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Document 52006AR0235

    Dictamen del Comité de las Regiones Iniciativa europea en favor de la transparencia

    DO C 146 de 30.6.2007, p. 53–57 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 146 de 30.6.2007, p. 7–7 (MT)

    30.6.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 146/53


    Dictamen del Comité de las Regiones «Iniciativa europea en favor de la transparencia»

    (2007/C 146/07)

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES

    acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de fomentar la transparencia. Es indispensable una mayor transparencia si las instituciones europeas desean seguir siendo responsables y democráticas, eficaces y cercanas a las necesidades de la ciudadanía; recuerda, en este contexto, que si la UE quiere de verdad aumentar su legitimidad democrática, también es necesaria una mayor participación de los agentes locales y regionales en los procesos legislativos y de decisión de la UE;

    lamenta, no obstante, que la dimensión local y regional no se haya mencionado en esta iniciativa e insta a la Comisión a que le permita participar más de cerca;

    señala que la UE es una asociación institucional a varios niveles donde los entes regionales y locales participan en la elaboración de las políticas europeas a nivel nacional y europeo;

    cree que conviene destacar una vez más la necesidad de distinguir entre la consulta de las instituciones de la UE con los entes locales y regionales elegidos y sus asociaciones, por una parte, y, por otra, con los grupos de presión (lobbies) que representan intereses especiales;

    se felicita de que la Comisión Europea haya introducido un diálogo constante y sistemático con los entes locales y regionales, así como sus asociaciones nacionales y europeas, en ámbitos donde estos últimos son responsables de la transposición o aplicación; considera, sin embargo, que se podrían mejorar las modalidades de este diálogo;

    acoge favorablemente la mayor transparencia que conllevaría el registro de los grupos de presión;

    no cree, sin embargo, que un acuerdo basado en el registro voluntario constituya un marco adecuado para garantizar una transparencia suficiente;

    tiene el convencimiento de que es importante garantizar un procedimiento eficaz y sencillo de registro en el futuro. La Comisión Europea es la que debería encargarse de tal registro;

    apoya la aspiración de la Comisión a reforzar la transparencia en cuanto al uso de los fondos comunitarios, e insta a los Estados miembros a que administren los fondos comunitarios mediante una «gestión compartida». La transparencia sobre la financiación comunitaria redunda en interés de todos los beneficiarios.

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

    Visto el Libro Verde de la Comisión Europea: Iniciativa europea en favor de la transparencia COM(2006) 194 final;

    Vista la decisión de la Comisión Europea de 3 de mayo de 2006 de consultarle sobre este asunto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

    Vista la decisión de su Mesa de 25 de abril de 2006 de encargar a la Comisión de Asuntos Constitucionales, Gobernanza Europea y Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

    Vista la Comunicación a la Comisión de su Presidente, de la Sra. Wallström, el Sr. Kallas, la Sra. Hübner y la Sra. Fischer Boel de 9 de noviembre de 2005 por la que se propone el lanzamiento de una Iniciativa europea en favor de la transparencia  (1);

    Vista la Comunicación de la Comisión Europea Hacia una cultura reforzada de consulta y diálogoPrincipios generales y normas mínimas para la consulta de la Comisión a las partes interesadas COM(2002) 704 final;

    Visto su dictamen de 12 de octubre de 2005 sobre Legislar mejor 2004 y Legislar mejor para potenciar el crecimiento y el empleo en la Unión Europea, CDR 121/2005 fin (ponente: Sr. Delebarre, FR-PSE) (2);

    Visto su dictamen de 13 de marzo de 2002 sobre el tema La Gobernanza EuropeaUn Libro Blanco y la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativa a un nuevo marco para la cooperación en actividades referentes a la política de información y comunicación de la Unión Europea COM(2001) 428 final, COM(2001) 354 final, CDR 103/2001 fin (ponente: Michel Delebarre, FR-PSE) (3);

    Visto su proyecto de dictamen (CDR 235/2006 rev. 1) aprobado el 29 de noviembre de 2006 por la Comisión de Asuntos Constitucionales, Gobernanza Europea y Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (ponente: Per Bødker Andersen (DA/PSE), Alcalde del Municipio de Kolding);

    1)

    Considerando que la transparencia es uno de los elementos clave de una democracia con una gobernanza a varios niveles (multilevel governance);

    2)

    Considerando que es importante dar mayor consideración a los principios de subsidiariedad, proporcionalidad y proximidad a fin de desarrollar una legislación europea sencilla y clara que pueda ser fácilmente comprendida por los ciudadanos europeos;

    3)

    Considerando que es indispensable garantizar la plena participación de los agentes regionales y locales, entre otros medios a través del CDR, en los asuntos centrales de la agenda europea;

    4)

    Considerando que los entes regionales y locales, si participan adecuadamente en la elaboración de los actos legislativos, pueden desempeñar un papel clave en su transposición y aplicación en sus propios territorios;

    ha aprobado en su 68o Pleno celebrado los días 13 y 14 de febrero de 2007 (sesión del 13 de febrero) el presente Dictamen.

