Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 51998AC0297

    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se definen los criterios y condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura, y la transformación y comercialización de sus productos»

    DO C 129 de 27.4.1998, p. 74 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    51998AC0297

    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se definen los criterios y condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura, y la transformación y comercialización de sus productos»

    Diario Oficial n° C 129 de 27/04/1998 p. 0074


    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se definen los criterios y condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura, y la transformación y comercialización de sus productos»

    (98/C 129/18)

    El 24 de febrero de 1998, de conformidad con los artículos 43 y 198 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la propuesta mencionada.

    El Comité Económico y Social decidió nombrar al Sr. Nielsen ponente general.

    En su 352° Pleno (sesión del 26 de febrero de 1998), el Comité Económico y Social ha aprobado por 53 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, el presente Dictamen.

    1. El Comité apoya la propuesta de la Comisión de codificación de los reglamentos relativos a los criterios y a las condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura, y la transformación y comercialización de sus productos.

    2. Con esta propuesta la Comisión reúne en un único documento el texto de base del Reglamento (CE) n° 3699/93 y las modificaciones. La propuesta no contiene modificaciones substanciales, sólo modificaciones formales exigidas por el procedimiento de codificación.

    3. El Comité recuerda que había pedido en numerosas ocasiones la codificación de la legislación comunitaria por considerarla un instrumento importante para hacer que la política común de la pesca sea clara y comprensible para los operadores del sector.

    Bruselas, el 26 de febrero de 1998.

    El Presidente del Comité Económico y Social

    Tom JENKINS

    Top