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Document 52007PC0102

    Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE, relativa a la Posición Común adoptada por el Consejo de cara a la adopción de la decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece para el periodo 2007-2013 el Programa específico «Lucha contra la violencia (Daphne III)» como parte del Programa general «Derechos fundamentales y justicia»

    /* COM/2007/0102 final - COD 2005/0037A */

    52007PC0102

    Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE, relativa a la Posición Común adoptada por el Consejo de cara a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece para el periodo 2007-2013 el Programa específico «Lucha contra la violencia (Daphne III)» como parte del Programa general «Derechos fundamentales y justicia» /* COM/2007/0102 final - COD 2005/0037A */


    [pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

    Bruselas, 12.3.2007

    COM(2007) 102 final

    2005/0037A (COD)

    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE, relativa a la

    Posición Común adoptada por el Consejo de cara a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece para el periodo 2007-2013 el Programa específico «Lucha contra la violencia (Daphne III)» como parte del Programa general «Derechos fundamentales y justicia»

    2005/0037A (COD)

    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE, relativa a la

    Posición Común adoptada por el Consejo de cara a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece para el periodo 2007-2013 el Programa específico «Lucha contra la violencia (Daphne III)» como parte del Programa general «Derechos fundamentales y justicia»

    1. ANTECEDENTES

    Fecha de transmisión de la propuesta al PE y al Consejo (documento COM([2006])[230] final - [2005]/[037A]COD): | 24 de mayo de 2006: (propuesta modificada a raíz de la separación de los programas «Lucha contra la violencia (Daphne III)» e «Información y prevención en materia de drogas» |

    Fecha del dictamen del Comité Económico y Social Europeo: | 19 de enero de 2006 |

    Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en primera lectura: | 5 de septiembre de 2006 |

    Fecha de adopción de la Posición Común: | 5 de marzo de 2007 |

    2. OBJETO DE LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN

    Daphne III es un programa de financiación, que cuenta con una dotación de 116,85 millones de euros para el período 2007-2013 y persigue los objetivos siguientes:

    - prevenir y combatir toda forma de violencia en el ámbito público o privado contra niños, jóvenes y mujeres adoptando medidas preventivas y prestando apoyo a las víctimas y grupos de riesgo; fomentar acciones transnacionales con el fin de crear redes multidisciplinares, asegurar la expansión de la base de conocimientos, sensibilizar a la población ante la violencia, estudiar los fenómenos relacionados con la violencia, y explorar y combatir las causas profundas de la violencia a todos niveles de la sociedad.

    3. OBSERVACIONES SOBRE LA POSICIÓN COMÚN

    La Posición Común del Consejo mantiene el contenido esencial de la propuesta inicial de la Comisión y tiene presentes las principales enmiendas adoptadas por el Parlamento Europeo en primera lectura.

    Tras los debates entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión, se ha llegado a un acuerdo sobre el texto, en el que se funda la Posición Común del Consejo. A continuación se exponen las diferencias de fondo entre la Posición Común y la propuesta inicial de la Comisión.

    Se disocian los programas «Daphne III» e «Información y prevención en materia de drogas» (la Comisión proponía esa separación en su propuesta modificada de 24 de mayo de 2006; artículos 2 y 3: se ha modificado la formulación de los objetivos generales y específicos del programa en aras de la claridad).

    Artículo 4, letra b): podrán admitirse para financiación los proyectos específicos presentados al menos por dos Estados miembros (en lugar de tres Estados miembros, como establecía la propuesta inicial de la Comisión).

    Artículo 4, letra d): se ha suprimido la mención explícita de la Federación Europea de niños desaparecidos y explotados sexualmente, en relación con la concesión de una subvención operativa.

    Artículo 10: en materia de comitología, el texto acordado contempla dos comités (un comité de gestión para la aprobación del programa de trabajo anual y un comité consultivo para los demás asuntos), mientras que la propuesta inicial de la Comisión sólo contemplaba un comité consultivo.

    El Parlamento Europeo y el Consejo invitan a la Comisión, mediante una declaración, a estudiar la posibilidad de organizar un año europeo contra la violencia de que son objeto los niños, los jóvenes y las mujeres.

    Se han recogido asimismo otras enmiendas del Parlamento relativas a modificaciones de la redacción destinadas a mejorar el texto.

    4. CONCLUSIONES

    La Comisión acepta la Posición Común, que recoge los elementos principales de su propuesta inicial y de su propuesta modificada de 24 de mayo de 2006, así como las principales enmiendas adoptadas por el Parlamento Europeo.

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