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Document 32012D0200
2012/200/EU: Commission Decision of 18 April 2012 amending Decision 2004/452/EC laying down a list of bodies whose researchers may access confidential data for scientific purposes (notified under document C(2012) 2291) Text with EEA relevance
2012/200/UE: Decisión de la Comisión, de 18 de abril de 2012 , que modifica la Decisión 2004/452/CE, por la que se establece una lista de organismos cuyos investigadores pueden acceder, con fines científicos, a datos confidenciales [notificada con el número C(2012) 2291] Texto pertinente a efectos del EEE
2012/200/UE: Decisión de la Comisión, de 18 de abril de 2012 , que modifica la Decisión 2004/452/CE, por la que se establece una lista de organismos cuyos investigadores pueden acceder, con fines científicos, a datos confidenciales [notificada con el número C(2012) 2291] Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 108 de 20.4.2012, p. 37–39
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
20.4.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 108/37 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 18 de abril de 2012
que modifica la Decisión 2004/452/CE, por la que se establece una lista de organismos cuyos investigadores pueden acceder, con fines científicos, a datos confidenciales
[notificada con el número C(2012) 2291]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2012/200/UE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea (1), y, en particular, su artículo 23,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) no 831/2002 de la Comisión, de 17 de mayo de 2002, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 322/97 del Consejo sobre la estadística comunitaria en lo relativo al acceso con fines científicos a datos confidenciales (2), establece, con objeto de permitir extraer conclusiones estadísticas con fines científicos, las condiciones en que puede concederse el acceso a datos confidenciales transmitidos a la autoridad de la UE y las reglas de cooperación entre la Unión y las autoridades nacionales para facilitar este acceso. |
(2) |
La Decisión 2004/452/CE de la Comisión (3) establece una lista de organismos cuyos investigadores pueden acceder, con fines científicos, a datos confidenciales. |
(3) |
La University of Johannesburg (Sudáfrica); la University of Massachusetts (Massachusetts, Estados Unidos de América); el presidente y los demás miembros de la dirección del Harvard College (Massachusetts, Estados Unidos de América); la Unidad de Economía del Cambio Climático, del Instituto de Energía y Transporte de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea; la Unidad de la Sociedad de la Información de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea; la Unidad de Agricultura y Biología en la Economía de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea; la Unidad de Producción y Consumo Sostenibles de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea, y la Unidad de Análisis Social de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea deben considerarse organismos que cumplen las condiciones requeridas y, por tanto, deben incluirse en la lista de agencias, organizaciones e instituciones mencionada en el artículo 3, apartado 1, letra e), del Reglamento (CE) no 831/2002. |
(4) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del sistema estadístico europeo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2004/452/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2012.
Por la Comisión
Algirdas ŠEMETA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 87 de 31.3.2009, p. 164.
(2) DO L 133 de 18.5.2002, p. 7.
(3) DO L 156 de 30.4.2004, p. 1.
ANEXO
«ANEXO
ORGANISMOS CUYOS INVESTIGADORES PUEDEN ACCEDER, CON FINES CIENTÍFICOS, A DATOS CONFIDENCIALES
Banco Central Europeo
Banco Central de España
Banco Central de Italia
Cornell University (Nueva York, Estados Unidos de América)
Department of Political Science, Baruch College, New York City University (Nueva York, Estados Unidos de América)
Banco Central de Alemania
Unidad de Análisis del Empleo de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea
Tel Aviv University (Israel)
Banco Mundial
Center of Health and Wellbeing (CHW), Woodrow Wilson School of Public and International Affairs, Princeton University (Nueva Jersey, Estados Unidos de América)
The University of Chicago, UofC (Illinois, Estados Unidos de América)
Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE)
Family and Labour Studies Division, Statistics Canada, Ottawa (Ontario, Canadá)
Unidad de Econometría y Apoyo Estadístico a la Lucha contra el Fraude (ESAF) del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea
Unidad de Apoyo al Espacio Europeo de la Investigación (SERA) del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea
Canada Research Chair, School of Social Science, Atkinson Faculty of Liberal and Professional Studies at York University (Ontario, Canadá)
University of Illinois at Chicago, UIC (Illinois, Estados Unidos de América)
Rady School of Management at the University of California, San Diego (California, Estados Unidos de América)
Direction de l’Animation de la Recherche, des Études et des Statistiques, DARES, Ministerio de Trabajo, Relaciones Sociales y Solidaridad (París, Francia)
The Research Foundation of State University of New York, RFSUNY, Albany (Nueva York, Estados Unidos de América)
Eläketurvakeskus, ETK (Finlandia)
Direction de la Recherche, des Études, de l’Évaluation et des Statistiques, DREES, bajo la autoridad conjunta del Ministerio de Diálogo Social y Solidaridad, el Ministerio de Sanidad, Juventud y Deporte y el Ministerio del Presupuesto, las Cuentas Públicas y la Reforma del Estado (París, Francia)
Duke University, DUKE (Carolina del Norte, Estados Unidos)
Kansaneläkelaitos, KELA (Finlandia)
Hebrew University of Jerusalem, HUJI (Israel)
Federal Public Service Social Security (Bélgica)
Sabanci University (Tuzla/Estambul,Turquía)
McGill University, Montreal (Québec, Canadá)
Dirección de Servicio Económico y Reformas Estructurales de la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros de la Comisión Europea
Unidad de Protección Social y Estrategia de Protección e Inclusión Social de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea
Instituto de Estudios Fiscales (IEF) (Madrid, España)
University of Johannesburg (Sudáfrica)
University of Massachusetts (Massachusetts, Estados Unidos de América)
Presidente y demás miembros de la dirección del Harvard College (Massachusetts, Estados Unidos de América)
Unidad de Economía del Cambio Climático del Instituto de Energía y Transporte de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea
Unidad de la Sociedad de la Información de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea
Unidad de Agricultura y Biología en la Economía de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea
Unidad de Producción y Consumo Sostenibles de la Dirección General del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea
Unidad de Análisis Social de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea»