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Document 52009AR0214
Opinion of the Committee of the Regions on contributing to Sustainable Development: the role of Fair Trade and non-governmental trade-related sustainability assurance schemes
Dictamen del Comité de las Regiones — Contribución al desarrollo sostenible: el papel del comercio justo y de los sistemas no gubernamentales de garantía de la sostenibilidad comercial
Dictamen del Comité de las Regiones — Contribución al desarrollo sostenible: el papel del comercio justo y de los sistemas no gubernamentales de garantía de la sostenibilidad comercial
DO C 175 de 1.7.2010, p. 10–14
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
1.7.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 175/10 |
Dictamen del Comité de las Regiones — Contribución al desarrollo sostenible: el papel del comercio justo y de los sistemas no gubernamentales de garantía de la sostenibilidad comercial
(2010/C 175/03)
I. OBSERVACIONES GENERALES
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
1. acoge con especial satisfacción la Comunicación de la Comisión de 5 de mayo de 2009 titulada «Contribución al desarrollo sostenible: el papel del comercio justo y de los sistemas no gubernamentales de garantía de la sostenibilidad comercial». En su Comunicación, la Comisión examina la situación actual del comercio justo y de otros sistemas no gubernamentales (es decir, privados) de garantía de la sostenibilidad comercial;
2. observa que, en los últimos años, el mercado de los productos certificados de comercio justo se ha desarrollado muy rápidamente. Actualmente, los consumidores de la UE compran cada año productos que tienen el certificado de Comercio Justo por un valor aproximado de 1 500 millones de euros, setenta veces más que en 1999 cuando la Comisión adoptó su primera Comunicación sobre este asunto;
3. considera indispensable adoptar una definición clara del comercio justo, para evitar que consumidores bienintencionados se vean confrontados a multitud de etiquetas y certificaciones referidas supuestamente todas ellas a productos elaborados en condiciones alternativas, es decir equitativas y éticamente irreprochables. En su Comunicación de 5 de mayo de 2009, la Comisión se refiere a los criterios para el comercio justo, definidos por el movimiento del Comercio Justo y recordados en la resolución del Parlamento Europeo sobre comercio justo de 6 de junio de 2006. Utiliza la expresión «comercio justo» de conformidad con las normas establecidas por las organizaciones internacionales de normalización y de evaluación de la conformidad que son miembros de ISEAL, y tal como la aplican las organizaciones relacionadas con el comercio justo;
4. toma buena nota del nivel de reconocimiento de los consumidores del sello del comercio justo en el Reino Unido se situaba por encima del 70 % en 2008 (mientras que en 2000 se situaba en el 12 %) y en Francia en el 74 % en 2005 (mientras que en 2000 se situaba en el 9 %). En Alemania, según una encuesta realizada en 2009 relativa a 407 marcas y ONG, el Sello de Certificación del comercio justo «Fairtrade» ocupa el primer lugar entre los distintos marchamos de sostenibilidad;
5. se congratula de que, a finales de 2007, las ventas mundiales de mercancías que cuentan con el sello de certificación del comercio justo superaron los 2 300 millones de euros, aunque aún se encuentren muy por detrás de las ventas de los alimentos ecológicos y supongan menos del 1 % del comercio total. Europa es el hogar del comercio justo, dado que concentra entre el 60 % y el 70 % de las ventas mundiales. No obstante, se observan grandes variaciones entre el mercado que está creciendo más rápidamente, Suecia, y los Estados miembros de más reciente incorporación, en los que el concepto es aún relativamente nuevo;
II. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
Características del comercio justo
6. destaca que una de las características peculiares del comercio justo y de otros sistemas privados de garantía de la sostenibilidad es que se trata de un mecanismo fundamentalmente voluntario y dinámico que evoluciona a la vez que lo hacen la concienciación y las demandas sociales y de los consumidores;
7. pone de relieve que la Comisión considera que no es su función clasificar o regular los criterios referentes a los sistemas privados de garantía de la sostenibilidad comercial, ni evaluar su importancia en relación con los objetivos del desarrollo sostenible. Por el contrario, ello limitaría el dinamismo de las iniciativas privadas en este ámbito y podría obstaculizar el futuro desarrollo del comercio justo;
