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Document 52008DC0207

Comunicacion de la Comision al Parlamento europeo, al Consejo, al Comite economico y social europeo y al Comite de las regiones sobre la protección de los consumidores, en especial los menores, por lo que respecta a la utilización de los videojuegos

/* COM/2008/0207 final */

52008DC0207




[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, xxx

COM(2008) yyy final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

sobre la protección de los consumidores, en especial los menores, por lo que respecta a la utilización de los videojuegos

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

sobre la protección de los consumidores, en especial los menores, por lo que respecta a la utilización de los videojuegos

Introduc CIÓN

En la Resolución de 2002 del Consejo sobre la protección de los consumidores mediante el etiquetado de determinados juegos de vídeo y de ordenador[1] se hacía hincapié en la necesidad de proporcionar información clara sobre la evaluación de los contenidos y la consiguiente clasificación por grupos de edad. En todos los Estados miembros deben promoverse sistemas de clasificación claros y sencillos que aseguren una mayor transparencia y la libre circulación de los videojuegos. El Consejo insistió también en la importancia de la cooperación entre todas las partes interesadas.

En la Resolución se pide a la Comisión que haga un seguimiento de los diversos métodos para la evaluación de los contenidos de los juegos de vídeo y de ordenador, así como de su evaluación y etiquetado, y que informe de ello al Consejo.

Jugar con videojuegos es una de las actividades de ocio favoritas de los europeos de diferentes edades y categorías sociales[2]. Aunque se compran por su valor como entretenimiento, los mejores juegos aportan también otras ventajas, entre las cuales cabe destacar que promueven las destrezas analíticas y estratégicas y acostumbran a los jóvenes a interactuar con las tecnologías de la información. También son prometedoras las oportunidades para la consolidación de una industria fuerte de los juegos interactivos en Europa, con un carácter europeo específico, que puede ser portadora de diversidad cultural. La creciente popularidad de los videojuegos en línea es también un factor clave que impulsa la implantación de las redes de telecomunicaciones de banda ancha y la telefonía móvil de tercera generación.

En 2006, el mercado europeo de los videojuegos, que incluye los juegos de consola y portátiles, los juegos de ordenador y los juegos en línea, incluidos los inalámbricos, registró unos ingresos totales de más de 6 300 millones de euros, cantidad que se espera aumente a 7 300 millones de euros en 2008. Su valor equivale a la mitad del de todo el mercado de la música en Europa[3] y supera ya el de la taquilla de cine. Es el sector más dinámico y de más rápido crecimiento de la industria de los contenidos europea, con un índice de crecimiento superior al que registra el sector en los Estados Unidos[4]. Está surgiendo una tendencia a proporcionar versiones gratuitas en línea de videojuegos populares, que se mantienen fundamentalmente con el apoyo de la publicidad.

Al igual que sucede con los demás medios de comunicación, la libertad de expresión tanto de los creadores como de los jugadores debe ser una preocupación primordial de los responsables de la elaboración de políticas, teniendo en cuenta también la evolución del mercado. En efecto, los videojuegos son un fenómeno cada vez más intergeneracional: utilizados por hijos y padres por igual, pasan de la habitación de los niños al salón de la casa[5]. La media de edad de los jugadores europeos ha aumentado, y hay ya más adultos que juegan con videojuegos con temas de adultos. Al mismo tiempo, los políticos son responsables de la salud de los jugadores y hacen falta niveles elevados de protección de los menores. Debido a los fuertes efectos psicológicos de los videojuegos en los menores, es importante asegurar que puedan jugar con seguridad. Esto exige, en particular, que haya niveles graduados de acceso a los videojuegos para menores y adultos.

En abril de 2003 fue adoptado el sistema autorregulador de clasificación por edades PEGI, sigla inglesa de «Información paneuropea sobre juegos»[6], tras una detallada consulta con la industria y la sociedad civil, con representantes, entre otros, de asociaciones de padres y consumidores y grupos religiosos. PEGI es un sistema voluntario de autorregulación cuya finalidad es asegurar que los menores no se vean expuestos a juegos inadecuados para su grupo de edad concreto. PEGI ha sustituido un gran número de sistemas nacionales existentes de clasificación por edades por un sistema único europeo.

