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Document 52005IP0077

    Resolución del Parlamento Europeo sobre la ciencia y la tecnología — Orientaciones para la política de apoyo a la investigación de la Unión (2004/2150(INI))

    DO C 320E de 15.12.2005, p. 259–267 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    52005IP0077

    Resolución del Parlamento Europeo sobre la ciencia y la tecnología — Orientaciones para la política de apoyo a la investigación de la Unión (2004/2150(INI))

    Diario Oficial n° 320 E de 15/12/2005 p. 0259 - 0267


    P6_TA(2005)0077

    Orientaciones para la política de apoyo a la investigación de la Unión

    Resolución del Parlamento Europeo sobre la ciencia y la tecnología — Orientaciones para la política de apoyo a la investigación de la Unión (2004/2150(INI))

    El Parlamento Europeo,

    - Vista la Comunicación de la Comisión "La ciencia y la tecnología, claves del futuro de Europa — Orientaciones para la política de apoyo a la investigación de la Unión" (COM(2004) 0353),

    - Vistas las conclusiones de la Presidencia sobre la futura política europea de investigación, refrendadas por la mayoría de las delegaciones en la reunión del Consejo de Competitividad de los días 25 y 26 de noviembre de 2004 [1],

    - Vista la Decisión no 1513/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, destinado a contribuir a la creación del Espacio Europeo de Investigación y a la innovación (2002-2006) [2],

    - Visto el plan de acción de la Comisión dirigido a aumentar la inversión en investigación (COM(2003) 0226),

    - Vista su Resolución, de 18 de noviembre de 2003, sobre la Comunicación de la Comisión titulada "Invertir en investigación: un plan de acción para Europa" [3],

    - Vista su Resolución, de 1 de abril de 2004, sobre la Conferencia Internacional de Energías Renovables (Bonn, junio de 2004) [4], en la que se señala la necesidad de aumentar las ayudas a la I+D y a la innovación en materia de energías renovables, así como de divulgar y promover los resultados a todos los sectores de la sociedad,

    - Vistas las Comunicaciones de la Comisión sobre mujeres y ciencia, sobre el papel de las universidades en la Europa del conocimiento, sobre una estrategia de movilidad para el Espacio Europeo de la Investigación, sobre los investigadores en el Espacio Europeo de la Investigación: una profesión con múltiples carreras, sobre la investigación fundamental, sobre la nanotecnología, sobre la investigación sobre seguridad y sobre la dimensión regional del Espacio Europeo de la Investigación (COM(1999) 0076, COM(2003) 0058, COM(2001) 0331, COM(2003) 0436, COM(2004) 0009, COM(2004) 0338, COM(2004) 0590, COM(2001) 0549),

    - Vistas las Comunicaciones de la Comisión sobre las perspectivas financieras de la Unión para el período 2007—2013 (COM(2004) 0101, COM(2004) 0487),

    - Visto el informe del Grupo de expertos del Consejo Europeo de Investigación, presidido por Federico Mayor [5],

    - Visto el informe sobre la evaluación de la eficacia de los nuevos instrumentos del sexto Programa marco, elaborado por el Grupo de expertos de alto nivel presidido por el profesor Ramón Marimón [6],

    - Visto el informe sobre la estrategia de Lisboa, elaborado por el Grupo de alto nivel presidido por Wim Kok [7],

    - Visto el informe preparado por el grupo de expertos presidido por J. M. Gago sobre la evaluación realizada durante cinco años en materia de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) en las tecnologías de la sociedad de la información [8],

    - Vista la Comunicación de la Comisión titulada "Retos para la sociedad de la información europea con posterioridad a 2005" (COM(2004) 0757),

    - Visto el Plan de actuación a favor de las tecnologías ambientales en la Unión Europea en el que se reconocía que "las inversiones en investigación, tanto las privadas como las públicas, son esenciales para la economía de la UE, incluidas las empresas ecológicas" (COM(2004) 0038),

    - Vista la Comunicación de la Comisión sobre la cuota de las energías renovables en la UE, en la que se admite que es preciso "acelerar el ritmo de la ayuda pública para la investigación, el desarrollo tecnológico y la demostración en los ámbitos de las energías renovables [...] en Europa" (COM(2004) 0366),