8. pide que el sello «Fairtrade» garantice de manera totalmente transparente que cada uno de los eslabones de la cadena de producción se ajusta enteramente a los criterios establecidos;
9. observa que el desarrollo sostenible puede fomentarse mediante sistemas que aúnen consideraciones medioambientales, sociales y económicas. Es importante para el buen funcionamiento de un mercado que consumidores y productores tengan acceso a una información fiable sobre los sistemas. A este respecto conviene disponer de etiquetas y certificaciones de las que se puedan fiar los consumidores y que estén controladas por organismos independientes;
Contratación pública
10. acoge con especial satisfacción las directivas europeas de 2004 sobre licitaciones, que han suscitado la promulgación de numerosas leyes sobre contratación pública en los distintos Estados miembros y permiten tener en cuenta criterios sociales en el marco de los contratos públicos;
11. observa que los poderes públicos gastan el equivalente del 16 % del PIB de la UE y, por lo tanto, constituyen un mercado estratégico fundamental. La posibilidad de tener en cuenta el desarrollo sostenible y el comercio justo en las licitaciones permite a los entes locales y regionales contribuir de manera determinante no solo a la rentabilidad y eficacia a medio y largo plazo de sus servicios, sino también a la justicia social y al desarrollo sostenible;
12. pone de relieve que los productos de comercio justo aportan a los consumidores así como a los órganos de contratación medios adecuados para contribuir mediante su poder de compra a la coherencia entre los objetivos de la política comercial y de la política de desarrollo;
13. destaca que los entes locales y regionales asumen una gran parte de los gastos relativos a la contratación pública. Habida cuenta del importante papel que desempeñan, conviene asociarlos en toda Europa al fomento de las medidas en favor del desarrollo sostenible y del comercio justo. Los entes territoriales deben tener en cuenta no sólo los aspectos económicos, técnicos o jurídicos, sino también los aspectos políticos del comercio justo;
14. ha observado en años anteriores que las normas en vigor son ya bastante complejas y que muchos entes territoriales acusan determinadas dificultades para aplicarlas adecuadamente. Por consiguiente, pide a la Comisión que defina orientaciones claras y precisas en materia de contratación pública que los entes locales y regionales puedan utilizar en el marco de las licitaciones relativas a productos de comercio justo;
15. toma nota con interés de que, para ayudar a los órganos de contratación a desarrollar una contratación pública más sostenible, la Comisión ha adoptado recientemente una Comunicación sobre la contratación pública para un medio ambiente mejor (que complementa la Guía Verde de la contratación de la Comisión) y está trabajando actualmente en la publicación de una guía paralela sobre la contratación social. En conjunto, constituyen una guía completa para la contratación pública sostenible (ecosocial);
16. acoge favorablemente el anuncio de una segunda guía y pide a la Comisión que, habida cuenta de la rápida evolución que se observa al respecto, la publique lo antes posible;
17. propone actuar por sí mismo como difusor de dicha guía recurriendo a su red de contactos y cooperando con la Comisión con vistas a intercambiar información con los entes locales y regionales. Los entes territoriales (especialmente, los que están sujetos a exigencias equiparables) podrían crear sus propias redes para difundir los métodos ya contrastados relativos a los productos de comercio justo;
18. se interroga sobre la oportunidad de lanzar un nuevo proyecto con vistas a una información recíproca. La Comisión Europea y el CDR están creando una bolsa para la cooperación descentralizada destinada a facilitar y coordinar el desarrollo de medidas de cooperación descentralizada entre los entes locales y regionales de la UE y sus socios en los países en desarrollo. Dicha bolsa de cooperación consistirá en un servicio en línea destinado a conectar las necesidades y solicitudes de ayuda con las manifestaciones de interés u ofertas correspondientes. El Comité pide a sus miembros que utilicen este instrumento electrónico (previsto para 2010) para comunicar los datos pertinentes. Éste facilitará notablemente los intercambios de información entre los entes locales y regionales europeos activos en este ámbito y permitirá coordinar los proyectos de los entes territoriales de la UE con los de los países en desarrollo;
19. observa que, en este sentido, sería posible utilizar proyectos de cooperación descentralizados para contribuir al desarrollo de los productos de comercio justo, reunir estudios de impacto y apoyar a pequeños productores del sur.
