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Document 52006IP0528

Resolución del Parlamento Europeo sobre "Ha llegado la hora de acelerar - Creación de una Europa del espíritu empresarial y el crecimiento" (2006/2138(INI))

DO C 316E de 22.12.2006, p. 378–387 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

52006IP0528

Resolución del Parlamento Europeo sobre "Ha llegado la hora de acelerar - Creación de una Europa del espíritu empresarial y el crecimiento" (2006/2138(INI))

Diario Oficial n° 316 E de 22/12/2006 p. 0378 - 387


P6_TA(2006)0528

Ha llegado la hora de acelerar — Creación de una Europa del espíritu empresarial y el crecimiento

Resolución del Parlamento Europeo sobre "Ha llegado la hora de acelerar — Creación de una Europa del espíritu empresarial y el crecimiento" (2006/2138(INI))

El Parlamento Europeo,

- Vista la Comunicación de la Comisión "Implementación del programa comunitario de Lisboa — Una política moderna de la PYME para el crecimiento y el empleo" (COM(2005) 0551),

- Vista la Comunicación de la Comisión "La hora de acelerar — La nueva asociación para el crecimiento y el empleo" (COM(2006) 0030),

- Vista la Comunicación de la Comisión "Aplicar el Programa comunitario de Lisboa para el crecimiento y el empleo — Transmisión de empresas — Continuidad mediante la renovación" (COM(2006) 0117),

- Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000, del Consejo Europeo de Estocolmo de los días 23 y 24 de marzo de 2001, del Consejo Europeo de Barcelona de los días 15 y 16 de marzo de 2002, y de los Consejos Europeos de Bruselas de los días 22 y 23 de marzo de 2005, 15 y 16 de diciembre de 2005 y 23 y 24 de marzo de 2006,

- Visto el Consejo Europeo de Gotemburgo de los días 15 y 16 de junio de 2001, en el que se decidió vincular la Estrategia de Lisboa a una estrategia de desarrollo sostenible,

- Vistas las conclusiones de la reunión informal de Jefes de Estado celebrada en Hampton Court el 27 de octubre de 2005,

- Vista la Recomendación 2005/601/CE del Consejo, de 12 de julio de 2005, relativa a las orientaciones generales de las políticas económicas de los Estados miembros y la Comunidad (2005-2008) [1],

- Vista la Comunicación de la Comisión "Trabajando juntos por el crecimiento y el empleo — Relanzamiento de la estrategia de Lisboa" (COM(2005) 0024),

- Vista la Comunicación de la Comisión "Directrices integradas para el crecimiento y el empleo (2005- 2008)" (COM(2005) 0141),

- Vista la Comunicación de la Comisión "Acciones comunes para el crecimiento y el empleo: El programa comunitario sobre la estrategia de Lisboa" (COM(2005) 0330),

- Vistos los 25 programas nacionales de reforma (PNR) presentados por los Estados miembros y la evaluación de estos PNR de la Comisión en la Parte 2 de la Comunicación "La hora de acelerar — La nueva asociación para el crecimiento y el empleo",

- Vistos el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión [2], así como la Comunicación de la Comisión "Política de cohesión en apoyo del crecimiento y el empleo: directrices estratégicas comunitarias, 2007-2013" (COM(2005) 0299),

- Vistas la propuesta de la Comisión de una Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al 7o Programa Marco de la Comunidad Europea de Acciones de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración (2007 a 2013) (COM(2005) 0119) y la correspondiente Resolución del Parlamento de 15 de junio de 2006 [3],

- Vistos la Comunicación de la Comisión "Implementación del programa comunitario de Lisboa — Más investigación e innovación — Invertir en el crecimiento y el empleo: Un enfoque común" (COM(2005) 0488) y los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión (SEC(2005) 1253 y SEC(2005) 1289),

- Visto el documento "European Innovation Scoreboard 2005 — Comparative Analysis of Innovation Performance",

- Visto el informe del Grupo de expertos independientes sobre I+D e innovación, nombrado tras la Cumbre de Hampton Court, "Crear una Europa innovadora" (Informe Aho), de enero de 2006,

