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Document 32011D0838

2011/838/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 13 de diciembre de 2011 , por la que se modifica la Decisión 2008/855/CE en lo que respecta al período de aplicación de las medidas de control de sanidad veterinaria relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros [notificada con el número C(2011) 9128] Texto pertinente a efectos del EEE

DO L 332 de 15.12.2011, p. 13–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 15/12/2013; derogado por 32013D0764

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2011/838/oj

15.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 332/13


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 13 de diciembre de 2011

por la que se modifica la Decisión 2008/855/CE en lo que respecta al período de aplicación de las medidas de control de sanidad veterinaria relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros

[notificada con el número C(2011) 9128]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2011/838/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 4,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y, en particular, su artículo 10, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

En la Decisión 2008/855/CE de la Comisión, de 3 de noviembre de 2008, sobre las medidas de control de sanidad veterinaria relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros (3), se establecen determinadas medidas de control aplicables en relación con la peste porcina clásica en los Estados miembros o regiones de los mismos enumerados en el anexo de la citada Decisión.

(2)

La Decisión 2008/855/CE es aplicable hasta el 31 de diciembre de 2011. Habida cuenta de la situación de la enfermedad, en particular en lo que respecta a los jabalíes en determinadas zonas de Bulgaria, Alemania, Hungría y Rumanía, conviene prorrogar el período de aplicación de dicha Decisión hasta el 31 de diciembre de 2013.

(3)

Procede, por tanto, modificar la Decisión 2008/855/CE en consecuencia.

(4)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 15 de la Decisión 2008/855/CE, la fecha «31 de diciembre de 2011» se sustituye por «31 de diciembre de 2013».

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2011.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.

(2)  DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(3)  DO L 302 de 13.11.2008, p. 19.


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