En 2003 se llevó a cabo para la Comisión un estudio independiente ( Study on the rating practice used for audiovisual works in the European Union [7]) sobre las prácticas de clasificación de las obras audiovisuales utilizadas en la Unión Europea. En él se señala la creciente presión tecnológica y social en favor de la homogeneización de las clasificaciones, que podría lograrse mediante criterios de clasificación comunes. Otra de las conclusiones se refiere al intercambio periódico de buenas prácticas entre las diferentes plataformas de medios de comunicación como primer paso hacia una mayor uniformidad de las prácticas de clasificación en los diferentes medios.

La Unión Europea se ha esforzado por dar la mejor protección posible a los niños mediante propuestas legislativas y otras acciones, respetando al mismo tiempo el principio de subsidiariedad: la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los menores y de la dignidad humana y al derecho de réplica (2006/952/CE)[8] se refiere a la actuación frente a las actividades ilícitas nocivas para los menores en Internet y a la cooperación entre los órganos que se ocupan de la calificación o la clasificación. La red INSAFE, cofinanciada por el programa Safer Internet[9] y gestionada por la Comisión, se ocupa de la sensibilización acerca de la utilización por los niños de los nuevos medios de comunicación, incluidos los videojuegos.

Internet ofrece nuevas formas de consumo de los medios de comunicación y nuevas oportunidades de diversidad cultural, incluidos los videojuegos, pero puede ser también un medio para difundir contenidos ilícitos y, especialmente en el caso de los menores, nocivos. Esto plantea retos específicos en relación con la protección de los jóvenes. PEGI On-line[10] —que se puso en marcha en junio de 2007 cofinanciado por el programa Safer Internet— es el desarrollo lógico del sistema PEGI, cuyo fin es proteger mejor a los jóvenes contra contenidos de juegos inapropiados y ayudar a los padres a comprender los riesgos y los daños potenciales que puede haber en este entorno.

En diciembre de 2007, la Comisión adoptó una Comunicación[11] sobre un planteamiento europeo de la alfabetización mediática en el entorno digital. La alfabetización mediática puede resumirse como la capacidad de acceder a los contenidos de los medios de comunicación, comprenderlos, evaluarlos y crearlos. Se refiere a todos los tipos de medios de comunicación, incluidos los videojuegos. En la Comunicación se destaca la importancia de la alfabetización mediática para las generaciones más jóvenes, especialmente por lo que respecta a los contenidos en línea. Por otra parte, en los planes de estudios escolares se utilizan cada vez más videojuegos[12] .

LA CONSULTA Y SUS CONCLUSIONES

Se envió a todos los Estados miembros un cuestionario para recopilar datos y comentarios a fin de elaborar un informe en profundidad sobre las tendencias de la protección de los consumidores en relación con los juegos de vídeo y de ordenador desde que se adoptó la mencionada Resolución del Consejo. Las preguntas hacían referencia a los sistemas de clasificación por edades y contenidos, a la venta de videojuegos en las tiendas de comercio minorista, a las prohibiciones aplicadas a los videojuegos, a la eficacia de las medidas vigentes para la protección de los menores, a los videojuegos en línea y a un sistema de clasificación paneuropeo aplicable a las diferentes plataformas. Respondieron los 27 Estados miembros.

Sistemas de clasificación por edades y contenidos

PEGI cuenta con el apoyo de los principales fabricantes de consolas[13]. Se aplica en la gran mayoría de los Estados miembros de la UE[14], aunque no en todos ellos existe una legislación específica en vigor.

Los Estados miembros en los que se aplica PEGI y que tienen en vigor o en preparación una legislación específica[15] relacionada con la clasificación por edades son Finlandia, Grecia, Italia, Letonia, los Países Bajos, Polonia, Portugal, Eslovaquia y el Reino Unido . En los Países Bajos y Polonia se prevén además sanciones penales.

En el Reino Unido , la industria de los juegos de ordenador utiliza PEGI para la mayoría de los videojuegos. Aquellos que contienen material de tipo sexual o escenas muy violentas se someten a la aprobación de la British Board of Film Classification (BBFC), que adjudica entonces clasificaciones con criterios de edad diferentes de las del sistema PEGI.

En Francia , se utiliza PEGI para clasificar y etiquetar los videojuegos. En 2007 se introdujeron modificaciones en la legislación penal francesa[16] a fin de regular la clasificación por edades de los videojuegos y su etiquetado por grupos de edad.

En Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Estonia, Hungría, Irlanda, España y Suecia se aplica PEGI, pero no hay una legislación específica. En la República Checa , pese a que no se ha implantado oficialmente ningún sistema específico, todos los grandes editores utilizan PEGI, aunque no para todos los videojuegos distribuidos.

En Alemania y Lituania se aplica una legislación vinculante específica. En Alemania, no se utiliza el sistema PEGI de autorregulación. La legislación alemana sobre protección de los jóvenes[17] incluye medidas específicas para la clasificación y el etiquetado por edades de los videojuegos, materia en la cual son competentes los 16 Estados federados ( Bundesländer ). Junto con el órgano de la industria («Unterhaltungssoftware Selbstkontrolle» (USK)/«Organización para el control voluntario de los programas informáticos de entretenimiento»), han establecido un sistema de clasificación destinado a establecer clasificaciones comunes por edades en todos los Bundesländer , para lo cual tienen un representante común, cuya decisión sobre la clasificación es vinculante.

En Austria, la protección de los menores es competencia de cada Bundesland . En consecuencia, hay grandes diferencias en la legislación sobre la protección de los jóvenes y en su aplicación.

En Malta , donde no se utiliza PEGI, los videojuegos están regulados con arreglo a lo dispuesto en la legislación general.

En Chipre, Luxemburgo, Rumanía y Eslovenia , según la información facilitada por estos países, no se ha implantado ningún sistema de clasificación por edades o por contenidos ni existe legislación en vigor al respecto.

En conclusión, la Comisión considera que sigue habiendo un margen considerable para la mejora en lo que respecta a la implantación del sistema de clasificación PEGI en los Estados miembros de la UE y a la compatibilidad con él de las disposiciones nacionales correspondientes.

Venta de videojuegos en tiendas de comercio minorista

El aumento del número de videojuegos violentos utilizados por los menores preocupa a la Comisión. Es importante analizar el acceso a estos juegos. La mitad de los Estados miembros[18] tiene disposiciones jurídicas específicas, en su ordenamiento civil y penal, relativas a la venta física de videojuegos de contenido nocivo para los menores, y se prevén diversas penas para hacer cumplir estas disposiciones[19].

Los Estados miembros que tienen intención de utilizar o utilizan ya una clasificación para la distribución, la circulación y la publicidad basada en la calificación por edades o por contenidos son Italia (existe una ley en proceso de aprobación), el Reino Unido, Alemania, Estonia, Grecia, Letonia, Lituania[20] y Eslovaquia.

En Francia, Suecia y los Países Bajos algunos videojuegos violentos están prohibidos en virtud del Derecho penal (en Suecia, también en virtud del Derecho constitucional). En cuanto a los juegos legales, los minoristas suecos han acordado seguir para su venta el sistema PEGI de clasificación por edades. Están autorizados a efectuar la venta previa concesión del permiso parental.

En Bélgica y Malta, la venta de videojuegos está regulada por una serie de disposiciones legales, como las leyes sobre racismo y xenofobia, sobre comercio y protección de los consumidores y sobre orden público.

Bulgaria[21], la República Checa[22], Chipre, Dinamarca[23], Hungría, Luxemburgo, Polonia y Rumanía no tienen legislación específica que regule la venta de videojuegos.

En estas circunstancias, el siguiente paso lógico sería la adopción de un código de conducta para los vendedores minoristas de videojuegos. En los Estados Unidos, el órgano para la clasificación de los programas informáticos de ocio —la Entertainment Software Rating Board (ESRB)— y los minoristas nacionales —al amparo del ESRB Retail Council (ERC)— asesoran a los padres y otros consumidores acerca de las cuestiones relacionadas con la clasificación. El objetivo de su código para la educación sobre clasificación y su cumplimiento — Ratings Education and Enforcement Code [24]— es informar a los minoristas y velar por que hagan cumplir las clasificaciones, por ejemplo sensibilizando y formando al personal que trabaja en las tiendas. Los consumidores pueden denunciar infracciones a los minoristas y en la página web de la ESRB, que transmite la denuncia al responsable en el ERC para que la tramite sin demora y puede expulsar del ERC a los miembros infractores.

Prohibición de videojuegos

Sólo en cuatro Estados miembros, el Reino Unido, Irlanda, Alemania e Italia , se han prohibido hasta la fecha algunos videojuegos, bien mediante una prohibición formal bien mediante medidas equivalentes a una prohibición, como la confiscación, la denegación de una clasificación o la aplicación de restricciones comerciales.