- Vista la Comunicación de la Comisión "Poner en práctica el conocimiento: una estrategia amplia de innovación para la UE" (COM(2006) 0502),

- Vista la Recomendación 94/1069/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 1994, sobre la transmisión de las pequeñas y medianas empresas [4],

- Visto el informe final de mayo de 2002 del Grupo de expertos del proyecto de procedimiento BEST sobre la transmisión de pequeñas y medianas empresas,

- Vistos el Flash Eurobarómetro no 160 sobre el espíritu empresarial y el informe analítico de abril y junio de 2004, respectivamente,

- Visto el informe definitivo del Grupo de trabajo sobre capital-riesgo, formado por el Departamento de Comercio de los Estados Unidos, la Administración de Comercio Internacional y la Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea, de octubre de 2005,

- Vistas la propuesta de la Comisión de una Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) (COM(2005) 0121) y la correspondiente Resolución del Parlamento, de 1 de junio de 2006 [5],

- Vista la Comunicación de la Comisión "Implementación del programa comunitario de Lisboa — Una estrategia para la simplificación del marco regulador" (COM(2005) 0535),

- Vista la Comunicación de la Comisión "Implementación del programa comunitario de Lisboa — Fomentar la mentalidad empresarial mediante la educación y la formación" (COM(2006) 0033),

- Vistos el Libro Verde de la Comisión sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos (COM(2005) 0265) y la correspondiente Resolución del Parlamento, de 1 de junio de 2006 [6],

- Vista la Comunicación de la Comisión "Plan de acción sobre la biomasa" (COM(2005) 0628),

- Vistos la Iniciativa i2010 y, en particular, el Plan de acción sobre administración electrónica i2010: Acelerar la administración electrónica en Europa en beneficio de todos (COM(2006) 0173),

- Visto el Libro Verde de la Comisión "Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura" (COM(2006) 0105),

- Vista su Resolución, de 29 de septiembre de 2005, sobre la cuota de las energías renovables en la UE y las propuestas de medidas concretas [7],

- Vista su Resolución, de 19 de enero de 2006, sobre la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa [8],

- Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2006, sobre una sociedad de la información europea para el crecimiento y el empleo [9],

- Vista su Resolución, de 15 de marzo de 2006, sobre las aportaciones al Consejo Europeo de primavera de 2006 en relación con la Estrategia de Lisboa [10],

- Vista su Resolución, de 23 de marzo de 2006, sobre la seguridad del suministro de energía en la Unión Europea [11],

- Vista su Resolución, de 5 de julio de 2006, sobre la aplicación del Programa comunitario sobre la estrategia de Lisboa: Más investigación e innovación — Invertir en el crecimiento y el empleo: Un enfoque común [12],

- Visto el artículo 45 de su Reglamento,

- Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Cultura y Educación, así como de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0384/2006),

A. Considerando que la UE debe adaptarse de forma estratégica en respuesta a las reglas cambiantes de la nueva economía global y al ritmo creciente de los mercados mundiales, a fin de evitar una mayor ralentización del crecimiento económico a largo plazo,

B. Considerando que, en aras de garantizar un crecimiento económico a largo plazo, la UE y sus Estados miembros deben colmar la actual distancia entre la investigación y los mercados en la UE,

C. Considerando que el acceso al mercado mundial ofrece a las PYME nuevos nichos de mercado, menores costes de I+D, un mejor acceso a la financiación, economías de escala y ventajas tecnológicas, así como oportunidades de distribución de riesgos,

D. Considerando que los avances hacia la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa no son uniformes en todo el territorio de la UE y que existen enormes diferencias en el nivel general de desarrollo tecnológico y en los niveles de rendimiento de los Estados miembros,

E. Considerando que el proceso de simplificación de la reglamentación plantea graves problemas de corrección jurídica, lo que exige la existencia de mecanismos o procedimientos destinados a validar dicha corrección,

F. Considerando que la no implementación de la legislación comunitaria relevante y la consiguiente fragmentación del mercado frenan el desarrollo económico y la creación de competencia para dar lugar a la economía de escala necesaria para una elevada competitividad económica en la UE,

