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Document 32015H0818(24)

    Recomendación del Consejo, de 14 de julio de 2015, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2015 de Austria y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Austria de 2015

    DO C 272 de 18.8.2015, p. 87–90 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    18.8.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 272/87


    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    de 14 de julio de 2015

    relativa al Programa Nacional de Reformas de 2015 de Austria y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Austria de 2015

    (2015/C 272/23)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

    Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 2,

    Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

    Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

    Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

    Visto el dictamen del Comité de Empleo,

    Visto el dictamen del Comité Económico y Financiero,

    Visto el dictamen del Comité de Protección Social,

    Visto el dictamen del Comité de Política Económica,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 26 de marzo de 2010, el Consejo Europeo aprobó la propuesta de la Comisión de poner en marcha una nueva estrategia para el crecimiento y el empleo, Europa 2020, basada en una mayor coordinación de las políticas económicas. La estrategia se centra en los ámbitos fundamentales en los que es necesario actuar para reforzar el potencial de crecimiento sostenible y competitividad de Europa.

    (2)

    El 14 de julio de 2015, basándose en las propuestas de la Comisión, el Consejo adoptó una Recomendación sobre las directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión y, el 21 de octubre de 2010, una Decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (2). Estas forman, juntas, las «directrices integradas» que se ha pedido a los Estados miembros tengan en cuenta en sus políticas económicas y de empleo.

    (3)

    El 8 de julio de 2014, el Consejo adoptó una Recomendación (3) relativa al Programa Nacional de Reformas de 2014 de Austria y emitió su dictamen sobre el Programa de Estabilidad actualizado de 2014 de Austria. El 28 de noviembre de 2014, de conformidad con el Reglamento (UE) no 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), la Comisión presentó su dictamen sobre el proyecto de plan presupuestario de Austria para 2015.

    (4)

    El 28 de noviembre de 2014, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2015 para la coordinación de las políticas económicas. El mismo día, la Comisión, con arreglo al Reglamento (UE) no 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Polonia como uno de los Estados miembros que serían objeto de un examen exhaustivo.

    (5)

    El 18 de diciembre de 2014, el Consejo Europeo aprobó las prioridades para fomentar la inversión, intensificar las reformas estructurales y proseguir un saneamiento presupuestario responsable que propicie el crecimiento.

    (6)

    El 26 de febrero de 2015, la Comisión publicó su informe específico de 2015 sobre Austria. En él se evaluaron los avances realizados por Austria de cara a poner en práctica las recomendaciones específicas por país adoptadas el 8 de julio de 2014.

    (7)

    El 21 de abril de 2015, Austria presentó su Programa Nacional de Reformas de 2015 y su Programa de Estabilidad de 2015. Con objeto de tener en cuenta sus interrelaciones, uno y otro se han evaluado al mismo tiempo.

    (8)

    Austria se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento, así como sujeta a la norma transitoria en materia de deuda para 2014-2016. En su Programa de Estabilidad de 2015, el Gobierno prevé que el déficit global experimente una mejora gradual hasta llegar al 2,2 % del PIB en 2015 y al 0,5 % del PIB en 2019. Con arreglo al Programa de Estabilidad, el objetivo a medio plazo, que consiste en un déficit estructural no superior al 0,45 % del PIB, se alcanzó en 2014, y el Gobierno prevé cumplir el objetivo a medio plazo durante todo el período del programa. Sin embargo, el saldo estructural recalculado apunta a una desviación respecto del objetivo a medio plazo a partir de 2015. Se prevé que la ratio de deuda pública en porcentaje del PIB alcance un máximo del 86,8 % en 2015 y disminuya paulatinamente al 79,7 % en 2019. El escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias del Programa de Estabilidad es verosímil. Sin embargo, no se han especificado suficientemente las medidas de apoyo a los objetivos de déficit previstos a partir de 2016. Con arreglo a las previsiones de la Comisión de la primavera de 2015, se prevé que el saldo estructural se desvíe del objetivo a medio plazo en un 0,4 % del PIB en 2015. La desviación será significativa en 2016, ya que se prevé un empeoramiento del saldo estructural del 0,6 % del PIB, en comparación con el ajuste estructural del 0,3 % del PIB necesario para alcanzar el objetivo a medio plazo, lo que implicaría una desviación de aproximadamente el 0,9 % del PIB respecto al requisito del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por tanto, será preciso adoptar nuevas medidas. Al mismo tiempo, según el Programa de Estabilidad y las previsiones de la Comisión de la primavera de 2015, la deuda bruta seguirá una trayectoria descendente en consonancia con la norma provisional en materia de deuda en 2015 y 2016. A tenor de su evaluación del Programa de Estabilidad, y teniendo en cuenta las previsiones de la Comisión de la primavera de 2015, el Consejo considera que existe el riesgo de que Austria no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento.

