EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52009BP0114

Marco financiero 2007-2013: financiación de proyectos de energía en el contexto del Plan Europeo de Recuperación Económica (modificación del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera) Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de diciembre de 2009 , sobre la propuesta modificada de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006 , sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el Marco Financiero Plurianual: financiación de proyectos en el ámbito de la energía en el contexto del Plan Europeo de Recuperación Económica (COM(2009)0662 – C7-0305/2009 – 2009/2211(ACI))
ANEXO
ANEXO

DO C 286E de 22.10.2010, p. 54–57 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.10.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 286/54


Jueves, 17 de diciembre de 2009
Marco financiero 2007-2013: financiación de proyectos de energía en el contexto del Plan Europeo de Recuperación Económica (modificación del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera)

P7_TA(2009)0114

Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de diciembre de 2009, sobre la propuesta modificada de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el Marco Financiero Plurianual: financiación de proyectos en el ámbito de la energía en el contexto del Plan Europeo de Recuperación Económica (COM(2009)0662 – C7-0305/2009 – 2009/2211(ACI))

2010/C 286 E/14

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta modificada de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2009)0662 – C7-0305/2009),

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1), y en particular sus apartados 21, 22, párrafos primero y segundo, y 23,

Vista la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, por la que se modifica el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el marco financiero plurianual (2007-2013) (2),

Vistas sus Resoluciones, de 25 de marzo de 2009, sobre la revisión intermedia del marco financiero 2007-2013 (3), y de 10 de marzo de 2009, sobre las orientaciones para el procedimiento presupuestario 2010 (4),

Vista la Declaración del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, de 2 de abril de 2009, sobre la financiación del Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE),

Visto el resumen de conclusiones de la reunión de concertación de 18 de noviembre de 2009,

Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0085/2009),

1.

Aprueba las conclusiones de la reunión de concertación de 18 de noviembre de 2009;

2.

Hace hincapié en que el acuerdo alcanzado sobre la revisión del marco financiero plurianual (MFP) 2007-2013 es el resultado de una cooperación interinstitucional fructífera en la tarea de hacer frente a la crisis financiera y económica que experimentan los Estados miembros, mediante la promoción de la solidaridad en el ámbito de los recursos energéticos y el desarrollo de las infraestructuras de banda ancha en las zonas rurales así como el apoyo al sector agrícola; toma nota de que el acuerdo se basa en los principios expuestos en la mencionada Declaración de las tres instituciones, de 2 de abril de 2009;

3.

Expresa su acuerdo con el compromiso político de movilizar los diferentes recursos presupuestarios disponibles en el marco jurídico presupuestario, incluidas la revisión del MFP 2007-2013 para los ejercicios de 2009 y 2010 y la utilización del Instrumento de Flexibilidad para asegurar la plena financiación del PERE en 2010; expresa su satisfacción por el hecho de que no se haya aplazado hasta 2011 ningún aspecto de la financiación del PERE, lo que significa que no se verá afectado el procedimiento presupuestario anual de 2011;

4.

Toma nota de que, tras la revisión del MFP 2007-2013 para financiar el PERE, los márgenes disponibles en las subrúbricas 1a y 1b, y en las rúbricas 2 y 5 son extremadamente reducidos para 2010, lo que dejaría poco margen de maniobra para los imprevistos financieros que pudieran surgir durante ese ejercicio;

5.

Indica que la financiación del desmantelamiento de la central nuclear de Kozloduy sólo está asegurada para 2010, siendo necesario que la UE siga facilitando ayuda financiera hasta 2013 por un importe total de 300 000 000 EUR, incluidas las sumas ya previstas en el presupuesto de 2010 a tal efecto; destaca que la financiación del desmantelamiento de la central nuclear de Kozloduy no debería hacer peligrar la financiación de los otros programas y acciones plurianuales de la subrúbrica 1a;

6.

Considera que el actual MFP 2007-2013 no se ajusta a las necesidades financieras de la Unión Europea; pide, por consiguiente, a la Comisión que presente sin demora una propuesta de revisión intermedia del actual MFP 2007-2013;

7.

Aprueba la Decisión aneja a la presente Resolución;

8.

Encarga a su Presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el Presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

9.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(2)  DO L 132 de 29.5.2009, p. 8.

(3)  Textos Aprobados, P6_TA(2009)0174.

(4)  Textos Aprobados, P6_TA(2009)0095 y P6_TA(2009)0096.


