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Document 52006DC0025
Communication from the Commission to the European Parliament and to the Council - Thematic Programme on Cooperation with Industrialised and other High-income Countries under the future Financial Perspectives (2007-2013)
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo - Programa temático de cooperación con los países industrializados y otros países de renta alta en el marco de las futuras perspectivas financieras (2007-2013)
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo - Programa temático de cooperación con los países industrializados y otros países de renta alta en el marco de las futuras perspectivas financieras (2007-2013)
/* COM/2006/0025 final */
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo - Programa temático de cooperación con los países industrializados y otros países de renta alta en el marco de las futuras perspectivas financieras (2007-2013) /* COM/2006/0025 final */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 25.1.2006 COM(2006) 25 final COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Programa temático de cooperación con los países industrializados y otros países de renta alta en el marco de las futuras perspectivas financieras (2007-2013) ÍNDICE 1. Introducción 3 2. Contexto 3 2.1. Ámbito 3 2.2. Justificación de un Programa temático 4 2.3. Marco actual de la política y la cooperación y experiencias del pasado 5 2.3.1. Países de la OCDE no comunitarios 5 2.3.2. Países y territorios de Asia recientemente industrializados 7 2.3.3. Países del Consejo de Cooperación del Golfo 8 3. Aspectos principales del PTCPI 8 3.1. Objetivo general 8 3.2. Objetivos concretos 9 3.3. Prioridades principales 9 3.4. Principios de la programación 11 ANEXOS 12 COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Programa temático de cooperación con los países industrializados y otros países de renta alta en el marco de las futuras perspectivas financieras (2007-2013) 1. INTRODUCCIÓN Con el fin de racionalizar y simplificar el marco jurídico que regula actualmente la acción exterior de la Comunidad, la Comisión Europea ha propuesto dentro de las perspectivas financieras 2007-2013 un nuevo marco compuesto por seis instrumentos. Tres de ellos (correspondientes a la ayuda humanitaria, a la estabilidad y a la asistencia macrofinanciera) son de carácter horizontal para poder responder a necesidades y circunstancias concretas. Los otros tres instrumentos (destinados a la ayuda de preadhesión, a la política europea de vecindad y asociación y a la cooperación al desarrollo y cooperación económica) están pensados para la aplicación de políticas concretas y tienen un ámbito geográfico determinado. En el futuro, estos instrumentos constituirán los actos normativos de base para los gastos que realice la Comunidad en apoyo de los programas de cooperación exterior (incluidos los de carácter temático) y sustituirán, entre otros, a los Reglamentos temáticos existentes. Los programas temáticos aportan un claro valor añadido al realizar actividades complementarias de las de los programas geográficos, que siguen constituyendo el principal marco para la cooperación de la Comunidad con los terceros países. La Comisión se ha comprometido a examinar con el Parlamento Europeo y el Consejo el ámbito y los objetivos y prioridades de cada programa temático sobre la base de las comunicaciones oficiales dirigidas a ambas Instituciones[1]. Los resultados de este proceso brindarán las orientaciones adecuadas para las fases subsiguientes de la programación y, en especial, para los documentos de estrategia temáticos que se elaborarán de acuerdo con las disposiciones de los instrumentos arriba mencionados. 2. CONTEXTO 2.1. Ámbito En el curso de la última década, la UE ha reforzado de forma continuada sus relaciones bilaterales con una amplia gama de países desarrollados y de países y territorios recientemente industrializados de diferentes regiones del mundo, principalmente Norteamérica, Asia oriental y Australasia, aunque también el Sudeste asiático y la región del Golfo. El proyectado Programa temático de cooperación con los países industrializados y otros países de renta alta (PTCPI) establece un marco para ampliar y profundizar la cooperación y el compromiso con países y territorios industrializados que, por encima de su diversa situación geográfica, de sus diferencias estructurales y de su distinto tamaño, están dispuestos a desarrollar sus relaciones bilaterales con la UE. Aunque la cooperación entre ésta y esos países esté orientada ante todo por los objetivos que marcan las propias políticas de la UE, la consecución de tales objetivos aportará beneficios a todas las partes. Aplicado en el marco del proyectado Instrumento de cooperación al desarrollo y de cooperación económica[2] (ICDCE), el PTCPI se centrará primordialmente en aquellos países socios que compartan con la UE unas estructuras y unos valores