G. Considerando que la UE debe transformarse en una economía moderna basada en el conocimiento, dado que la creación, la transferencia y la aplicación de nuevos conocimientos son la principal fuente de crecimiento económico y de ventaja competitiva sostenible,

H. Considerando que los Estados miembros deben seguir solventando los retos asociados al cambio demográfico social y a los modelos sociales sostenibles y aprovechar esta oportunidad para desarrollar procedimientos, servicios y productos innovadores,

I. Considerando que una I+D bien financiada favorece la innovación, el crecimiento económico, la creación de empleo y la investigación basada en la excelencia,

J. Considerando que la UE debe garantizar una cultura empresarial dinámica mediante el fomento de políticas activas como el aprendizaje permanente, la formación de aptitudes, el asesoramiento profesional, la contratación de jóvenes y la formación profesional,

K. Considerando que el espacio europeo de información y comunicación debe tener mayor visibilidad y fomentar activamente el espíritu empresarial y una cultura del aprendizaje,

L. Considerando que las PYME representan el 70 % de todo el empleo y que sólo el 44 % de ellas llevan a cabo innovación interna,

M. Considerando que las PYME son la piedra angular de la cohesión económica y social, puesto que emplean a más de 75 millones de personas en la UE y que, en determinados sectores, representan hasta el 80 % del empleo; considerando, asimismo, que, a la vista de su cometido en el ámbito del desarrollo económico y la innovación, así como de la proporción de mercado que representan, es esencial que las PYME reciban un apoyo global;

N. Considerando que los Estados miembros deben facilitar un entorno propicio para el desarrollo del sector privado y abordar las necesidades específicas de las PYME, como un entorno empresarial y regulaciones favorables, servicios de infraestructura básicos adecuados, acceso a la financiación a corto y largo plazo a intereses razonables, capital propio y de riesgo, asesoramiento y conocimiento sobre las oportunidades del mercado,

O. Considerando que las colaboraciones público-privadas (CPP) constituyen una valiosa herramienta para alcanzar la calidad del servicio público y la sostenibilidad financiera,

P. Considerando que las PYME pueden carecer de aptitudes empresariales sólidas y adolecer de deficiencias en relación con la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones y en los sistemas contables, y pueden tener problemas con las barreras lingüísticas, la gestión de la producción, la planificación empresarial, la falta de recursos y la capacidad para conseguir una masa crítica,

Q. Considerando que resulta indispensable apoyar a las organizaciones intermediarias representativas de las PYME, habida cuenta del carácter fundamental de su acción de información, asistencia y seguimiento para las PYME, en particular para las más pequeñas,

R. Considerando que las PYME participan en los mercados transfronterizos y en el mercado mundial y que ello se ha convertido en un elemento fundamental para su ulterior desarrollo,

S. Considerando que uno de los principales obstáculos para el éxito del espíritu empresarial, la innovación y el desarrollo de productos se relaciona con la falta de variedad de las formas de financiación disponibles en la cadena de capital,

T. Considerando que la UE debería apoyar la incubación y la preincubación de proyectos de empresas incipientes en un entorno académico orientado al mercado, a fin de contribuir a que dichos proyectos alcancen una mayor masa crítica, valoraciones más altas y una mayor inversión inicial por parte de empresas de capital de riesgo,

U. Considerando que la solicitud de una patente resulta muy onerosa en la UE (unos 46700 euros), en comparación con los Estados Unidos (10250 euros) y Japón (5460 euros), y que existe una necesidad urgente de contar con una patente comunitaria,

V. Considerando que los PNR deben abordar las necesidades de las PYME y de las grandes empresas de forma sostenible,

W. Considerando que los 23 millones de PYME en Europa reflejan en realidad una grandísima diversidad de situaciones empresariales que deben tenerse en cuenta a la hora de elaborar y aplicar las políticas comunitarias, principalmente en el marco de los PNR y respetando las especificidades de las microempresas y las empresas artesanales, que representan más del 95 % de las PYME europeas,

X. Considerando que unas normas claras en materia de ayudas estatales contribuirían al desarrollo económico y a la innovación empresarial en comunidades y regiones desfavorecidas,