    (9)

    Las relaciones entre los diferentes niveles de la administración siguen siendo complejas y generan pérdidas de eficiencia en sectores fundamentales de la administración pública. Austria sigue siendo uno de los países con el nivel más bajo de impuestos propios subnacionales en porcentaje del PIB. Pese a este bajo nivel de autonomía fiscal, los gobiernos subnacionales tienen diversas responsabilidades administrativas y en materia de gasto. El elevado nivel de complejidad y las divergencias existentes entre los ingresos y las responsabilidades en materia de gasto no favorecen la aplicación de reformas políticas amplias.

    (10)

    La sostenibilidad presupuestaria a largo plazo del sistema de pensiones austriaco sigue padeciendo deficiencias estructurales. Las reformas realizadas hasta la fecha en Austria no parecen suficientes para garantizar la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo del sistema. En primer lugar, la edad efectiva de jubilación sigue siendo considerablemente inferior a la edad legal de jubilación. En segundo lugar, la edad legal de jubilación de las mujeres es muy inferior a la de los hombres y no se aumentará hasta 2024. En tercer lugar, la edad legal de jubilación sigue sin estar vinculada a la esperanza de vida, que aumenta continuamente. Austria ha adoptado algunas medidas para aumentar la edad de jubilación efectiva, que actualmente es de 59,7 años (2014), pero sigue siendo inferior a la media de la UE, que es de 63,1 años (2013). Se han aplicado medidas para eliminar vías de jubilación anticipada y regímenes de invalidez, lo que prolonga la vida laboral. También se han incrementado la penalización por año de jubilación anticipada y el período de actividad necesario para poder optar a dichos regímenes. Sigue sin estar claro si se materializarán los efectos presupuestarios positivos esperados de estas medidas.

    (11)

    El gasto sanitario austriaco es uno de los más elevados de la Unión. La actual reforma de la sanidad (2013-2016) tiene como objetivo estabilizarlo en porcentaje del PIB a partir de 2016. No obstante, incluso si las reformas tienen éxito, la sostenibilidad presupuestaria y la eficiencia del sistema de asistencia sanitaria siguen enfrentándose a desafíos estructurales. Es preciso adoptar medidas ahora para el período posterior a 2016. Por ejemplo, es necesario tratar a más pacientes en centros multidisciplinares de atención ambulatoria primaria y reducir aún más la duración media de las estancias de tratamiento hospitalario.

    (12)

    Garantizar la disponibilidad de suficiente mano de obra cualificada a largo plazo sigue suponiendo un desafío para Austria. Aunque la tasa de desempleo se sitúa en torno al 5,6 % y es de las más bajas de la Unión, el potencial del mercado laboral no está plenamente explotado en determinados segmentos. Austria ha adoptado algunas medidas para prolongar la vida laboral, facilitar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y aprovechar mejor el potencial de la mano de obra procedente de la inmigración, en particular mejorando el reconocimiento de sus cualificaciones. Sin embargo, las recientes reformas han de ser objeto de estrecho seguimiento y es preciso adoptar más medidas para explotar plenamente el potencial del mercado laboral de dichos grupos.

    (13)

    El 13 de marzo de 2015, Austria presentó una amplia reforma fiscal destinada a remodular los tramos impositivos y los tipos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en particular reduciendo su tipo mínimo del 36,5 al 25 %. Las desgravaciones fiscales se estiman en 4 900 millones EUR, y están previstos 300 millones EUR de gastos adicionales para apoyar las actividades de las políticas familiares y de investigación. Con arreglo a la propuesta, el desplazamiento de la presión fiscal se financiará parcialmente mediante la lucha contra la evasión fiscal, la reducción del gasto público, el aumento de los tipos reducidos del IVA al 13 % en algunos sectores y el aumento de los impuestos sobre las plusvalías del 25 al 27,5 %. Estos planes de reforma se ajustan en líneas generales a las Recomendaciones del Consejo de 2014. Es probable que dichos planes aumenten los incentivos para trabajar en el caso de las personas con reducido potencial de ingresos y de las personas que representan la segunda fuente de ingresos familiares, y que contribuyan a aumentar la renta disponible. Sin embargo, la reforma debe llevarse a cabo de forma presupuestariamente neutral.