    - Vistas las propuestas de la Comisión de una Directiva y dos Recomendaciones sobre la admisión de nacionales de terceros países en la Comunidad Europea a efectos de investigación científica (COM(2004) 0178),

    - Visto el informe elaborado por un grupo interservicios de la Comisión sobre plataformas tecnológicas [9],

    - Vistos los trabajos preparatorios de una nueva edición del plan de acción para innovación y las consultas en curso con vistas a un programa marco de competitividad e innovación,

    - Visto el artículo 45 de su Reglamento,

    - Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A6-0046/2005),

    A. Considerando que los progresos hacia el establecimiento de un Espacio Europeo de la Investigación (EEI) representan un primer paso en la aplicación de la estrategia de Lisboa, incluidos el Sexto Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico (VI PM) y otras iniciativas políticas de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (IDT), que han creado una nueva dinámica para la investigación y han definido nuevos instrumentos para el establecimiento del EEI,

    B. Considerando que la Comisión actuó con coherencia y atribuyó una importancia de primer orden a la investigación y a la innovación en sus propuestas para las nuevas perspectivas financieras de la UE, así como en su propuesta de duplicación del presupuesto para el séptimo Programa marco (VII PM); que algunos Estados miembros contribuyentes netos han expresado su deseo de recortar el presupuesto comunitario a un máximo del 1% del PIB de la Unión, y que las perspectivas financieras 2007-2013 han de ser coherentes con la propuesta de la Comisión de duplicar el presupuesto del VII PM,

    C. Considerando que en el Informe Kok se afirma que hay dos ámbitos políticos en particular que requieren una acción urgente y son requisitos esenciales para conseguir los objetivos de Lisboa, a saber, conseguir que Europa sea más atractiva para los investigadores y científicos y que la I + D tenga prioridad absoluta, y también se afirma la necesidad de adoptar un enfoque holístico para garantizar el desarrollo y la penetración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC),

    D. Considerando que en el Informe Marimón se refrendan los instrumentos del sexto Programa marco y se subraya la necesidad de seguir adelante con la planificación de los programas de investigación, si bien se propone una serie de medidas correctoras,

    E. Considerando que en el Informe especial no 1/2004 del Tribunal de Cuentas sobre la gestión de las acciones indirectas de IDT del Quinto Programa Marco se afirma que las normas de participación en los programas marco de IDT europeos son excesivamente complejas, lo que ha ocasionado problemas graves, especialmente para las organizaciones más pequeñas, con estructuras administrativas menos desarrolladas,

    F. Considerando que la investigación fundamental es crucial para obtener a largo plazo un grado satisfactorio de innovación y competitividad de la Unión Europea, y que, durante los últimos dos años, se ha estado debatiendo de modo prolijo a escala europea sobre la necesidad de que exista una estructura (Consejo Europeo de Investigación) que apoye, en el plano europeo, una investigación fundamental en todos los ámbitos científicos, dotada de autonomía científica,

    G. Considerando que, para cumplir el objetivo consistente en invertir el 3% del PIB en I+D, se calcula que, para 2010, la UE necesita contar con 700000 nuevos investigadores que estén adecuadamente formados, y que, en este contexto, el programa de éxito Marie Curie adquiere una importancia especial por lo que se refiere al fomento de la formación de investigadores,

    H. Considerando que las redes de comunicación electrónica de alta velocidad y gran capacidad y otros instrumentos e infraestructuras de TIC están cambiando el modo en que los investigadores se comunican, cooperan e innovan, y que es necesario proporcionar un apoyo comunitario continuo y adecuado a las infraestructuras de redes de investigación en el marco del proyecto GEANT,

    I. Considerando que es necesario mejorar las condiciones marco para la investigación privada, ya que dos tercios de las inversiones en investigación necesarias para alcanzar el objetivo del 3% deberían provenir del sector empresarial,

    J. Considerando que es necesario suscitar entre los jóvenes un nuevo interés por la ciencia y promocionar las carreras científicas, prestando especial atención al fomento de la participación de las mujeres,

