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Document 32013R1006
Commission Implementing Regulation (EU) No 1006/2013 of 18 October 2013 concerning the authorisation of L-cystine as a feed additive for all animal species Text with EEA relevance
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 1006/2013 de la Comisión, de 18 de octubre de 2013 , relativo a la autorización de L-cistina como aditivo en piensos para todas las especies animales Texto pertinente a efectos del EEE
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 1006/2013 de la Comisión, de 18 de octubre de 2013 , relativo a la autorización de L-cistina como aditivo en piensos para todas las especies animales Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 279 de 19.10.2013, p. 59–60
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
19.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 279/59 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1006/2013 DE LA COMISIÓN
de 18 de octubre de 2013
relativo a la autorización de L-cistina como aditivo en piensos para todas las especies animales
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) no 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para conceder dicha autorización. |
(2) |
Se ha presentado una solicitud de autorización de L-cistina como aditivo en piensos en el grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos», de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003. Esta solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003. |
(3) |
La solicitud se refiere a la autorización de L-cistina como aditivo en piensos para todas las especies de animales, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos nutricionales». |
(4) |
En su dictamen de 13 de marzo de 2013 (2), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, la L-cistina no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente, y que se puede considerar eficaz por lo que se refiere a la contribución para cumplir los requisitos de los aminoácidos que contienen azufre en relación con todas las especies animales. La Autoridad no considera que sean necesarias exigencias específicas de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) no 1831/2003. |
(5) |
La evaluación de esta sustancia muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de dicha sustancia según lo especificado en el anexo del presente Reglamento. |
(6) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal de la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos nutricionales» y al grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de octubre de 2013.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(2) EFSA Journal (2013); 11(4):3173.
ANEXO
Número de identificación del aditivo |
Nombre del titular de la autorización |
Aditivo |
Composición, fórmula química, descripción y método analítico |
Especie animal o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Final del período de autorización |
||||||||||||||
mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % |
|||||||||||||||||||||||
Categoría de aditivos nutricionales. Grupo funcional: aminoácidos, sus sales y análogos |
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3c391 |
— |
L-cistina |
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Todas las especies animales |
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— |
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8 de noviembre de 2023 |
(1) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: http://irmm.jrc.ec.europa.eu/EURLs/EURL_feed_additives/authorisation/evaluation_reports/Pages/index.aspx.