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Document 51997IP0200(01)

    Resolución sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativo a "Aprender en la Sociedad de la Información: Plan de Acción para una Iniciativa Europea de Educación 1996-1998" (COM(96)0471 C4-0528/96)

    DO C 222 de 21.7.1997, p. 48 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    51997IP0200(01)

    Resolución sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativo a "Aprender en la Sociedad de la Información: Plan de Acción para una Iniciativa Europea de Educación 1996-1998" (COM(96)0471 C4-0528/96)

    Diario Oficial n° C 222 de 21/07/1997 p. 0048


    A4-0200/97

    Resolución sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativo a «Aprender en la Sociedad de la Información: Plan de Acción para una Iniciativa Europea de Educación 1996-1998" (COM(96)0471 - C4-0528/96)

    El Parlamento Europeo,

    - Vista la comunicación de la Comisión (COM(96)0471 - C4-0528/96),

    - Visto el informe final del grupo operativo para soportes lógicos educativos y multimedios (SEC(96)1426 - C4-0625/96),

    - Vista su Resolución de 16 de febrero de 1995 sobre la reunión del G7 sobre la sociedad de la información ((DO C 56 de 6.3.1995, pág. 97)),

    - Visto su Dictamen de 16 de marzo de 1995 sobre la propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Año Europeo de la educación y la formación a lo largo de toda la vida (1996) ((DO C 89 de 10.4.1995, pág. 123.)),

    - Visto su Dictamen de 16 de junio de 1995 sobre la propuesta de Decisión (CE) del Consejo relativa a un Programa de formación para los profesionales de la industria europea de programas audiovisuales (MEDIA II-Formación) (1996-2000) ((DO C 166 de 3.7.1995, pág. 192.)),

    - Visto su Dictamen de 28 de marzo de 1996 sobre la propuesta de decisión del Consejo por la que se adopta un programa plurianual de la Comunidad para fomentar el desarrollo de la industria europea de los contenidos multimedios y la utilización de éstos en la naciente sociedad de la información (INFO 2000) ((DO C 117 de 22.4.1996, pág. 37.)),

    - Vista su Resolución de 19 de septiembre de 1996 sobre «Europa y la sociedad global de la información - Recomendaciones al Consejo Europeo» y sobre una comunicación de la Comisión de las Comunidades Europeas sobre «Europa en marcha hacia la Sociedad de la Información. Plan de actuación» ((DO C 320 de 28.10.1996, pág. 164.)),

    - Visto el Libro Blanco de la Comisión sobre crecimiento, competitividad y empleo (COM(93)0700 - C3-0509/93),

    - Vista la comunicación de la Comisión sobre la educación y la formación frente a los retos tecnológicos, industriales y sociales. Primeras reflexiones (COM(94)0528),

    - Vista la comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativa a una metodología para la realización de las aplicaciones de la sociedad de la información (COM(95)0224),

    - Visto el Libro Verde de la Comisión sobre los derechos de autor y los derechos afines en la sociedad de la información (COM(95)0382 - C4- 0354/95),

    - Vista la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la adopción de un programa plurianual para aprovechar la diversidad lingüística de la Comunidad en la sociedad de la información ((DO C 364 de 4.12.1996, pág. 5)),

    - Visto el Libro Blanco sobre la educación y la formación. Enseñar y aprender-Hacia la sociedad cognitiva (COM(95)0590 - C4-0597/95),

    - Visto el informe provisional del grupo de expertos de alto nivel, «Construcción de la sociedad europea de la información para todos nosotros»,

    - Visto el primer Informe Anual del Foro de la Sociedad de la Información, «Redes para la gente y sus comunidades. Aprovechar al máximo la sociedad de la información en la Unión Europea»,

    - Visto el informe provisional sobre una red informática entre los centros de enseñanza en Europa que fue presentado en la reunión informal del Consejo de educación en Amsterdam los días 2 y 3 de marzo de 1997,

    - Vista la Resolución del Consejo de 4 de abril de 1995 sobre cultura y multimedios ((DO C 247 de 23.9.1995, pág. 1.)),