    K. Considerando que la movilidad de los investigadores dentro de la UE así como entre la UE y terceros países, entre los centros de investigación públicos y los privados, así como entre las universidades y la industria y entre los diferentes sectores de actividad, es un elemento esencial para generar nuevos conocimientos, innovación y desarrollo sostenible,

    L. Considerando que las pequeñas empresas y las microempresas de baja y media tecnología, incluidas actividades tradicionales, ocultan una considerable reserva potencial, insuficientemente explotada, de innovación, de transferencia de tecnología y de investigación y desarrollo; que conviene fomentarla de conformidad con el espíritu y las orientaciones de la Carta Europea de la Pequeña Empresa,

    M. Considerando que debe tenderse a establecer mejores conexiones entre el mundo de la investigación y la industria, especialmente las PYME, en particular, apoyando las redes locales que enlazan la comunidad empresarial con las instituciones académicas; que se está desarrollando un intenso debate sobre la puesta en marcha de iniciativas tecnológicas europeas y que la puesta en práctica de la patente comunitaria es una condición previa para que una política europea de investigación tenga éxito,

    N. Considerando que se ha de propugnar la ayuda a una política más eficaz en materia de investigación e innovación prestando atención a las políticas conexas, como la plena realización del mercado interior y el establecimiento de un régimen de propiedad industrial e intelectual que busque un equilibrio entre la protección y la competencia, proporcione un mejor acceso para las PYME y promueva la inversión pública y privada en nuevas tecnologías y contenidos,

    O. Considerando que el problema de la competitividad de la economía europea se debe, entre otras causas, a la existencia de una denominada paradoja entre la generación de conocimientos científicos (que en la UE es suficiente) y la insuficiente capacidad de transformar dichos conocimientos en innovaciones y, sobre todo, productos; que la participación de la industria en el establecimiento de las prioridades de la ayuda financiera puede mejorar esta situación y que, por lo tanto, se ha de propugnar la participación de la industria en el VII PM y la mejora de la posición de las PYME dentro del mismo,

    P. Considerando que, para poner fin a la actual marginación de las PYME, sería aconsejable explorar el potencial de modos nuevos hechos a medida para apoyar su papel en la innovación, como:

    - normas simplificadas de financiación y administración, en particular, para acciones de menor envergadura con financiación única y evaluación a la conclusión;

    - apoyo a agrupaciones temáticas regionales y al establecimiento de redes europeas entre ellas, con atención a la necesidad de que la mayor parte de la financiación asignada se reserve a PYME innovadoras (mediante límites a la cuota asignada a organizaciones dedicadas al establecimiento de agrupaciones o redes),

    Q. Considerando que debe buscarse una mejor coordinación entre el presupuesto para investigación, los Fondos Estructurales y las demás fuentes de financiación públicas y privadas a escala comunitaria, nacional y regional,

    Europa merece algo mejor

    1. Destaca las nuevas competencias en el ámbito de la investigación (art. III 248-255) que otorga a la UE la Constitución para Europa, en particular con vistas a la consecución de un EEI; pide a la Comisión que actúe en consonancia con este nuevo marco jurídico;

    2. Destaca que la investigación y los conocimientos dentro de la UE son de elevado nivel, pero que los centros de investigación y las empresas europeos no logran aprovechar suficientemente las buenas ideas y los descubrimientos ni convertirlos en iniciativas rentables que contribuyan a la creación de empleo; que la adecuación de las agendas de investigación a los problemas sociales y a la necesidad de innovación tecnológica pueden mejorar esta situación;

    3. Apoya las orientaciones generales para la futura política de investigación de la UE que la Comisión presenta en su Comunicación; afirma que el EEI sólo será posible si la Unión asigna una proporción creciente de recursos para investigación con el objetivo de mejorar la coordinación entre las políticas de investigación a escala europea, nacional y regional, tanto desde el punto de vista de su contenido como de su financiación, y si se trata de fondos adicionales con respecto a la política de investigación en los Estados miembros y entre ellos; espera que la Comisión y los Estados miembros den continuidad al lugar destacado que se reservaba en el Informe Kok a la investigación con miras al logro de los objetivos de Lisboa dando el impulso político y aportando los recursos financieros necesarios al VII PM;

