Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32014B0542

    2014/542/UE, Euratom: Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 2014 , sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, sección I — Parlamento Europeo

    DO L 266 de 5.9.2014, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2012

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/542/oj

    5.9.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 266/1


    DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

    de 3 de abril de 2014

    sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, sección I — Parlamento Europeo

    (2014/542/UE, Euratom)

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012 (1),

    Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2012 [COM(2013) 570 – C7-0274/2013] (2),

    Visto el Informe sobre la gestión presupuestaria y financiera correspondiente al ejercicio 2012, sección I — Parlamento Europeo (3),

    Visto el Informe anual del auditor interno para el ejercicio 2012,

    Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de las instituciones (4),

    Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones subyacentes (5), presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2012, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vistos el artículo 314, apartado 10, y el artículo 318 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

    Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6), y, en particular, sus artículos 145, 146 y 147,

    Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (7), y en particular sus artículos 164, 165 y 166,

    Visto el artículo 13 de las Normas internas de ejecución del presupuesto del Parlamento Europeo (8),

    Visto el artículo 166, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012, conforme al cual todas y cada una de las instituciones de la Unión han de hacer todo lo posible por dar curso a las observaciones adjuntas a la decisión del Parlamento Europeo sobre aprobación de la gestión presupuestaria,

    Vista su Resolución de 9 de marzo de 2011 sobre las orientaciones para el procedimiento presupuestario 2012 — Secciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X (9),

    Vista su Resolución, de 6 de abril de 2011, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2012 — Sección I — Parlamento (10),

    Vistos el artículo 77, el artículo 80, apartado 3, y el anexo VI de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0246/2014),

    A.

    Considerando que la auditoría del Tribunal de Cuentas afirma que, en lo que respecta al gasto administrativo en 2012, todas las instituciones aplicaron de forma satisfactoria los sistemas de control y supervisión exigidos por el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002;

    B.

    Considerando que el Secretario General declaró el 6 de septiembre de 2013 que consideraba razonablemente garantizado que el presupuesto del Parlamento se había ejecutado conforme a los principios de buena gestión financiera y que el marco de control creado proporciona las garantías requeridas en cuanto a la legalidad y la regularidad de las transacciones en cuestión;

    C.

    Considerando que el Secretario General declaró asimismo no tener conocimiento de ningún hecho que no se haya declarado que pudiera dañar los intereses de la institución;

    1.

    Concede a su Presidente la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Parlamento Europeo para el ejercicio 2012;

    2.

    Presenta sus observaciones en su Resolución de 16 de abril de 2014 (11);

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Defensor del Pueblo Europeo y al Supervisor Europeo de Protección de Datos, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

    El Presidente

    Martin SCHULZ

    El Secretario General

    Klaus WELLE


    (1)  DO L 56 de 29.2.2012.

    (2)  DO C 334 de 15.11.2013, p. 1.

    (3)  DO C 188 de 29.6.2013, p. 1.

    (4)  DO C 331 de 14.11.2013, p. 1.

    (5)  DO C 334 de 15.11.2013, p. 122.

    (6)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

    (7)  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

    (8)  PE 349.540/Bur/An./def.

    (9)  DO C 199 E de 7.7.2012, p. 90.

    (10)  DO C 296 E de 2.10.2012, p. 226.

    (11)  Textos aprobados, P7_TA(2014)0428 (véase la página 1 del presente Diario Oficial).


    Top