políticos, económicos e institucionales similares y que, además de ser actores esenciales en los foros multilaterales y en la gobernanza mundial, revistan importancia para la Unión como socios políticos y comerciales. El Programa, sin embargo, se dirigirá también a otros países y territorios recientemente industrializados donde el fortalecimiento de la influencia y de los lazos políticos y económicos constituye un objetivo de interés estratégico para la UE. Así pues, el ámbito geográfico del PTCPI abarcará: 1. países principales de la OCDE no comunitarios[3]: Estados Unidos de América, Japón, Canadá, República de Corea, Australia y Nueva Zelanda; 2. algunos países y territorios asiáticos industrializados que están excluidos de la lista de beneficiarios de la AOD elaborada por el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD)[4]: Singapur, Hong Kong, Macao, Brunéi y Taipei chino; 3. países del Consejo de Cooperación del Golfo que están excluidos de la lista de beneficiarios de la AOD elaborada por el CAD: Kuwait, Qatar, Emiratos Árabes Unidos, Bahréin y Arabia Saudí[5]. En el futuro podrá estudiarse la ampliación del ámbito geográfico del PTCPI en caso de que países o territorios cubiertos por el ICDCE queden excluidos de la lista de beneficiarios de la AOD elaborada por el CAD. De hacerse así, se revisarán consecuentemente los recursos asignados a este Programa. 2.2. Justificación de un Programa temático Las relaciones con los países y territorios del PTCPI, así como sus respectivos programas de cooperación, se han desarrollado a distinta velocidad y desde unas bases jurídicas y unos marcos políticos diferentes[6]. Este hecho refleja, entre otros factores, la diversidad que esos países presentan en términos de tamaño, cultura y población y de lazos económicos y flujos comerciales bilaterales con la UE. La Unión no tiene para los países industrializados estrategias de país bilaterales ni programas indicativos de cooperación. Por ello, las iniciativas enmarcadas en el PTCPI vendrán determinadas por los objetivos de política y de cooperación establecidos en los diversos instrumentos bilaterales que regulan las relaciones entre la UE y los países socios (por ejemplo, acuerdos marco, acuerdos de cooperación, declaraciones políticas, agendas de cooperación o planes de acción[7]). Tales iniciativas, sin embargo, deberán concebirse para complementar y reforzar el diálogo intergubernamental gracias a una cooperación independiente de actores muy diversos que abarque una amplia gama de cuestiones. Así pues, el apoyo financiero que se brinde para la cooperación con los países industrializados se centrará primordialmente en aquellas iniciativas y esfuerzos de interacción de los agentes económicos y sociales y de los organismos públicos y privados de la UE y de los países socios que refuercen las relaciones bilaterales entre las dos partes. Este tipo de actividades de cooperación entre la Unión y los países socios del PTCPI no podrían abordarse adecuadamente a través de los programas geográficos[8] que contempla el ICDCE. De ahí la necesidad de un Programa temático destinado específicamente a desarrollar iniciativas de colaboración que se enmarquen en un plan presidido por los objetivos estratégicos de la UE. Los beneficios que se obtendrán serán importantes (economías de escala, sinergias, mayor efectividad y visibilidad) si se logran organizar en un marco único las diversas iniciativas de cooperación bilaterales, posibilidad esta que parece muy probable dado que algunas de esas iniciativas podrán adoptar una dimensión regional. 2.3. Marco actual de la política y la cooperación y experiencias del pasado Como puede verse en el Anexo 1, la cooperación bilateral con los países y territorios que cubrirá el PTCPI ha estado presidida en el pasado por una amplia gama de instrumentos jurídicamente vinculantes y no vinculantes. En el marco de estos instrumentos, los logros y orientaciones más importantes han sido los que se exponen a continuación. 2.3.1. Países de la OCDE no comunitarios Los cimientos de la cooperación pasada y futura con Estados Unidos, Canadá, Japón, la República de Corea, Australia y Nueva Zelanda son el conjunto de iniciativas que se han emprendido durante el período 2001-2006 en el marco del Reglamento (CE) no 382/2001 del Consejo y que reflejan las agendas de cooperación previstas en diversos instrumentos bilaterales. Este conjunto institucional ha ofrecido un marco idóneo para la ejecución de proyectos que han apoyado y dinamizado las relaciones políticas y económicas de la UE con los países citados. Asimismo, ha servido para complementar convenientemente acuerdos bilaterales concretos entre la Comunidad y algunos de esos países (por ejemplo, en los campos de la educación y de la ciencia y tecnología). El Reglamento (CE) no 382/2001 ha cubierto dos vertientes fundamentales: a) el desarrollo de proyectos destinados a reforzar la cooperación bilateral en una amplia gama de materias