Y. Considerando que las empresas familiares representan aproximadamente dos tercios del empleo en la UE,

Z. Considerando que debe subrayarse el papel y el desarrollo de los actuales programas de la UE, como Leonardo da Vinci, que promueven la movilidad, la innovación y la calidad de la formación mediante asociaciones transnacionales (empresas, centros de formación, organismos de enlace, etc.);

Una UE que compita con éxito en un mercado mundial

1. Recuerda a los Estados miembros que la única forma de competir con éxito en un mercado mundial es crear una sociedad europea de excelencia basada en el conocimiento;

2. Reconoce la importancia de fomentar una cultura que favorezca la innovación y la necesidad de que ésta penetre en todos los ámbitos de las estrategias nacionales en materia de competitividad;

3. Destaca el hecho de que, cada vez más, la fortaleza organizativa se encontrará no en las "competencias" centrales, sino, más bien, en los "individuos competentes" centrales;

4. Insta a los Estados miembros a que fomenten el espíritu empresarial a partir de las primeras fases de la educación y a que refuercen su apoyo a la formación a lo largo de toda la vida;

5. Subraya la mejora de la calidad y eficiencia de los sistemas de educación y formación mediante la movilización efectiva de los recursos necesarios, especialmente mediante el refuerzo de las inversiones privadas en la educación superior y en la formación continua;

6. Insta a la Comisión a que tome medidas para eliminar las disparidades jurídicas entre las legislaciones en materia comercial de cada país, a fin de garantizar un mercado abierto y competitivo;

7. Hace hincapié en la necesidad de reforzar la cooperación, por una parte, entre las regiones que afrontan los mismos problemas y desafíos, fomentando la creación de redes entre las empresas ubicadas en estas regiones, y, por otra, entre las regiones transfronterizas, con objeto de favorecer el desarrollo y la coordinación de políticas adecuadas, que puedan responder a sus necesidades específicas; destaca la importancia de las agrupaciones de PYME en torno a parques tecnológicos, laboratorios públicos e universidades, que crean entornos dinámicos en Europa, capaces de aprovechar los conocimientos científicos y crear empleo basado en el conocimiento;

8. Destaca la necesidad de reconocer la situación particular y de fomentar a través de los programas europeos el desarrollo de las agrupaciones y zonas industriales, tomando en consideración sus características específicas y garantizándoles un apoyo adecuado; pide a la Comisión que fomente el intercambio de buenas prácticas entre los Estados miembros sobre la creación de agrupaciones empresariales y sobre la manera de mejorar las relaciones entre la empresa y las universidades, ambas valiosas a la hora de favorecer la innovación y crear empresas;

9. Insta a que se avance en las relaciones económicas transatlánticas, con vistas a crear un espacio de libre comercio mayor que el mercado único europeo;

10. Insta a los Estados miembros a que abran más sus mercados y que, para ello, apliquen la legislación pertinente, mejorando la coherencia y la competitividad europea a escala mundial;

11. Insta a los Estados miembros a que completen e integren el sector de los servicios y, con ello, fomenten la tasa de crecimiento de su productividad laboral;

12. Reconoce que Europa necesita una política energética verdaderamente integrada que garantice la seguridad del suministro y el menor daño ambiental posible;

13. Subraya que la simplificación de la reglamentación constituye un objetivo esencial pero de difícil realización y que, en algunos aspectos, es parcialmente similar a la codificación; insta a la Comisión a que contribuya a la simplificación mediante una propuesta relativa a un mecanismo simple destinado a validar la corrección jurídica de las modificaciones realizadas en la legislación europea con miras a la simplificación, y a que sugiera a los Estados miembros que establezcan individualmente un mecanismo propio análogo, lo que constituiría para cada uno de ellos un estímulo para actuar en este sentido;

Dejar que fluya la creatividad de los europeos

14. Destaca la necesidad de que los Estados miembros insuflen nueva vida al conocimiento, la investigación y la innovación; opina que la investigación es la condición esencial para una innovación lograda y un crecimiento económico; considera importante crear una sociedad europea basada en el conocimiento, utilizando el aprendizaje permanente y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), a fin de reducir las diferencias de cualificación y el desempleo, mejorando así la movilidad de los trabajadores dentro de la UE;

