Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52007XC0815(01)

    Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) n° 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

    DO C 190 de 15.8.2007, p. 2–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.8.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 190/2


    Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

    (2007/C 190/02)

    Número XA

    XA 7021/07

    Estado miembro

    Italia

    Región

    Lacio

    Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual

    Fondo di rotazione per la promozione e lo sviluppo della cooperazione — Foncooper — in relazione alle iniziative nella Regione Lazio

    Base jurídica

    Titolo I della legge 27 febbraio 1985 n. 49 e successive modificazioni

    Direttiva del ministero dell'Industria, del commercio e dell'artigianato (ora ministero dello Sviluppo economico) del 9 maggio 2001 (G.U. n. 171 del 25 luglio 2001)

    Articolo 19 del decreto legislativo 31 marzo 1998, n. 112

    Articolo 45, comma 2, della legge regionale 6 agosto 1999, n. 14

    Deliberazione di giunta regionale n. 1911 del 14 dicembre 2001

    Gasto anual previsto por el régimen o cuantía total de la ayuda individual concedida a la empresa

    Régimen de las ayudas: importe total anual de 6 millones de EUR (1)

    Intensidad máxima de la ayuda

    La intensidad bruta de la ayuda no excederá:

    el 50 % de las inversiones subvencionables en las regiones que pueden acogerse a las ayudas previstas en el artículo 87, apartado 3, letra a), del Tratado CE,

    el 40 % de los costes subvencionables en las demás regiones.

    Fecha de aplicación

    Fecha de envío de la presente información a la Comisión Europea

    Duración del régimen o de la ayuda individual

    Indefinida, aunque el régimen de ayuda está exento de la obligación de notificación que establece el artículo 88, apartado 3, del Tratado CE hasta el 30 de junio de 2008, fecha en que finaliza el período de validez del Reglamento (CE) no 70/2001, modificado, salvo prórroga

    Objetivo de la ayuda

    Ayudas a las cooperativas (PYME) para la realización de proyectos de inversión en activos fijos, aplicables tras la presentación de la solicitud de financiación.

    Gastos subvencionables (sin incluir el IVA) para la adquisición de tierras y edificios, realización de obras, adquisición, modernización y reestructuración de maquinaria, equipos e instalaciones

    Sector o sectores económicos afectados

    Todos los sectores

     

    o bien

     

    Minería de carbón

     

    Sectores industriales (todos)

     

    o bien

     

    Siderurgia

     

    Construcción naval

     

    Fibras sintéticas

     

    Industria automovilística

     

    Otras industrias

     

    Transformación y comercialización de productos agrícolas

    Servicios (todos)

     

    o bien

     

    Transportes

     

    Servicios financieros

     

    otros servicios

     

    Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda

    Regione Lazio — Assessorato Piccola e media impresa, commercio e artigianato

    Direzione regionale Attività produttive

    Area Risorse per le attività produttive

    Via Rosa Raimondi Garibaldi, 7

    I-00147 Roma

    Órgano competente:

    «Comitato di gestione Foncooper- Regione Lazio» de conformidad con el Convenio celebrado el 26 de junio de 2000 entre el Ministero Industria, Commercio e Artigianato (actualmente, Ministero dello Sviluppo Economico) y Coopercredito Spa (actualmente Banca Nazionale del Lavoro SpA., Via Veneto 119, I-00187 Roma) y la cláusula adicional estipulada el 13 de mayo de 2002 entre la Región del Lacio y Coopercredito SpA (actualmente Banca Nazionale del Lavoro SpA)

    Otros datos

    Importe máximo de la financiación individual: 2 millones de EUR dentro del límite del 70 % de las inversiones admisibles.

    La ayuda concedida se compone de la diferencia entre los tramos de reembolso calculados de acuerdo con los tipos de mercado y aquellos con el tipo reducido aplicado conforme al régimen


    (1)  El gasto anual comprende el gasto anual previsto por el régimen, con la misma base jurídica y destinado a las PYME incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 70/2001, para sectores distintos a los cubiertos por la presente información, o en el del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión.


    Top