    (14)

    El sistema educativo austriaco se caracteriza por el reducido número de jóvenes que abandonan prematuramente la escuela, que es muy inferior a la media de la UE. El sistema de formación profesional es sólido, funciona adecuadamente y proporciona un gran número de trabajadores altamente cualificados. No obstante, la mejora de los resultados educativos y, por ende, la empleabilidad de los jóvenes de nivel socioeconómico bajo, en especial los de origen migrante, siguen suponiendo un desafío. La evaluación de la aplicación del nuevo sistema de enseñanza secundaria (Neue Mittelschule) ha puesto de manifiesto deficiencias que aún deben solucionarse.

    (15)

    En el contexto del Semestre Europeo, el Consejo ha recomendado reiteradamente que Austria mejore y fomente la competencia en el sector de los servicios, pero hasta la fecha la respuesta política ha sido limitada. Los requisitos relativos a la forma jurídica, la participación en el capital y las tarifas siguen vigentes para varias profesiones, lo que crea obstáculos reglamentarios de acceso al mercado e impide a los profesionales o a las empresas profesionales de otros Estados miembros crear una empresa en Austria. En el marco del ejercicio de evaluación recíproca, Austria está revisando su normativa de acceso a las profesiones y ejercicio de actividades profesionales para valorar si es proporcionada y de interés general. En comparación con las autoridades de competencia de otros Estados miembros, la Autoridad Federal de Competencia carece de los recursos adecuados, lo que impide que actúe de forma más eficaz.

    (16)

    El sector bancario austriaco ha resistido, pero se enfrenta aún a varios desafíos, tanto a escala nacional como respecto a las exposiciones extranjeras vulnerables. La capitalización de la banca siguió mejorando en 2014, pero la rentabilidad de los bancos austriacos ha permanecido bajo presión. Cinco de las seis mayores entidades de crédito austriacas han superado en 2014 la evaluación global del BCE (la única excepción es el Österreichische Volksbanken, ÖVAG). Austria ha realizado considerables avances en la reestructuración del ÖVAG y del Hypo Group Alpe Adria (HGAA).

    (17)

    En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Austria y lo ha publicado en el informe específico de 2015. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Austria en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y la política socioeconómica de Austria, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión Europea haciendo aportaciones a escala de la UE a las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación.

    (18)

    A la luz de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad y su dictamen (6) se refleja, particularmente, en la recomendación 1 que figura a continuación.

    (19)

    En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión también ha efectuado un análisis de la política económica de la zona del euro en su conjunto. A tenor de este análisis, el Consejo ha formulado recomendaciones específicas destinadas a los Estados miembros cuya moneda es el euro (7). Como país cuya moneda es el euro, Austria debe asimismo asegurar la plena aplicación de estas recomendaciones dentro de los plazos previstos,

    RECOMIENDA que Austria tome medidas en 2015 y 2016 a fin de:

    1.

    Evitar una desviación del objetivo presupuestario a medio plazo en 2015 y 2016. Garantizar la neutralidad presupuestaria de la reforma fiscal encaminada a reducir la presión fiscal sobre el trabajo. Corregir las discrepancias entre la financiación y las responsabilidades en materia de gasto de los distintos niveles de la Administración. Adoptar medidas para mejorar la sostenibilidad a largo plazo del sistema de pensiones, en particular adelantando la armonización de la edad legal de jubilación de hombres y mujeres, así como vinculando la edad legal de jubilación a la esperanza de vida.

    2.

    Reforzar las medidas destinadas a aumentar la participación de los trabajadores de más edad y de las mujeres en el mercado laboral, en particular mediante la mejora de la prestación de los servicios de guardería y de asistencia de larga duración. Tomar medidas para mejorar el nivel de formación de los jóvenes desfavorecidos.

    3.

    Eliminar los obstáculos desproporcionados a los que se enfrentan los prestadores de servicios, así como las barreras para la creación de empresas interdisciplinarias.

    4.

    Abordar las posibles vulnerabilidades del sector financiero en términos de exposición extranjera y de insuficiente calidad de los activos.

    Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2015.

    Por el Consejo

    El Presidente

    P. GRAMEGNA


    (1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

    (2)  Mantenidas por la Decisión 2014/322/UE del Consejo, de 6 de mayo de 2014, sobre directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros para 2014 (DO L 165 de 4.6.2014, p. 49).

    (3)  Recomendación del Consejo, de 8 de julio de 2014, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2014 de Austria y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Austria para 2014 (DO C 247 de 29.7.2014, p. 92).

    (4)  Reglamento (UE) no 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo de los Estados miembros de la zona del euro (DO L 140 de 27.5.2013, p. 11).

    (5)  Reglamento (UE) no 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).

    (6)  Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1466/97.

    (7)  DO C 272 de 18.8.2015, p. 98.


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