    Puntos de vista y recomendaciones del Comité de las Regiones

    El Comité de las Regiones

    1.   Observaciones generales

    1.1

    acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de fomentar la transparencia. El lanzamiento de la Iniciativa europea en favor de la transparencia es un paso importante dado por la Comisión para fomentar el funcionamiento transparente de las instituciones de la UE. Es indispensable una mayor transparencia si las instituciones europeas desean seguir siendo responsables y democráticas, eficaces y cercanas a las necesidades de la ciudadanía; recuerda, en este contexto, que si la UE quiere de verdad aumentar su legitimidad democrática, también es necesaria una mayor participación de los agentes locales y regionales en los procesos legislativos y de decisión de la UE;

    1.2

    considera que, con la iniciativa en favor de la transparencia, la Comisión Europea ha iniciado un debate necesario y cree que es importante celebrarlo ahora, también en el contexto del período de reflexión y debate sobre el futuro de Europa, porque los responsables de las decisiones deben garantizar y demostrar que la UE funciona de manera democrática y eficaz. Garantizar la transparencia es una manera fundamental de acercar Europa a sus ciudadanos;

    1.3

    lamenta, no obstante, que la dimensión local y regional no se haya mencionado en esta iniciativa e insta a la Comisión a que le permita participar más de cerca; recuerda la declaración de la Comisión en el Libro Blanco sobre la Gobernanza Europea (2001) consistente en que velaría por que las realidades y las experiencias regionales y locales se integrasen en la concepción de las políticas;

    1.4

    acoge favorablemente la decisión adoptada durante la Presidencia finlandesa en la segunda mitad de 2006 de buscar una mayor transparencia en los trabajos del Consejo. Es muy positivo que el Consejo también haya aceptado permitir una toma de decisiones más abierta y el acceso a sus documentos; no obstante, considera que es un primer paso en la dirección correcta e insta al Consejo a hacer que un mayor número de sus debates sean públicos. Esta es una manera importante de que los ciudadanos puedan seguir el proceso decisorio;

    1.5

    considera que se debería definir de la manera más exacta posible la expresión «lobbying ilícito», para tener la posibilidad de controlar la actividad de los grupos de presión e imponer sanciones en caso de que se produzcan infracciones;

    1.6

    estima que el objetivo de la transparencia debe ser el acercamiento de la Unión Europea a los ciudadanos; de modo que, para promoverla y, de este modo, reducir la distancia existente entre las instituciones europeas y sus ciudadanos, considera que es fundamental impulsar medidas que, como las desarrolladas en el marco del plan D: democracia, diálogo y debate, traten de divulgar las actividades y competencias de la Unión entre los europeos, especialmente, como se pretende con el Foro de la Juventud, entre los jóvenes.

    2.   Asociación y gobernanza a varios niveles (multilevel)

    2.1

    señala que la UE es una asociación institucional a varios niveles donde los entes regionales y locales participan en la elaboración de las políticas europeas a nivel nacional y europeo. La mejor manera de garantizar que la nueva legislación comunitaria sea relevante y viable consiste en consultar y reforzar el diálogo y los espacios de participación y de toma de decisión a los entes locales y regionales sobre las cuestiones relevantes. Estos entes son responsables de aplicar y transponer las políticas de la UE y, por lo tanto, desempeñan un papel importantísimo a la hora de garantizar la transparencia;

    2.2

    reconoce, sin embargo, que no sólo la Unión Europea tiene la obligación de garantizar la transparencia. Los Estados miembros, así como el CDR y todos los niveles de gobierno a los que representa, deberían dar ejemplo estableciendo unas administraciones públicas eficaces, democráticas y con vocación de servicio. En consecuencia, los entes locales y regionales de los Estados miembros también deberían tener una amplitud de miras para garantizar la transparencia en sus propias administraciones.