15. Subraya que las TIC, el aprendizaje electrónico y el comercio electrónico son elementos cruciales para mejorar la competitividad de las PYME; considera, por consiguiente, que debe facilitarse mayor impulso a los proyectos destinados a promover tales oportunidades para las PYME;

16. Respalda el uso más amplio de las competencias clave para un aprendizaje permanente, con objeto de satisfacer las necesidades de los estudiantes europeos garantizando igualdad y acceso, en particular para aquellos grupos que necesitan asistencia para desarrollar su potencial educativo, como las personas con escasa formación, los que abandonan prematuramente el sistema escolar, los desempleados de larga duración, los migrantes y las personas con discapacidad;

17. Subraya que la única forma de asegurar un mercado para las PYME y la industria de la UE es colmar la distancia existente en la Unión Europea entre la investigación y la comercialización de procedimientos, servicios y productos innovadores;

18. Destaca la necesidad de adoptar modelos de innovación abiertos, que sean menos lineales y más dinámicos y que aporten valor añadido a las empresas;

19. Insta a los Estados miembros a que no solo hagan un mayor uso de los ordenadores, sino también de los paquetes de software, dado que estas extensiones del intelecto pueden mejorar la eficiencia en las tareas administrativas;

20. Destaca la necesidad de crear una patente comunitaria de fácil acceso para el usuario y de mejorar la reciprocidad entre los sistemas de patentes de Europa, los Estados Unidos y Japón, a fin de proteger mejor las empresas y las ideas europeas, y en particular de promover su uso por las PYME;

21. Alaba los objetivos de la Estrategia de la UE de acceso a los mercados y pide a la UE que adopte más medidas para promover su base de datos entre la comunidad de las PYME y que la actualice; recomienda que los Estados miembros, así como las entidades regionales y locales, creen ventanillas de información únicas y alienten a los departamentos de la administración pública a ofrecer una mayor parte de sus servicios por Internet (administración electrónica);

22. Insta a la Comisión, a través de su red de centros europeos de información empresarial (Euro Info Centros-EIC), a que promueva un mayor acceso a los mercados internacionales;

23. Insta a la Comisión a que reforme y amplíe dicha red mediante la integración de las diversas agencias de asistencia a las empresas que operan en las redes nacionales y son capaces de aportar servicios generales y fiables a las PYME;

24. Subraya, por tanto, la importancia de evaluar, mejorar y reorganizar la red de EIC, tanto en lo que respecta a su eficiencia operativa como a la eficacia de sus acciones, para funcionar de forma más rápida y conforme a los objetivos establecidos; considera que los EIC deberían transformarse en ventanillas únicas identificables para las PYME que se encuentren con problemas en el mercado interior y convertirse en auténticos mediadores entre las PYME y los Estados miembros, abordando cada problema mediante la aplicación de la legislación comunitaria de la forma más práctica y pragmática posible; reconoce que, para lograr estos objetivos, la red de EIC necesitará una financiación mayor;

25. Pide a la Comisión que fomente activamente una mejor visibilidad de los EIC y subraya la importancia de que las PYME tengan un acceso fácil y gratuito a la información, los servicios y el asesoramiento que facilitan estos centros, tanto si son miembros de las organizaciones incluidas en la red de EIC como si no lo son; pide a la Comisión que garantice que los grupos de expertos de las PYME convocados por la red EIC incluyan a PYME que no pertenezcan a la organización anfitriona; considera que es vital que la Comisión establezca objetivos ambiciosos para promover el uso y la visibilidad de los EIC entre las PYME en general, y no solamente entre las PYME que sean miembros de la organización anfitriona;

26. Considera que es necesaria una integración de todas las redes que funcionan en la Comunidad y que responden a las necesidades propias de las PYME (como los centros europeos de información empresarial o los centros de enlace para la innovación); opina que estas redes podrían incorporarse, por ejemplo, a las asociaciones profesionales de las PYME;

El motor de la competencia: las condiciones previas para una competencia fructífera y las PYME

27. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que apliquen, siempre que sea posible, el principio de "pensar primero a pequeña escala" consagrado en la Carta Europea de la Pequeña Empresa, para facilitar principalmente a las microempresas y las empresas artesanales que realicen plenamente su potencial de crecimiento y desarrollo, tanto a escala local como en los mercados de exportación;

28. Insta a los Estados miembros a que mejoren el perfil del espíritu empresarial y la responsabilidad individual, recompensando el esfuerzo y fomentando el valor social de la asunción de riesgos y del espíritu empresarial;

29. Señala que los avances tecnológicos y la excelencia constituyen el fundamento de la ventaja competitiva en una sociedad impulsada por el conocimiento;

30. Considera importante que se dé un papel más preponderante no sólo a la facilitación de información, sino también a la transferencia de mejores prácticas en el ámbito de las PYME y las microempresas; considera prioritaria a tal efecto la formación en materias empresariales, incluido el conocimiento necesario para concurrir a licitaciones públicas;

31. Insta a los Estados miembros a que fomenten modelos de comercio electrónico de éxito para facilitar la utilización de las TIC;

32. Insta a los Estados miembros a establecer normas comunes o acuerdos voluntarios en ámbitos en los que la falta de dichas normas y acuerdos esté obstaculizando el crecimiento de las PYME;

33. Insta a los Estados miembros a que revitalicen las actividades de las empresas europeas reduciendo la burocracia, mejorando la calidad de la legislación, reduciendo las cargas administrativas, mejorando la participación de las PYME en el proceso de consulta y simplificando los procedimientos fiscales a su favor, así como los trámites administrativos y los regímenes de seguridad social para los trabajadores y empresarios; pide a los Estados miembros que supriman los umbrales administrativos para la cooperación transfronteriza entre las PYME, la industria, los centros de investigación y las universidades;

34. Anima a los Estados miembros a que ofrezcan más apoyo para incrementar el número insuficiente de empresas incipientes, a que consideren y apliquen incentivos adecuados y a que introduzcan regímenes específicos de ayuda adecuados que fomenten el crecimiento en términos de tamaño y empleo; toma nota de la importancia de las transmisiones de empresas a la hora de mantener los empleos y el capital; expresa su satisfacción por la nueva Comunicación sobre transmisión de empresas titulada "Aplicar el Programa comunitario de Lisboa para el crecimiento y el empleo: Transmisión de empresas — Continuidad mediante la renovación", cuyo objetivo es reducir el riesgo intrínseco asociado al espíritu empresarial; observa que el éxito de las transmisiones de empresas reviste una importancia creciente, habida cuenta del envejecimiento de la población europea y del hecho de que más de un tercio de los empresarios europeos se jubilarán en los próximos diez años; pide, por tanto, a los Estados miembros que presten la misma atención política a las empresas incipientes y a las transmisiones de empresas, que incorporen medidas concretas en las políticas nacionales para la aplicación de la Estrategia de Lisboa y que adopten calendarios concretos;

35. Aprueba las propuestas destinadas a facilitar el lanzamiento de nuevas empresas y a reducir los plazos y costes de su creación, pero señala que, si bien los incentivos fiscales no plantean problemas, la noción de préstamos con tipos reducidos no se ajusta automáticamente a la legislación comunitaria que persigue, por el contrario, la igualdad de condiciones de mercado; propone que se promuevan medidas adecuadas, como incentivos fiscales y disposiciones de Derecho empresarial flexibles, que faciliten la continuidad de las empresas y, en particular, la transmisión de empresas familiares a terceros o a empleados;

Un sistema de protección social y un mercado de trabajo modernos

36. Insta a los Estados miembros a que revisen los modelos sociales que sean ineficaces a la luz de su sostenibilidad financiera y de las dinámicas mundiales y las pautas demográficas, que están sometidas a un cambio constante, a fin de que éstos sean más sostenibles;

37. Insta a los Estados miembros a que adopten decisiones políticas pragmáticas para compensar el envejecimiento de la población y el descenso de la tasa de natalidad, por ejemplo aumentando la edad de jubilación al tiempo que se mejora la asistencia sanitaria y aplicando políticas más centradas en la familia con incentivos para aumentar la tasa de natalidad y mejorar la asistencia infantil;

