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Document 52004XC0122(07)
Publication of decisions by Member States to grant or revoke operating licences pursuant to Article 13(4) of Regulation (EEC) No 2407/92 on licensing of air carriers (Text with EEA relevance)
Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 2407/92 del Consejo sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (Texto pertinente a efectos del EEE)
Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 2407/92 del Consejo sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO C 16 de 22.1.2004, p. 31–31
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 2407/92 del Consejo sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (Texto pertinente a efectos del EEE)
Diario Oficial n° C 016 de 22/01/2004 p. 0031 - 0031
Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 2407/92 del Consejo(1) sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas(2) (2004/C 16/08) (Texto pertinente a efectos del EEE) AUSTRIA Licencias de explotación concedidas Categoría A: Licencias de explotación concedidas a las compañías que no responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 2407/92 >SITIO PARA UN CUADRO> Categoría B: Licencias de explotación concedidas a las compañías que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 2407/92 >SITIO PARA UN CUADRO> Licencias de explotación denegadas Categoría B: Licencias de explotación concedidas a las compañías que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 2407/92 >SITIO PARA UN CUADRO> (1) DO L 240 de 24.8.1992, p. 1. (2) Comunicadas a la Comisión Europea antes del 31.12.2003.