con cada uno de los países socios y b) la promoción de las relaciones comerciales en el caso concreto de Japón y Corea. En lo que respecta al refuerzo de la cooperación bilateral, las principales iniciativas que han tenido lugar son las siguientes: - El establecimiento y desarrollo de una red de 27 Centros de la UE[9] en universidades de seis países socios. El objetivo de estos Centros es promover en dichos países un mejor conocimiento de la Unión Europea y de sus instituciones, historia, economía y políticas. - En el caso de Estados Unidos, el apoyo brindado al diálogo sectorial de la Nueva Agenda Transatlántica y la iniciativa destinada a reforzar la integración y el crecimiento transatlánticos; en el caso de Canadá, el Acuerdo de promoción del comercio y la inversión. - El desarrollo de actividades para impulsar la investigación y el debate en grupos de reflexión y otras organizaciones tanto en Estados Unidos como en Canadá. - El fortalecimiento de los vínculos personales a través de diversas iniciativas, como, por ejemplo, los diálogos transatlánticos de la sociedad civil, el año consagrado a los intercambios personales UE-Japón o el apoyo prestado a la realización con Australia y Nueva Zelanda de proyectos piloto en el ámbito de la educación superior. Se han desarrollado también con éxito varios proyectos de cooperación con Estados Unidos y Japón en el campo del empleo y de la política social, con un énfasis especial en temas tales como las tendencias demográficas, las discapacidades, la igualdad de oportunidades, la salud o la seguridad. Por lo que se refiere a la promoción de las relaciones comerciales con Japón y Corea, dos han sido principalmente los programas establecidos para facilitar a las empresas de la UE el acceso al mercado de esos países y para mejorar su presencia comercial en ellos: - un programa de desarrollo de recursos humanos, el llamado “Executive Training Programme in Japan and Korea” (Programa de formación de ejecutivos en Japón y Corea), que ayuda a las empresas de la UE a adquirir competencias internas en ambos países por medio de cursos de formación lingüística y comercial destinados a sus altos ejecutivos; hasta el momento, han participado en este programa cerca de 1.000 ejecutivos europeos; - un programa de promoción comercial de la UE, la campaña denominada “Gateway to Japan”, cuyo objetivo es ayudar a las PYME de la Unión a desarrollar sus negocios y ampliar sus ventas en el mercado japonés a través de misiones comerciales dirigidas a sectores o temas concretos; se estima que la campaña actual habrá introducido en el mercado japonés a unas 1.000 PYME europeas al término del período 2002-2006. Ambos programas han sido ampliados a los nuevos Estados miembros. Unas y otras iniciativas -las de cooperación y las comerciales- fueron objeto en el 2004 de una evaluación externa[10] cuyas conclusiones confirmaron su importancia, efectividad y positivo impacto y recomendaron su continuación y desarrollo. 2.3.2. Países y territorios de Asia recientemente industrializados El PTCPI incluye también en su ámbito a algunos países y territorios asiáticos de reciente industrialización con los que la UE pretende mantener relaciones a largo plazo (Brunéi, Hong Kong, Macao, Singapur y Taipéi chino). El Programa permitirá atender a las necesidades de cooperación con estos países y territorios, que en el pasado no pudieron quedar cubiertos por el Reglamento de América Latina y Asia (ALA)[11] al centrarse éste exclusivamente en los países en desarrollo. Aunque en el caso de Hong Kong no existe ningún acuerdo bilateral específico, una Comunicación de 1997, titulada “The EU and Hong Kong: Beyond 1997” (La UE y Hong Kong después de 1997), confirmó el propósito de la Unión de impulsar sus relaciones con ese territorio ya antes de su retorno a China como “Región Administrativa Especial” de acuerdo con el principio de “un país, dos sistemas”. Desde entonces, la Comisión se ha esforzado por mantener con esa “Región” un compromiso sólido y efectivo y ha explorado las vías más adecuadas para asentar sobre bases más permanentes las inversiones comerciales y las relaciones de cooperación. La Unión está comprometida también con el desarrollo de las relaciones económicas y comerciales con Macao y con la promoción de este territorio como centro de intercambios fundamental en el campo de la formación y la cultura. En cuanto a las relaciones de la UE con Taipéi chino, su base se encuentra en el respeto del principio de una sola China. Aunque no existen relaciones diplomáticas ni políticas entre ambas partes, los contactos son intensos en el ámbito de la economía, el comercio y la ciencia y tecnología, así como en materia de normas y reglamentaciones y en otros varios campos. Por lo que se refiere, en fin, a los países del Sudeste asiático, el acuerdo CE-ASEAN ofrece el marco para el mantenimiento con Brunéi y Singapur de un diálogo institucionalizado dirigido especialmente al comercio, a la cooperación económica y al desarrollo. En el caso de Singapur, la Unión pretende basar sus relaciones en una agenda actualizada que permita el tratamiento de asuntos muy diversos. Los esfuerzos de la UE en este sentido se ponen de manifiesto, por ejemplo, en el nuevo Acuerdo bilateral de cooperación y asociación que se encuentra actualmente en fase de negociación. Este acuerdo refleja el importante papel de Singapur en las relaciones que mantiene la Unión con el Sudeste asiático en los ámbitos del comercio, los negocios, la educación y la investigación. 