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Document 52006AE1583

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CEE) n o 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil COM(2006) 645 final — 2006/0209 (COD)

DO C 325 de 30.12.2006, p. 83–84 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

30.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 325/83


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil»

COM(2006) 645 final — 2006/0209 (COD)

(2006/C 325/21)

El 15 de noviembre de 2006, de conformidad con el artículo 71 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

El 21 de noviembre de 2006, la Mesa del Comité encargó a la Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información la preparación de los trabajos del Comité en este asunto.

Dada la urgencia de los trabajos, en su 431o Pleno de los días 13 y 14 de diciembre 2006 (sesión del 13 de diciembre de 2006), el Comité Económico y Social Europeo ha nombrado ponente general al Sr. SIMONS y ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1

El CESE está de acuerdo con la propuesta de Reglamento de la Comisión, en la medida en que la introducción del «procedimiento de reglamentación con control » implica una participación más intensa de los colegisladores en el control de los actos legislativos.

1.2

En vista de la urgente entrada en vigor del Reglamento EU-OPS (Reglamento modificado 3922/91), el Comité recomienda que se apruebe rápidamente la propuesta de la Comisión.

2.   Introducción

2.1

La propuesta de la Comisión tiene por objeto modificar el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil (1), con el fin de adaptarlo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (2), modificada recientemente por la Decisión del Consejo 2006/512/CE de 17 de julio de 2006 (3).

2.2

La Decisión 2006/512/CE ha introducido una nueva forma de ejercicio de las competencias de ejecución. Se trata del procedimiento de reglamentación con control.

2.3

De ahora en adelante será necesario recurrir a ese procedimiento para las medidas de alcance general cuyo objetivo sea modificar los elementos no esenciales de los actos de base adoptados con arreglo al procedimiento dispuesto en el artículo 251 del Tratado, incluyendo los casos en que la modificación prevista pretenda suprimir algunos de esos elementos o completarlos con otros no esenciales.

2.4

El nuevo procedimiento de reglamentación deberá aplicarse especialmente cuando se trate de suprimir, modificar o sustituir anexos de los actos de base o adaptarlos a los avances científicos y técnicos. Por su parte, el procedimiento de reglamentación ordinario seguirá siendo aplicable para la concesión por parte de la Comisión a los Estados miembros de excepciones que afecten a la aplicación de las disposiciones de un acto de base o de sus anexos.

2.5

Los apartados 1, 3 y 4 del artículo 8 y el artículo 11 del Reglamento (CEE) no 3922/91 autorizan a la Comisión a suprimir, modificar o adaptar las normas comunes del anexo III por el procedimiento de reglamentación.

2.6

Procede, pues, modificar ese Reglamento para que las medidas de ejecución se adopten a través del nuevo procedimiento de reglamentación con control.

3.   Observaciones generales

3.1

La Decisión 2006/512/CE del Consejo establece los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión. Con esta nueva decisión se prevé un nuevo procedimiento de comitología, el «procedimiento de reglamentación con control», dirigido a hacer participar de una forma más estrecha tanto al Consejo como al Parlamento en medidas y decisiones de naturaleza casi legislativa adoptadas por la Comisión.

3.2

De hecho, este nuevo procedimiento ha de utilizarse cuando se cumplan las tres condiciones siguientes:

cuando se haya adoptado el acto de base de conformidad con el procedimiento del artículo 251 CE;

cuando el acto de base prevea la aprobación de medidas de carácter general;

cuando dichas medidas se dirijan a modificar elementos no esenciales del acto de base, entre otras formas, eliminando algunos de esos elementos o completando el acto añadiendo elementos nuevos no esenciales.

3.3

El CESE considera adecuada la propuesta de Reglamento de la Comisión, ya que la introducción del «procedimiento de reglamentación con control » implica una participación más intensa de los colegisladores en el control de los actos legislativos.

3.4

La Decisión 2006/512/CE del Consejo entró en vigor el 23 de julio de 2006 englobando procedimientos legislativos en curso. Por esta razón, la Comisión propone completar el Reglamento EU-OPS con esta propuesta.

3.5

En vista de la urgente entrada en vigor del Reglamento EU-OPS (Reglamento modificado 3922/91), el Comité recomienda que se apruebe rápidamente la propuesta de la Comisión.

4.   Observaciones específicas

Ninguna.

Bruselas, 13 de diciembre de 2006.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Dimitris DIMITRIADIS


(1)  DO L 373 de 31.12.1991, p. 4. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no.

(2)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(3)  DO L 200 de 22.7.2006, p. 11.


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