    4. Pide que todos los Estados miembros y las instituciones de la UE dediquen al establecimiento del EEI la misma determinación de que dieron prueba en la realización del mercado interior y la unión monetaria; el VII PM no debe ser simplemente "otro programa marco más", sino que ha de ser notablemente enriquecido y modernizado con objeto de que contribuya al logro de los objetivos de Lisboa;

    5. Está firmemente convencido de que, para conseguir que Europa sea más competitiva, se requieren mayores medios financieros para la investigación y la innovación; tiene presente las nuevas competencias de la UE en el ámbito de la investigación y la ampliación a 25 y próximamente a más Estados miembros; pide que, como mínimo, se duplique el porcentaje que representa el presupuesto del Programa marco en el PIB de los Estados miembros de la UE e insta a los Estados miembros a que lo consideren como un requisito mínimo que no ha de cuestionarse durante las negociaciones sobre las perspectivas financieras; pide a la Comisión que planifique el VII PM en consonancia con su propuesta sobre las perspectivas financieras para el período 2007-2013 y que defienda la propuesta de que el presupuesto de la UE se fije firmemente por encima del 1% del PIB;

    6. Pide a los Estados miembros elegibles para los Fondos Estructurales que utilicen una parte significativa de estos recursos para eliminar sus desventajas en el terreno de la investigación;

    7. Pide a los Estados miembros que hagan todos los esfuerzos necesarios para cumplir sus respectivos objetivos nacionales de inversión en I+D, que ellos mismos fijaron en el Consejo Europeo de Barcelona; considera que la inversión en I+D en la UE debería llegar al 3 % del PIB en 2010 y, en particular, que los presupuestos públicos nacionales de I+D deberían incrementarse hasta los niveles necesarios para ello; pide a la Comisión que verifique si los Estados miembros cumplen sus compromisos, especialmente los que se encuentran por debajo de la media europea;

    8. Subraya la necesidad de participación de las regiones y las autoridades regionales para incrementar las inversiones en investigación e innovación, especialmente, mediante la aplicación de estrategias regionales de investigación e innovación en el contexto del objetivo del 3% (Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002), pide que se tenga en cuenta la dimensión regional de la investigación a la hora de definir las actividades que comprenderá el VII PM y hace un llamamiento a los Estados miembros para que supriman los obstáculos que siguen existiendo cuando regiones fronterizas de uno o varios Estados miembros desean cooperar en el ámbito de la investigación y la innovación, contribuyendo así a la realización de un verdadero EEI;

    9. Subraya la importancia de que se desarrollen centros de excelencia en las universidades europeas en diferentes disciplinas de la ciencia y la investigación; opina que ello puede lograrse incrementando la financiación pública de los Estados miembros y la UE y con financiación adicional de la UE con arreglo a los estudiantes que estudien en universidades que atraen a ciudadanos de otros Estados miembros;

    10. Subraya que los Estados miembros deben velar atentamente por que los recursos financieros para investigación aportados por la Unión no sustituyan jamás a la financiación nacional, sino que ambas formas de financiación se traduzcan conjuntamente en un aumento del gasto global; señala que, actualmente, en los Estados miembros hay diversos proyectos de investigación importantes a escala nacional que no necesariamente cumplen los requisitos para ser financiados con fondos de la Unión;

    11. Opina que el VII PM podría utilizarse como un instrumento para abordar la "paradoja europea" por la que la calidad y la cantidad de la investigación pública europea son en general excelentes, pero la plasmación de los resultados de la investigación en productos y servicios comercialmente viables está rezagada respecto de los EE.UU. y Japón;

    12. Pide que se sincronice la duración de los programas marco con la de las perspectivas financieras, en caso de que estas se aprueben cada cinco años coincidiendo así con cada legislatura, con el fin de que las actividades de planificación de la Comisión estén mejor coordinadas; opina que debería preverse un sistema de renovación de programas, que incluya una evaluación a medio camino, para permitir el reajuste de los objetivos cuando sea necesario, junto con procedimientos que permitan que el Parlamento Europeo pueda emitir su dictamen sobre dichos reajustes;

