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Document 32012H0724(09)

    Recomendación del Consejo, de 10 de julio de 2012 , relativa al Programa Nacional de Reforma de 2012 de Francia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Francia para 2012-2016

    DO C 219 de 24.7.2012, p. 31–34 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    24.7.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 219/31


    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    de 10 de julio de 2012

    relativa al Programa Nacional de Reforma de 2012 de Francia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Francia para 2012-2016

    2012/C 219/09

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

    Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 2,

    Visto el Reglamento (CE) no 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y, en particular, su artículo 6, apartado 1,

    Vista la recomendación de la Comisión Europea,

    Vistas las conclusiones del Consejo Europeo,

    Visto el dictamen del Comité de Empleo,

    Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 26 de marzo de 2010, el Consejo Europeo aprobó la propuesta de la Comisión de iniciar una nueva estrategia para el empleo y el crecimiento —Estrategia Europa 2020—, que se basa en una mayor coordinación de las políticas económicas y se centra en los ámbitos fundamentales en que se requiere actuar para fomentar el potencial de crecimiento sostenible y competitividad de la economía europea.

    (2)

    El 13 de julio de 2010, el Consejo aprobó una recomendación sobre directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión (para el período 2010-2014) y, el 21 de octubre de 2010, una decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (3), que juntas forman las «orientaciones integradas». Se ha invitado a los Estados miembros a tener en cuenta las orientaciones integradas en sus políticas económicas y de empleo.

    (3)

    El 12 de julio de 2011, el Consejo aprobó una recomendación (4) relativa al Programa Nacional de Reforma de Francia para 2011 y emitió su dictamen sobre el Programa de Estabilidad actualizado de Francia para 2011-2014.

    (4)

    El 23 de noviembre de 2011, la Comisión adoptó el segundo Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, iniciando así el segundo Semestre Europeo de coordinación integrada ex ante de las políticas económicas, en el marco de la Estrategia Europa 2020. El 14 de febrero de 2012, la Comisión adoptó, sobre la base del Reglamento (UE) no 1176/2011, el informe sobre el mecanismo de alerta, en el que se señalaba a Francia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo.

    (5)

    El 1 de diciembre de 2011, el Consejo adoptó unas conclusiones en las que instaba al Comité de Protección Social, en cooperación con el Comité de Empleo y otros comités, a que presentase sus puntos de vista sobre las medidas recomendadas en el ciclo estratégico Europa 2020. Dichos puntos de vista forman parte del dictamen del Comité de Empleo.

    (6)

    El Parlamento Europeo ha sido debidamente asociado al Semestre Europeo, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1466/97, y, el 15 de febrero de 2012, adoptó sendas resoluciones sobre empleo y aspectos sociales en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012 y sobre la contribución al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012.

    (7)

    El 2 de marzo de 2012, el Consejo Europeo aprobó las prioridades para garantizar la estabilidad financiera, la consolidación presupuestaria y una actuación dirigida a fomentar el crecimiento. El Consejo Europeo hizo hincapié en la necesidad de proseguir un saneamiento presupuestario diferenciado y favorable al crecimiento, restaurar la normalidad en la concesión de crédito, promover el crecimiento y la competitividad, combatir el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis, y modernizar la administración pública.

    (8)

    El 2 de marzo de 2012, el Consejo Europeo invitó asimismo a los Estados miembros participantes en el Pacto por el Euro Plus a presentar sus compromisos con la debida antelación para su inclusión en sus programas de estabilidad o de convergencia y en sus programas nacionales de reforma.

    (9)

    El 4 de mayo de 2012, Francia presentó su Programa de Estabilidad actualizado relativo al período 2012-2016, y, el 13 de abril de 2012, su Programa Nacional de Reforma de 2012. Con objeto de tener en cuenta sus interrelaciones, ambos Programas se han evaluado al mismo tiempo. La Comisión ha evaluado también, en un examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) no 1176/2011, si Francia presenta desequilibrios macroeconómicos. La Comisión concluyó que Francia está experimentando desequilibrios, si bien no son excesivos.