    - Vista la Resolución del Consejo de 27 de n oviembre de 1995 sobre los aspectos industriales para la Unión Europea en el desarrollo de la sociedad de la información ((DO C 341 de 19.12.1995, pág. 5.)),

    - Vista la Resolución del Consejo de 6 de mayo de 1996 sobre los soportes lógicos educativos y multimedios en la educación y la formación ((DO C 195 de 6.7.1996, pág. 8.)),

    - Vista su Resolución de 13 de marzo de 1997 sobre la sociedad de la Información, la cultura y la educación ((Acta de esa fecha, parte II, punto 5)),

    - Vistos los artículos 126 y 128 del Tratado de la Unión Europea,

    - Visto el informe de la Comisión de Cultura, Juventud, Educación y Medios de Comunicación, así como las opiniones de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía y de la Comisión de Derechos de la Mujer (A4-0200/97),

    A. Considerando que hay grandes diferencias en el grado de introducción de las nuevas tecnologías en las escuelas, tanto entre los diferentes Estados miembros como en el interior de los mismos,

    B. Considerando que es necesario que las nuevas tecnologías se introduzcan de forma planificada en las escuelas, de acuerdo con objetivos educativos y sociales y no tecnológicos; que debería alentarse en particular a las jóvenes y a las mujeres a familiarizarse con estas nuevas tecnologías y a utilizarlas y que podría lanzarse un proyecto piloto para alcanzar este objetivo,

    C. Considerando que, con objeto de introducir y desarrollar el empleo de las nuevas tecnologías en las escuelas, deberán buscarse soluciones innovadoras de financiación que cubran los costes de los soportes físicos, de los soportes lógicos y de la comunicación; que en este sentido sería interesante desarrollar en el futuro actividades tales como la elaboración de material educativo, por ejemplo portadas (home pages), por los propios estudiantes en colaboración con sus profesores, ya que traerían consigo beneficios educativos e incluso económicos.

    D. Considerando que una activa participación del personal docente es esencial para introducir con éxito y desarrollar las nuevas tecnologías en las aulas,

    E. Considerando que se necesita un soporte lógico educativo europeo de gran calidad y fácil utilización para su empleo en las escuelas primarias y secundarias,

    F. Considerando que se registra una necesidad general de educación en el ámbito de los medios de información, con objeto de que los niños y los adultos puedan comprender y valorar críticamente la creciente cantidad de información que reciben de un abanico cada vez más amplio de medios de comunicación,

    G. Considerando que las nuevas tecnologías tienen un gran potencial de utilización en la educación y en el mundo del trabajo por lo que se refiere a las personas con discapacidades y que el coste de adaptar el soporte lógico a las personas discapacitadas es muy bajo, siempre que dicha adaptación se realice en las primeras fases de elaboración de estos productos,

    H. Considerando que los limitados recursos presupuestarios con que se cuenta para la aplicación de este plan de acción supone que la financiación deberá focalizarse cuidadosamente y emplearse en proyectos donde puedan obtenerse el mayor impacto y experiencias transferibles,

    I. Considerando que una coordinación entre los diferentes servicios de la Comisión puede mejorar la eficacia y proyección de estas acciones,

    J. Considerando que es indispensable para el éxito de las acciones el comprobar su desarrollo;

    1. Acoge con satisfacción el plan de acción y la importancia que concede a la introducción y desarrollo de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información en las escuelas primarias y secundarias, aunque lamenta que el plan de acción haya llegado con tato retraso al Parlamento Europeo;

    2. Observa con preocupación, sin embargo, la tendencia de la Comisión a «centrar» o «reorientar» los programas existentes mediante planes de acción y Libros Blancos;

    3. Pone de relieve que en algunos Estados miembros ya se han alcanzado buenos resultados con acciones tales como la denominada iniciativa «conectar las escuelas a la red» y espera que tales iniciativas se vean aún reforzadas en el marco de la competencia de los Estados miembros en materia cultural;

