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Document 32023D2781

Decisión (EURATOM) 2023/2781 del Consejo, de 8 de diciembre de 2023, por la que se aprueba la celebración, por la Comisión Europea, del Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) y la Organización para el Desarrollo Energético de la Península Coreana (KEDO)

ST/15529/2023/INIT

DO L, 2023/2781, 12.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2781/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2781/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2023/2781

12.12.2023

DECISIÓN (EURATOM) 2023/2781 DEL CONSEJO

de 8 de diciembre de 2023

por la que se aprueba la celebración, por la Comisión Europea, del Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) y la Organización para el Desarrollo Energético de la Península Coreana (KEDO)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 101, párrafo segundo,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

Procede celebrar el Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) y la Organización para el Desarrollo Energético de la Península Coreana (KEDO) (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

(2)

El Acuerdo debe aplicarse con efecto retroactivo desde el 31 de mayo de 2021 y debe permanecer en vigor hasta el 31 de mayo de 2024.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo único

Queda aprobada la celebración, por la Comisión Europea, del Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) y la Organización para el Desarrollo Energético de la Península Coreana (KEDO).

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2023.

Por el Consejo

La Presidenta

N. CALVIÑO SANTAMARÍA


ANEXO

ACUERDO ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA Y LA ORGANIZACIÓN PARA EL DESARROLLO ENERGÉTICO DE LA PENÍNSULA COREANA

LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA,

en lo sucesivo denominada «la Comunidad», y

LA ORGANIZACIÓN PARA EL DESARROLLO ENERGÉTICO DE LA PENÍNSULA COREANA,

en lo sucesivo denominada «la KEDO»,

Considerando lo siguiente:

1.

La KEDO se instituyó en virtud del Acuerdo de 9 de marzo de 1995 por el que se establece la Organización para el Desarrollo Energético de la Península Coreana, modificado el 19 de septiembre de 1997, entre los Gobiernos de la República de Corea, Japón y los Estados Unidos de América.

2.

El octavo Acuerdo celebrado entre la Comunidad y la KEDO expiró el 31 de mayo de 2021.

3.

Tras la decisión de poner fin al proyecto de reactor nuclear de agua ligera de la KEDO y la decisión de 2007 de atender a las responsabilidades de la Secretaría con un personal extremadamente reducido y unas mínimas dependencias de oficina, el Comité Ejecutivo de la KEDO decidió en 2021 mantener esta Organización más allá del 31 de mayo de 2021.

4.

Tanto la Comunidad como la KEDO han manifestado su deseo de continuar cooperando con el objetivo de poner fin al proyecto de reactor nuclear de agua ligera y realizar una disolución ordenada de la KEDO.

5.

A partir del 31 de mayo de 2021, el Acuerdo se renovó automáticamente cada año. Por consiguiente, es necesario establecer la aplicación retroactiva del Acuerdo. El Acuerdo debe estar en vigor hasta el 31 de mayo de 2024.

HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:

Artículo 1

Aplicación de las disposiciones del anterior Acuerdo

Las disposiciones del anterior Acuerdo entre la Comunidad y la KEDO, que expiró el 31 de mayo de 2021, seguirán siendo aplicables en virtud del presente Acuerdo, salvo indicación en contrario prevista en alguno de los artículos siguientes.

Artículo 2

Contribución de la Comunidad

En el marco del presente Acuerdo, la Comunidad no efectuará ninguna contribución financiera al presupuesto de la KEDO.

Artículo 3

Duración

El presente Acuerdo estará en vigor hasta el 31 de mayo de 2024.

Artículo 4

Entrada en vigor

El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su firma por parte de la Comunidad y la KEDO, y surtirá efecto retroactivamente a partir del 1 de junio de 2021.

Hecho en Bruselas, el … de … de 2023, en doble original.

Por la Comunidad Europea de la Energía Atómica

Hecho en Nueva York, el … de … de 2023, en doble original.

Por la Organización para el Desarrollo Energético de la Península Coreana


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2781/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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