En Irlanda , los videojuegos que se consideran inapropiados por su carácter violento pueden ser objeto de una prohibición del órgano de censura cinematográfica de Irlanda, la Irish Film Censor's Office (IFCO). Éste fue el caso del videojuego Manhunt 2 , que se prohibió en junio de 2007[25].

El primer videojuego al que se denegó la clasificación de la BBFC en el Reino Unido fue Carmageddon en 1997. Sin embargo, posteriormente se concedió un certificado de clasificación a una versión modificada.

En junio de 2007, la BBFC rechazó Manhunt 2 . Esta decisión fue anulada por el comité de apelación Video Appeals Committee en diciembre de 2007. La BBFC impugnó a su vez esta decisión y la sometió a revisión judicial ante el Tribunal Superior ( High Court ), que remitió de nuevo el asunto al Video Appeals Committee , el cual en marzo de 2008 refrendó su decisión. En consecuencia, la BBFC emitió un certificado de «18»[26]. Sin embargo, la versión aprobada no es la original, sino otra modificada. Suministrar un videojuego no clasificado puede castigarse hasta con dos años de cárcel o con una multa de importe ilimitado.

En Italia , el Ministro de Comunicaciones[27] bloqueó en junio de 2007 la difusión de Manhunt 2 .

En Alemania , el tribunal provincial de Munich decidió confiscar[28] en julio de 2004 todas las versiones de Manhunt por infracción de una disposición del ordenamiento penal que prohibía la exhibición y la exaltación de la violencia. Ha habido también otros casos, como el de Dead Rising , que se introdujo en el Índice y fue confiscado por decisión del tribunal provincial de Hamburgo en junio de 2007[29].

La Comisión opina que estas prohibiciones deben ser excepcionales, proporcionadas y, por lo tanto, limitadas a casos graves de vulneración de la dignidad humana.

Ef icacia de las medidas actuales para la protección de los menores

La mitad de los Estados miembros[30] considera que las medidas actualmente vigentes son, en términos generales, eficaces. Francia, Alemania, Grecia, Italia, Letonia, Lituania y Polonia han mejorado recientemente su legislación nacional o lo están haciendo actualmente. Algunos consideran estos cambios adecuados si se combinan con la autorregulación. Por ejemplo, Francia modificó su Código Penal en 2007. Se introdujeron tres principios: un sistema de autorregulación en el que una parte de la responsabilidad recae en la industria, nuevas competencias para el Ministerio del Interior y sanciones penales.

En los Países Bajos , PEGI y las disposiciones legislativas relativas a la venta de videojuegos se consideran suficientes. Finlandia, Alemania, Irlanda y España consideran que las normas actuales son eficaces y aceptadas de manera generalizada, pero están intensificándolas mediante alfabetización mediática, sensibilización de los padres y control judicial. En Suecia se utiliza PEGI y se considera que las medidas para sensibilizar a los padres, promover la autorregulación de la industria y mejorar la cooperación entre el Estado y la industria están funcionando bien.

En Alemania[31] y en el Reino Unido[32] se están llevando a cabo estudios sobre la eficacia de la legislación y sobre los riesgos para los niños. En Letonia, Polonia y Eslovaquia no se sabe si PEGI funciona bien, ya que aún no se ha realizado ninguna evaluación.

En Austria, la gran mayoría de las autoridades regionales competentes, tanto si utilizan el sistema PEGI como si no, consideran el actual sistema insuficiente. El Estado federado de Viena tiene previsto reformar la legislación. Austria es de la opinión de que un sistema de ámbito nacional no sería suficiente para tratar los problemas que plantean Internet o la proximidad de los países vecinos; preocupan también la falta de sensibilización, de supervisión de la policía y de certificación para orientar a los minoristas.

En Bélgica y Hungría ya se aplica PEGI, pero no es jurídicamente vinculante, con el resultado de que ambos países consideran ineficiente la protección de los menores. Bélgica estaría a favor de una legislación a nivel europeo. Aunque la certificación de PEGI se encuentra en la mayoría de los videojuegos, Hungría considera este sistema insuficiente debido a la falta de sensibilización de los padres.

En Bulgaria, la legislación de protección de la infancia[33] se ha complementado en los dos últimos años con incentivos para la adopción de mecanismos de autorregulación.