38. Destaca la necesidad de respaldar a las mujeres empresarias, en particular para el acceso a redes financieras y empresariales;

39. Destaca la necesidad de que los Estados miembros trabajen con miras a la plena integración de la inclusión electrónica en toda Europa;

40. Destaca la necesidad de flexibilizar el mercado de trabajo para hacer frente a los cambios en los patrones sociales y al envejecimiento de la sociedad;

41. Recuerda a la Comisión y a los Estados miembros que los costes no salariales son uno de los principales obstáculos para las empresas unipersonales que les impiden contratar a más trabajadores; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que respeten el principio de proporcionalidad y flexibilidad a la hora de examinar la legislación comunitaria en materia de empleo, habida cuenta de las elevadas tasas de desempleo que se registran en Europa, especialmente entre los jóvenes;

42. Considera fundamental incrementar la inversión de las PYME en capital humano para aumentar la empleabilidad de los trabajadores, así como la productividad; reconoce la necesidad de programas y actividades destinados específicamente a las actividades empresariales de las PYME, incluida la formación sobre el terreno; subraya la necesidad de ofrecer una formación profesional adecuada (formación en las nuevas tecnologías) a los trabajadores de mayor edad y a las personas con discapacidad, con el fin de que puedan seguir en el empleo o acceder más fácilmente al mismo y, de esta manera, atender las necesidades de los empresarios y de las personas con discapacidad;

43. Propone la enseñanza de cualificaciones empresariales esenciales en los programas de estudios de la escuela secundaria y alienta la participación de las PYME en los ámbitos de la educación en los que puedan facilitar información y asesoramiento prácticos complementarios; apoya la política de las universidades de incluir en su programa de enseñanza materias que responden a las necesidades de la economía;

44. Subraya la necesidad de incentivar a las PYME cuya actividad sea favorable al medio ambiente, en el marco de la responsabilidad social de las empresas y de la estrategia de la UE a favor de un desarrollo sostenible;

45. Aprecia la búsqueda de diálogo y el intercambio de puntos de vista que la Comisión ha venido realizando de manera regular en lo relativo a las PYME y sus organizaciones representativas, y pide que dicho método se plasme en la práctica de forma sistemática para que las empresas europeas se involucren, también mediante sus asociaciones patronales o profesionales, no sólo en la aplicación de los programas comunitarios, sino también en el propio desarrollo de dichos programas; constata que, en su forma actual, el proceso de consultas es problemático para las PYME, ya que el plazo de ocho semanas no permite que las organizaciones representativas de las PYME recaben opiniones y las presenten; pide a la Comisión que revise urgentemente este requisito;

46. Aboga por que todas las medidas de apoyo a las PYME puedan ser aplicadas a los trabajadores por cuenta propia, especialmente las que se refieren a los sistemas de seguridad social en sus distintas modalidades y prestaciones, así como a la prevención en materia de riesgos laborales;

47. Recomienda a los Estados miembros que hagan cuanto esté en su mano por establecer un entorno jurídico que garantice la flexibilidad en el empleo para las PYME sin perjuicio de los criterios de seguridad social;

48. Señala que es necesario completar el mercado interior y pide a los Estados miembros que contribuyan a alcanzar este objetivo común, fomentando la libre circulación de trabajadores;

49. Recuerda que es crucial alentar el espíritu empresarial, sobre todo a la vista del cambio demográfico, que hará que en los próximos diez años se jubile un tercio de los empresarios europeos; pide a la Comisión que facilite el intercambio de buenas prácticas entre los Estados miembros en este ámbito, teniendo en cuenta, por ejemplo, los programa de fomento de la actividad empresarial en la edad madura, el modo de alentar mejor a los jóvenes a crear empresas y, en particular, el fomento del empresariado femenino, lo que podría implicar el estudio de medidas para conciliar mejor la vida laboral y familiar;

Sostenibilidad financiera

50. Insta a los Estados miembros a que respeten los principios de la disciplina presupuestaria, así como a que aseguren unas finanzas públicas saneadas;

