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Document 52006XC0824(01)
Authorisation for State aid pursuant to Articles 87 and 88 of the EC Treaty — Cases where the Commission raises no objections
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
DO C 199 de 24.8.2006, p. 3–6
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
24.8.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 199/3 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(2006/C 199/03)
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: España
Ayuda no: N 78/2005, 202/2005, 432/2005 y 152/2006
Denominación: Compensación de los daños provocados por las heladas del primer trimestre de 2005
Objetivo: Indemnizar los daños ocasionados en el sector agrario por las fuertes heladas del primer trimestre de 2005 que afectaron a los cultivos vegetales y arbóreos
Base jurídica:
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Régimen de ayudas del Gobierno central (N 78/2005) «Real Decreto Ley 1/2005, de 4 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños ocasionados en el sector agrario por las heladas acaecidas en el mes de enero de 2005», modificado rationae temporis por el «Real Decreto Ley 6/2005, de 8 de abril 2005, por el que se establece la aplicación del Real Decreto Ley 1/2005» (1); |
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Régimen complementario de la Comunidad Autónoma de Andalucía «Decreto 56/2005, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector agrario por las heladas ocurridas en el mes de enero de 2005 en Andalucía», modificado rationae temporis por el «Decreto 125/2005 de 10 de mayo» (2); |
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Régimen complementario de la Comunidad Autónoma de Murcia «Decreto 22/2005, de 11 de febrero, por el que se establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas padecidas desde el pasado mes de enero de 2005» (3); |
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Régimen complementario de la Comunidad Autónoma de Valencia «Decreto 22/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas ocurridas durante los últimos días del mes de enero 2005», modificado por el «Decreto 37/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se modifica el Decreto 22/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas ocurridas durante los últimos días del mes de enero 2005», así como por el «Decreto 75/2005, de 15 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se declaran aplicables las medidas contenidas en el Decreto 22/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, modificado por el Decreto 37/2005, de 25 de febrero, por el que se establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas y el pedrisco durante los meses de enero y febrero de 2005, a los daños ocasionados por las heladas que tuvieron lugar durante el mes de marzo de 2005» (4). |
Presupuesto: No puede fijarse el presupuesto global del régimen ayudas previsto a escala nacional por el «Real Decreto-ley 1/2005» porque puede variar en función de las solicitudes de créditos; la partida prevista para la indemnización en forma de subvención de capital asciende a 24,049 millones de EUR (N78/2002). La Comunidad Autónoma de Andalucía ha previsto un presupuesto de 20 millones de EUR (N 202/2005); la de Murcia, un presupuesto de 23,420 millones de EUR, y la de Valencia, uno de 30 millones de EUR
Intensidad o importe de la ayuda: Inferior a las pérdidas sufridas
Duración: Ayuda ad hoc
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Abruzos)
Ayuda no: N 86/2006
Denominación: Ayudas para actividades de mejora genética de especies de interés zootécnico
Objetivo: Fomento de actividades de mejora genética de especies animales de interés zootécnico (incluidos los porcinos y las aves de corral)
Base jurídica: Legge 15 gennaio 1991, n. 30 e Legge regionale 3 marzo 2005, n. 16
Presupuesto: Se prevé un presupuesto de 4 millones de EUR para el año 2006. Para los años siguientes, la dotación presupuestaria del régimen se fijará mediante ley presupuestaria regional
Intensidad o importe de la ayuda: Variable en función de las distintas medidas (ayuda a las inversiones, ayudas a la asistencia técnica y ayudas destinadas a fomentar el mantenimiento y la mejora de la calidad genética del ganado)
Duración: 6 años (31.12.2012)
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: La República de Letonia
Ayuda no: N 159/2006
Denominación: Ayuda para la compra de material de cría en Letonia — Modificación de la ayuda N94/ 2005 para la compra de material de cría en el extranjero
Objetivo: Ayuda a la inversión para la compra de animales de una calidad genética mayor
Base jurídica: 1998. gada 5. maija Ciltsdarba likums (Latvijas Vēstnesis, 1998. gada 21. aprīlis) un Ministru kabineta 2006. gada 3. janvāra noteikumi Nr. 21 “Noteikumi par valsts atbalstu lauksaimniecībai 2006. gadā un tā piešķiršanas kārtību” (Latvijas Vēstnesis Nr. 14, 2006. gada 24. janvāris)
Presupuesto: 2 200 000 LVL (aproximadamente 3 170 000 EUR)
Intensidad o importe de la ayuda: 40 %, y 50 % en las zonas menos favorecidas
Duración: 2008
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Emilia Romaña)
Ayuda no: N 222/A/03
Denominación: Intervenciones en favor de sistemas de garantía en el sector agrícola
Objetivo: Prestación de garantías sobre préstamos a corto, medio y largo plazo; asistencia técnica
Base jurídica: Deliberazione regionale n. 316 del 3 marzo 2003«Modifica della legge regionale 12 dicembre 1997, n. 43 sugli interventi a favore di forme collettive di garanzia nel settore agricolo. Abrogazione della legge regionale n. 37/95»
Presupuesto: De 2 a 3 millones de EUR al año
Intensidad o importe de la ayuda: Entre un 40 y un 70 %
Duración: Indeterminada.