    4. Acoge con satisfacción los mayores esfuerzos desplegados por la Comisión para coordinar los programas e instrumentos financieros en el ámbito de la sociedad de la información y la educación;

    5. Pide a la Comisión que utilice el procedimiento llamado «convocatoria de propuestas» que lanzan conjuntamente varias direcciones generales con el fin de crear una economía de escala que permita aprovechar mejor los créditos presupuestarios disponibles;

    6. Felicita a la Comisión por el trabajo que ha realizado el grupo operativo para soportes lógicos educativos y multimedios y toma nota de sus recomendaciones;

    7. Opina que en el futuro la capacidad para utilizar tecnologías de la información y de la comunicación constituirá una condición indispensable para la plena participación en la vida profesional y social; pide que se proporcionen conocimientos mínimos sobre la utilización de tecnologías de información y comunicación en todas las escuelas sometidas a la enseñanza obligatoria, independientemente del tipo de escuela y del nivel de cualificaciones, con objeto de preparar a la juventud para hacer frente a los futuros requisitos del mercado de trabajo, garantizar la igualdad de oportunidades y evitar la marginación social;

    8. Indica la importancia que reviste el abastecimiento general de tecnologías de información y comunicación, también en regiones apartadas y poco pobladas, para mantener la cohesión económica y social; reitera, por consiguiente, su petición de acceso para las escuelas a las tecnologías de comunicación e información en condiciones especiales, en el marco del servicio universal de las telecomunicaciones; pide asimismo que se fije el acceso a la educación a distancia; lamenta que los programas de educación actuales de la Comisión estén destinados especialmente a los jóvenes, cuando precisamente debe darse prioridad a la educación a lo largo de toda la vida en la sociedad de la información; pide a la Comisión que dedique una mayor atención a las iniciativas de formación y educación en las que se enseñe a los adultos que no han conocido las TIC a utilizar las nuevas técnicas y los nuevos flujos de información;

    9. Pide, en este sentido, que el plan de acción de la Comisión reconozca que las escuelas, las bibliotecas y los centros vecinales pueden proporcionar bases de datos de aprendizaje para comunidades enteras, inclusive jóvenes y adultos pertenecientes a grupos desfavorecidos quienes no pueden acceder de forma privada a las tecnologías de la información y la comunicación;

    10. Indica que para la realización de una sociedad de la información socialmente justa debe existir libre acceso a las tecnologías de información y comunicación para todos los ciudadanos de todas las edades y procedencias; hace hincapié en la creciente diferencia entre «los que saben y los que no saben» cómo usar las tecnologías de la comunicación, pide que se dé prioridad a aquellos que cuentan con menos oportunidades para obtener acceso a dichas tecnologías, familiarizarse con ellas y aprender a utilizarlas; insta además a fomentar el intercambio de conocimientos entre los escolares y sus padres en el marco de la utilización de dichas tecnologías;

    11. Pide a la Comisión que anime a los Estados miembros a establecer objetivos cuantitativos, de acuerdo con las recomendaciones del grupo operativo, en lo relativo a la dotación y acceso a las nuevas tecnologías en las escuelas;

    12. Acoge con satisfacción que el plan de acción se centre en la educación primaria y secundaria, reconociéndose así la importancia de familiarizar a los niños con las nuevas tecnologías en una fase temprana;

    13. Considerando que existe el riesgo de que la sociedad de la información potencie la división de la sociedad en general y en el mercado de trabajo, a no ser que en las primeras fases de la educación se conceda a los alumnos el acceso en pie de igualdad a la formación en el sector de las tecnologías de la información y de la comunicación y, en especial, se facilite el acceso a las niñas y mujeres jóvenes.