Jueves, 17 de diciembre de 2009
ANEXO

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

por la que se modifica el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el Marco Financiero Plurianual: financiación de proyectos en el ámbito de la energía en el contexto del Plan Europeo de Recuperación Económica

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, de 17 de mayo de 2006, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1), y en particular sus apartados 21, 22, párrafos primero y segundo, y 23,

Vista la propuesta modificada de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)

En la reunión de concertación presupuestaria de 18 de noviembre de 2009 el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión acordaron las modalidades para proporcionar financiación adicional, en el marco del Plan Europeo de Recuperación Económica, a proyectos en el ámbito de la energía y de Internet de banda ancha, así como a inversiones destinadas a reforzar las operaciones relacionadas con los «nuevos desafíos» definidos en el contexto de la evaluación de la reforma intermedia de 2003 de la Política Agrícola Común (el «chequeo») (2). La financiación requiere una revisión del Marco Financiero Plurianual 2007-2013 de conformidad con los apartados 21, 22, y 23 del Acuerdo Interinstitucional, a fin de aumentar el techo para el año 2010 de los créditos de compromiso con cargo a la subrúbrica 1a por una cantidad de 1 779 millones EUR a precios corrientes.

(2)

El incremento del techo de la subrúbrica 1a para el año 2010 se compensará completamente disminuyendo los techos de los créditos de compromiso de las subrúbricas 1a, 1b, y 3a, y las rúbricas 2 y 5 para el año 2009 así como los techos de los créditos de compromiso de la subrúbrica 1a, y de las rúbricas 2 y 5 para 2010.

(3)

Con el fin de mantener una relación ordenada entre compromisos y pagos, deben ajustarse los techos anuales de los créditos de pago. Este ajuste será neutro.

(4)

Conviene modificar, en consecuencia, el anexo I del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (3).

DECIDEN:

Artículo único

Se sustituye el anexo I del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera por el anexo de la presente Decisión.

Hecho en Estrasburgo,

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(2)  COM(2008)0800, COM(2008)0859, COM(2009)0171 y DO L 132 de 29.5.2009, p. 8.

(3)  Para ello, las cifras resultantes del acuerdo antes mencionado se convierten a los precios de 2004.

ANEXO

MARCO FINANCIERO 2007-2013

(millones EUR - precios de 2004)

CRÉDITOS DE COMPROMISO

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

Total

2007-2013

1.

Crecimiento Sostenible

50 865

53 262

55 879

56 435

55 400

56 866

58 256

386 963

1a

Competitividad para el crecimiento y el empleo

8 404

9 595

12 018

12 580

11 306

12 122

12 914

78 939

1b

Cohesión para el crecimiento y el empleo

42 461

43 667

43 861

43 855

44 094

44 744

45 342

308 024

2.

Conservación y gestión de los recursos naturales

51 962

54 685

51 023

53 238

52 528

51 901

51 284

366 621

incluidos gastos de mercado y pagos directos

43 120

42 697

42 279

41 864

41 453

41 047

40 645

293 105

3.

Ciudadanía, libertad, seguridad y justicia

1 199

1 258

1 375

1 503

1 645

1 797

1 988

10 765

3a

Libertad, seguridad y justicia

600

690

785

910

1 050

1 200

1 390

6 625

3b

Ciudadanía

599

568

590

593

595

597

598

4 140

4.

La Unión Europea como actor mundial

6 199

6 469

6 739

7 009

7 339

7 679

8 029

49 463

5.

Administración (1)

6 633

6 818

6 816

6 999

7 255

7 400

7 610

49 531

6.

Compensaciones

419

191

190

 

 

 

 

800

TOTAL DE CRÉDITOS DE COMPROMISO

117 277

122 683

122 022

125 184

124 167

125 643

127 167

864 143

en porcentaje de la RNB

1,08 %

1,09 %

1,06 %

1,06 %

1,03 %

1,02 %

1,01 %

1,048 %

TOTAL DE CRÉDITOS DE PAGO

115 142

119 805

109 091

119 245

116 884

120 575

119 784

820 526

en porcentaje de la RNB

1,06 %

1,06 %

0,95 %

1,01 %

0,97 %

0,98 %

0,95 %

1,00 %

Margen disponible

0,18 %

0,18 %

0,29 %

0,23 %

0,27 %

0,26 %

0,29 %

0,24 %

Techo máx. recursos propios en porcentaje de la RNB

1,24 %

1,24 %

1,24 %

1,24 %

1,24 %

1,24 %

1,24 %

1,24 %


(1)  El cálculo de los gastos correspondientes a pensiones incluidos en el techo de esta rúbrica se ha efectuado sin contar las contribuciones del personal al regimen correspondiente, con el límite de 500 millones EUR a precios de 2004 durante 2007-2013.


Top