    (10)

    Partiendo de la evaluación del Programa de Estabilidad realizada de conformidad con el Reglamento (CE) no 1466/97, el Consejo considera que el escenario macroeconómico en que se basan las previsiones presupuestarias del Programa es optimista. Según las previsiones de primavera de 2012 de los servicios de la Comisión, el PIB crecerá un 0,5 % en 2012 y un 1,3 % en 2013, frente a un 0,7 % y un 1,75 %, respectivamente, según el Programa de Estabilidad. Tras haberse registrado un déficit inferior a lo previsto, del 5,2 % del PIB en 2011, el Programa de Estabilidad prevé reducirlo al 3 % en 2013, plazo fijado por el Consejo para corregir el déficit excesivo, y proseguir el saneamiento en los siguientes años, alcanzándose un presupuesto equilibrado en 2016. Se prevé que el objetivo presupuestario a medio plazo, consistente en un presupuesto equilibrado en términos estructurales, se alcance en el período cubierto por el Programa de Estabilidad. El objetivo presupuestario a medio plazo refleja adecuadamente las exigencias del Pacto de estabilidad y crecimiento. Sobre la base del saldo presupuestario estructural (recalculado) (5), el ajuste presupuestario medio anual previsto en 2010-2013 se corresponde con la recomendación del Consejo de 2 de diciembre de 2009. Según las previsiones, deberían realizarse avances anuales en términos estructurales equivalentes al 0,7 % del PIB para alcanzar el OMP en 2014-2016. Según el Programa de Estabilidad, la tasa de crecimiento del gasto público, teniendo en cuenta las medidas discrecionales relativas a los ingresos, se atiene al índice de referencia del gasto del Pacto de estabilidad y crecimiento. La trayectoria de ajuste presentada en el Programa de Estabilidad está sujeta a riesgos. El escenario macroeconómico podría ser menos favorable que lo que indican las previsiones de primavera de 2012 de los servicios de la Comisión.

    Las medidas para alcanzar los objetivos a partir de 2013 y para llegar al ajuste presupuestario anual medio recomendado no son lo suficientemente precisas. Además, los resultados de Francia respecto al cumplimiento de los objetivos de gasto son dispares. Por consiguiente, no puede garantizarse que el déficit excesivo se corregirá para 2013, salvo que las medidas previstas se definan suficientemente y se apliquen otras complementarias en caso necesario. La tasa de endeudamiento, que en 2011 correspondía al 85,8 % del PIB, debería alcanzar el 89,2 % en 2013 y bajar al 83,2 % en 2016. Según el Programa de Estabilidad, el índice de referencia de reducción de la deuda se alcanzará al final del período de transición (2016).

    (11)

    Si bien se han adoptado medidas adicionales de saneamiento en el segundo semestre de 2011 y en febrero de 2012, la aplicación del saneamiento presupuestario sigue siendo un desafío de talla. Para restablecer una situación presupuestaria sostenible es indispensable evitar desviaciones en los gastos intensificando el ajuste presupuestario sobre la base de medidas claramente definidas. Además, Francia debería aprovechar las ocasiones que se presenten para acelerar la reducción del déficit con el fin de facilitar la corrección del excesivo déficit tal como está previsto. Por lo que respecta a la sostenibilidad de la hacienda pública a largo plazo y la adecuación de las pensiones futuras, la reforma de las pensiones de 2010 se está aplicando gradualmente. Sin embargo, no es seguro que el sistema esté equilibrado para 2018 según lo previsto si el empleo y el crecimiento son inferiores a lo previsto, por lo que es probable que el sistema sea deficitario con posterioridad a 2020. Además, el comité de dirección recién creado, que se instauró para publicar un dictamen anual sobre la situación financiera de los distintos regímenes de pensiones y las condiciones necesarias para garantizar el equilibrio de las cuentas no más tarde de 2018, no emitió su dictamen en 2011, dificultando la evaluación de la viabilidad del régimen de pensiones.