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Fecha de adopción de la decisión:
Estado miembro: Austria (Baja Austria)
Ayuda no: N 243/2006
Denominación: Ayuda para compensar los daños causados por catástrofes naturales
Objetivo: Las directrices aprobadas por la Comisión en la ayuda estatal N 564a/2004 («las directrices nacionales aprobadas») establecen las condiciones y modalidades de indemnización de los productores agrarios en caso de daño causado a la producción agraria por inundaciones, desprendimiento de tierras, desprendimiento de rocas, avalanchas de lodo, avalanchas, terremotos, aludes de nieve y huracanes. Tal como prescribe la decisión C(2005)6036 de la Comisión de 26.12.2005 (ayuda estatal N 564a/2004), por la que se aprueban las directrices nacionales, las autoridades austriacas han garantizado que toda situación excepcional de emergencia por la que se conceda alguna indemnización a los productores agrarios con arreglo a las directrices nacionales aprobadas sería objeto de una notificación individual a la Comisión. No se abonará indemnización alguna hasta que la Comisión no reconozca la existencia de una catástrofe natural para cada uno de los casos notificados individualmente. En el presente caso, las autoridades austriacas han notificado una serie de situaciones de emergencia excepcionales producidas en 2006 (inundaciones) y verificadas por los servicios hidrológicos del Gobierno del Estado federado de Baja Austria. Las autoridades austriacas han precisado que los daños serán evaluados y la indemnización, concedida de acuerdo con las directrices nacionales aprobadas. La indemnización será del 30 % de los daños evaluados, o del 50 % en casos concretos en los que concurran dificultades excepcionalmente gravosas
Base jurídica: Richtlinien für die Gewährung von Beihilfen zur Behebung von Katastrophenschäden des Landes Niederösterreich
Presupuesto: No comunicado
Intensidad o importe de la ayuda: El 50 % como máximo
Duración: Un solo pago
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Toscana)
Ayuda no: N 288/06
Denominación: Intervenciones en zonas agrícolas afectadas por desastres naturales (granizada de 6 de diciembre de 2005 en el municipio de Piancastagnaio, provincia de Siena, Toscana)
Objetivo: Indemnización por los daños causados a la producción y estructuras agrícolas a raíz de condiciones meteorológicas adversas
Base jurídica: Decreto legislativo n. 102/2004
Presupuesto: Véase el régimen de ayuda aprobado (NN 54/A/04)
Intensidad o importe de la ayuda: Hasta el 100 %
Duración: Hasta el final de los pagos
Otros datos: Medida de aplicación del régimen aprobado por la Comisión en el ámbito del expediente de ayuda estatal NN 54/A/2004 (carta de la Comisión C(2005)1622fin, de 7 de junio de 2005)
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: República de Estonia
Ayuda no: N 338/2005
Denominación: Ayuda para la aplicación del programa nacional de erradicación y control de los brotes de enfermedades nocivas para las plantas y plagas vegetales
Objetivo: Lucha contra las enfermedades de las plantas
Base jurídica:
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Taimekaitseseadus, vastu võetud 21. aprillil 2004, jõustunud 1. mail 2004 (RT I, 28.04.2004, 32, 226), § 4, 9, 15; |
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Ministeeriumi määrus “Ohtlike taimekahjustajate nimekiri” (RT L, 15.7.2004, 96, 1503); |
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Ministeeriumi määrus “Ohtliku taimekahjustajaga saastunud, saastumisohus või saastumiskahtlasel taimel, taimsel saadusel või muul objektil leiduva ohtliku taimekahjustaja liigile kohased tõrjeabinõud” (RT L, 24.3.2005, 33, 469); |
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Ministeeriumi määruse eelnõu “Tõrjeabinõude rakendamisega seotud kulude osaline hüvitamine” |
Presupuesto: 3 millones de EEK al año (aproximadamente 191 000 EUR)
Intensidad o importe de la ayuda: Hasta un 100 %
Duración: Ilimitada
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Lacio)
Ayuda no: N 494/03
Denominación: Protección de los recursos genéticos autóctonos que presentan interés en el ámbito de la agricultura
Objetivo: Ayudas relacionadas con la protección de variedades vegetales y especies animales en peligro de extinción; asistencia técnica; ayudas a las inversiones en las explotaciones
Base jurídica:
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Deliberazione della Giunta regionale n. 759 del 1 agosto 2003; |
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Legge regionale 1 marzo 2000, n. 15 «Tutela delle risorse genetiche autoctone di interesse agrario». Approvazione della bozza di Piano settoriale di intervento per la tutela delle risorse genetiche di interesse agrario. Triennio 2004-2006 |