Videojuegos en línea

Los videojuegos en línea permiten a los jugadores interactuar entre sí a través de una conexión de red. La gran mayoría de los Estados miembros[34] carece de legislación específica al respecto. Sin embargo, algunos[35] de ellos utilizan PEGI On-line y varios aplican por analogía la legislación general (incluso de Derecho penal) y específica referente a los videojuegos fuera de línea.

En Alemania , además del procedimiento de autorregulación y de corregulación mencionado anteriormente, « jugendschutz.net », organismo común dedicado específicamente a la protección de los jóvenes en Internet establecido por los Bundesländer , examina la oferta en Internet y participa en las negociaciones con productores y proveedores y en los procedimientos normativos.

En Italia , la ley de protección de los menores en lo que respecta a la utilización de videojuegos se aplica también a los juegos en línea. El «Código de medios de comunicación y menores», instrumento de autorregulación propuesto, exige que los videojuegos en línea muestren la clasificación PEGI On-line de manera clara y visible, incluidas medidas de filtro para el control parental.

En Irlanda , las actividades de videojuego en Internet y autónomas están tratadas por igual en la legislación. Los proveedores de servicios en Internet acordaron que los servidores irlandeses no contendrían material ni servicios que fueran ilícitos en virtud de la legislación irlandesa y que se suprimiría de ellos el material de este tipo que ya contuvieran. Se ha abierto una línea telefónica en la que se puede denunciar la presencia de material ilícito o nocivo en Internet, y hay cooperación con la policía.

En Letonia se aplican disposiciones específicas en materia de accesibilidad de los juegos de ordenador en Internet. Se puede prohibir su distribución si, por ejemplo, no es posible determinar el círculo de usuarios o si el receptor no ha sido aconsejado sobre los límites de edad. Además, los proveedores de Internet están obligados a informar a los usuarios sobre la posibilidad de instalar un filtro de contenidos.

En conjunto, la Comisión considera que es preciso adoptar más medidas en relación con los videojuegos en línea, a fin de tener en cuenta sus características específicas: es necesario un mecanismo rápido y eficaz para la verificación de la edad, y se ha de prestar atención especial a las salas de charla ( chat rooms ). Un diálogo a escala europea entre todas las partes interesadas sería útil al respecto.

En este contexto, la política de la UE de reforzar la cooperación entre los sectores público y privado para luchar contra la delincuencia informática, y, en particular, contra los contenidos ilícitos y nocivos en Internet, puede servir como punto de partida.

Un sistema de clasificación paneuropeo para las diferentes plataformas

La mayoría de los Estados miembros[36] está a favor de una clasificación por edades que se aplique a nivel europeo a todas las plataformas, y que contribuiría a asegurar el buen funcionamiento del mercado interior y a evitar la confusión de los consumidores. PEGI se considera útil y viable y tiene capacidad para desarrollarse más.

Polonia y la República Checa expresan escepticismo, pero apoyarían cierto grado de armonización y cooperación. Sólo Francia, Hungría y Portugal consideran imposible un sistema de clasificación aplicable a todas las plataformas. Alegan que los diferentes tipos de medios de comunicación precisan de diferentes condiciones de difusión y acceso e implican un tipo de consumo específico que exige diferentes clasificaciones y regulaciones. Además, consideran las diferentes sensibilidades culturales y morales un obstáculo para un sistema único de clasificación. Alemania valora su propio sistema como satisfactorio. Bélgica indicó que acogería con satisfacción un reglamento comunitario que subsanara la falta de control y de sanciones en relación con la correcta aplicación de las etiquetas. La mayoría de los Estados miembros se muestra favorable a la promoción de sistemas de autorregulación y corregulación. La situación en el Reino Unido es actualmente objeto de revisión.

Conclusion ES

En la actualidad, en la mayoría de los Estados miembros de la UE se aplica PEGI, un sistema de clasificación autonormativo para los videojuegos fuera de línea que se puso en funcionamiento en 2003. La gran mayoría de estos Estados miembros tiene una legislación al respecto y bastantes de ellos han mejorado hace poco su legislación o lo están haciendo actualmente. Algunos Estados miembros incluso han basado esta legislación en el sistema PEGI.

La situación por lo que respecta a los juegos en línea es diferente. Internet plantea nuevos desafíos por su facilidad de acceso y su carácter mundial. La mayoría de los Estados miembros carece de legislación específica para los videojuegos en línea. Sin embargo, algunos consideran que la legislación referente a los videojuegos fuera de línea es aplicable por analogía y otros utilizan PEGI On-line, que se puso en funcionamiento en junio de 2007.

En conclusión, PEGI parece haber conseguido buenos resultados y PEGI On-line es también una iniciativa prometedora, lo cual hace de PEGI un buen ejemplo de autorregulación acorde con el programa «legislar mejor». Por consiguiente, es preciso que los Estados miembros, la industria y otras partes interesadas, incluidos los padres, adopten más medidas para incrementar la confianza en los videojuegos y proteger mejor a los menores.

Habida cuenta de lo anterior, y teniendo presente el valor de los videojuegos para promover la diversidad cultural, la Comisión:

- pide a los Estados miembros que reconozcan que los videojuegos se han convertido en un medio de primer orden y se aseguren de que se aplican unos niveles elevados de libertad de expresión y unas medidas eficaces y proporcionadas para la protección de los menores que se refuercen mutuamente;

- en consecuencia, pide a los Estados miembros que integren en sus sistemas nacionales el sistema de información y clasificación implantado en el marco de PEGI y las iniciativas de PEGI On-line;

- pide a la industria de los videojuegos y las consolas que siga mejorando los sistemas PEGI y PEGI On-line y, en particular, que actualice periódicamente los criterios para la clasificación y el etiquetado por edades, que dé a conocer PEGI más activamente y que aumente la lista de signatarios;

- reconoce que los videojuegos en línea plantean nuevos desafíos, como la necesidad de disponer de sistemas eficaces de verificación de la edad, y peligros potenciales para los jóvenes consumidores relacionados con las salas de charla asociadas a estos videojuegos, y pide a los Estados miembros y a las partes interesadas que colaboren para encontrar soluciones innovadoras;

- pide a los Estados miembros y a las partes interesadas que evalúen los posibles efectos negativos y positivos de los videojuegos, en especial para la salud;

- pide a todas las partes que intervienen en la venta de videojuegos en las tiendas de comercio minorista que, en el plazo de dos años, lleguen a un acuerdo sobre un código de conducta paneuropeo relativo a la venta de juegos a menores y sobre compromisos para sensibilizar en el uso del sistema PEGI a padres e hijos, así como para asegurar la disponibilidad de recursos adecuados para aplicar las disposiciones del citado código;

- insta a los Estados miembros y a todas las partes interesadas a que adopten iniciativas para mejorar la alfabetización mediática aplicada a los videojuegos, de acuerdo con la Comunicación de la Comisión de 20 de diciembre de 2007;

- celebra y apoya los nuevos esfuerzos para lograr un sistema de autorregulación o corregulación de clasificación por edades aplicable a todos los medios de comunicación a nivel europeo; en concreto, la Comisión tiene previsto organizar reuniones de órganos de clasificación para que intercambien las mejores prácticas en este ámbito;

- se propone utilizar las redes y plataformas existentes con las organizaciones de consumidores para aumentar la sensibilización pública en relación con el sistema PEGI y las recomendaciones formuladas en la presente Comunicación.

[1] Resolución del Consejo, de 1 de marzo de 2002, sobre la protección de los consumidores, en especial los jóvenes, mediante el etiquetado de determinados juegos de vídeo y de ordenador, por grupos de edad (2002/C65/02), DO C 65 de 14.3.2002, p.2.

[2] Informe Nielsen " Video Games in Europe – 2007 ", pp. 12-15 (http://www.isfe-eu.org/index.php?PHPSESSID=lf6urj9ke66pqp2preebf0rb13&oidit=T001:662b16536388a7260921599321365911).

[3] Interactive content and convergence: Implications for the information society. A Study for the European Commission (DG Sociedad de la Información y Medios de Comunicación) por Screen Digest Ltd, CMS Hasche Sigle, Goldmedia Gmbh, Rightscom Ltd, pp. 34, 45, 96 - http://ec.europa.eu/information_society/eeurope/i2010/docs/studies/interactive_content_ec2006.pdf.

[4] PricewaterhouseCoopers, Global Entertainment and Media Outlook: 2007 – 2011, p. 38.

[5] Frankfurter Allgemeine Sonntagszeitung, 13.05.2007, p. 28: " Computerspiele erobern das Wohnzimmer " (FAZ.NET: http://www.faz.net/s/RubE2C6E0BCC2F04DD787CDC274993E94C1/Doc~EB0EA103E1BD44C65A4DB322974B1AC06~ATpl~Ecommon~Scontent.html).

[6] http://www.pegi.info.

[7] http://ec.europa.eu/avpolicy/docs/library/studies/finalised/studpdf/rating_finalrep2.pdf.

[8] DO L 378 de 27.12.2006, pp. 72–77.

[9] http://ec.europa.eu/information_society/activities/sip/programme.

[10] www.pegionline.eu.

[11] COM(2007) 833 final.

[12] Por ejemplo, la Federación Europea del Software Interactivo está colaborando con la Red Escolar Europea para evaluar la utilización en los colegios de juegos con una orientación educativa y ayudar a intercambiar las mejores prácticas.

[13] Por ejemplo, Nintendo, PlayStation y Xbox.

[14] Austria (en parte), Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Estonia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Irlanda, Letonia (legislación basada en PEGI), los Países Bajos, Polonia, Portugal (legislación basada en PEGI), Eslovaquia, Suecia y Reino Unido.

[15] Como la Ley de clasificación de los programas audiovisuales, la Ley de grabación en vídeo, la Ley de protección de los consumidores y la Ley de información pública.

[16] Loi nº 98-468 modificada por Loi nº 2007-297.

[17] Jugendschutzgesetz; publicada el 23 de julio de 2002 (BGBl I Nr. 51, S. 2730), modificada por la Ley de 27 de diciembre de 2003 (BGBl. I S. 3007/3011).

[18] Austria, Bélgica, España, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Italia, Letonia, Lituania, los Países Bajos, Eslovaquia, Suecia y el Reino Unido.

[19] En actos jurídicos como la Ley de protección de la infancia, Ley de clasificación de los programas audiovisuales, Ley de protección de los consumidores, Reglamento sobre la distribución de juegos de ordenador, Ley de protección de la juventud y Derecho penal.

[20] En Lituania y Eslovaquia se aplican normas para la venta de los videojuegos que están dirigidos exclusivamente a adultos.

[21] Los minoristas están obligados a etiquetar un producto y proporcionar información, por ejemplo, sobre el productor, la naturaleza y las características del producto según las disposiciones generales de la Ley de protección de los consumidores, Boletín del Estado nº 99 de 9 de diciembre de 2005.

[22] Los videojuegos deben cumplir las restricciones generales que se aplican a la publicidad en el punto de venta.

[23] En su respuesta al cuestionario, Dinamarca menciona que la difusión de videojuegos violentos a los niños puede castigarse de conformidad con el Código Penal.

[24] ESRB: http://www.esrb.org/retailers/index.jsp: Código: http://www.esrb.org/retailers/downloads/erc_code.pdf.

[25] http://www.ifco.ie/IFCO/ifcoweb.nsf/web/news?opendocument&news=yes&type=graphic.

[26] Decisión del Video Appeals Committee de 10 de diciembre de 2007; la BBFC solicita una revisión judicial al Tribunal Superior el 17 de diciembre de 2007; Sentencia del Tribunal Superior de 24 e enero de 2008 (Mr Justice Mittins' Judgement CO/11296/2007): aplicación incorrecta de la ley, remisión del asunto al Video Appeals Committee , el cual refrenda su decisión (http://www.bbfc.co.uk/news/pressnews.php).

[27] http://www.comunicazioni.it/news.

[28] Decisión judicial de 19.7.2004 (Aktenzeichen 853 Gs 261/04).

[29] Decisión judicial de 11.6.2007 (Aktenzeichen 167 Gs 551/07).

[30] República Checa, Dinamarca, España, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Italia, Irlanda, Lituania, Países Bajos, Portugal y Suecia.

[31] Estudio del Ministerio Federal de la Familia junto con los Estados federados; disponible al final de 2007.

[32] El informe independiente Byron Review, Safer Children in a Digital World se publicó el 27 de marzo de 2008. Véase http://www.dfes.gov.uk/byronreview.

[33] Ley de protección de la infancia (Boletín del Estado nº 48 de 13 de junio de 2000), Ley de protección de los consumidores (Boletín del Estado nº 99 de 9 de diciembre de 2005).

[34] Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y el Reino Unido.

[35] Dinamarca, Finlandia, Italia, Países Bajos, Eslovaquia, Suecia, Reino Unido.

[36] Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa (hasta cierto punto), Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Italia, Irlanda, Letonia, Lituania, Malta, Países Bajos, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España y Suecia.

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