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Document 32008E0160

    Posición Común 2008/160/PESC del Consejo, de 25 de febrero de 2008 , relativa a la adopción de medidas restrictivas respecto de los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldova

    DO L 51 de 26.2.2008, p. 23–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 27/02/2011: This act has been changed. Current consolidated version: 16/02/2009

    ELI: http://data.europa.eu/eli/compos/2008/160/oj

    26.2.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 51/23


    POSICIÓN COMÚN 2008/160/PESC DEL CONSEJO

    de 25 de febrero de 2008

    relativa a la adopción de medidas restrictivas respecto de los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldova

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 15,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 27 de febrero de 2003, el Consejo adoptó la Posición Común 2003/139/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas respecto de los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldova (1). La Posición Común 2004/179/PESC del Consejo (2), de 23 de febrero de 2004, prorrogó dichas medidas (restricciones de admisión). Dichas medidas expiran el 27 de febrero de 2008.

    (2)

    El 26 de agosto de 2004, el Consejo adoptó la Posición Común 2004/622/PESC (3) por la que se modifica la Posición Común 2004/179/PESC y se amplían las restricciones de admisión a las personas responsables de la concepción y puesta en práctica de la campaña de intimidación y del cierre de escuelas moldavas de grafía latina en la región del Trans-Dniéster de la República de Moldova.

    (3)

    Pese al comienzo de las negociaciones destinadas a acordar cambios constitucionales, no se han registrado progresos sustanciales en la situación del conflicto del Trans-Dniéster en la República de Moldova.

    (4)

    La Unión Europea mantiene el compromiso de contribuir a alcanzar una solución pacífica para el conflicto, desde el pleno respeto de la integridad territorial de la República de Moldova y en el marco de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE).

    (5)

    La Unión Europea considera inaceptable la posición persistente de los dirigentes de la región de Trans-Dniéster de la República de Moldova y su falta de voluntad de comprometerse plenamente en alcanzar una solución pacífica y general para el conflicto de esta región.

    (6)

    Tras haberse examinado de nuevo la Posición Común 2004/179/PESC, conviene prorrogar las medidas restrictivas por un nuevo período de 12 meses. El Consejo considera que es conveniente suprimir el nombre de seis personas de la lista del anexo I y añadir el nombre de otras seis personas a las listas de los anexos I y II.

    (7)

    En aras de la claridad, las medidas deberían consolidarse en un solo acto jurídico.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:

    Artículo 1

    1.   Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para impedir la entrada en sus territorios, o el tránsito por ellos, a las personas responsables de:

    i)

    impedir los progresos hacia la consecución de una solución política del conflicto de Trans-Dniéster de la República de Moldova, enumeradas en el anexo I,

    ii)

    concebir y poner en práctica la campaña de intimidación y cierre contra las escuelas moldavas de grafía latina de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldova enumeradas en el anexo II.

    2.   Lo dispuesto en el apartado 1 no obligará a un Estado miembro a denegar la entrada en su territorio a sus propios nacionales.

    3.   El apartado 1 se entiende sin perjuicio de aquellos casos en los que un Estado miembro esté obligado por una disposición de derecho internacional, es decir:

    i)

    como país anfitrión de una organización internacional intergubernamental,

    ii)

    como país anfitrión de una conferencia internacional convocada o auspiciada por las Naciones Unidas, o

    iii)

    por un acuerdo multilateral que confiera privilegios e inmunidades, o

    iv)

    por el Concordato de 1929 (Pacto de Letrán) celebrado entre la Santa Sede (Estado de la Ciudad del Vaticano) e Italia.

    4.   Se considerará que el apartado 3 será también de aplicación cuando un Estado miembro sea país anfitrión de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE).

    5.   El Consejo deberá ser informado debidamente en todos los casos en que un Estado miembro conceda una exención con arreglo a los apartados 3 o 4.

    6.   Los Estados miembros podrán conceder exenciones de las medidas impuestas en el apartado 1 en los casos en que el viaje esté justificado por razones humanitarias urgentes o por razones de asistencia a reuniones de organismos intergubernamentales, incluidas las promovidas por la Unión Europea, o las celebradas en un Estado miembro que ocupe la Presidencia en ejercicio de la OSCE, en las que se mantenga un diálogo político que fomente directamente la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en la República de Moldova.

    7.   Todo Estado miembro que desee conceder las exenciones a que se refiere el apartado 6 lo notificará por escrito al Consejo. Se considerarán concedidas las exenciones a menos que uno o varios miembros del Consejo presenten objeciones por escrito en un plazo de dos días hábiles desde la recepción de la notificación de la exención propuesta. En caso de que uno o varios miembros del Consejo formulen una objeción, el Consejo, por mayoría cualificada, podrá resolver sobre la concesión de la exención propuesta.

    8.   En aquellos casos en los que, con arreglo a los apartados 3, 4, 6 y 7, un Estado miembro autorice la entrada en su territorio o el tránsito por el mismo a las personas enumeradas en los anexos I y II, la autorización estará limitada al motivo por el cual se haya concedido y a las personas afectadas por el mismo.

    Artículo 2

    El Consejo, a propuesta de un Estado miembro o de la Comisión, adoptará modificaciones de las listas que figuran en los anexos I y II, si la evolución política de la República de Moldova así lo exige.