    13. Está convencido de que es necesario establecer una continuidad entre los Programas marco sexto y séptimo, y apoya las mejoras propuestas en el Informe Marimón, en especial, las relativas a la necesidad de disponer de unos procedimientos administrativos más sencillos y claros, incluidas unas licitaciones claras y mejor definidas, reduciendo la gran cantidad de diferentes modelos de contratos e introduciendo un sistema simplificado de los costes, y a la necesidad de evitar toda masa crítica predeterminada; opina en particular que se ha de divulgar un procedimiento de evaluación en dos fases, a fin de aumentar la eficacia y reducir los costes de los participantes, concretamente las PYME y las autoridades locales;

    14. Considera que la transparencia presupuestaria requiere información más precisa sobre la parte de la financiación dedicada a los diferentes tipos de participantes, así como una diferenciación más clara entre los tamaños de las empresas;

    15. Cree que es necesario reforzar la cooperación internacional en el ámbito de la investigación, en primer lugar, en el contexto de la Política europea de vecindad, con los países vecinos de la UE, como los países del Mediterráneo y los Balcanes, Rusia y los Nuevos Estados Independientes, en el marco de las negociaciones de adhesión, pero también con los países ACP;

    16. Opina que el VII PM debería estar sujeto a una evaluación continua de la calidad científica de sus resultados y poder adaptar sus temas y procedimientos en consecuencia;

    17. Recuerda que muchos competidores de la Unión conceden ayudas públicas a proyectos de investigación a largo plazo de modo más generoso que la Unión; se muestra preocupado por la posibilidad de que la normativa comunitaria en materia de ayudas estatales impida que se lleve acabo una investigación de larga duración; muestra su temor por que la Unión pierda competitividad a largo plazo en el caso de que no se financien suficientemente la investigación a largo plazo y la investigación básica; pide a la Comisión que revise urgentemente la normativa comunitaria actual en materia de ayudas estatales en los casos en que los posibles beneficios económicos de un proyecto de investigación sólo se perciban a largo plazo;

    18. Hace hincapié en que las regiones deben participar en el esfuerzo de inversión para cumplir el objetivo del 3% fijado en el Consejo Europeo de Barcelona en 2002; se congratula por la instauración de estrategias regionales de investigación e innovación que contribuyen a la realización de este objetivo y espera que se fomenten; pide la consideración de la dimensión regional de la investigación en la definición de las actividades del VII PM;

    La investigación fundamental y el Consejo Europeo de Investigación

    19. Pide que se cree sin demora el Consejo Europeo de Investigación (CEI), de conformidad con la propuesta de la Comisión y las sugerencias formuladas en los informes Mayor y Kok; pero pide a la Comisión que evalúe ese órgano junto con los órganos existentes (Centro de Investigación Común, DG de Investigación, etc.) a fin de evitar todo solapamiento;

    20. Está firmemente convencido de que el CEI debería contribuir, a nivel europeo, al desarrollo de una investigación fundamental en todos los ámbitos científicos que se base en criterios de excelencia científica, lo que aportaría un valor añadido europeo al desarrollar la competencia europea y fomentar la creatividad al más alto nivel;

    21. Considera que es esencial que el CEI disponga de los fondos adecuados y sea independiente en sus evaluaciones científicas, mientras que rinda cuentas ante sus proveedores de fondos, pero desarrolle su labor y seleccione los proyectos de investigación de manera autónoma; pide a la Comisión que facilite un plan de medidas financieras adicionales necesarias para la creación del CEI con cargo al presupuesto del VII PM, con una cantidad claramente reservada para gastos administrativos; considera que la financiación de programas nacionales no se ha de reducir a consecuencia de la ayuda europea; recomienda con insistencia que el CEI no aumente la burocracia ni lentifique la evaluación de las propuestas;

