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Document 32011A1221(02)

Dictamen de la Comisión, de 20 de diciembre de 2011 , relativo al plan de evacuación de residuos radiactivos procedentes del almacén para residuos de muy baja radiactividad contiguo al emplazamiento de la central nuclear de Ignalina, en Lituania, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom

DO C 373 de 21.12.2011, p. 3–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

21.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 373/3


DICTAMEN DE LA COMISIÓN

de 20 de diciembre de 2011

relativo al plan de evacuación de residuos radiactivos procedentes del almacén para residuos de muy baja radiactividad contiguo al emplazamiento de la central nuclear de Ignalina, en Lituania, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom

(El texto en lengua lituana es el único auténtico)

2011/C 373/02

La evaluación que figura a continuación se realiza conforme a las disposiciones del Tratado Euratom, sin perjuicio de que se realice cualquier otra evaluación conforme al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y las obligaciones resultantes de él y del Derecho derivado.

El 16 de junio de 2011, la Comisión Europea recibió del Gobierno de Lituania, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales relativos al plan de evacuación de los residuos radiactivos procedentes del almacén de residuos de muy baja radiactividad, situado junto al emplazamiento de la central nuclear de Ignalina.

Sobre la base de esos datos y de la información adicional solicitada por la Comisión el 6 de julio de 2011 y aportada por las autoridades lituanas el 1 de agosto de 2011, y previa consulta al grupo de expertos, la Comisión ha elaborado el siguiente dictamen:

1)

La distancia entre la instalación y el punto más cercano de otro Estado miembro, en este caso Letonia, es de 8 km. El siguiente Estado miembro en cuanto a proximidad es Polonia, que se encuentra a una distancia aproximada de 250 km. El país vecino más próximo, la República de Belarús, se encuentra a una distancia de 5 km.

2)

Durante el período operativo del almacén:

los residuos radiactivos serán acumulados en él sin intención de recuperarlos,

el almacén no estará sujeto a una autorización de vertido de efluentes radiactivos líquidos y gaseosos; en condiciones normales de funcionamiento, del almacén emanarán gases radiactivos y podrán escaparse lixiviados radiactivos en cantidades mínimas, aunque no es probable que afecten a la salud de la población de otro Estado miembro o país vecino,

en caso de liberación imprevista de efluentes radiactivos debido a un accidente del tipo y magnitud previstos en los datos generales, las dosis de exposición que probablemente recibiría la población de otro Estado miembro o país vecino no serían significativas desde el punto de vista sanitario.

3)

Tras el cierre definitivo del almacén:

Las medidas previstas para el cierre definitivo del almacén, conforme a su descripción en los datos generales, permiten confiar en la validez a largo plazo de las conclusiones del punto 2.

Por consiguiente, la Comisión considera que la ejecución del plan de evacuación de los residuos radiactivos, en cualquiera de sus formas, procedentes del almacén de residuos de muy baja radiactividad situado junto al emplazamiento de la central nuclear de Ignalina, en Lituania, tanto durante su período de funcionamiento normal como después de su cierre definitivo o en caso de un accidente del tipo y magnitud previstos en los datos generales, no es probable que dé lugar a una contaminación radiactiva del agua, el suelo o el espacio aéreo de otro Estado miembro o país vecino;

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2011.

Por la Comisión

Günther OETTINGER

Miembro de la Comisión


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