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Document 52004XC0206(02)
Authorisation for State aid pursuant to Articles 87 and 88 of the EC Treaty — Cases where the Commission raises no objections (Text with EEA relevance)
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones (Texto pertinente a efectos del EEE)
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO C 33 de 6.2.2004, p. 7–8
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones (Texto pertinente a efectos del EEE)
Diario Oficial n° C 033 de 06/02/2004 p. 0007 - 0008
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones (2004/C 33/03) (Texto pertinente a efectos del EEE) Fecha de adopción de la decisión: 29.10.2003 Estado miembro: Países Bajos Ayuda: N 68/03 Denominación: Inversiones culturales Objetivo: Promover las inversiones en proyectos culturales Fundamento jurídico: Wet Inkomstenbelasting Presupuesto: 0,5 millones de euros durante el año 2003 Duración: 5 años El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en: http://europa.eu.int/comm/ secretariat_general/sgb/state_aids Fecha de adopción de la decisión: 5.12.2003 Estado miembro: Italia Ayuda: N 411/02 Denominación: Medidas en favor de las empresas de equipamiento de buques de pesca en términos de la protección de la seguridad laboral a bordo Objetivo: Apoyo a los gastos de inversión para medidas estructurales dirigidas a mejorar las condiciones de trabajo y de seguridad de los trabajadores a bordo de los buques de pesca con una longitud entre perpendiculares superior a 18 metros Fundamento jurídico: Legge n. 448 del 28.12.2001, articolo 65, paragrafi 1 e 2 Presupuesto: 17,5 millones de euros Intensidad o importe de la ayuda: Porcentajes y condiciones previstos en el Reglamento (CE) n° 2792/99 del Conseil, modificado por el Reglamento (CE) n° 2369/2002 Duración: 2002-2004 Otros datos: Informe anual El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en: http://europa.eu.int/comm/ secretariat_general/sgb/state_aids Fecha de adopción de la decisión: 11.11.2003 Estado miembro: Suecia Ayuda: N 480/02 Denominación: Reducción de impuesto especial a los combustibles neutros en dióxido de carbono Fundamento jurídico: Lagen om skatt på energi (1994:1776) Intensidad o importe de la ayuda: 750 SEK (82,61 EUR) millones anuales (estimación) Duración: Hasta el 31 de diciembre de 2007 Otros datos: El Gobierno sueco se compromete a supervisar anualmente el coste de producción y a modificar el régimen en caso de sobrecompensación El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en: http://europa.eu.int/comm/ secretariat_general/sgb/state_aids Fecha de adopción de la decisión: 16.12.2003 Estado miembro: Países Bajos Ayuda: N 510/03 Denominación: Ayuda de salvamento a Kliq Holding NV Objetivo: Ayuda de salvamento; servicios de reintegración Presupuesto: 45 millones de euros Duración: 6 meses Otros datos: Los Países Bajos se han comprometido a remitir a la Comisión, en el plazo de seis meses después de la autorización de la medida de salvamento, un plan de reestructuración o de liquidación o la prueba de que el préstamo ha sido reembolsado en su totalidad El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en: http://europa.eu.int/comm/ secretariat_general/sgb/state_aids Fecha de adopción de la decisión: 13.11.2002 Estado miembro: España Ayuda: NN 121/02 Denominación: Disposiciones legales para la apertura de gasolineras en los grandes supermercados Objetivo: Promover la instalación de gasolineras en las grandes superficies comerciales o grandes supermercados - Venta minorista de productos del petróleo Fundamento jurídico: Disposición Transitoria Primera del Real Decreto Ley 6/2000 de 23 de junio de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios Otros datos: La medida no constituye una ayuda estatal en el sentido del artículo 87 del Tratado CE El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en: http://europa.eu.int/comm/ secretariat_general/sgb/state_aids