    14. Opina que mediante el contacto lúdico con las tecnologías de información y comunicación a una edad temprana pueden evitarse los temores que puedan suscitar estas tecnologías y las condiciones de partida diferentes entre adolescentes de ambos sexos, y se puede prestar una contribución esencial para cambiar la imagen predominante de «las adolescentes que no entienden nada que tenga que ver con la técnica»;

    15. Pide que se apoyen medidas positivas de acción, en particular desarrollando contenidos multimedios y métodos de enseñanza que:

    - eviten los estereotipos sobre el cometido de ambos sexos en la sociedad y en el lugar de trabajo,

    - capaciten a las niñas desde una temprana edad a emplear las tecnologías de la información,

    - faciliten modelos positivos de comportamiento para las niñas con el fin de que participen de manera activa en el desarrollo de la sociedad de la información.

    16. Concluye que puede ser muy beneficioso el intercambio de experiencias en este amplio ámbito, dado el abanico de iniciativas emprendidas hasta la fecha dentro de los Estados miembros a escala nacional, regional y local; y toma nota de que tales intercambios podrán ser particularmente valiosos en áreas como la formación del personal docente, la enseñanza de alumnos con discapacidades, el aprendizaje de idiomas y el analfabetismo;

    17. Pide a la Comisión que coordine y promueva este intercambio de experiencias, utilizando en particular el Internet como herramienta de información sobre todas las iniciativas y experiencias llevadas a cabo en los Estados miembros,

    18. Propone que el plan de acción lleve a cabo una labor innovadora para fomentar y estimular la inclusión en la sociedad de la información de niños, jóvenes y adultos marginados;

    19. Pide a la Comisión que prosiga sus acciones destinadas a apoyar el desarrollo de una industria europea de los soportes lógicos y multimedios que reconozca y refleje la diversidad cultural y lingüística de Europa;

    20. Propone la creación en el interior del programa de una línea específica de apoyo a la traducción de los mejores programas informáticos y productos multimedia educativos elaborados en el transcurso del año;

    21. Recuerda que la educación del ciudadano podrá ser uno de los aspectos que conviene fomentar a la hora de elaborar nuevos productos educativos;

    22. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión para el fomento de la producción y la propagación de material didáctico de alta calidad; pide a la Comisión que apoye especialmente a las pequeñas y medianas empresas y que vele para que los profesores y escolares participen en el desarrollo de los programas informáticos para la enseñanza;

    23. Está convencido de que en la enseñanza escolar, además de la adquisición de conocimientos, revisten una gran importancia el fomento de la creatividad, la capacidad del trabajo en equipo, el desarrollo personal de los escolares y el desarrollo de su espíritu de iniciativa; pide a la Comisión que tome este aspecto en consideración a la hora de apoyar el desarrollo de programas informáticos para la enseñanza;

    24. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que estimulen a nivel europeo el intercambio de información y experiencias sobre la mejora de la utilización de material audiovisual y multimedia en las escuelas e instituciones pedagógicas, para divulgar con mayor celeridad los resultados de las investigaciones y facilitar, mediante ejemplos positivos, la actuación más eficaz, desde el punto de vista de los costes, de los Estados miembros y de la Unión;

    25. Subraya la importancia de la correspondiente formación inicial, de la formación continua y del apoyo de aula para el personal docente;

    26. Pide a los Estados miembros que fomenten la constitución de las escuelas en grupos u organizaciones que les permitan beneficiarse de economías de escala adquiriendo material y programas informáticos en mayores cantidades;

    27. Opina que la introducción de las tecnologías de información y comunicación en las escuelas debe ir acompañada de una amplia reforma de la enseñanza escolar; pide a la Comisión que apoye dicha reforma mediante la investigación pedagógica básica en el marco de la política de investigación comunitaria, y mediante el fomento de la formación continuada del profesorado en el marco de los Fondos estructurales, apoyando en este sentido al personal docente femenino, al que hasta ahora se le ha dificultado a menudo parcial o totalmente el acceso a los conocimientos informáticos;

    28. Opina que la aceptación de los nuevos métodos de enseñanza por parte de los padres y las personas con patria potestad es esencial para que dichos métodos tengan éxito; hace por ello hincapié en la necesidad de crear posibilidades especiales de establecer y desarrollar programas de formación continua para los padres y las personas con patria potestad, con objeto de informarles e incluirles activamente en el proceso;