    3.   Una mayor consulta

    3.1

    cree que conviene destacar una vez más la necesidad de distinguir entre la consulta de las instituciones de la UE con los entes locales y regionales elegidos y sus asociaciones, por una parte, y, por otra, con los grupos de presión (lobbies) que representan intereses especiales; señala que, junto con los entes locales y regionales a los que representa, el CDR forma parte integrante de la gobernanza europea y que, por lo tanto, debería participar directamente en toda iniciativa de la Comisión Europea destinada a mejorar el funcionamiento transparente del proceso de decisión en la Unión;

    3.2

    pide a la Comisión Europea que adjunte a toda propuesta legislativa o no una lista de las reuniones celebradas y de los documentos de posición recibidos durante la fase de preparación de la propuesta específica;

    3.3

    señala que el diálogo estructurado entre la Comisión y las asociaciones de gobiernos locales y regionales, que se ha desarrollado sobre la base del Libro Blanco sobre la Gobernanza Europea, es un paso importante para lograr que participen realmente los entes locales y regionales; acoge favorablemente esta circunstancia y señala el papel central que desempeñará en este ámbito;

    3.4

    se felicita de que la Comisión Europea haya introducido un diálogo constante y sistemático con los entes locales y regionales, así como sus asociaciones nacionales y europeas, en ámbitos donde estos últimos son responsables de la transposición o aplicación. Es importante seguir desarrollando este diálogo de manera continuada de modo que ambas partes puedan beneficiarse plenamente del mismo; en este sentido, se hace especial hincapié en la necesidad de reforzar este diálogo en la definición de las propuestas legislativas que afecten a las autoridades regionales y locales;

    3.5

    considera, sin embargo, que se podrían mejorar las modalidades de este diálogo y sugiere, por tanto, lo siguiente:

    que por norma general se celebren cuatro sesiones anuales, incluido el acto anual en el que participa el Presidente de la Comisión, con vistas a garantizar la máxima visibilidad política;

    que, para hacer que el debate sea más interactivo y espontáneo, el diálogo estructurado sea cada vez más una sesión de preguntas y respuestas;

    que el orden del día para el diálogo estructurado se elabore en estrecha colaboración entre el CDR y los entes locales y regionales, y que los temas fijados se centren en los aspectos que tengan un mayor interés para los entes locales y regionales;

    que se desarrollen los contactos con los medios de comunicación locales y regionales;

    que los entes locales y regionales deberían poder presentar observaciones por escrito y proponer asuntos que revistan interés general para los entes locales y regionales, con arreglo a la agenda política de la Unión Europea;

    que también la Comisión debería poder facilitar información de retorno por escrito tras las reuniones;

    que se refuerce el seguimiento del diálogo estructurado mediante una evaluación realizada periódicamente en estrecha colaboración con el Comité de las Regiones y con los entes locales y regionales en él representados;

    que, en la medida de lo posible, el diálogo debería orientarse más claramente hacia las partes interesadas locales y regionales que se vean directamente afectadas por una propuesta legislativa;

    que la Comisión debería reforzar más su colaboración con los representantes elegidos y los expertos de las asociaciones nacionales y europeas de poderes regionales y locales a través de los canales adecuados;

    3.6

    pide a la Comisión que mejore los instrumentos existentes para facilitar información de retorno sobre sus dictámenes, que contenga respuestas concretas a la solicitud de consulta de la Comisión y propuestas tangibles que tomen en consideración los intereses regionales y locales. Además, la Comisión debería como mínimo exponer o explicar los motivos para no tomar en consideración sus recomendaciones.

    3.7

    considera que la introducción de normas mínimas para la consulta en 2002 abrió nuevas posibilidades para poder realizar una consulta amplia de las partes interesadas y evaluaciones de impacto detalladas previas a las propuestas legislativas. Estas normas otorgan una importancia específica a los entes locales y regionales, que ha sido confirmada en el Acuerdo de Cooperación celebrado entre el Comité de las Regiones y la Comisión. Es importante que la consulta se realice en el momento oportuno y que dé a las partes interesadas la posibilidad real de responder a las propuestas legislativas;

    3.8

    desea que, junto al diálogo estructurado con las asociaciones de entes territoriales, se desarrollen otras modalidades de consulta directa y prelegislativa de las regiones y los municipios, bajo las auspicios del Comité, para que estos entes, en su calidad de partes interesadas, puedan hacer oír su voz con regularidad en la fase de preparación de las propuestas legislativas; recuerda, a este respecto, que estas consultas ya se habían previsto en la iniciativa de la Comisión de 2002 dirigida a establecer unas normas mínimas de consulta y que, en este contexto, se había pedido al CDR que desempeñara un papel proactivo, organizando consultas para la Comisión (4);

    3.9

    lamenta que la dimensión territorial no ocupe el lugar que le corresponde en el Libro Verde sobre la iniciativa europea en favor de la transparencia, como en la nueva estrategia relativa al análisis de impacto; invita, por tanto, a la Comisión, a que considere la consulta de los entes territoriales como una modalidad transversal de trabajo en el marco de la gobernanza de múltiples niveles y a que extienda el método consultivo que ya está aplicando con éxito en el ámbito de la política de cohesión a todas las políticas que presenten un impacto territorial;

    3.10

    cree que las evaluaciones de impacto han de desempeñar un papel fundamental en la reducción de las cargas administrativas que pesan sobre los poderes locales y regionales a causa de la legislación comunitaria, como se señaló en el dictamen sobre «Legislar mejor» (CDR 121/2005);

    3.11

    reitera su opinión consistente en que las evaluaciones preliminares, aparte de analizar el objetivo político de una propuesta legislativa y los instrumentos de política más adecuados, deben incluir una evaluación de impacto de los actos legislativos a nivel local y regional en términos financieros.