2.3.3. Países del Consejo de Cooperación del Golfo El PTCPI incluye, por último, a los países del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG), que en el pasado estuvieron cubiertos por el Reglamento ALA (véase más arriba). Entran, pues, en el ámbito del Programa Kuwait, Qatar, los Emiratos Árabes Unidos, Bahréin y Arabia Saudí[12]. Las relaciones de la UE con Arabia Saudí, Bahréin, Kuwait, Omán, Qatar y los Emiratos Árabes Unidos están reguladas por el Acuerdo de Cooperación celebrado en 1989 entre la Comunidad Europea y el Consejo de Cooperación del Golfo. La UE está tratando de impulsar las actividades de cooperación de sus agentes económicos y sociales y su sociedad civil con los de los países del CCG en el marco de la Asociación estratégica con el Mediterráneo y Oriente Próximo, que fue aprobada por el Consejo Europeo de junio de 2004. La Unión desea, por tanto, promover de acuerdo con un pequeño número de orientaciones básicas el desarrollo de actividades de cooperación que reflejen más adecuadamente la naturaleza estratégica de la relación entre ambas Partes y que sirvan mejor los intereses de la UE en la región. El CCG es hoy día el quinto mercado de exportación más importante de la UE y, debido a las grandes cantidades de combustible que se expiden desde el Golfo (el 69% del total de las importaciones comunitarias proceden de los miembros de ese Consejo), ocupa el decimocuarto lugar entre las fuentes de importación de la Unión. La cooperación de la Comisión con el CCG se centra fundamentalmente en los campos de la energía y la economía. En lo que respecta al primero, el diálogo regular de expertos para él establecido ha dado como resultado la celebración de varios seminarios, talleres y conferencias internacionales. En cuanto al otro campo, debe destacarse la celebración en el 2003 de una reunión encaminada a facilitar el diálogo y el mejor conocimiento de los asuntos económicos de interés común. Este diálogo ha de constituir un foro para el intercambio de know-how y buenas prácticas en cuestiones relacionadas con la integración regional (por ejemplo, unión aduanera, unión económica y monetaria, Derecho de competencia, etc.) y en otros temas de interés para ambas Partes (por ejemplo, Iraq). 3. ASPECTOS PRINCIPALES DEL PTCPI 3.1. Objetivo general El objetivo general del Programa temático de cooperación con los países industrializados (PTCPI) es crear un sólido marco que permita ampliar las relaciones entre la UE y los países socios y promover en ellos los intereses estratégicos de la Unión. En el marco de este Programa se considera que la promoción y el fortalecimiento del diálogo político y de la interacción económica con esos países mediante un conjunto de medidas prácticas de cooperación contribuirán a ampliar y profundizar las relaciones bilaterales y regionales, así como a hacer de la UE un actor de la escena política internacional que se reconozca y comprenda mejor y con el que se cuente más. 3.2. Objetivos concretos Los objetivos concretos del PTCPI son los siguientes: - impulsar el establecimiento de proyectos de colaboración, marcos de cooperación, asociaciones económicas, intercambios personales y empresas conjuntas entre agentes de la UE y de los países socios; - promover el desarrollo de diálogos sectoriales y la difusión de competencias entre los agentes políticos, económicos y sociales y demás interlocutores no estatales de la sociedad civil, de acuerdo con las metas fijadas para cada país socio; - permitir un mejor conocimiento de la UE (de sus instituciones, de sus políticas, de sus posiciones en los temas internacionales y de sus procesos de integración económica, social y política, así como de las implicaciones de éstos en sus relaciones exteriores) a todas las partes interesadas de los países socios, incluidos los líderes de opinión, los responsables de la toma de decisiones y de la adopción de políticas, los círculos empresariales y las asociaciones profesionales, los sindicatos, las asociaciones de consumidores, los grupos medioambientales, los políticos, los medios de comunicación, los medios académicos y los demás multiplicadores de opinión; - influir positivamente en la percepción que tienen de la UE los individuos y organizaciones públicas y privadas de los países socios, y estimular en ellos un mayor compromiso con los objetivos comunitarios de política internacional; - fomentar el comercio bilateral, los flujos de inversión y la cooperación aduanera entre la UE y los países socios, y promover medidas de colaboración para reforzar la dimensión social y medioambiental de la globalización. Con el fin de favorecer la cooperación regional, estos diversos objetivos podrán perseguirse a ese nivel cuando ello sea oportuno. 