Presupuesto: 586 000 EUR
Intensidad o importe de la ayuda: Del 40 al 100 % (algunas medidas no constituyen ayudas estatales)
Duración: 2 años
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: República de Hungría
Ayuda no: N 589/2005
Denominación: Modificación del Decreto FVM 84/2003 (VII.22) relativo a la concesión de ayuda para indemnizar a los productores agrarios por los daños causados por las heladas y la sequía sufridos en 2003
Objetivo: Compensar los daños ocasionados por las condiciones meteorológicas adversas
Base jurídica:
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1072/2003. (VII.18.) Korm. határozat, 84/2003. (VII.22) FVM rendelet, 125/2003. (XII.10) FVM rendelet; |
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Proyecto de Resolución gubernamental |
Presupuesto: 2006: 1 500 millones de HUF, Total: 5 200 millones de HUF
Intensidad de la ayuda: Un máximo del 100 % de los daños indemnizables
Duración: Hasta el 31 de diciembre de 2013
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia
Ayuda no: N 603/05
Denominación: Programa de lucha contra la tristeza de los cítricos de Apulia
Objetivo: Medidas de prevención e indemnización relativas a una enfermedad de los vegetales; asistencia técnica; informatización de los registros
Base jurídica: Decreto del MIPAF n. S/25486 sull'assegnazione di risorse alle regioni agrumicole
Presupuesto: 803 090,45 EUR
Intensidad o importe de la ayuda: 100 % para la asistencia técnica y la informatización (ya que esta última no constituye una ayuda estatal); de 5 a 25 EUR por planta, para la indemnización de las pérdidas
Duración: Dos años
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Alemania (Turingia)
Ayuda no: NN 21/2004 (ex N 12/2004)
Denominación: Eliminación del ganado muerto en Turingia
Objetivo: Ayuda para la retirada y la eliminación del ganado muerto, hasta un 66,67 % de los costes
Base jurídica: Thüringer Tierkörperbeseitigungsgesetz (GVBl. 2002 S. 169)
Presupuesto: 2002: 1 515 millones de EUR; 2003: 1 400 millones de EUR; 2004: 1 500 millones de EUR; 2005: 1 092 millones de EUR
Intensidad o importe de la ayuda: 66,67 %
Duración: De 2002 a 2013
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
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(1) El Real Decreto Ley 1/2005 se ha aplicado mediante los instrumentos jurídicos siguientes: «Orden APA/1109/2005, de 25 de abril, por la que se delimitan los ámbitos territoriales afectados por las heladas acaecidas durante los meses de enero, febrero y marzo 2005, y se establecen criterios para la aplicación de las líneas de préstamos del Instituto de Crédito Oficial, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Ley 1/2005, de 4 de febrero» (modificado rationae territoriae por la «Orden APA/2168/2005, de 30 de junio»), y «Orden APA/1110/2005, de 30 de junio, que modifica el ámbito territorial establecido en la Orden APA/1109/2005, de 25 de abril».
(2) El Decreto de la Consejería de Agricultura y Pesca se ha aplicado mediante la «Orden de 1 de junio de 2005, por la que se establecen normas para la aplicación de las medidas para paliar los daños producidos en el sector agrario por las heladas de los meses de enero a marzo de 2005 en desarrollo de las normas que se citan».
(3) El Decreto de la Consejería de Agricultura y Agua se ha aplicado mediante el «proyecto de Orden de 12 de mayo de 2005 de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para paliar los daños producidos en la agricultura por las heladas padecidas desde el mes de enero hasta el mes de marzo de 2005».
(4) El Decreto 22/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat se ha aplicado mediante los instrumentos jurídicos siguientes: «Orden de 14 de marzo de 2005, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, de desarrollo del Decreto 22/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas y el pedrisco ocurridos entre enero y febrero de 2005», «Orden de 15 de abril de 2005, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifica la Orden de 14 de marzo de 2005, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, de desarrollo del Decreto 22/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas y el pedrisco ocurridos entre enero y febrero de 2005» y «Orden de 18 de mayo de 2005, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que adecúan los baremos establecidos en la Orden de 14 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, de desarrollo del Decreto 22/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat».