Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 51998IP0145

    Resolución sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre la Estrategia comunitaria para promocionar la producción combinada de electricidad y calor (CHP) y para eliminar los obstáculos a su desarrollo (COM(97)0514 C4-0596/97)

    DO C 167 de 1.6.1998, p. 308 (FI, SV)

    51998IP0145

    Resolución sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre la Estrategia comunitaria para promocionar la producción combinada de electricidad y calor (CHP) y para eliminar los obstáculos a su desarrollo (COM(97)0514 C4-0596/97)

    Diario Oficial n° C 167 de 01/06/1998 p. 0308


    A4-0145/98

    Resolución sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre la Estrategia comunitaria para promocionar la producción combinada de electricidad y calor (CHP) y para eliminar los obstáculos a su desarrollo (COM(97)0514 - C4-0596/97)

    El Parlamento Europeo,

    - Vista la Comunicación de la Comisión (COM(97)0514 - C4-0596/97),

    - Vista la Resolución del Consejo de 18 de diciembre de 1997 relativa a una estrategia comunitaria para el fomento de la producción combinada de electricidad y calor ((DO C 4 de 8.1.1998, pág. 1)) y para eliminar los obstáculos a su desarrollo,

    - Vista la Comunicación de la Comisión sobre el suministro de gas y perspectivas en la Comunidad Europea (COM(95)0478),

    - Vista su Resolución de 14 de noviembre de 1996 sobre la Comunicación de la Comisión relativa al suministro de gas y perspectivas en la Comunidad Europea ((DO C 362 de 2.12.1996, pág. 291)),

    - Visto el Libro Blanco de la Comisión relativo a una Política energética para la Unión Europea (COM(95)0682),

    - Vista la Comunicación de la Comisión sobre "Visión global de la política y las acciones en el campo de la energía (COM(97)0167),

    - Vista la Comunicación de la Comisión relativa a la organización de la cooperación en torno a unos objetivos energéticos comunitarios establecidos de común acuerdo (COM(97)0436),

    - Vista la propuesta de Decisión del Consejo por la que se aprueba un programa marco plurianual de actividades del sector de la energía (1998-2002) y medidas afines (COM(97)0550),

    - Vista la Decisión n° 96/737/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, relativa al programa plurianual de fomento de la eficacia energética en la comunidad (SAVE II) ((DO L 335 de 24.12.1996, pág. 50)),

    - Vista la Comunicación de la Comisión sobre la dimensión energética del cambio climático (COM(97)0196),

    - Vista la Comunicación de la Comisión sobre una estrategia comunitaria contra la acidificación (COM(97)0088),

    - Vista la Directiva 96/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de diciembre de 1996 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad ((DO L 27 de 30.1.1997, pág. 20)),

    - Vista la Posición Común del Consejo sobre la propuesta de Directiva relativa a las normas comunes para el mercado interior del gas natural (C4-0103/98),

    - Visto el Dictamen del Comité de las Regiones,

    - Visto el Dictamen del Comité Económico y Social,

    - Vista la comunicación de la Comisión "energía para el futuro: fuentes de energía renovable» (COM(97)0599);

    - Visto el informe de su Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía, así como la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (A4-0145/98),

    A. Considerando los tres objetivos básicos de la política energética de la Unión Europea: competitividad, seguridad del abastecimiento y protección del medio ambiente,

    B. Considerando los problemas de contaminación y alteración de la atmósfera que produce el uso y consumo de energía,

    C. Considerando la absoluta y urgente necesidad de efectuar un uso más eficiente de los recursos naturales y específicamente de los recursos energéticos,

    D. Constatando que el uso de nuevas tecnologías en la generación de electricidad, como son los ciclos combinados, o en la producción combinada de electricidad y vapor o calor, es decir, la cogeneración, permite conseguir ahorros de energía muy importantes,

    E. Considerando la necesaria competitividad que la liberalización de los mercados eléctricos exige a los generadores de electricidad,

    F. Considerando la oportunidad que la cogeneración abre para ampliar al uso del gas en Europa,

    G. Considerando los grandes recursos existentes de gas en diferentes zonas del planeta, que permiten abastecimientos de gas diversificados y el previsible aumento del consumo de gas en la UE en los próximos años,