    29. Pide a la Comisión que anime a los Estados miembros a introducir la formación en medios de comunicación en sus planes de estudio a todos los niveles, así como en la formación del personal docente;

    30. Toma nota del potencial positivo del empleo de las redes para conectar las escuelas con otras instituciones educativas o culturales como bibliotecas y museos;

    31. Manifiesta su satisfacción por la iniciativa de los Estados miembros de impulsar la ejecución del plan de acción mediante la creación de una red informática entre centros de enseñanza en Europa;

    32. Pide la elaboración de una lista de entidades culturales no gubernamentales existentes en los Estados miembros que puedan apoyar activamente a los centros de enseñanza en el desarrollo de sus proyectos en este terreno,

    33. Pide a la Comisión que además de la interconexión de las redes de escuelas, también fomente la interconexión de redes de escuelas con universidades y entre las propias universidades como futuros emplazamientos de aprendizaje y enseñanza de los escolares actuales de forma que pueda hacerse un mayor uso de la educación a distancia;

    34. Pide a la Comisión que dé un mayor impulso a sus trabajos actuales para evitar la propagación de contenidos perjudiciales para la juventud a través de los nuevos medios electrónicos;

    35. Reconoce el cometido esencial de la investigación pedagógica y sociológica en este ámbito y acoge con satisfacción, por consiguiente, la inclusión del Programa de investigación socioeconómica con fines propios en el marco de la convocatoria común de propuestas;

    36. Pide a los Estados miembros y a las autoridades competentes que fomenten el aprendizaje a través de los nuevos instrumentos informáticos, frente a la preponderancia actual de la enseñanza sobre las nuevas tecnologías;

    37. Expresa su apoyo al principio de la Comisión de apoyar las asociaciones de carácter público/privado y subraya la necesidad de establecer un código de conducta que regule esta materia con el fin de evitar que queden relegados los centros de enseñanza situados en la periferia geográfica o social; observa que éste podría ser un ámbito particularmente fructífero para el intercambio de experiencias entre los Estados miembros y las regiones;

    38. Opina que es necesario dar a la UEM una dimensión social y actuar sobre las consecuencias negativas que afectan a la escuela a causa, entre otras cosas, de las reducciones a las que obligan los criterios de convergencia y las restricciones que se llevan a cabo en relación con la financiación del sistema escolar, para que, en el futuro, se pueda garantizar el modelo europeo de derecho a la libre escolarización;

    39. Observa que las limitaciones presupuestarias del plan de acción no deberían conducir a financiar únicamente las escuelas que ya están más avanzadas técnicamente en la actualidad, contribuyéndose así a la creación de una élite de escuelas;

    40. Lamenta que el plan de acción de la Comisión no contenga referencias concretas que puedan utilizarse con fines presupuestarios;

    41. Pide a la Comisión que garantice que todas las escuelas europeas (Scholae Europaea) se conecten cuanto antes a la red;

    42. Pide que se realice una evaluación detallada del plan de acción y que se reflexione seriamente con miras a la elaboración de indicaciones precisas sobre los objetivos y la ejecución del plan de acción, examinándose también la necesidad de un programa específico en este ámbito;

    43. Pide a los Estados miembros que publiquen un informe de resultados sobre la aplicación de las tecnologías informáticas en escuelas, colegios, bibliotecas y centros de reunión; dicho informe de resultados debería evaluarse y actualizarse cada dos años;

    44. Pide a la Comisión que presente lo antes posible la Comunicación propuesta sobre la formación profesional en la sociedad de la información.

    45. Pide a la Comisión que haga más transparentes las posibilidades de financiación por los distintos programas europeos de investigación y formación, con vistas a la interconexión de las escuelas europeas y el desarrollo de programas informáticos de formación europeos;

    46. Pide que parte de los créditos resultantes del incremento presupuestario del actual Cuarto programa marco de investigación y desarrollo tecnológico se destine a financiar proyectos adicionales en el marco de la convocatoria de propuestas lanzado el 17 de diciembre de 1996 por el grupo operativo sobre multimedios educativos.

    47. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros.

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