    (12)

    Para mejorar el funcionamiento del mercado laboral francés se debería reducir aún más su segmentación. El contrato de seguridad profesional (CSP), instaurado por la ley de julio de 2011 y que fusiona dos contratos ya existentes, prevé que en caso de despidos económicos, las cargas de las actividades de orientación recaigan en los servicios públicos de empleo (Pôle emploi). Es un paso positivo pero limitado. También se han adoptado, o se están debatiendo, varias medidas para proporcionar a las empresas que tienen que hacer frente a dificultades temporales una organización flexible del trabajo. Sin embargo, estas medidas no se ocupan específicamente de la segmentación del mercado laboral. Además, el examen de la legislación para la protección del empleo muestra que los procedimientos de despido siguen generando incertidumbre y costes potencialmente importantes para las empresas. Por último, es importante garantizar que cualquier evolución del salario mínimo favorezca el empleo, en particular de los trabajadores poco cualificados y sin experiencia.

    (13)

    Tras la reforma de las pensiones, las medidas adoptadas para fomentar el empleo de trabajadores de más edad, incluida la obligación de que las empresas pongan en marcha una gestión activa de la edad, son pasos en la buena dirección. Sin embargo, el plan de actuación correspondiente carece, en líneas generales, de ambición y no incluye medidas tales como la reducción del tiempo de trabajo ni la oferta de empleos adaptados específicamente a los trabajadores de más edad. Además, ciertos aspectos del sistema de prestaciones por desempleo para los trabajadores de más edad (duración) pueden ser solo unos incentivos limitados para el trabajo. Por último, hace falta una estrategia más ambiciosa en el ámbito del aprendizaje de adultos, con el fin de incrementar la empleabilidad de la mano de obra adulta.

    (14)

    Para hacer frente al desempleo de los jóvenes, las autoridades francesas se han comprometido a incrementar el número de contratos de aprendizaje de 600 000 a 800 000 de aquí a 2015. En 2011 y 2012 se introdujeron varias medidas para incrementar la cuota de aprendices en las empresas y reforzar las penalizaciones a las empresas que no cumplieran. A pesar de estas medidas, el número total de contratos de aprendizaje sigue lejos del objetivo. Parece necesario reforzar la correspondencia entre las necesidades de los jóvenes y las de las empresas. Por lo tanto, las políticas que se ocupan del desempleo de los jóvenes saldrían beneficiadas si las enseñanzas que se dispensan en el sistema educativo guardasen una mayor consonancia con las necesidades del mercado laboral.

    (15)

    La fusión de los servicios de colocación para demandantes de empleo (ANPE) y la agencia de prestaciones por desempleo (UNEDIC) en un organismo único (Pôle emploi) todavía no ha dado los resultados esperados en términos de eficacia y calidad de los servicios. El nuevo acuerdo tripartito plurianual firmado en enero de 2012 (entre el Gobierno, los interlocutores sociales y Pôle emploi) sobre el funcionamiento y los servicios del Pôle emploi para 2012-2014 es un paso en la buena dirección. Sin embargo, todavía debe fijarse una serie de objetivos, lo que hace difícil en este momento valorar la ambición de la reforma. Su credibilidad se ve también empañada por las limitaciones presupuestarias y de recursos humanos de los servicios públicos de empleo.

    (16)

    En febrero de 2012 Francia aprobó un incremento del IVA de 1,6 puntos porcentuales, para situarlo en el 21,2 %, y un aumento de 2 puntos en las contribuciones sociales sobre rentas y plusvalías de capital, hasta el 15,5 %, para compensar unas contribuciones sociales más bajas de las empresas. El nuevo gobierno ha anunciado su intención de revisar dicha medida y de adoptar una reforma fiscal durante 2012. Es una medida apropiada para introducir un sistema tributario más equilibrado que atenúe la fiscalidad sobre el trabajo. Tal como se ha señalado en el examen exhaustivo sobre los desequilibrios macroeconómicos efectuados por los servicios de la Comisión, ello podría contribuir a mejorar la competitividad de los costes de las exportaciones francesas, con posibles efectos positivos sobre la rentabilidad de las empresas y, a largo plazo, sobre las inversiones y la competitividad no basada en los precios. No obstante, el enfoque de la reforma es demasiado estrecho. Además, si bien se han hecho esfuerzos para reducir los gastos tributarios, han ido acompañados de subidas de tipos que tienden a incrementar las ya elevadas cargas fiscales sobre el trabajo. La proporción correspondiente a los impuestos medioambientales dentro de los ingresos fiscales de Francia es la segunda más baja de la UE, lo que indica un amplio margen para incrementar dichos impuestos. Por último, aunque Francia evaluó en 2011 la eficiencia de diferentes gastos fiscales a la hora de alcanzar sus objetivos de empleo o sociales, sigue pendiente, en particular, la evaluación de algunos tipos reducidos del IVA.