51. Anima a que se revisen los modelos de servicio público, su financiación y gestión, y a que se sometan a debate los cometidos y los beneficios de las CPP;

52. Alienta a los Estados miembros a que promuevan las CPP como modelo más adecuado para ofrecer servicios de asistencia empresarial a las PYME, incluida la creación de fondos de capital-riesgo, generando de este modo un efecto incentivador suficiente que facilite una mayor participación del sector privado;

53. Insta a los Estados miembros a que mejoren el acceso de las PYME a los procedimientos de adjudicación de contratos públicos que representan una barrera significativa para el crecimiento; recuerda a la Comisión y a los Estados miembros los efectos ocasionalmente perjudiciales de las directivas sobre contratación pública que, por ejemplo, han conducido a algunos adjudicadores de contratos públicos a solicitar pagos de posibles adjudicatarios para procesar sus ofertas; observa que dichos pagos pueden paralizar a las pequeñas empresas y pide, por consiguiente, a la Comisión que examine este asunto a la hora de elaborar su documento orientativo sobre la aplicación de las directivas revisadas relativas a la contratación pública en el curso de este año;

54. Considera que la innovación ecológica puede incentivarse también recurriendo al poder adquisitivo de los presupuestos públicos, en la medida en que la incorporación de criterios ecológicos en la contratación pública podría contribuir a crear una masa crítica que permita a las empresas favorables al medio ambiente entrar en el mercado a mayor escala, beneficiando así a las PYME europeas muy activas en este ámbito;

55. Insta a que se utilicen incentivos fiscales que mejoren la inversión en capital-riesgo y el uso de recursos disponibles mediante el Fondo Europeo de Inversiones y los Fondos Estructurales, que podrían contribuir a la constitución de una base de inversores nacionales de capital-riesgo;

56. Considera imperativo que las PYME reciban información general y fiable sobre las posibles formas de reparto del riesgo en el ámbito de la financiación y los riesgos de carácter empresarial;

57. Considera que las PYME constituyen un factor esencial de la economía europea y que, para explotar su potencial en el ámbito de la investigación y el desarrollo, debe simplificarse el 7o Programa Marco para facilitar la participación de los centros de investigación más pequeños, asignando fondos a las PYME y a las agrupaciones de pequeñas empresas y laboratorios;

58. Acote con satisfacción el enfoque adoptado por el Consejo Europeo de Bruselas de marzo de 2006 para simplificar y ampliar el acceso de las empresas, y en especial de las PYME, a los préstamos del Banco Europeo de Inversiones;

PNR en acción

59. Insta a todos los Estados miembros a que presten especial atención a las medidas destinadas a las PYME en sus PNR, teniendo en cuenta que su éxito dependerá de la participación activa y de la consulta de las organizaciones empresariales de las PYME para comprobar su eficiencia;

60. Lamenta la pérdida de la dimensión concreta que incluían los informes sobre la Carta Europea de la Pequeña Empresa e insta a la Comisión a que ofrezca a los Estados miembros la posibilidad de celebrar reuniones bilaterales (incluyendo a las partes interesadas nacionales) sobre los avances de las medidas concretas relativas a las PYME durante la fase de preparación de los informes anuales sobre los PNR;

61. Lamenta la falta de coordinación entre los PNR de los Estados miembros;

62. Destaca la importancia de informar y comunicar sobre los éxitos y fracasos de los PNR;

63. Insta a los Estados miembros a que aclaren cómo pretenden proceder a la hora de aplicar los objetivos que ellos mismos han fijado en los PNR;

*

* *

64. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos y a los Gobiernos de los Estados miembros.

[1] DO L 205 de 6.8.2005, p. 28.

[2] DO L 210 de 31.7.2006, P. 25.

[3] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0265.

[4] DO L 385 de 31.12.1994, p. 14.

[5] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0230.

[6] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0243.

[7] DO C 227 E de 21.9.2006, p. 599.

[8] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0022.

[9] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0079.

[10] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0092.

[11] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0110.

[12] "Textos Aprobados", P6_TA(2006)0301.

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