    22. Propone que el CEI esté dirigido por una junta y un comité científico compuesto por científicos de alto nivel procedentes de diferentes ámbitos científicos, completado por representantes de las empresas, incluyendo, por ejemplo, las plataformas científicas; opina que debería crearse una red mundial de expertos colegiados encargados de evaluar las propuestas; considera que los órganos de dirección y la red de expertos deberían tener una composición equilibrada desde el punto de vista del género, siempre que sea posible; opina que los criterios de selección, tanto para la junta como para el comité científico, se han de basar en la excelencia y en los conocimientos, a fin de mantener la transparencia y de asegurar que el CEI se beneficie del más amplio respeto; opina que, tras una breve fase transitoria, el Consejo Europeo de Investigación debe ponerse en funcionamiento, de conformidad con el artículo 171 del Tratado CE; considera que las disposiciones de participación que establece el VII PM deben tener en cuenta este objetivo;

    Recursos humanos

    23. Pide a las instituciones europeas y a los Estados miembros que consideren prioritario el fomento del acceso de las mujeres al ámbito de la investigación y del progreso de sus carreras profesionales dentro del mismo, incluyendo el recurso a acciones de discriminación positiva; propone el lanzamiento de iniciativas europeas para suprimir los estereotipos y las barreras culturales que disuaden a las mujeres de optar por los estudios científicos;

    24. Alienta a los Estados miembros a reconsiderar sus sistemas educativos con vistas a aumentar el lugar que ocupa la ciencia en las escuelas y universidades y a ayudar a los estudiantes que opten por carreras en este ámbito;

    25. Está convencido de que el programa de éxito Marie Curie, del que se congratulan los solicitantes, debe proseguirse utilizando los instrumentos existentes y que, además, es necesario garantizar que la investigación europea consiga atraer a científicos internacionales de primer orden, incluidos los de las nuevas generaciones; reconoce el éxito de las acciones Marie Curie y recomienda un aumento sustancial de su financiación;

    26. Está firmemente convencido de que, tanto a nivel de los Estados miembros como de la UE, han de crearse las condiciones necesarias para mejorar la movilidad de los investigadores en todas las fases de sus carreras respectivas y convertirla en un "fenómeno masivo", tanto para los niveles inferiores de las carreras académicas que no conducen a puestos fijos (non tenure-track) como para las otras carreras (tenure-track), incluida la movilidad en ambas direcciones entre empresas, universidades y centros de investigación así como entre diferentes sectores de actividad; considera que la armonización dentro de la UE de las carreras y de las condiciones de trabajo de los investigadores es un factor clave para convertir la movilidad de los mismos en uno de los pilares del EEI; opina que, a este respecto, una mejora significativa sería el establecimiento de unas normas comunes claras a escala de la UE para el acceso a las carreras académicas y, por ende, la concesión de una "cualificación europea" que permitiera la contratación de investigadores por las universidades y centros de investigación de los Estados miembros;

    27. Pide el reconocimiento recíproco de los títulos doctorales de los Estados miembros de la UE, con el fin de eliminar obstáculos para la movilidad de los investigadores y los científicos, y que se cree un espacio único de investigación en la UE;

    28. Subraya que, si se quiere que la ciencia y los centros de investigación europeos atraigan a los mejores investigadores del mundo y obtengan resultados de nivel mundial, es indispensable prever edificios, instalaciones e infraestructuras de nivel mundial; por lo tanto, respalda la propuesta de la Comisión de destinar fondos a ese fin; pide un refuerzo del papel del Foro Estratégico Europeo sobre las Infraestructuras de Investigación (ESFRI) en la instauración de una política europea en materia de infraestructuras;

    29. Insta a las universidades, centros de investigación y empresas orientadas hacia la investigación en Europa a que flexibilicen sus estructuras de carreras y jerarquías, a fin de ofrecer incentivos a sus científicos jóvenes y más innovadores, incluyendo el acceso a importantes compensaciones financieras en forma de empresas spin-off y otras formas de compensación considerable;

    Transferencias de tecnología

    30. Cree que en el VII PM se debe prestar especial atención a la innovación tecnológica; opina que es necesario coordinar la política europea de investigación con las correspondientes políticas en materia de empresas e industria;