    (17)

    Si bien se han aprobado ciertas reformas para simplificar el entorno empresarial y eliminar restricciones en algunos sectores y profesiones reguladas, estas no han servido para abordar los obstáculos de entrada y las condiciones de comportamiento restrictivo en otros muchos (por ejemplo, veterinarios, sector del taxi, de la salud y profesiones jurídicas, incluidos los notarios). En consecuencia, se hace necesaria una revisión más horizontal y sistemática de las restricciones a la entrada y de comportamiento que siguen existiendo en las profesiones reguladas para valorar su necesidad y su proporcionalidad. En lo que respecta al sector de la venta minorista, se debe permitir que los distribuidores fijen libremente los precios y otras condiciones comerciales de forma que los consumidores puedan beneficiarse de unos precios más bajos. Los consumidores también se beneficiarían de otras medidas para fomentar la competencia en este sector altamente concentrado, tales como la supresión o la revisión de las restricciones en la ordenación del espacio y la simplificación de los procedimientos para crear nuevos puntos de distribución.

    (18)

    Se debe reforzar la intensidad de la competencia en cierto número de industrias de redes (mercado mayorista de la electricidad, sector ferroviario) ya que, hasta la fecha, los resultados de las reformas emprendidas en estos sectores solo han sido parciales. El grado de concentración en el mercado de la electricidad sigue siendo uno de los más elevados de la Unión. Si bien la ley sobre la nueva organización del mercado de la electricidad (Ley NOME) ha tenido un efecto positivo sobre la competencia, es necesario tomar más medidas para mejorar el acceso de otros operadores con capacidad de generación en Francia, como por ejemplo la generación hidráulica de electricidad. Respecto al transporte ferroviario, la entrada de nuevas empresas sigue siendo limitada tanto en el transporte de carga como en el internacional de pasajeros. En el caso de la carga, sobreviven también barreras técnicas al acceso no discriminatorio.

    (19)

    La cuota de mercado del sector exportador francés ha disminuido un 19,4 % entre 2005 y 2010, uno de los mayores descensos entre los Estados miembros, y es muy superior al umbral contemplado en el informe sobre el mecanismo de alerta publicado por la Comisión el 14 de febrero de 2012. En su examen exhaustivo sobre Francia, los servicios de la Comisión han llegado a la conclusión de que las pérdidas en las cuotas de mercado del sector exportador están originadas por un deterioro de la competitividad de costes y de la no relacionada con los precios, en particular esta última. El incremento de los costes laborales unitarios, en particular, ha pesado sobre la rentabilidad de las empresas francesas y ha limitado su capacidad para crecer, para hacer las inversiones necesarias para mejorar sus resultados y para innovar. Las iniciativas adoptadas para estimular la innovación en el sector privado deben vigilarse y complementarse con medidas para restaurar la rentabilidad de las empresas francesas.

    (20)

    Francia ha contraído una serie de compromisos en el marco del Pacto por el Euro Plus. Estos compromisos, y el cumplimiento de los compromisos presentados en 2011, se refieren al aumento del empleo, la mejora de la competitividad y el refuerzo de la sostenibilidad de la hacienda pública. La Comisión ha evaluado el cumplimiento de los compromisos contraídos en el marco del Pacto por el Euro Plus. Los resultados de dicha evaluación se han tenido en cuenta en las recomendaciones.