    1. Apoya la propuesta de la Comisión para promocionar la cogeneración y eliminar los obstáculos al desarrollo de la producción combinada de electricidad y calor (CHP);

    2. Desearía, sin embargo, que la proporción de producción combinada de electricidad y calor en la estrategia de la Comisión se incrementara, por lo menos, del 18% actual al 25%;

    3. Señala que la utilización más eficiente de la energía que representa la cogeneración contribuirá a mejorar la competitividad de las industrias, grandes consumidoras de energía;

    4. Sugiere que la Comisión y, sobre todo, los Estados miembros establezcan medidas administrativas y económicas que potencien la producción combinada de electricidad y calor para el suministro de agua caliente y calefacción en usos domésticos;

    5. Afirma que la cogeneración en la industria, los ciclos combinados en el sector eléctrico, en particular la cogeneración, y la producción combinada de electricidad y calor para usos domésticos contribuyen de forma significativa a la reducción de la emisión de contaminantes a la atmósfera porque hacen un uso más eficiente de la energía;

    6. Señala que el mayor rendimiento energético obtenido en las nuevas formas de producción de electricidad y calor o vapor en la industria y en usos domésticos representa la acción más positiva en la reducción del efecto invernadero, sobre todo si se utilizan biomasas renovables neutrales en materia de CO2;

    7. Propone que, al establecer los objetivos específicos nacionales, se tenga en cuenta la contribución de la cogeneración para el cumplimiento de los compromisos de Kioto sobre el cambio climático;

    8. Sugiere que, para que realmente se eliminen los obstáculos al desarrollo de la cogeneración, es preciso que los operadores del mercado eléctrico acepten de forma prioritaria la electricidad excedentaria que no consuma el cogenerador, con la competencia de los autoproductores en el mercado;

    9. Constata que, para que realmente se eliminen los obstáculos al desarrollo de la cogeneración, es preciso que:

    - en todos los casos, se considere a los cogeneradores -cualquiera que sea su consumo- clientes cualificados, como centrales productoras de electricidad, en el mercado interior del gas;

    - el acceso a las redes europeas de gasoductos;

    - el fomento de planes locales de calefacción y refrigeración;

    - la compra -a precios de mercado- de toda la electricidad generada por el autoproductor y no consumida por el mismo;

    - la internalización de los costes de protección ambiental en todas las fuentes y formas de generación de electricidad, lo que implica el cumplimiento de la legislación vigente sobre contaminación medioambiental y el refuerzo de las obligaciones de las Administraciones Públicas respecto al control de la aplicación de dicha legislación;

    - el apoyo a la investigación y al desarrollo tecnológico en el ámbito del ahorro y eficiencia energética;

    10. Insiste en que las acciones comunitarias enfocadas hacia el desarrollo sostenible pasan necesariamente por mejorar los rendimientos energéticos de procesos y equipos y solicita propuestas concretas de la Comisión;

    11. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, a través de los fondos estructurales, puedan recibirse ayudas en las regiones objetivo 1 para incrementar la eficiencia energética, prioritariamente para instalaciones de cogeneración y energías renovables, y especialmente la combinación de ambas, y solicita propuestas concretas por parte de la Comisión;

    12. Pide a la Comisión que los fondos de cooperación con terceros países se destinen -en el ámbito de la energía- preferentemente a financiar instalaciones de cogeneración para la producción de electricidad y calor, así como a las energías renovables y, en particular, a la cogeneración renovable, y solicita propuestas concretas de la Comisión;

    13. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan lo necesario para que los operadores del sistema eléctrico acepten prioritariamente la electricidad producida en las plantas de desalación de agua de mar que utilicen ciclos combinados y son, por consiguiente, cogeneradores al producir electricidad y vapor de agua de forma combinada, a precios establecidos por la competencia en el mercado eléctrico, es decir, operando en un régimen económico normal en los nuevos mercados eléctricos;

    14. Aprueba las conclusiones presentadas por la Comisión;

    15. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión y al Consejo.

    Top