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Document 51989XG0214

Comunicación del Consejo

DO C 37 de 14.2.1989, p. 1–1 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

51989XG0214

Comunicación del Consejo

Diario Oficial n° C 037 de 14/02/1989 p. 0001 - 0001


Communicación del Consejo

(89/C 37/01)

Habiando procedido la República Helénica, con fecha de 19 de enero de 1989, al depósito del instrumento de ratificación del Convenio relativo a la adhesión de la República Helénica al Convenio concerniente a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, así como al Protocolo relativo a su interpretación por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, firmado en Luxembourg el 25 de octubre de 1982 (1), dicho Convenio entará en vigor, en virtud del primer párrafo de su artículo 15, en las relaciones entre los ocho Estados que ya lo han ratificado (Bélgica, Dinamarca, República Federal de Alemania, Francia, Italia, Luxembourg, Países Bajos e Irlanda) y Grecia a partir del 1 de abril de 1989.

(1) DO n L 388 de 31.12.1982.

Comoquiera que el Reino Unido no ha procedido aún al depósito del instrumento de dicho Convenio, las relaciones entre los ocho Estados antes mencionados y el Reino Unido seguirán rigiéndose con arreglo al Convenio de Bruselas relativo a la competencia judicial y a la ejecución de las resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, de 27 de septiembre de 1968, y con arreglo al Protocolo relativo a la interpretación del referido Convenio, de 3 de junio de 1971, con las adaptaciones introducidas por el Convenio relativo a la adhesión del Reino de Dinamarca, de Irlanda y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de 9 de octubre de 1978 (2).

(2) DO n L 304 de 30.10.1978.

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