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Document 41989X1031

Resolución del Consejo y de los ministros de asuntos sociales, reunidos en el seno del Consejo de 29 de septiembre de 1989 relativa a la lucha contra la exclusión social

DO C 277 de 31.10.1989, p. 1–1 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Legal status of the document In force

41989X1031

Resolución del Consejo y de los ministros de asuntos sociales, reunidos en el seno del Consejo de 29 de septiembre de 1989 relativa a la lucha contra la exclusión social

Diario Oficial n° C 277 de 31/10/1989 p. 0001 - 0001


RESOLUCIÓN DEL CONSEJO Y DE LOS MINISTROS DE ASUNTOS SOCIALES, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO de 29 de septiembre de 1989 relativa a la lucha contra la exclusión social (89/C 277/01)

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y LOS MINISTROS DE ASUNTOS SOCIALES, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO, 1. RECUERDAN los esfuerzos comunitarios, así como de los Estados miembros, ya realizados en el ámbito de la lucha contra la pobreza y a favor de la integración económica y social de los grupos de personas económica y socialmente menos favorecidos, que se materializan en particular en la adopción del tercer programa de lucha contra la pobreza;

PONEN DE RELIEVE que la lucha contra la exclusión social puede considerarse como una parte importante de la dimensión social del mercado interior;

2. COMPRUEBAN que los procesos de exclusión social se desarrollan en distintos ámbitos y desembocan en situaciones de naturaleza varia que afectan a una diversidad de personas y grupos de población en zonas geográficas pertenecientes tanto al medio rural como al urbano;

3. COMPRUEBAN que las causas de dichos procesos se encuentran en las evoluciones estructurales de nuestras sociedades, y que entre éstas es especialmente determinante la dificultad de acceso al mercado de trabajo;

4. INSISTEN en la necesidad de que las políticas de desarrollo económico se acompañen de políticas de integración específicas, sistemáticas y coherentes;

5. AFIRMAN que la existencia de un conjunto de medidas que garanticen un nivel de prestaciones y recursos suficientemente adaptado a la situación de los individuos es un componente fundamental de la lucha contra la exclusión social;

6. PONEN DE RELIEVE que las situaciones de exclusión no son únicamente resultado de una insuficiencia de recursos y que la lucha contra la exclusión implica asimismo la afirmación del derecho de las personas y de las familias a acceder a condiciones de vida dignas mediante medidas de inserción social y profesional;

7. Con tal fin, INVITAN a los Estados miembros a que pongan en marcha o fomenten acciones encaminadas a permitir a todos: - el acceso a la educación mediante la adquisición efectiva de los aprendizajes básicos,

- el acceso a la formación,

- el acceso al empleo,

- el acceso a la vivienda,

- el acceso a los servicios colectivos,

- el acceso a la atención médica;

8. RECUERDAN, en esa perspectiva, la eficacia de las políticas de desarrollo coordinadas y coherentes basadas en la participación activa de los interlocutores locales y nacionales y de las poblaciones afectadas;

9. SE COMPROMETEN a proseguir y, si fuere necesario, a intensificar los esfuerzos emprendidos en común y los desarrollados por cada uno de los Estados miembros, y a poner en común sus conocimientos y análisis sobre los fenómenos de exclusión;

10. PIDEN, por lo tanto, a la Comisión: - que proceda, teniendo en cuenta los estudios realizados o en vías de realización, junto con los Estados miembros, a un análisis de las acciones que aplican los mismos en materia de lucha contra la exclusión social;

- que informe sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros, así como a escala comunitaria, en los ámbitos contemplados en la presente Resolución, en los tres años siguientes a partir de su adopción.

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