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Document 52008XC1211(04)

Anuncio a los operadores económicos — Sistema de permisos de importación para productos textiles y prendas de vestir originarios de China a la Comunidad — Cambios a partir del 1 de enero de 2009

DO C 316 de 11.12.2008, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

11.12.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 316/17


Anuncio a los operadores económicos — Sistema de permisos de importación para productos textiles y prendas de vestir originarios de China a la Comunidad — Cambios a partir del 1 de enero de 2009

(2008/C 316/06)

Por el presente anuncio se informa a los operadores comunitarios de los siguientes aspectos prácticos relativos a las importaciones de productos textiles y prendas de vestir originarios de China a partir del 1 de enero de 2009.

El actual régimen del sistema de doble control de las importaciones para las categorías de productos originarios de China que figuran en el anexo V del Reglamento (CEE) no 3030/93 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, relativo al régimen común aplicable a las importaciones de algunos productos textiles originarios de países terceros (1), expirará el 31 de diciembre de 2008.

A partir del 1 de enero de 2009, el despacho a libre práctica de productos textiles y prendas de vestir originarios de China dejará de requerir permisos de importación o documento de vigilancia, sea cual sea su fecha de envío.


(1)  DO L 275 de 8.11.1993, p. 1.


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