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Document 32007E0528

Acción Común 2007/528/PESC del Consejo, de 23 de julio de 2007 , en apoyo de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas de efectos indiscriminados, en el marco de la Estrategia Europea de Seguridad

DO L 194 de 26.7.2007, p. 11–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2007/528/oj

26.7.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 194/11


ACCIÓN COMÚN 2007/528/PESC DEL CONSEJO

de 23 de julio de 2007

en apoyo de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas de efectos indiscriminados, en el marco de la Estrategia Europea de Seguridad

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14, y su artículo 2, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de diciembre de 2003 el Consejo Europeo adoptó la Estrategia Europea de Seguridad que aboga por un orden internacional basado en un multilateralismo eficaz. En un mundo de amenazas, mercados y medios de comunicación que son globales, la seguridad y la prosperidad de la UE dependen cada vez más de la existencia de un sistema multilateral eficaz. Es objetivo de la UE el desarrollo de una sociedad internacional más fuerte, con instituciones internacionales que funcionen adecuadamente, y de un orden internacional basado en el Derecho.

(2)

La Estrategia Europea de Seguridad reconoce en la Carta de las Naciones Unidas el marco fundamental de las relaciones internacionales. Es una prioridad europea fortalecer las Naciones Unidas, dotándola de los medios necesarios para que pueda desempeñar su cometido y actuar con eficacia.

(3)

La CCW de las Naciones Unidas de 1980 sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados celebrada en Ginebra el 10 de octubre de 1980, modificada el 21 de diciembre de 2001, también conocida como Convención sobre ciertas armas convencionales (en lo sucesivo, «la CCW» o «la Convención») regula la utilización, en los conflictos armados, de determinadas armas convencionales que se considera causan sufrimiento excesivo a los combatientes o daños indiscriminados a la población civil. La CCW se basa en el principio de Derecho internacional de que el derecho de las partes en un conflicto armado a elegir los métodos o los medios de hacer la guerra no es ilimitado, y en el principio que prohíbe el uso, en los conflictos armados, de armas, proyectiles y material y métodos de guerra cuya naturaleza sea causa de lesiones superfluas o sufrimientos innecesarios.

(4)

El 6 de diciembre de 2006 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución relativa a la CCW, en la que exhorta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a adoptar todas las medidas necesarias para pasar a ser partes, lo antes posible, en la CCW y sus Protocolos anexos, con miras a lograr cuanto antes el mayor número posible de adhesiones a esos instrumentos con el fin último de que sean universales.

(5)

El protocolo más reciente de los anejos a la CCW, el Quinto Protocolo sobre los Restos Explosivos de Guerra (en lo sucesivo, «el Quinto Protocolo»), fue adoptado el 28 de noviembre de 2003 en la reunión de los Estados parte en la CCW. El Quinto Protocolo, que es el primer instrumento negociado multilateralmente que trata el problema de la munición explosiva sin estallar y abandonada, pretende erradicar la amenaza cotidiana que esta herencia de las guerras supone para las poblaciones necesitadas de desarrollo y para el personal de ayuda humanitaria que interviene sobre el terreno para ayudar a dichas poblaciones. Desde su adopción hasta la fecha, 32 Estados han comunicado al Secretario General de las Naciones Unidas, depositario de la CCW, su aceptación de las obligaciones del Quinto Protocolo. En virtud del artículo 5, apartado 3, de la CCW, el Quinto Protocolo entró en vigor el 12 de noviembre de 2006. La entrada en vigor del Quinto Protocolo demuestra que la CCW puede llegar a ser un instrumento dinámico que responda a los avances de la tecnología armamentística y a la evolución de la naturaleza y desarrollo de los conflictos armados.

(6)

Pese a lo mucho que se ha avanzado en la adhesión universal, casi la mitad de los Estados miembros de las Naciones Unidas no han ratificado aún la CCW y sus protocolos anejos, o bien no se han adherido a ella. El porcentaje de adhesiones sigue siendo bajo en África, Asia (en particular, en el Sudeste asiático) y Oriente Próximo. No obstante, la mitad de los países que aún no son parte en la CCW son países afectados por las minas y los restos explosivos de guerra. La universalización de la CCW y sus protocolos anejos seguirá siendo objetivo prioritario de los Estados partes en el período que transcurre de 2006 a 2011.

