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Document 52010DC0809

    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Evaluación de las medidas tomadas por Malta en respuesta a la Recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010 con vistas a poner fin a la situación de déficit público excesivo

    /* COM/2010/0809 final */

    52010DC0809

    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Evaluación de las medidas tomadas por Malta en respuesta a la Recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010 con vistas a poner fin a la situación de déficit público excesivo /* COM/2010/0809 final */


    [pic] | COMISIÓN EUROPEA |

    Bruselas, 6.1.2011

    COM(2010) 809 final

    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO

    Evaluación de las medidas tomadaspor Maltaen respuesta a la Recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010 con vistas a poner fin a la situación de déficit público excesivo

    SEC(2010) 1630 final

    PROCEDIMIENTO DE DÉFICIT EXCESIVO Y RECOMENDACIONES MÁS RECIENTES

    Los efectos de la recesión económica y algunos aumentos de los gastos discrecionales en 2008 llevaron a una ampliación del déficit de las administraciones públicas en Malta, que pasó al 4,8% del PIB en 2008 y el 3,8% del PIB en 2009, frente al 2,3% del PIB observado en 2007. En este contexto, el 7 de julio de 2009, el Consejo declaró la existencia de un déficit excesivo en Malta y formuló una recomendación a este país de conformidad con el artículo 104, apartado 7, del Tratado constitutivo de la CE, para que pusiese fin a esa situación en 2010 a más tardar[1]. En su recomendación, el Consejo estableció el plazo del 7 de enero de 2010 para la adopción de medidas eficaces.

    El 16 de febrero de 2010, el Consejo concluyó que se habían tomado medidas eficaces para atenerse a la recomendación mencionada, pero que en Malta habían aparecido factores económicos adversos e inesperados con importantes efectos desfavorables sobre la hacienda pública. Como consecuencia de ello, el Consejo recomendó ampliar en un año, hasta 2011, el plazo para que las autoridades maltesas pusieran fin a su situación de déficit excesivo, de conformidad con el artículo 3, apartado 5, del Reglamento (CE) nº 1467/97.

    En particular, el Consejo recomendó a las autoridades maltesas: a) alcanzar el objetivo de déficit para 2010 establecido en el presupuesto, adoptando en caso necesario medidas de saneamiento adicionales, y realizar en 2011 un esfuerzo presupuestario equivalente a tres cuartos de punto porcentual del PIB (este saneamiento presupuestario también debería contribuir a situar el ratio de deuda pública bruta en una senda decreciente que se acerque al valor de referencia del 60% del PIB a un ritmo satisfactorio restableciendo un nivel adecuado de superávit primario); y b) especificar las medidas necesarias para lograr la corrección del déficit excesivo en 2011 a más tardar, si las condiciones cíclicas lo permiten, y acelerar la reducción del déficit si las condiciones económicas o presupuestarias resultan mejores de lo esperado. Por otra parte, se exigió a las autoridades maltesas aprovechar cualquier oportunidad al margen del esfuerzo de ajuste presupuestario, derivada, por ejemplo, de unas mejores condiciones económicas, para acelerar la reducción del ratio de deuda bruta hacia el valor de referencia del 60% del PIB. A fin de limitar los riesgos para el ajuste, se recomendó a las autoridades maltesas reforzar el carácter vinculante de su marco presupuestario a medio plazo y mejorar el control de la ejecución del presupuesto a lo largo de todo el año.

    El Consejo estableció el plazo del 16 de agosto de 2010 para que el Gobierno maltés aplicara medidas eficaces a fin de alcanzar el objetivo de déficit para 2010 y definiera en líneas generales las medidas necesarias para avanzar hacia la corrección del déficit excesivo.

    Por último, el Consejo también invitó a las autoridades maltesas a introducir reformas para mejorar la calidad de las finanzas públicas, particularmente, aumentando la eficiencia del gasto público, sobre todo en las áreas de sanidad y educación.

    La Comisión realiza su evaluación de las medidas tomadas tras la adopción por el Gobierno, el 25 de octubre, del presupuesto para 2011 y basándose en las previsiones del otoño de 2010 de los servicios de la Comisión, que tienen en cuenta las medidas presupuestarias.

    EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS TOMADAS

    Las autoridades prevén que, tras alcanzar el 3,8% del PIB en 2009, el ratio de déficit aumente ligeramente en 2010, al 3,9% del PIB, en consonancia con el objetivo de déficit establecido en el presupuesto para 2010, en el que se basa la recomendación del Consejo. Esta previsión se realiza en el contexto de un crecimiento del PIB real superior al contemplado en las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, en las que se basaba la recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010. Por otra parte, la previsión incluye reducciones puntuales del déficit derivadas de una amnistía fiscal (0,2% del PIB) y de la venta de equipamientos pertenecientes a los astilleros (0,3% del PIB), aunque también excesos en los gastos primarios corrientes y unos menores ingresos tributarios en comparación con los planes establecidos en el presupuesto para 2010. Según las previsiones del otoño de 2010 de los servicios de la Comisión, el ratio de déficit aumentaría en 2010, hasta el 4,2% del PIB, debido principalmente a una disminución de la recaudación tributaria que sería superior a la tenida en cuenta por las autoridades. Las previsiones del otoño de 2010 apuntan a un empeoramiento del saldo estructural en alrededor del 1% del PIB en 2010.

