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Document 52010AP0368

Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas en relación con el Servicio Europeo de Acción Exterior ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2010 , sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) n ° 1605/2002 por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas en relación con el Servicio Europeo de Acción Exterior (COM(2010)0085 – C7-0086/2010 – 2010/0054(COD))
P7_TC1-COD(2010)0054 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 20 de octubre de 2010 con vistas a la adopción del Reglamento (UE, Euratom) n ° …/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) n ° 1605/2002 por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas en relación con el Servicio Europeo de Acción Exterior
ANEXO

DO C 70E de 8.3.2012, p. 139–140 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 70/139


Miércoles 20 de octubre de 2010
Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas en relación con el Servicio Europeo de Acción Exterior ***I

P7_TA(2010)0368

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2010, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas en relación con el Servicio Europeo de Acción Exterior (COM(2010)0085 – C7-0086/2010 – 2010/0054(COD))

2012/C 70 E/21

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2010)0085),

Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 322, del Tratado FUE, así como el artículo 106 bis del Tratado Euratom, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0086/2010),

Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el dictamen del Tribunal de Cuentas de 29 de abril de 2010 (1),

Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 13 de octubre de 2010, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el artículo 55 de su Reglamento,

Vistas las deliberaciones conjuntas de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Control Presupuestario, celebradas de conformidad con el artículo 51 del Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Control Presupuestario y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Comercio Internacional y de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A7-0263/2010),

1.

Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.


(1)  DO C 145 de 3.6.2010, p. 4.


Miércoles 20 de octubre de 2010
P7_TC1-COD(2010)0054

Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 20 de octubre de 2010 con vistas a la adopción del Reglamento (UE, Euratom) no …/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas en relación con el Servicio Europeo de Acción Exterior

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, Reglamento (UE, Euratom) no 1081/2010.)

Miércoles 20 de octubre de 2010
ANEXO

Declaración de la Comisión

«La Comisión abordará la cuestión del instrumento del Fondo Europeo de Desarrollo con miras a integrarlo en el presupuesto de la Unión en el marco de sus propuestas relativas al próximo marco financiero plurianual.»


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