(7)

En la tercera Conferencia de los Estados partes de revisión de la CCW, celebrada del 7 al 17 de noviembre de 2006 en Ginebra, se adoptó un Plan de acción para fomentar la universalidad de la CCW, que fija los objetivos de reforzar la aplicación de la CCW y sus protocolos anejos, fomentar su universalización y mejorar la cooperación entre los Estados parte, así como un programa de patrocinio.

(8)

El Plan de acción para fomentar la universalidad de la CCW destaca el importante papel que deben desempeñar los Centros Regionales de las Naciones Unidas para la paz y el desarme, así como las organizaciones regionales competentes, en la coordinación de la actuación regional conforme a las características de cada región, en particular en aquellas en las que la aceptación de la CCW sigue siendo baja.

(9)

El Acuerdo marco financiero y administrativo celebrado entre la Comunidad Europea, por una parte, y las Naciones Unidas, por otra, fija el marco para que las Naciones Unidas y la Comunidad mejoren su cooperación, lo que incluye la asociación programática.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

1.   Con objeto de apoyar el Plan de acción para fomentar la universalidad de la CCW, adoptado por los Estados parte en dicha CCW en la tercera Conferencia de revisión, la Unión Europea apoyará la CCW, con los siguientes objetivos:

i)

fomento de la universalidad de la CCW y sus protocolos anejos;

ii)

apoyo a la aplicación de la CCW por los Estados parte.

2.   Para lograr los objetivos a que se refiere el apartado 1, la UE acometerá las siguientes medidas:

a)

organización de un taller inaugural, hasta siete seminarios regionales y una sesión de clausura, con objeto de aumentar el número de países parte en la Convención, con publicaciones en todas las lenguas oficiales de las Naciones Unidas y, en caso necesario, en cualquier otra lengua;

b)

una contribución financiera al programa de patrocinio de la CCW, adoptada en la tercera Conferencia de revisión de los Estados partes en la Convención.

En el anexo figura una descripción pormenorizada de las medidas a que se refiere el apartado 2.

Artículo 2

1.   La Presidencia, asistida por el Secretario General/Alto Representante (SG/AR), será responsable de la aplicación de la presente Acción Común. La Comisión estará plenamente asociada a la misma.

2.   La ejecución técnica de las medidas a que se refiere el artículo 1, apartado 2, se confiará a los siguientes organismos:

a)

la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas, para el taller inaugural, la sesión de clausura, los seminarios regionales y las publicaciones;

b)

el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra, para la contribución al programa de patrocinio, conforme a la Decisión de la tercera Conferencia de los Estados partes en la CCW.

Estos organismos desempeñarán sus respectivos cometidos bajo la supervisión del SG/AR, que asistirá a la Presidencia. A tal fin, el SG/AR dispondrá lo necesario junto con los organismos de ejecución que se cita en las letras a) y b).

3.   La Presidencia, el SG/AR y la Comisión se informarán periódicamente sobre la ejecución de la presente Acción Común, conforme a sus respectivas competencias.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución de las medidas a que se refiere el artículo 1, apartado 2, será de 828 000 EUR, que serán financiados con cargo al presupuesto general de las Comunidades Europeas de 2007.

2.   Los gastos financiados hasta el importe especificado en el apartado 1, estarán sujetos a los procedimientos y normas presupuestarias de la Comunidad, aplicables al presupuesto general de las Comunidades Europeas.

3.   La Comisión supervisará la adecuada gestión del gasto a que se refiere el apartado 2, que adoptará la forma de subvención. A tal efecto la Comisión celebrará sendos acuerdos de financiación con la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas y con el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra. En dichos acuerdos se estipulará que la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas y el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra deberán dar a las contribuciones de la UE una publicidad acorde con sus dimensiones.

4.   La Comisión procurará celebrar lo antes posible los acuerdos de financiación mencionados en el apartado 3, una vez haya entrado en vigor la presente Acción Común. Informará al Consejo de cualquier dificultad relacionada con ese proceso, así como de la fecha de celebración de los acuerdos de financiación.

Artículo 4

La Presidencia, asistida por el SG/AR, informará al Consejo de la aplicación de la presente Acción Común sobre la base de unos informes que prepararán, cada dos meses, la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas y el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo. La Comisión estará plenamente asociada. Responderá de los aspectos financieros de la aplicación de la presente Acción Común.

Artículo 5

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Expirará a los 18 meses de la fecha de celebración del último de los dos acuerdos de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3, o a los 12 meses de la fecha de su adopción si, dentro de ese plazo, no se hubiere celebrado acuerdo de financiación alguno.