    Por consiguiente, la Comisión señala un cierto desvío respecto de la recomendación del Consejo de lograr el objetivo de déficit del 3,9% del PIB para 2010 que se estableció en el presupuesto para dicho año. Por otra parte, aunque las condiciones económicas están resultando mejores de lo que se esperaba cuando el Consejo emitió su recomendación, no se ha observado una aceleración de la reducción del déficit.

    Para 2011, las autoridades se fijan como objetivo un ratio déficit/PIB del 2,8%, que se proponen alcanzar gracias a la aceleración de la recaudación tributaria resultante de la recuperación económica actual, y a medidas de aumento de los ingresos, a la eliminación gradual de la mayoría de las medidas de estímulo introducidas en 2010 y al aumento de la eficiencia del gasto. Sin embargo, se espera que las reducciones de gasto presupuestadas sean parcialmente contrarrestadas por una serie de medidas de aumento del gasto. Según las previsiones del otoño de 2010 de los servicios de la Comisión, el déficit sería ligeramente superior, 3% del PIB en 2011, como consecuencia principalmente del mayor déficit previsto para 2010. La reducción del déficit prevista para 2011 (1,2 puntos porcentuales del PIB) se basa en la hipótesis de aplicación rigurosa del presupuesto para 2011, y especialmente en los aumentos de eficiencia planeados, que frenarían el aumento de los gastos primarios corrientes. Según la previsión de los servicios de la Comisión, el saldo estructural mejoraría un 1,25% del PIB en 2011.

    En este contexto, la Comisión concluye que Malta ha realizado un esfuerzo presupuestario equivalente a tres cuartos de punto porcentual del PIB y tomado medidas eficaces para poner fin a la situación actual de déficit excesivo en 2011.

    Las autoridades maltesas prevén un aumento de la deuda de las administraciones públicas al 69% del PIB en 2010, a partir del 68,6% en 2009, debido principalmente a un ajuste stock-flujo con efecto de aumento de la deuda, relacionado en parte con la ayuda financiera concedida a Grecia. Para 2011, las autoridades proyectan una ligera disminución del ratio de deuda, hasta el 68,7%, gracias al logro de un pequeño superávit primario y al dinámico crecimiento del PIB nominal, que contrarrestaría el ajuste stock-flujo con efecto de aumento de la deuda relacionado principalmente con la ayuda financiera otorgada a Grecia. Según las previsiones del otoño de 2010 de los servicios de la Comisión, el ratio deuda bruta/PIB de Malta aumentaría al 70,8% en 2011, debido, en particular, a la inclusión de las necesidades financieras en relación con el préstamo de salvamento concedido a Air Malta tras la presentación del presupuesto para 2011.

    A la luz de las previsiones de los servicios la Comisión, no se espera que Malta sitúe el ratio de deuda bruta de las administraciones públicas en una senda decreciente dentro del periodo de previsión.

    Por último, no se han notificado avances en el área fiscal, aunque se han emprendido algunas iniciativas encaminadas a mejorar la eficiencia del gasto y se están debatiendo planes para nuevas reformas del sistema de pensiones.

    CONCLUSIONES

    De la información disponible se desprende que Malta ha tomado medidas que permiten progresos adecuados hacia la corrección del déficit excesivo en el plazo establecido por el Consejo. En particular, Malta ha tomado medidas para corregir el déficit excesivo en 2011 a más tardar, garantizando un esfuerzo presupuestario adecuado en dicho año, de conformidad con la recomendación del Consejo.

    Sin embargo, es poco probable que se alcance el objetivo de déficit del 3,9% del PIB para 2010 establecido en el presupuesto para este año, y ello a pesar de que las actuales perspectivas económicas para Malta son más favorables que las previstas cuando el Consejo emitió su recomendación. Los riesgos asociados al logro del objetivo de déficit para 2011 se derivan principalmente del reembolso del préstamo de salvamento concedido a Air Malta y del próximo plan de reestructuración. La masa salarial del sector público también puede verse afectada por un nuevo acuerdo colectivo que entrará en vigor en enero de 2011, y del que aún no se conocen los detalles. A la luz de estos riesgos, las autoridades maltesas deben realizar un estrecho seguimiento de la evolución presupuestaria y estar dispuestas a tomar medidas correctoras en caso de que lleguen a materializarse algunos de estos riesgos.

    Por otra parte, la Comisión estima que Malta debe ser más eficaz en el reforzamiento del carácter vinculante de su marco presupuestario a medio plazo y en la introducción de medidas tendentes a lograr la sostenibilidad a largo plazo de su hacienda pública, de conformidad con las recomendaciones y requerimientos del Consejo.

    A la luz de la anterior evaluación, la Comisión considera que actualmente no es necesario proseguir la aplicación del procedimiento de déficit excesivo a Malta. La Comisión continuará siguiendo de cerca la evolución presupuestaria de Malta, de conformidad con el Tratado y el PEC.

    Cuadro: Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias

    [1] Todos los documentos relativos al PDE aplicado a Malta pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica:http://ec.europa.eu/economy_finance/sgp/deficit/countries/malta_en.htm

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