3.3. Prioridades principales Para poder lograr un impacto significativo, los objetivos arriba indicados deberán perseguirse centrándose en un pequeño número de prioridades. Dependiendo de las circunstancias y de las posibilidades de cada caso, las iniciativas se diseñarán y desarrollarán en forma de acciones concretas para cada país o de medidas de carácter regional o sectorial. Como ha solido hacerlo hasta ahora en la cooperación con los países de la OCDE no comunitarios, la Comisión tratará de garantizar la coherencia entre las diversas actividades que reciban apoyo en los distintos países. Más concretamente, las principales prioridades que se proponen para el PTCPI en el contexto de esos objetivos son las siguientes: - Fomento de la diplomacia pública , particularmente por dos vías: i) la ampliación y consolidación de la red actual de Centros de la UE como centros de excelencia y la creación de nuevos centros en los países socios donde todavía no existen, así como la adopción de medidas para promover la conexión en red entre los diferentes centros; y ii) la realización de actividades que impulsen la investigación y el debate en grupos de reflexión y en otras organizaciones sobre temas de interés para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre la UE y los países socios. - Promoción de las asociaciones económicas y de los marcos de colaboración empresarial y de cooperación científica y tecnológica . Esta prioridad puede ser atendida, entre otros medios, ayudando a las empresas de la UE a desarrollar su capacidad para abordar con mayor eficacia los aspectos concretos del mercado y del entorno empresarial de los países socios. En este contexto, es preciso que los programas o las iniciativas existentes cuyo ciclo de vida supere el año 2006 se prosigan (por ejemplo, el Programa de formación de ejecutivos en Japón y Corea) o se reconfiguren (por ejemplo, la campaña “Gateway to Japan”), según proceda. En el marco de esta prioridad y con objeto de promover los lazos empresariales, se estudiará la posibilidad de ampliar a determinados países socios del PTCPI la red de Eurocentros de Información Corresponsales (EICC), así como otras medidas que sirvan de apoyo para la realización de iniciativas económicas con esos países. Además, dado que la mayoría de los países cubiertos por el PTCPI están centrados hoy en la innovación y la competitividad, al tiempo que tratan de desarrollar una economía basada en el conocimiento, sería de alto valor e interés para ambas partes el fomento de actividades de cooperación en los campos de la ciencia y la investigación. Aunque su finalidad no deba ser la financiación de proyectos de I+D, el Programa temático podría prestar apoyo a actividades destinadas a estimular y facilitar la interacción entre los investigadores de la UE y de los países socios, así como su acceso a las posibilidades de financiación previstas en el Séptimo Programa Marco. - Establecimiento de lazos personales, incluido el desarrollo de la cooperación en materia de educación con aquellos países socios con los que no existe ningún acuerdo bilateral de cooperación en esta materia[13]. Algunos de los países del PTCPI se encuentran en la vanguardia de las políticas y sistemas de educación y de formación profesional y albergan instituciones de enseñanza superior de categoría mundial. Dichos países ofrecen, pues, un potencial real para el establecimiento de una cooperación dinámica y mutuamente beneficiosa en esos campos. Es preciso, en tal sentido, estudiar la posibilidad de una iniciativa de cooperación regional Asia-Pacífico en materia de educación superior que aporte un marco único para la cooperación bilateral, regional y, en su caso, multilateral entre la UE y los países socios de la región. El objetivo sería promover entre las instituciones de la UE y de los países socios el desarrollo de planes de estudios conjuntos y la movilidad de estudiantes y profesores, lo que impulsaría el diálogo sobre las políticas de educación así como otras iniciativas diseñadas especialmente para la enseñanza superior. Pero, además de ese marco único de cooperación, podrían explorarse también las posibilidades de cooperar en el terreno de la educación gracias a un mayor acceso al Programa Erasmus Mundus, por ejemplo, ampliándolo a Asia oriental, el Sudeste asiático y Australasia por medio de una “ventana asiática” y abriendo, asimismo, otra “transatlántica”. El objetivo aquí sería incentivar la presencia de estudiantes y profesores de los países socios en los cursos de máster de Erasmus Mundus. La Comisión podrá emprender conversaciones con los países socios interesados