    4.   Registro de grupos de presión (lobbyists)

    4.1

    acoge favorablemente la mayor transparencia que conllevaría el registro de los grupos de presión. Como parte del sistema de gobernanza de la UE, el CDR y sus miembros son ellos mismos objeto de actividades de lobbying y, por lo tanto, están de acuerdo en que un sistema de registro/acreditación podría mejorar el funcionamiento transparente del proceso político de la UE;

    4.2

    señala que, debido a su legitimidad democrática, los entes locales y regionales y sus asociaciones son claramente diferentes de los grupos de presión comerciales y de los grupos de interés especiales. Los entes locales y regionales forman parte de la estructura administrativa europea. Todo registro deberá tener en cuenta esta diferencia, y, por lo tanto, los entes locales y regionales no deberían registrarse como organizaciones de presión de ninguna manera que entrañe el riesgo de desdibujar la distinción entre su papel y el de otras organizaciones de la lista;

    4.3

    no cree, sin embargo, que un acuerdo basado en el registro voluntario constituya un marco adecuado para garantizar una transparencia suficiente. Un acuerdo voluntario no detendrá la especulación pública y la desconfianza en las consultas celebradas por las instituciones con particulares. El registro debería ser un requisito para el acceso de todos los grupos de presión a las instituciones de la UE, como ya sucede en el Parlamento Europeo;

    4.4

    tiene el convencimiento de que es importante garantizar un procedimiento eficaz y sencillo de registro en el futuro. La Comisión Europea es la que debería encargarse de tal registro. Debería existir un único punto de contacto para registrarse ante todas las instituciones de la UE, y debería exigirse el registro a las organizaciones en su conjunto, más que a los individuos. Dado que el Comité ya posee información sobre los entes regionales y locales y las asociaciones que los representan, no hace falta que todos los entes locales y regionales y sus asociaciones se registren por separado. Por lo tanto, el CDR podría transmitir esta información a la Comisión con el fin de que se introduzca en la parte correspondiente del registro;

    4.5

    considera que se debería precisar qué informes deberían hacer los grupos de presión y con qué intervalos de tiempo, así como en qué medida estos informes se considerarán suficientes.

    5.   Divulgación de información sobre los beneficiarios de fondos comunitarios

    5.1

    apoya la aspiración de la Comisión a reforzar la transparencia en cuanto al uso de los fondos comunitarios, e insta a los Estados miembros a que administren los fondos comunitarios mediante una «gestión compartida», esto es, los proyectos de los Fondos Estructurales destinados a mejorar el intercambio de mejores prácticas. La transparencia sobre la financiación comunitaria redunda en interés de todos los beneficiarios;

    5.2

    acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de crear una página web donde pueda accederse a la información existente sobre los beneficiarios de proyectos y programas. Para facilitar informaciones que sean comparables, y por tanto transparentes, para todos los ciudadanos de los Estados miembros, la Comisión debería publicar de manera centralizada los datos correspondientes. También redundaría en el interés de los ciudadanos europeos disponer de una descripción de las lecciones aprendidas y las iniciativas «con rostro ciudadano»;

    5.3

    se felicita por la propuesta incluida en el Libro Verde relativa a la creación de normas comunes a nivel comunitario para hacer pública la manera en que se gastan los fondos comunitarios;

    6.   Revisión del Reglamento 1049 sobre el acceso a los documentos

    6.1

    muestra su satisfacción por que la Comisión haya permitido en 2001 el acceso a los documentos no publicados de las instituciones y organismos de la UE mediante un registro de documentos o a raíz de solicitudes individuales, y subraya que en 2002 esta medida se complementó con la introducción de un Código de buena conducta administrativa que define normas sobre el acceso del público a los documentos. Ambas iniciativas son medidas importantísimas para garantizar la transparencia de la Comisión Europea;

    6.2

    espera con expectación la revisión prevista del Reglamento 1049 y manifiesta su intención de contribuir a este proceso.

    Bruselas, 13 de febrero de 2007.

    El Presidente

    del Comité de las Regiones

    Michel DELEBARRE


    (1)  http://ec.europa.eu/comm/eti/index_en.htm.

    (2)  DO C 81 de 4.4.2006, pp. 6-10.

    (3)  DO C 192 de 12.8.2002, pp. 24-31.

    (4)  COM(2002) 704 final, p. 8.


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