20. señala, además de estimular la contratación pública mediante comercio justo, los posibles beneficios de fomentar la contratación privada con arreglo a los estándares de esta modalidad. Por consiguiente, anima a los entes locales y regionales a que introduzcan incentivos que estimulen entre las empresas la contratación mediante el comercio justo, con competiciones inspiradas en concursos ya existentes, como la «capital del comercio justo» (Fair trade Capital) o las «ciudades del comercio justo» (Fair Trade Towns);
Apoyo de la Comisión
21. suscribe el compromiso de la Comisión con respecto al comercio justo y otros sistemas de garantía de la sostenibilidad vinculados al comercio, habida cuenta de la contribución potencial de estos al desarrollo sostenible, y su voluntad de seguir apoyando tales sistemas;
22. considera indispensable garantizar un equilibrio adecuado entre, por una parte, la voluntad de desarrollar el comercio, las inversiones y el crecimiento económico, como componentes de un planteamiento orientado hacia la liberalización y la globalización, y, por otra, el respeto de los principios de desarrollo sostenible, la necesidad de normas comerciales transparentes y justas y, en las negociaciones comerciales, el reconocimiento inequívoco por los países ricos industrializados de los problemas urgentes de los países menos desarrollados. Distintas organizaciones del comercio justo están convencidas de que si se practica de manera justa y responsable, el comercio puede representar una herramienta eficaz para la promoción del desarrollo sostenible y la reducción de la pobreza. La consecución de este objetivo, no obstante, exige un enfoque radicalmente nuevo de la política comercial. La estrategia que prevalece actualmente y que se basa en el mercado no permitirá suprimir los desequilibrios existentes en lo que se refiere al poder de negociación de los grupos multinacionales y pequeños productores. Sólo la participación sistemática de los pequeños productores marginalizados de los países pobres en la definición de la política comercial puede contribuir a poner fin a las injusticias inherentes al actual sistema comercial;
23. toma nota con satisfacción de que la Comisión ha concedido un apoyo financiero al comercio justo y a otras actividades comerciales sostenibles, y esto principalmente por medio de sus instrumentos de cooperación al desarrollo. Entre 2007 y 2008 se concedieron 19 466 millones de euros a distintas acciones, que afectaban principalmente a medidas de sensibilización en la Unión Europea. En 2008 y 2009 se previó a tal efecto una dotación adicional de un millón de euros anuales;
24. invita, no obstante, a la Comisión a que examine, habida cuenta del desarrollo fulgurante que registra el comercio justo en algunos Estados miembros, si no convendría destinar recursos suplementarios a los Estados miembros que aún no se han adentrado por esta vía;
25. suscribe la intención de la Comisión Europea de proceder a estudios de impacto y esforzarse por aumentar la transparencia de los mercados, así como prestar mayor atención a la evaluación de las dificultades que plantean la aplicación de los sistemas y la obtención de las certificaciones. Estas medidas podrían reforzarse aún por medio de acciones similares de los Estados miembros, como la financiación de estudios sobre el impacto del comercio justo;
Compromiso de los entes territoriales en favor de la política de desarrollo
26. expresa su satisfacción en lo que se refiere al reconocimiento del importante papel desempeñado por los entes locales y regionales en el ámbito de la política comercial relativa a los productos resultantes del comercio justo. Por lo demás, el compromiso de los entes territoriales en la política de desarrollo no es nuevo. Numerosas regiones y entes regionales y locales europeos trabajan desde hace muchos años en proyectos relativos al comercio justo en cooperación con sus socios de los países en desarrollo. Estas colaboraciones deben basarse en la confianza recíproca entre los socios y en la transparencia de sus relaciones. Los contratos celebrados en el ámbito del comercio justo deben respetar los principios de igualdad de trato, reconocimiento mutuo y proporcionalidad;
27. observa, por otra parte, que en el contexto de la descentralización, los entes locales y regionales desarrollan un enfoque cada vez más profesional respecto al comercio justo. Disponen de valiosos conocimientos en ámbitos de importancia esencial para los países en desarrollo y la consecución de los objetivos de Desarrollo del Milenio. Por tanto, deben ser considerados como actores principales de una política del comercio justo;
28. suscribe la intención de la Comisión de mantener en el conjunto de la Unión la naturaleza no gubernamental del comercio justo y de otros sistemas similares de garantía de la sostenibilidad. Una reglamentación por los poderes públicos correría el riesgo de perjudicar el desarrollo y buen funcionamiento de sistemas privados dinámicos;
29. considera, no obstante, que en materia de contratos públicos es necesario regular las licitaciones por medio de determinadas normas legislativas, con el fin de dar a los proveedores de productos procedentes del comercio justo la posibilidad de licitar;