para acordar los procedimientos que deban seguirse y estudiar las contribuciones que hayan de hacer aquéllos a fin de lograr un efecto multiplicador con las inversiones procedentes de la UE. - Promoción del diálogo . Con objeto de complementar el contacto oficial a nivel de gobiernos, el PTCPI prestará apoyo para desarrollar el diálogo con los interesados, y entre ellos mismos, sobre temas de importancia estratégica para la cooperación con cada país (por ejemplo, empresas, consumidores, medio ambiente, energía y transporte, empleo, política social e igualdad de oportunidades, medios de comunicación, incluido el sector audiovisual, etc.). El Programa apoyará también la realización de actividades que faciliten el intercambio de información y de buenas prácticas para la cooperación en el campo reglamentario, lo que podrá incluir la elaboración de programas de visitas especiales centrados en grupos concretos (por ejemplo, profesionales de los medios de comunicación, autoridades competentes en materia de reglamentación, interlocutores sociales y otros diversos expertos). - Aumento de la proximidad con la celebración en los países socios de actividades y eventos específicos que acrecienten en ellos su interés por Europa y la Unión Europea así como la visibilidad de ésta, que ayuden a su opinión pública a comprender lo que es y lo que hace la Unión, que desarrollen el conocimiento de las políticas e instituciones comunitarias así como del papel de la UE en la escena económica y política internacional y que permitan avanzar en objetivos de cooperación concretos tanto presentes como futuros. Por último, complementando estas diversas prioridades de cooperación, el PTCPI debe aportar también un marco suficientemente flexible para acoger y apoyar temas de cooperación que sean específicos de un país o nuevos ámbitos de cooperación que puedan identificarse en el futuro. 3.4. Principios de la programación Siguiendo el procedimiento de comitología, la Comisión adoptará dos documentos de estrategia temáticos (documentos de programación), el primero de cuatro años (2007-2010) y el segundo de tres (2011-2013). Estos documentos consagrados a los países industrializados contendrán información detallada sobre las prioridades de la política y preverán medidas para su consecución. Los documentos fijarán los criterios de subvencionabilidad de los beneficiarios y definirán con detalle el tipo de medidas que deban emprenderse. Aunque el riesgo de solapamiento o duplicación de esfuerzos sea limitado al no existir programas geográficos para los países del PTCPI[14], estos documentos buscarán la complementariedad con otros programas comunitarios (especialmente con los otros de carácter temático) así como con los nacionales y regionales. Los documentos de estrategia temáticos facilitarán un desglose presupuestario indicativo entre: i) los países y territorios socios subvencionables, ii) las prioridades de acción y iii) las iniciativas bilaterales y multinacionales o regionales. Contendrán, asimismo, un desglose de las contribuciones financieras destinadas a los gastos operativos y a los administrativos (asistencia técnica a la CE, estudios y evaluaciones). Y, sobre la base de esta programación plurianual, la Comisión presentará cada año un plan de trabajo que establecerá las medidas prioritarias que deban apoyarse, los objetivos específicos que hayan de perseguirse, los resultados que se esperen y los importes indicativos que se prevean. El Programa será gestionado por la Comisión, en su caso, mediante la cesión de competencias de gestión a las delegaciones de la CE en los países socios. Aunque no sea posible definir una fórmula de reparto mecánica, la asignación de recursos tendrá en cuenta, entre otros aspectos, los niveles de intervención financiera de la Comunidad en el pasado (véase el Anexo 2), así como el tamaño relativo de los países socios y la amplitud, magnitud y profundidad de las relaciones políticas y económicas de la UE con cada uno de ellos. Junto a estos criterios, se tomará también en consideración la necesidad de lograr un impacto significativo en determinados países. Cuando sea aplicable, la Comisión intentará obtener de los países socios la cofinanciación del coste de las actividades. Esto, sin embargo, no será requisito indispensable dado que, en algunos casos (como, por ejemplo, el de la diplomacia pública), es posible que los países socios consideren los objetivos de política de la UE opuestos a los suyos. La Comisión redactará periódicamente informes de actividad y sus servicios elaborarán un informe intermedio. Se efectuará asimismo una evaluación externa de las operaciones correspondientes a los tres primeros años (2007-2009) con objeto de facilitar la preparación del segundo documento de estrategia temático (2011-2013). Los diversos informes se presentarán al Consejo y al Parlamento Europeo y se debatirán con ellos. ANEXO 1 : Marco de cooperación actual Los principales instrumentos jurídicos