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Document 32023R1653

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1653 de la Comisión de 17 de agosto de 2023 por el que se inscribe un nombre en el registro de indicaciones geográficas de bebidas espirituosas [«Borzag pálinka»]

C/2023/5698

DO L 209 de 24.8.2023, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/1653/oj

24.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 209/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1653 DE LA COMISIÓN

de 17 de agosto de 2023

por el que se inscribe un nombre en el registro de indicaciones geográficas de bebidas espirituosas [«Borzag pálinka»]

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 110/2008 (1), y en particular su artículo 30, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 26, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/787, la solicitud de registro del nombre «Borzag pálinka» presentada por Hungría ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2)

No se ha presentado a la Comisión ninguna notificación de oposición con arreglo al artículo 27, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/787.

(3)

Procede, por tanto, registrar el nombre «Borzag pálinka» como indicación geográfica.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda registrada la indicación geográfica «Borzag pálinka». Con arreglo al artículo 30, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/787, el presente Reglamento otorga a la indicación geográfica «Borzag pálinka» la protección prevista en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2019/787.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de agosto de 2023.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Janusz WOJCIECHOWSKI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 130 de 17.5.2019, p. 1.

(2)  DO C 156 de 3.5.2023, p. 23.


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