examinando también el desarrollo de un «pasaporte personal de capacidades» basado en elementos existentes de Europass.

Proseguir los trabajos sobre la identificación de los nuevos conocimientos, capacidades y competencias requeridos a efectos de trabajo y de aprendizaje, teniendo en cuenta a la vez la importancia de los sistemas de orientación profesional, para apoyar a los ciudadanos en sus esfuerzos por encontrar y crear nuevos y mejores trabajos y para medir y analizar posibles inadaptaciones de las capacidades.

INVITA A LA COMISIÓN A

Informar al Consejo, antes del final de 2011, sobre la manera de proseguir el programa establecido en las presentes conclusiones, y trabajar junto a los Estados miembros y otras partes interesadas en su aplicación de conformidad con las prioridades establecidas en las conclusiones del Consejo de 12 de mayo de 2009 sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, así como en el contexto de la estrategia Europa 2020.


(1)  DO L 394 de 30.12.2006, p. 10.

(2)  DO C 290 de 4.12.2007, p. 1.

(3)  Doc. 6479/09.

(4)  DO C 111 de 6.5.2008, p. 1.

(5)  DO C 141 de 7.6.2008, p.17.

(6)  DO C 140 de 6.6.2008, p. 10.

(7)  DO C 319 de 13.12.2008, p. 20.

(8)  DO C 18 de 24.1.2009, p. 6.

(9)  Doc. 9876/09.

(10)  DO C 302 de 12.12.2009, p. 6.

(11)  DO C 302 de 12.12.2009, p. 3.

(12)  DO C 119 de 28.5.2009, p. 2.

(13)  DO L 394 de 30.12.2006, p. 10, y DO C 119 de 28.5.2009, p. 4.


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