y de política que existen para impulsar la cooperación con los países cubiertos por el PTCPI son los siguientes: 1. Países miembros de la OCDE Reglamento (CE) no 382/2001 del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativo a la realización de proyectos que promuevan la cooperación y las relaciones comerciales entre la Unión Europea y los países industrializados de Norteamérica, Extremo Oriente y Australasia, modificado por el Reglamento (CE) no 1900/2005 del Consejo, de 21 de noviembre de 2005. Declaración Transatlántica de 1990 sobre las relaciones UE-EE.UU.; Nueva Agenda Transatlántica y Plan de acción conjunto UE-EE.UU. de 1995; Iniciativa para reforzar la integración y el crecimiento económicos transatlánticos, adoptada en la Cumbre UE-EE.UU. de junio de 2005. Plan de acción UE-Japón, adoptado en la Décima Cumbre bilateral de diciembre de 2001. Acuerdo marco sobre comercio y cooperación con la República de Corea y Declaración política aneja de octubre de 1996. Declaración conjunta de 1997 sobre las relaciones entre Australia y la Unión Europea; Agenda de cooperación de 2003. Declaración conjunta de mayo de 1999 sobre las relaciones entre la Unión Europea y Nueva Zelanda; Plan de acción de 2004 titulado “Priorities for Future Cooperation” (prioridades de cooperación futuras). Acuerdo marco de Cooperación Comercial y Económica entre la Comunidad Europea y Canadá de 1976; Declaración sobre las relaciones Comunidad Europea-Canadá de 1990; Plan de acción conjunto UE-Canadá de 1996; Programa de asociación UE-Canadá de 2004. 2. Países y territorios de Asia recientemente industrializados Por no ser países en desarrollo, Brunéi, Taipéi chino, Hong Kong, Macao (desde 1999) y Singapur quedaron excluidos de las actividades de cooperación previstas en el Reglamento (CEE) no 443/92 del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativo a la ayuda financiera y técnica y a la cooperación económica con los países en vías de desarrollo de América Latina y Asia (Reglamento “ALA”). La Unión Europea, sin embargo, está comprometida con ellos en el mantenimiento de unas relaciones a largo plazo: En el caso de Hong Kong, aunque no exista ningún acuerdo bilateral en el ámbito específico de la cooperación, la Unión Europea declaró expresamente el deseo de fortalecer sus relaciones con ese territorio ya antes de su retorno a China como “Región Administrativa Especial” (RAE) de acuerdo con el principio de “un país, dos sistemas”. En una Comunicación de 1997 titulada “The EU and Hong Kong: Beyond 1997” (La UE y Hong Kong después de 1997), la Comisión expresó su empeño en mantener con esa RAE un compromiso sólido y efectivo y en explorar con ella las vías adecuadas para asentar sobre bases más permanentes las inversiones comerciales y las relaciones de cooperación entre ambas partes. La Unión, por lo demás, tiene celebrados con Hong Kong un Acuerdo aduanero (1999) y otro de readmisión (2002) y, en el marco de un acuerdo informal, se celebran con regularidad reuniones de altos funcionarios de una y otra parte. En lo que respecta a Macao, las relaciones de la UE se basan en el Acuerdo de Comercio y Cooperación que se celebró el 14 de diciembre de 1992 y entró en vigor el 1 de enero del año siguiente, así como en la Comunicación de la Comisión de noviembre de 1999 que lleva por título “The European Union and Macao: Beyond the Year 2000” (La Unión Europea y Macao después del año 2000). En cuanto a Taipéi chino, pese a la inexistencia de relaciones diplomáticas y políticas, los contactos son intensos en el ámbito de la economía, el comercio y la ciencia y tecnología, así como en materia de normas y reglamentaciones y en otros varios campos. Desde marzo de 2003, además, la Comisión cuenta en Taipéi chino, con una Oficina Europea Económica y Comercial. Por lo que se refiere, en fin, a Brunéi Darussalam y a Singapur, las relaciones de la UE están regidas por el Acuerdo de Cooperación de 1980 entre la Comunidad Europea y los países miembros de la ASEAN (véanse el Reglamento (CEE) n° 1440/80 del Consejo, de 30 de mayo de 1980, relativo a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia, Malasia, Filipinas, Singapur y Tailandia, países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental, y el Protocolo por el que se amplía a Brunéi Darussalam el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia, Malasia, Filipinas, Singapur y Tailandia, países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental – Diario Oficial L 81 de 23.3.1985). Las negociaciones iniciadas con la Ciudad-Estado para la consecución de un nuevo acuerdo bilateral de cooperación y asociación prosiguen actualmente con intensidad. 