    31. Acoge positivamente la propuesta sobre plataformas tecnológicas europeas e iniciativas tecnológicas conjuntas como instrumentos para poner en práctica las agendas de investigación y desarrollo estratégicos en ámbitos tecnológicos específicos; destaca la importancia de las plataformas tecnológicas como mecanismo significativo para reunir a las empresas, organizaciones de investigación, instituciones locales y otros interesados, y subraya la necesidad de que se adopten medidas para facilitar la participación de las PYME;

    32. Opina que la investigación ha de estar vinculada a prioridades políticas a fin de asegurar la coherencia;

    33. Recomienda decididamente que se incrementen los recursos destinados a instrumentos tales como los proyectos específicos de investigación focalizada (STREP) e Investigación Cooperativa (antiguo CRAFT) e Investigación Colectiva, concebidos expresamente para las PYME, así como su accesibilidad, que se flexibilicen los criterios de admisión de los proyectos y que se incremente proporcionalmente la probabilidad de éxito de los mismos; anima a los Estados miembros a adoptar incentivos fiscales y de otro tipo para el fomento de la innovación industrial, incluidos los enlaces con EUREKA, en particular en relación con las PYME; recomienda la concesión de subvenciones a las PYME para la obtención de licencias de patentes; pide a la Comisión que considere la posibilidad de destinar una parte de cada presupuesto temático al pago de unas primas a tanto alzado a pequeñas empresas y microempresas como inversión inicial de riesgo, con sujeción a unos procedimientos de selección simplificados y fluidos y con una administración mínima a posteriori;

    34. Pide a la Comisión que apoye el desarrollo de plataformas tecnológicas y de "plataformas de investigación socialmente motivada", con el fin de desarrollar consorcios de investigación socialmente motivada en torno a los principales retos de carácter societal en Europa, tales como los cambios demográficos comunes y los problemas de medio ambiente;

    35. Apoya la simplificación burocrática de este programa, especialmente en relación con las PYME;

    36. Pide que, a fin de fomentar la innovación, se destine una parte sustancial previamente establecida de los fondos para la investigación en colaboración, que constituye la parte más importante del VII PM, a la cooperación entre las PYME y los centros de investigación;

    37. Pide a las instituciones europeas y a los Estados miembros que fomenten, en colaboración con las autoridades locales y regionales y otras instituciones interesadas, la creación de incubadoras tecnológicas regionales y, a través de sus instrumentos financieros públicos (FEI, Fondos Estructurales, fondos regionales) que promuevan el uso de capital de riesgo privado (efecto impulsor) para crear fondos regionales de capital de riesgo (principalmente fondos de capital riesgo), los cuales, como fondos de riesgo público-privados que, operando en estrecha colaboración con las incubadoras tecnológicas, son una condición esencial para la financiación eficaz de nuevos proyectos de alta tecnología concebidos por nuevos empresarios;

    38. Pide a la Comisión que se concentre especialmente en la investigación industrial, dado que esta investigación constituye una gran parte del total de recursos asignados a la investigación;

    39. Pide a la Comisión que presente medidas para establecer un sistema de exploración rápida destinado a las PYME que les permita evaluar con rapidez las probabilidades de financiación de proyectos de investigación;

    40. Recomienda expresamente la creación de agrupaciones científicas y redes regionales en el Programa marco, con la participación de las PYME, y que se preste apoyo a las iniciativas existentes en los Estados miembros;

    41. Está firmemente convencido de que los demás mecanismos de financiación y de apoyo (BEI, Fondos Estructurales, fondos privados y públicos nacionales y EUREKA) deberían utilizarse de un modo más eficaz y coordinado en favor de la I+D y de la innovación; por ello recomienda que los Estados miembros, en cooperación con las regiones, establezcan un vínculo entre los programas operativos nacionales para el Objetivo no 2 de la política estructural y los proyectos en búsqueda de fondos puestos a disposición por el Programa marco;