    (21)

    En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha realizado un análisis global de la política económica de Francia. Ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reforma y ha presentado un examen exhaustivo. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y la política socioeconómica de Francia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica global de la Unión incluyendo aportaciones de la Unión en las futuras decisiones nacionales. Sus recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación.

    (22)

    A la luz de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (6) se refleja, particularmente, en la recomendación 1 que figura a continuación.

    (23)

    A la luz de los resultados del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reforma y su Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) no 1176/2011, se reflejan, en particular, en las recomendaciones 2, 4 y 5 que figuran a continuación.

    RECOMIENDA que Francia tome medidas en el período 2012-2013 a fin de:

    1.

    Reforzar y aplicar la estrategia presupuestaria, apoyada por medidas suficientemente definidas, en particular por cuanto atañe al gasto, con respecto a 2012 y años posteriores para garantizar una corrección del excesivo déficit para 2013 y alcanzar el esfuerzo del ajuste estructural formulado en las recomendaciones del Consejo en el marco del procedimiento de déficit excesivo. A continuación, garantizar un esfuerzo de ajuste estructural adecuado para avanzar hacia la consecución del objetivo presupuestario a medio plazo, en particular, el índice de referencia del gasto, y garantizar un avance suficiente hacia el cumplimiento del índice de referencia de reducción de la deuda. Seguir examinando la sostenibilidad y la adecuación del sistema de pensiones y adoptar medidas suplementarias, en su caso.

    2.

    Introducir nuevas reformas para luchar contra la segmentación del mercado de trabajo mediante una revisión de aspectos concretos de la legislación sobre protección del empleo, de acuerdo con las prácticas nacionales de consulta a los interlocutores sociales, en particular en lo que respecta a los despidos. Seguir garantizando que toda adaptación del salario mínimo redunde en beneficio de la creación de empleo y la competitividad; tomar medidas para incrementar la participación de los adultos en el aprendizaje permanente.

    3.

    Adoptar medidas en el mercado laboral para garantizar que se prolongue la vida laboral de los trabajadores de más edad; mejorar la empleabilidad de los jóvenes, especialmente de aquellos que corren un riesgo de desempleo mayor, ofreciéndoles, por ejemplo, más y mejores regímenes de contratos de aprendizaje que respondan con efectividad a sus necesidades. Intensificar las políticas activas en el mercado laboral y garantizar que los servicios públicos de empleo sean más eficaces al prestar una ayuda individualizada.

    4.

    Dar nuevos pasos para introducir un nuevo sistema tributario más simple y equilibrado, desplazando la carga fiscal del trabajo a otras formas de fiscalidad que pesen menos sobre el crecimiento y la competitividad exterior, en particular la fiscalidad medioambiental y sobre el consumo. Proseguir los esfuerzos para reducir y racionalizar los gastos fiscales (sobre todo los que incentivan el endeudamiento); examinar si los actuales tipos reducidos del IVA favorecen el crecimiento y la creación de empleo.

    5.

    Proseguir los esfuerzos para eliminar las restricciones injustificadas en los sectores y las profesiones reguladas, en particular en los sectores de servicios y de comercio minorista. Dar nuevos pasos para liberalizar las industrias de redes, en particular en el mercado mayorista de electricidad, desarrollar la capacidad de interconexión en el sector energético y facilitar la entrada de nuevos operadores en los sectores de transporte ferroviario de carga e internacional de pasajeros.

    Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2012.

    Por el Consejo

    El Presidente

    V. SHIARLY


    (1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

    (2)  DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.

    (3)  Mantenidas para 2012 mediante la Decisión 2012/238/UE del Consejo, de 26 de abril de 2012, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (DO L 119 de 4.5.2012, p. 47).

    (4)  DO C 213 de 20.7.2011, p. 8.

    (5)  Saldo ajustado en función del ciclo, una vez excluidas las medidas puntuales y otras de carácter temporal, recalculado por los servicios de la Comisión sobre la base de la información contenida en el programa, utilizando el método generalmente acordado.

    (6)  De conformidad con el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1466/97.


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