Acciones de sensibilización
30. se congratula del desarrollo del comercio justo y la actitud de los municipios y regiones europeos, cada vez más dispuestos a aplicar criterios ecosociales en el marco de los contratos públicos. Esta voluntad es cada vez más acusada en el contexto de la crisis económica y financiera actual. Cuando el comercio justo hace su aparición, en los años setenta, se distinguía sobre todo por su denuncia de las estructuras no justas del comercio mundial. Desde el estricto punto de vista de la política comercial, el comercio justo, concebido en su origen como una acción de sensibilización, hace hablar de él sobre todo hoy, debido a su cifra de negocios en alza;
31. recuerda que, como socios esenciales del comercio justo, las estructuras descentralizadas encargadas de la acción europea de sensibilización, así como las organizaciones de defensa de los consumidores, deberían asociarse sistemáticamente a los objetivos de la política de desarrollo. Convendría en este contexto fomentar la confrontación con las estructuras no justas del comercio mundial, en particular la política comercial y la política agrícola europeas, gracias a la posibilidad de actuar con carácter individual comprando «justo». Las acciones de sensibilización siguen siendo un instrumento de lucha contra la pobreza, el subdesarrollo, la explotación, el hambre y la degradación del medio ambiente;
32. toma nota con satisfacción de que los entes regionales y locales de la Unión Europea, el nivel más próximo a los ciudadanos, se comprometen desde hace algunos años en favor del comercio justo y los contratos públicos justos, con resultados concluyentes. Las ciudades y las universidades con el marchamo «comercio justo» han bajado considerablemente el umbral de participación para miles de personas y han brindado posibilidades concretas de acción en favor del comercio justo. Existen «ciudades del comercio justo» desde 2001 en el Reino Unido, y desde 2008 en Alemania. El Reino Unido, por lo demás, está situado en el segundo puesto mundial en lo que se refiere al consumo por habitante de productos procedentes del comercio justo. Hay más de 700 ciudades del comercio justo en doce Estados miembros de la UE, y un número mucho mayor de candidatas a este título;
33. llama la atención sobre la necesidad de reforzar la posición de los consumidores gracias a medidas de información y sensibilización llevadas a cabo con la participación de la prensa local y nacional y, cada vez más, de los medios de comunicación electrónicos. La cooperación con las organizaciones de defensa de los consumidores abre a este respecto perspectivas suplementarias;
34. acoge con satisfacción las recientes iniciativas emprendidas por la Fair Trade Advocacy Office (Oficina de defensa del comercio justo) para animar a los diputados al Parlamento Europeo a contraer un compromiso con el comercio justo, en apoyo de los productores marginados y los trabajadores pobres del Sur. Además, el CDR considera que este tipo de iniciativas podría hacerse extensivo a otras instancias gubernamentales;
35. destaca que los municipios y regiones europeos se enfrentan desde hace mucho tiempo a los retos de la globalización. Para permitir una reacción apropiada y proactiva de los agentes in situ, conviene garantizar la formación continua, la profesionalización y la conexión en red de los participantes locales, regionales y nacionales. Este trabajo está aún en sus comienzos en Europa y debe desarrollarse cuanto antes de manera sistemática;
Apoyo a los municipios y regiones
36. toma nota con interés de que, por ejemplo, Alemania estableció desde 2001 un «Servicio para los municipios del mundo», que coopera desde entonces con 2 600 municipios alemanes y a menudo también con sus socios internacionales (con inclusión de las ciudades hermanadas). Este servicio, respaldado por el Gobierno federal, la mayoría de los Estados federados, las asociaciones de entes locales y la federación de las organizaciones no gubernamentales, contribuyó en medida determinante a favorecer el compromiso de los entes locales alemanes en la política de desarrollo, a efectos de la promoción del comercio justo y de los contratos públicos ecosociales;
37. propone dirigir recomendaciones a los entes locales y regionales, para que refuercen y pongan en red, gracias a un apoyo sistemático, sus capacidades de hacer frente a la agravación de los retos mundiales y garantizar un desarrollo sostenible con miras a la lucha contra la pobreza y degradaciones del medio ambiente, y para que se faciliten particularmente los intercambios entre los antiguos y los nuevos Estados miembros de la UE. Debe fomentarse el intercambio de información a través del portal de Internet sobre la cooperación descentralizada del CDR, al objeto de compartir experiencias y crear un sistema de evaluación comparativa que ayude a los países del sur y del este de Europa a desarrollar ideas para apoyar el comercio justo en el contexto de su desarrollo sostenible y de sus estrategias de adaptación al cambio climático;