    42. Pide a la Comisión que, al presentar el VII PM de investigación, clarifique el concepto de valor añadido europeo y, sobre todo, prevea ámbitos de investigación cuyos objetivos, que deben ser evidentes para los ciudadanos de todos los Estados miembros, se puedan lograr preferiblemente por medio de proyectos europeos conjuntos;

    43. Preconiza el refuerzo de la coordinación de los programas nacionales de investigación; pide a la Comisión que, basándose en el artículo 169 del Tratado CE, desarrolle iniciativas;

    44. Pide a la Comisión que llegue a acuerdos con la industria para estimular la investigación en ámbitos estratégicos;

    Prioridades temáticas

    45. Considera que la definición de las prioridades temáticas del séptimo Programa marco, que debe incluirse en la futura decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el séptimo Programa marco, ha de reflejar las prioridades estratégicas de la agenda de Lisboa; además, debería ser el fruto de un debate activo entre las instituciones europeas, nacionales y regionales, la comunidad científica y los interlocutores de la sociedad civil, incluida la industria;

    46. Considera que, con el fin de mantener la continuidad, el séptimo Programa marco debería conservar la estructura de los ámbitos de investigación del sexto Programa marco; sin embargo, deben priorizarse aquellos ámbitos clave de la ciencia y la tecnología que desempeñan un importante papel para el incremento de la competitividad europea, la creación de nuevos puestos de trabajo y la mejora del bienestar de los ciudadanos; a este respecto, acepta la inclusión de la investigación espacial y el ámbito relativamente nuevo de la investigación en materia de seguridad, pero considera que el VII PM debería apoyar de modo adecuado la investigación en los siguientes ámbitos:

    a) las ciencias de la vida (incluidas la biotecnología, las ciencias neurológicas y la medicina preventiva y la salud pública),

    b) todas las fuentes de energía existentes y futuras que no generen emisiones de CO2 (en particular la energía renovable y la eficacia energética)

    c) las TIC,

    d) la nanotecnología, nuevos materiales y procedimientos de producción,

    e) la química;

    47. Considera que, con objeto de hacer frente al número creciente de amenazas en el ámbito del medio ambiente, es esencial que la política europea de investigación promueva intensamente la I&D en materia de riesgos naturales;

    48. Considera que la UE debe garantizar la financiación de la investigación sobre aquellas enfermedades que afectan a los ciudadanos de países en desarrollo, actualmente infrafinanciada;

    49. Considera que el VII PM debería fomentar la investigación y el desarrollo, también en ámbitos muy innovadores de disciplinas científicas y ámbitos económicos de lento crecimiento;

    50. Subraya que es necesario que la Unión Europea tome medidas concretas para acercar la ciencia a los ciudadanos, por ejemplo, lanzando debates públicos sobre importantes temas científicos y tecnológicos, y que estas medidas se reflejen en la política europea de investigación y en el próximo Programa marco;

    51. Insta a la Comisión a que tenga adecuadamente en cuenta la protección de los animales, en primer lugar, apoyando alternativas a los experimentos con animales y, en segundo lugar, reduciendo al mínimo el número de experimentos con animales en los proyectos que financie;

    52. Considera que en el Programa marco se debería prestar mayor atención a la investigación interdisciplinaria, con objeto de impulsar en mayor medida nuevos impulsos e ideas;

    ***

    53. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de los países candidatos.

    [1] Consejo de la Unión Europea, 26.11.2004 (inglés) — 14687/04 (Press: 323).

    [2] DO L 232 de 29.8.2002, p. 1.

    [3] DO C 87 E de 7.4.2004, p. 60.

    [4] DO C 103 E de 29.4.2004, p. 838.

    [5] http://www.ercexpertgroup.org/documents/ercexpertgroup_final_report.pdf.

    [6] http://www.cordis.lu/fp6/instruments_review/.

    [7] http://europa.eu.int/comm/councils/bx20041105/kok_report_en.pdf.

    [8] http://europa.eu.int/comm/dgs/information_society/evaluation/pdf/5_y_a/ist_5ya_final_140105.pdf.

    [9] ftp://ftp.cordis.lu/pub/technology-platforms/docs/tp_report_defweb_en.pdf.

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