3. Países del Consejo de Cooperación del Golfo Las relaciones de la UE con Arabia Saudí, Bahréin, Kuwait, Omán, Qatar y los Emiratos Árabes Unidos están presididas por el Acuerdo de Cooperación firmado en 1989 entre la Comunidad Europea y el Consejo de Cooperación del Golfo (CCG). La Comisión está tratando ahora de concluir lo antes posible las negociaciones que se abrieron en 1990 y se relanzaron en el 2001 con vistas a la celebración de un acuerdo de libre comercio UE-CCG. Además de estas relaciones contractuales, se celebra anualmente a nivel ministerial un diálogo político en el que se debaten temas tales como el de los derechos humanos y cuestiones regionales de interés común o relacionadas con la seguridad (por ejemplo, cooperación contra el terrorismo, no proliferación, etc.). ANEXO 2 Intervenciones recientes enmarcadas en la línea presupuestaria temática actual Línea presupuestaria 19-05-02 Relaciones con los países de la OCDE no miembros de la Unión Europea: período 2003-2006 Desglose por países socios (y actividades principales) | Instrumentos | Importe (€) | Cooperación con EE.UU. (principales actividades: Centros de la UE, diplomacia pública, medidas de aproximación, diálogo transatlántico) (1) | Convocatorias de propuestas y licitaciones | 10.704.956 | Cooperación con Canadá (principales actividades: Centros de la UE, diplomacia pública, vínculos académicos) (1) | Convocatorias de propuestas y licitaciones | 2.913.866 | Cooperación con Japón (principales actividades: Centros de la UE, intercambios personales, etc.) | Convocatorias de propuestas | 3.164.179 | Cooperación con Corea (Centro de la UE) | Convocatorias de propuestas | 859.055 | Cooperación con Australia y Nueva Zelanda (Centros de la UE, proyectos de cooperación en materia de educación superior) | Convocatorias de propuestas | 4.590.000 | Programas de promoción económica y comercial: - Campaña “Gateway to Japan” - Programa de formación de ejecutivos | Convocatorias de propuestas y licitaciones (Becas) | 12.678.071 28.918.530 | Proyectos de cooperación de pequeña escala, evaluaciones, etc. | Contratos, subvenciones | 1.172.246 | TOTAL | 65.000.903 | (1) La cooperación con Estados Unidos y Canadá en el campo de la educación se desarrolla y financia por separado en virtud de acuerdos de cooperación bilaterales centrados específicamente en ese campo. [1] Véase la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre «Las acciones exteriores a través de los programas temáticos en el marco de las futuras perspectivas financieras de 2007-2013» [COM(2005) 324 final], de 3.8.2005. [2] Propuesta -presentada por la Comisión- de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo y de la Cooperación Económica [COM (2004) 629 final], de 29.9.2004. [3] Cubiertos hasta ahora por el Reglamento (CE) no 382/2001 del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativo a la realización de proyectos que promuevan la cooperación y las relaciones comerciales entre la Unión Europea y los países industrializados de Norteamérica, Extremo Oriente y Australasia y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1035/1999. [4] El CAD es el principal órgano del que se sirve la OCDE para tratar los asuntos relativos a la cooperación con los países en desarrollo. [5] En caso de que lo permitan las disposiciones establecidas en el ICDCE, Omán podrá incluirse también en esta tercera categoría. Se prevé, por otra parte, que Arabia Saudí sea eliminada antes de que finalice el 2008 de la lista confeccionada por el CAD con los países en desarrollo de renta superior y media. [6] Véase el Anexo 1 [7] Véase el Anexo 1. [8] Los programas geográficos son esencialmente programas de ayuda exterior que se adoptan conjuntamente con países socios y se centran en las necesidades de desarrollo de éstos. [9] 15 Centros en Estados Unidos, 5 en Canadá, 1 en Australia, 1 en Nueva Zelanda y 2 en Japón. En la actualidad, se está procediendo a la expansión de la red de Centros en Australia (2 Centros más), a su racionalización en Estados Unidos y a su ampliación a Corea (1 Centro). [10] “Evaluation of the Executive training programme and the third Gateway to Japan Campaign – JITEX Expertise Technologique et Stratégique” – 23 de julio de 2004; “Evaluation of the establishment and development of EU Centres – The Evaluation Partnership” – septiembre de 2004. [11] Reglamento (CEE) nº 443/92 del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativo a la ayuda financiera y técnica y a la cooperación económica con los países en vías de desarrollo de América Latina y Asia. El caso de Macao es singular: aunque en el pasado se benefició de las actividades de cooperación financiadas en el marco del Reglamento ALA, en la actualidad no puede acogerse ya a esa asistencia. [12] Omán podrá añadirse también cuando las actividades desarrolladas tengan carácter regional. [13] Hasta hoy sólo hay acuerdos de este tipo con Estados Unidos y Canadá. [14] Lo que no obsta para la posible participación de algún país del PTCPI en los programas regionales que contempla el ICDCE. Así, por ejemplo, Brunéi o Singapur podrían tomar parte en un programa común a la ASEAN independientemente de su participación en el PTCPI (aunque respetando la complementariedad con éste).