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Document 52009AP0014

    Períodos de intervención de 2009 y 2010 para la mantequilla y la leche desnatada en polvo * Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 17 de septiembre de 2009 , sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establecen excepciones al Reglamento (CE) n ° 1234/2007 (Reglamento único para las OCM) en lo relativo a los períodos de intervención de 2009 y 2010 para la mantequilla y la leche desnatada en polvo (COM(2009)0354 – C7-0103/2009 – 2009/0094(CNS))

    DO C 224E de 19.8.2010, p. 53–53 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.8.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 224/53


    Jueves, 17 de septiembre de 2009
    Períodos de intervención de 2009 y 2010 para la mantequilla y la leche desnatada en polvo *

    P7_TA(2009)0014

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 17 de septiembre de 2009, sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establecen excepciones al Reglamento (CE) no 1234/2007 (Reglamento único para las OCM) en lo relativo a los períodos de intervención de 2009 y 2010 para la mantequilla y la leche desnatada en polvo (COM(2009)0354 – C7-0103/2009 – 2009/0094(CNS))

    2010/C 224 E/22

    (Procedimiento de consulta)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2009)0354),

    Visto el artículo 37 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C7-0103/2009),

    Vistos los artículos 55 y 46, apartado 2, de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A7-0005/2009),

    1.

    Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

    2.

    Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;

    3.

    Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

    4.

    Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

    5.

    Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

    TEXTO DE LA COMISIÓN

    ENMIENDA

    Enmienda 1

    Propuesta de Reglamento

    Artículo 2 bis (nuevo)

     

    Artículo 2 bis

    Modificación del Reglamento (CE) no 72/2009

    Se suprime el artículo 4, apartado 8, del Reglamento (CE) no 72/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se adapta la política agrícola común mediante la modificación de los Reglamentos (CE) no 247/2006, (CE) no 320/2006, (CE) no 1405/2006, (CE) no 1234/2007, (CE) no 3/2008 y (CE) no 479/2008 y la derogación de los Reglamentos (CEE) no 1883/78, (CEE) no 1254/89, (CEE) no 2247/89, (CEE) no 2055/93, (CE) no 1868/94, (CE) no 2596/97, (CE) no 1182/2005 y (CE) no 315/2007 (1).


    (1)   DO L 30 de 31.1.2009, p. 1.


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