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Document 52003XG1230(01)

Conclusiones del Consejo de 27 de noviembre de 2003 sobre el fortalecimiento de la cooperación comunitaria en materia de ayuda en el ámbito de la protección civil

DO C 317 de 30.12.2003, p. 1–1 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52003XG1230(01)

Conclusiones del Consejo de 27 de noviembre de 2003 sobre el fortalecimiento de la cooperación comunitaria en materia de ayuda en el ámbito de la protección civil

Diario Oficial n° C 317 de 30/12/2003 p. 0001 - 0001


Conclusiones del Consejo

de 27 de noviembre de 2003

sobre el fortalecimiento de la cooperación comunitaria en materia de ayuda en el ámbito de la protección civil

(2003/C 317/01)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

1. RECORDANDO los últimos y excepcionales acontecimientos y sucesos y, en particular, los grandes incendios forestales que se han producido durante el verano de 2003 en numerosos Estados miembros, así como su trágico balance humano -incluidas las víctimas entre bomberos miembros de los equipos de rescate y servicios forestales-, además del perjuicio que han supuesto para la salud, el medio ambiente, las infraestructuras y las propiedades;

2. VISTA la Resolución del Parlamento Europeo, de 4 de septiembre de 2003, sobre las consecuencias de este verano canicular, que contiene importantes aspectos relativos a la protección civil;

3. RINDE HOMENAJE a la entrega de los voluntarios y bomberos que participaron en misiones destinadas a combatir y hacer frente a los incendios forestales y otras catástrofes y graves accidentes;

4. SE CONGRATULA por las manifestaciones sin precedentes de solidaridad concreta entre los Estados miembros durante el verano de 2003, que se manifestaron, en particular, en el envío de medios aéreos y terrestres y dieron lugar al mayor número de intervenciones de asistencia mutua jamás alcanzado en la Comunidad;

5. CONSIDERA que esta solidaridad está en consonancia con los resultados de los trabajos de la Convención Europea sobre la introducción en el proyecto de Tratado constitucional de disposiciones relativas a la protección civil;

6. TOMA NOTA de la repercusión positiva de la Decisión del Consejo por la que se crea un programa de acción comunitaria en favor de la protección civil(1) en la cooperación entre los Estados miembros y la Comisión, en particular al crear recintos para una cooperación aún más estrecha y desarrollada entre los Estados miembros y la Comisión;

7. RECONOCE la positiva contribución del Mecanismo de Protección Civil Comunitario establecido por la Decisión del Consejo 2001/792/CE, Euratom(2) y en particular del Centro de Control e Información de la Comisión creado por la misma Decisión;

8. ACOGE FAVORABLEMENTE el empeño de la Comisión por llevar a la práctica las tareas impuestas por el Mecanismo Comunitario y mejorar las capacidades del Centro de Control e Información a la hora de hacer frente a emergencias de excepcional magnitud;

9. ACOGE FAVORABLEMENTE el anuncio por parte de la Comisión de que estudiará, en el marco de los instrumentos existentes, sus capacidades actuales para hacer frente a las catástrofes y accidentes tanto naturales como técnicos y TOMA NOTA de que, si procede, la Comisión presentará nuevos instrumentos;

10. INVITA a la Comisión a que presente cuanto antes las propuestas adecuadas para lograr los objetivos que se mencionan en el punto 9 e informe rápidamente al Consejo de su forma y calendario;

11. ACOGE FAVORABLEMENTE la intención de la Comisión de hacer entretanto que el Centro de Control e Información desempeñe una función de apoyo dinámico y anticipatorio con el fin de facilitar la coordinación de los Estados miembros ante cualquier futura emergencia o amenaza y para ello:

- definir las necesidades y examinar la forma de dotarle de los necesarios recursos adecuados;

- proseguir su labor destinada a seguir mejorando el funcionamiento del Centro de Control e Información, así como a eliminar las dificultades en su funcionamiento y a mejorar sus procedimientos, cuando sea necesario.

12. INVITA también a la Comisión a que presente lo antes posible la anunciada comunicación sobre un enfoque común de la prevención de riesgos.

(1) Decisión del Consejo 1999/847/CE, de 9 de diciembre de 1999, por la que se crea un programa de acción comunitaria en favor de la protección civil (DO L 327 de 21.12.1999, p. 53).

(2) Decisión del Consejo 2001/792/CE, Euratom de 23 de octubre de 2001 por la que se establece un mecanismo comunitario para facilitar una cooperación reforzada en las intervenciones de ayuda en el ámbito de la protección civil (DO L 297 de 15.11.2001, p. 7).

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