Artículo 6

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 23 de julio de 2007.

Por el Consejo

El Presidente

L. AMADO


ANEXO

1.   Objetivo

El objetivo general de la presente Acción Común es apoyar la universalización de la CCW, promoviendo la adhesión a la misma de los Estados que aún no son parte, y mejorar la aplicación de dicha Convención.

La asistencia de la UE a la CCW se centrará en los ámbitos determinados en el Plan de acción para fomentar la universalidad de la CCW y en el programa de patrocinio adoptados en la tercera Conferencia de revisión de los Estados partes en la Convención, celebrada en Ginebra del 7 al 17 de noviembre de 2006.

2.   Proyecto

Objetivo del Proyecto

Aumentar las adhesiones a la CCW mediante talleres regionales y subregionales, y reforzar la aplicación de la CCW y sus protocolos anejos mediante una contribución al programa de patrocinio.

El objetivo del taller inaugural y de los seminarios regionales será incitar a la adhesión la CCW y preparar la aplicación nacional de la CCW en esas regiones. El taller y los seminarios tendrán por objeto explicar los beneficios y las consecuencias de la adhesión a la CCW y comprender las necesidades de los Estados que no son parte en la misma.

Los seminarios regionales servirán también de foros de debate sobre cuestiones de desarme y no proliferación, incluidas las armas pequeñas y ligeras: las municiones, el corretaje, el marcado y la localización. Asimismo, estudiarán determinados principios específicos del Derecho internacional humanitario.

Al contribuir al programa de patrocinio, la UE favorecerá, entre otras cosas, el que tanto los Estados signatarios como los que aún no son parte en la CCW y sus protocolos dispongan de una ocasión de participar en las actividades relativas a la CCW y se familiaricen con el trabajo relativo a la misma. La UE apoyará todos los objetivos operativos definidos en el programa de patrocinio.

Resultados del Proyecto

i)

aumentar el número de adhesiones a la CCW en todas las áreas geográficas (Asia Central, África Occidental y Oriental, cuerno de África, Región de los grandes lagos y Sudáfrica; Sudeste Asiático, Oriente Próximo y el Mediterráneo, Latinoamérica y el Caribe, y las islas del Pacífico),

ii)

reforzar la aplicación de la CCW y sus protocolos anejos,

iii)

fortalecer las redes regionales, con intervención de las organizaciones y redes subregionales en los ámbitos relativos a la Convención,

iv)

una publicación que contenga los resultados de todos los talleres, las intervenciones, las enseñanzas y unas recomendaciones sobre el camino a seguir, que se publicarán en las lenguas oficiales de las Naciones Unidas y en otras lenguas si es necesario.

Descripción del Proyecto

El Proyecto incluye la organización de un taller inaugural en Nueva York, un máximo de siete talleres regionales y una sesión de clausura en Ginebra, la publicación de documentación y una contribución al programa de patrocinio.

i)   Taller inaugural

Se celebrará un taller inaugural en Nueva York para todos los Estados que no son parte en la Convención, y en particular para aquellos que han sido objeto de maniobras de aproximación recientes por parte de la Presidencia alemana del Consejo de Unión Europea (1). El marco jurídico y los beneficios y las consecuencias de la adhesión a la CCW serán presentados por expertos procedentes de las instituciones de la UE, de los Estados miembros y del Comité Internacional de la Cruz Roja. Este taller tendrá por objeto concienciar a los Estados a los que está destinado acerca de la CCW, de la presente Acción Común y de los seminarios regionales que se organizarán en este contexto. Asimismo proporcionará a la UE canales de comunicación útiles.

Coste estimado del taller inaugural y de la sesión de clausura: 22 184 EUR.

ii)   Seminarios regionales

ÁFRICA

a)

Seminario relativo a la CCW dirigido a los Estados signatarios y a los Estados de África Oriental y Occidental que no son parte, para estimular la participación de responsables políticos y organizaciones regionales. Se invitará a representantes de Camerún, Chad, Guinea Ecuatorial, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Costa de Marfil, Gabón, Kenia, Mauritania, Nigeria (2), Santo Tomé y Príncipe, Sudán y Tanzania.