38. considera que el apoyo financiero de diecinueve millones de euros mencionado en la Comunicación y la dotación adicional de un millón de euros prevista para el desarrollo del comercio justo es un presupuesto inicial apreciable, pero destaca que con miras al futuro se necesitarán recursos suplementarios, habida cuenta de la magnitud de los problemas, e igualmente de las posibilidades de que se dispone para consolidar los potenciales existentes;
39. observa que los entes locales y regionales pueden contribuir muy directamente al éxito del comercio justo, con la condición de que:
— |
sólo propongan café y té procedentes del comercio justo en sus reuniones, oficinas y comedores; |
— |
los consejos municipales apoyen campañas en tal sentido; |
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la labor de las «tiendas del mundo» se beneficie del reconocimiento de los municipios; |
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las ciudades se esfuercen en el mayor número posible por verse recompensadas con el título de «ciudades del comercio justo»; |
Elaboración de una Estrategia europea del comercio justo
40. sugiere, con el fin de promover el comercio justo y los contratos públicos ecosociales, que se elabore una «Estrategia europea del comercio justo para los entes locales y regionales», acompañada de un plan de acción que garantice el respeto de criterios medioambientales y sociales. Tal estrategia, en un primer momento diseñada al nivel nacional e interregional, podría ponerse a punto en el marco de seminarios y conferencias en que participen las partes interesadas y los responsables correspondientes procedentes del mundo político, poderes públicos, organizaciones no gubernamentales y sector privado;
41. considera que dicha estrategia podría adoptarse en una conferencia organizada por el CDR o la Presidencia en ejercicio, y que también podría ser objeto de debate y de una presentación en Bruselas, en el marco de los «Open Days» organizados en la sede del CDR y que gozan de amplio eco;
42. se propone de este modo, ante la crisis económica y financiera y la amenaza de catástrofes climáticas, tener presentes y hacer participar a los principales agentes de los países del Sur y mantener la concienciación respecto de las repercusiones de la globalización. Desde este punto de vista, la consolidación de las estructuras del comercio justo y la importancia concedida a los contratos públicos ecosociales al nivel local y regional son tan esenciales como el establecimiento de vínculos más estrechos con los socios de los países productores;
43. observa que el impacto globalmente positivo del comercio justo y de los contratos públicos ecosociales ha afectado hasta la fecha principalmente a los productos agrícolas de los pequeños agricultores de los países en desarrollo. Con vistas al futuro cabe prever una ampliación de la gama de los productos y servicios procedentes del comercio justo, a partir de la experiencia adquirida en este ámbito y recogiendo y desarrollando los criterios aplicados hasta ahora, para aumentar la seguridad jurídica. Conviene buscar y apoyar un estrechamiento de los vínculos entre los productores y los consumidores finales. La ampliación de la gama de los productos debería afectar a los productos artesanales e industriales procedentes de todos los países de origen, así como a la prestación de servicios que responden a los criterios del comercio justo, como el «Turismo Justo». El desarrollo de las estructuras correspondientes plantea sobre todo el problema de la evaluación del respeto de los criterios ecosociales y normas mínimas de la OIT, así como el de los aspectos relativos al transporte y a la venta;
44. llama la atención sobre el hecho de que en el tratamiento de esta cuestión no se han tenido hasta ahora suficientemente en cuenta las directivas de 2008 de la Comisión destinadas a reforzar los derechos de las personas discapacitadas. Las experiencias realizadas en el marco de colaboraciones internacionales entre entidades locales han dado resultados alentadores en lo que se refiere a una mayor participación de personas discapacitadas en el comercio justo y contratos públicos ecosociales. Sugiere abordar y profundizar esta cuestión en la futura estrategia, así como en los trabajos preparatorios que se realicen al nivel nacional e interregional;
45. es consciente de que el comercio justo representa menos de un 1 % del volumen de negocios global de Europa. Pero los países punteros en este ámbito, con una parte del comercio justo superior al 10 %, como Suiza, Reino Unido, países escandinavos, Países Bajos, Austria y Luxemburgo, son una incitación ejemplar a seguir avanzando, sobre todo en Europa del Sur y del Este. La cooperación a menudo excelente entre las organizaciones no gubernamentales, los municipios y la economía local ha permitido desarrollar con los socios del Sur modelos extraordinarios y responsables generalizables a toda Europa. Eso representa una señal alentadora para todos los municipios y regiones de Europa, que así podrían contribuir significativamente a la consecución de aquí a 2015 de los objetivos del Desarrollo del Milenio.
Bruselas, 10 de febrero de 2010.
La Presidenta del Comité de las Regiones
Mercedes BRESSO