    Artículo 3

    La presente Posición Común surtirá efecto el 27 de febrero de 2008 y se aplicará hasta el 27 de febrero de 2009. Se mantendrá bajo constante supervisión. Se prorrogará o modificará, según proceda, si el Consejo estima que no se han cumplido sus objetivos.

    Artículo 4

    La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2008.

    Por el Consejo

    El Presidente

    A. VIZJAK


    (1)  DO L 53 de 28.2.2003, p. 60.

    (2)  DO L 55 de 24.2.2004, p. 68. Posición Común modificada en último lugar por la Posición Común 2007/121/PESC (DO L 51 de 20.2.2007, p. 31).

    (3)  DO L 279 de 28.8.2004, p. 47.


    ANEXO I

    Lista de personas a que se refiere el artículo 1, apartado 1, primer inciso

    1.

    SMIRNOV, Igor Nikolayevich, «Presidente», nacido el 23 de octubre de 1941 en Khabarovsk, Federación de Rusia, pasaporte ruso no 50No0337530.

    2.

    SMIRNOV, Vladimir Igorevich, hijo del no 1 y «Presidente del Comité estatal de Aduanas», nacido el 3 de abril de 1961 en Kupiansk, provincia de Kharkovsk, o en Novaya Kakhovka, provincia de Khersonsk, Ucrania, pasaporte ruso no 50No00337016.

    3.

    SMIRNOV, Oleg Igorevich, hijo del no 1 y «Consejero del Comité estatal de Aduanas», «Miembro del Sóviet Supremo», nacido el 8 de agosto de 1967 en Novaya Kakhovka, provincia de Khersonsk, Ucrania, pasaporte ruso no 60No1907537.

    4.

    MARAKUTSA, Grigory Stepanovich, «Miembro del Sóviet Supremo», «Representante Especial del Sóviet Supremo para las Relaciones Interparlamentarias», nacido el 15 de octubre de 1942 en Teya, Distrito de Grigoriopol, República de Moldova, antiguo pasaporte soviético no 8BM724835.

    5.

    LITSKAI, Valery Anatolyevich, «Ministro de Asuntos Exteriores», nacido el 13 de febrero de 1949 en Tver, Federación de Rusia, pasaporte ruso no 51No0076099, expedido el 9 de agosto de 2000.

    6.

    KHAZHEYEV, Stanislav Galimovich, «Ministro de Defensa», nacido el 28 de diciembre de 1941 en Chelyabinsk, Federación de Rusia.

    7.

    ANTYUFEYEV, Vladimir Yuryevich, alias SHEVTSOV, Vadim, «Ministro de Seguridad del Estado», nacido en 1951 en Novosibirsk, Federación de Rusia, pasaporte ruso.

    8.

    KOROLYOV, Alexandr Ivanovich, «Vicepresidente», nacido el 24 de octubre de 1958 en Wroclaw, Polonia, pasaporte ruso.

    9.

    BALALA, Viktor Alekseyevich, ex «Ministro de Justicia», nacido en 1961 en Vinnitsa, Ucrania.

    10.

    ZAKHAROV, Viktor Pavlovich, «Fiscal del Trans-Dniéster», nacido en 1948 en Kamenka, República de Moldova.

    11.

    GUDYMO, Oleg Andreyevich, «Miembro del Sóviet Supremo», «Presidente de la Comisión de Seguridad, Defensa y Mantenimiento de la Paz del Sóviet Supremo», ex «Subsecretario de Seguridad», nacido el 11 de septiembre de 1944 en Alma-Ata, Kazajstán, pasaporte ruso no 51No0592094.

    12.

    KRASNOSELSKY, Vadim Nikolayevich, «Ministro de Asuntos Interiores», nacido el 14 de abril de 1970 en Dauriya, distrito de Zabaykalsk, provincia de Chitinsk, Federación de Rusia.

    13.

    ATAMANIUK, Vladimir, «Subsecretario de Defensa».


    ANEXO II

    Lista de personas a que se refiere el artículo 1, apartado 1, segundo inciso

    1.

    URSKAYA, Galina Vasilyevna, «Ministra de Justicia», nacida el 10 de diciembre de 1957 en Pyatiletka, distrito de Briansk, provincia de Briansk, Federación de Rusia.

    2.

    MAZUR, Igor Leonidovich, «Jefe de la Administración del Estado en el distrito de Dubossary», nacido el 29 de enero de 1967 en Dubossary, República de Moldova.

    3.

    PLATONOV, Yuri Mikhailovich, alias Yury PLATONOV, «Jefe de la Administración del Estado del distrito de Rybnitsa y de la ciudad de Rybnitsa», nacido el 16 de enero de 1948 en Klimkovo, distrito de Poddorsk, provincia de Novgorod, pasaporte ruso no 51No0527002, expedido por la Embajada de Rusia en Chisinau el 4 de mayo de 2001.

    4.

    CHERBULENKO, Alla Viktorovna, «Jefa adjunta de la Administración del Estado de Rybnitsa», responsable en materia de educación.

    5.

    KOGUT, Vecheslav Vasyilevich, «Jefe de la Administración del Estado en Bender», nacido el 16 de febrero de 1950 en Taraclia, distrito de Chadir-Lunga, República de Moldova.

    6.

    KOSTIRKO, Viktor Ivanovich, «Jefe de la Administración del Estado en Tiraspol», nacido el 24 de mayo de 1948, Komsomolsk na Amure, Distrito de Habarovsk, Federación de Rusia.


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