Varios oradores, alguno del Comité Internacional de la Cruz Roja, informarán a los participantes sobre el marco jurídico de la CCW y la importancia de adherirse a la misma. Se invitaría también a uno o dos Estados de esta región que sean parte en la CCW a tomar parte en el seminario, en función de su relación con el proceso de universalización y su interés por el mismo.

Coste estimado: 106 036 EUR.

b)

Seminario relativo a la CCW para los Estados del cuerno de África, la Región de los grandes lagos y Sudáfrica que no son parte en la misma, para estimular la participación de responsables políticos y organizaciones regionales. Se invitará a representantes de Angola, Botswana, Burundi, la República Centroafricana, las Comoras, el Congo, la República Democrática del Congo, Eritrea, Etiopía, Madagascar, Malawi, Mozambique, Namibia, Ruanda, Somalia, Suazilandia, Zambia y Zimbabue.

Varios oradores, alguno del Comité Internacional de la Cruz Roja, informarán a los participantes sobre el marco jurídico de la CCW y la importancia de adherirse a la misma. Se invitaría también a uno o dos Estados de esta región que sean parte de la CCW a intervenir, en función de su relación con el proceso de universalización y su interés por el mismo.

Coste estimado: 61 685 EUR.

LATINOAMÉRICA Y EL CARIBE

c)

Seminario relativo a la CCW dirigido a los Estados de Latinoamérica y el Caribe que no son parte, para estimular la participación de responsables políticos y organizaciones regionales. Se invitará a representantes de Argentina, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, la República Dominicana, Granada, Guyana, Haití, Jamaica, México, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago.

Varios oradores, alguno del Comité Internacional de la Cruz Roja, informarán a los participantes sobre el marco jurídico de la CCW y la importancia de adherirse a la misma. Se invitaría también a uno o dos Estados de esta región que sean parte en la CCW a intervenir, en función de su relación con el proceso de universalización y su interés por el mismo.

Coste estimado: 55 769 EUR.

ISLAS DEL PACÍFICO

d)

Seminario relativo a la CCW dirigido a los Estados de las islas del Pacífico que no son parte, para estimular la participación de responsables políticos y organizaciones regionales. Se invitará a representantes de Fiyi, Kiribati, las Islas Marshall, Micronesia, Niue, Palaos, Papúa Nueva Guinea, Samoa, las Islas Salomón, Tonga, Tuvalu y Vanuatu.

Varios oradores, alguno del Comité Internacional de la Cruz Roja, informarán a los participantes sobre el marco jurídico de la CCW y la importancia de adherirse a la misma. Se invitaría también a uno o dos Estados de esta región que sean parte en la CCW a intervenir, en función de su relación con el proceso de universalización y su interés por el mismo.

Coste estimado: 129 781 (3) EUR.

ASIA CENTRAL

e)

Seminario relativo a la CCW dirigido a los Estados de Asia Central signatarios y a los Estados que no son parte, para estimular la participación de responsables políticos y organizaciones regionales. Se invitará a representantes de Afganistán (4), Armenia, Azerbaiyán, Kazajstán, Kirguistán y Tayikistán.

Varios oradores, alguno del Comité Internacional de la Cruz Roja, informarán a los participantes sobre el marco jurídico de la CCW y la importancia de adherirse a la misma. Se invitaría también a uno o dos Estados de esta región que sean parte en la CCW a intervenir, en función de su relación con el proceso de universalización y su interés por el mismo.

Coste estimado: 72 174 EUR.

SUDESTE ASIÁTICO

f)

Seminario relativo a la CCW dirigido a los Estados del sudeste asiático signatarios y a los Estados que no son parte para estimular la participación de responsables políticos y organizaciones regionales. Se invitará a representantes de Bután, Brunéi Darussalam, la República Popular Democrática de Corea, Indonesia, Malasia, Myanmar, Nepal, Singapur, Tailandia, Timor Oriental y Vietnam (5).

Varios oradores, alguno del Comité Internacional de la Cruz Roja, informarán a los participantes sobre el marco jurídico de la CCW y la importancia de adherirse a la misma. Se invitaría también a uno o dos Estados de esta región que sean parte en la CCW a intervenir, en función de su relación con el proceso de universalización y su interés por el mismo.

ORIENTE PRÓXIMO Y MEDITERRÁNEO

g)

Seminario relativo a la CCW dirigido a los Estados de Oriente Próximo y el Mediterráneo signatarios y a los Estados que no son parte para estimular la participación de responsables políticos y organizaciones regionales. Se invitará a representantes de Argelia, Bahréin, Egipto (6), Irán, Iraq, Kuwait, Líbano, Libia, Omán, Qatar, Arabia Saudí, la República Árabe Siria, los Emiratos Árabes Unidos y Yemen.

Varios oradores, alguno del Comité Internacional de la Cruz Roja, informarán a los participantes sobre el marco jurídico de la CCW y la importancia de adherirse a la misma. Se invitaría también a uno o dos Estados de esta región que sean parte en la CCW a intervenir, en función de su relación con el proceso de universalización y su interés por el mismo.

Coste estimado: 47 677 EUR.

iii)   Sesión de clausura

Una vez hayan tenido lugar los seminarios descritos más arriba, se celebrará en Ginebra una sesión de clausura para sacar conclusiones y definir modos específicos de apoyo a los Estados dispuestos a ratificar la CCW. Los participantes serán la Presidencia de la UE y las instituciones de la UE, así como expertos de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas, del UNIDIR, del CICR y del Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra.

iv)   Publicaciones

Se preparará y publicará un folleto que contendrá los trabajos y los resultados del taller inaugural y de los talleres regionales y las conclusiones extraídas de ellos, en las lenguas oficiales de las Naciones Unidas y en otras lenguas si es necesario. Dicho folleto contendrá unas recomendaciones sobre el camino a seguir. Se destacará en particular el conocimiento especializado y los esfuerzos hechos por el CICR en este ámbito.

Coste estimado: 29 851 EUR.

v)   Apoyo al programa de patrocinio

La UE contribuirá al programa de patrocinio adoptado por la tercera Conferencia de revisión de los Estados partes de la Convención.

La contribución de la UE al programa de patrocinio apoyará los objetivos básicos del programa de patrocinio, que son:

reforzar la aplicación de la CCW y sus protocolos anejos,

fomentar el cumplimiento universal de las normas y principios inscritos en la CCW y en sus protocolos anejos,

apoyar la universalización de la CCW y sus protocolos anejos,

potenciar la cooperación, el intercambio de información y las consultas entre los Estados parte sobre las cuestiones relativas a la CCW y sus protocolos anejos.

El programa de patrocinio podría permitir prestar asesoramiento y asistencia técnica sobre la aplicación de la CCW a los Estados interesados a petición de estos [programa de patrocinio, punto 4, inciso iv)].

En la tercera Conferencia de revisión de los Estados parte en la CCW, la gestión técnica del programa de patrocinio se encomendó al Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra.

Coste estimado: 250 000 EUR.

3.   Duración

Se estima que la aplicación de la presente Acción Común durará en total 18 meses.

4.   Beneficiarios

Los beneficiarios de la actividad relacionada con la universalización de la CCW son los Estados que no son parte en la CCW (tanto los signatarios como los que no son signatarios).

Los beneficiarios de la contribución al programa de patrocinio son los Estados parte y los que no son parte en la Convención, de conformidad con los objetivos básicos del programa definidos más arriba. Se dará prioridad a los Estados afectados por las minas y los restos explosivos de guerra.

5.   Entidad encargada de la ejecución

La Presidencia, asistida por el SG/AR, es responsable de la aplicación política y de la supervisión de la presente Acción Común. La Presidencia encargará la ejecución técnica a:

la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas, para el taller inaugural, la sesión de clausura, los seminarios regionales y las publicaciones.

Los talleres regionales se organizarán con el apoyo de los centros regionales de las Naciones Unidas para la paz y el desarme. En el desempeño de sus actividades, la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas cooperará, según convenga, con las misiones locales de los Estados miembros y la Comisión. Para todas las actividades previstas se recurrirá al conocimiento especializado del Comité Internacional de la Cruz Roja, la Secretaría de la CCW y la UNIDIR. La Presidencia, asistida por el SG/AR, colaborará estrechamente en la organización del taller inaugural y de la sesión de clausura,

el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra, conforme a la Decisión de la tercera Conferencia de revisión de los Estados partes de la CCW, para la contribución al programa de patrocinio. La Presidencia, asistida por el SG/AR, representará a la UE en el Comité director informal establecido por la Decisión de la tercera Conferencia de revisión sobre la creación de un programa de patrocinio. Los cometidos respectivos que deberán desempeñar el Comité director informal y el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra se definirán de conformidad con la Decisión de la tercera Conferencia de revisión de los Estados parte en la CCW.

6.   Estimación de los medios necesarios

La contribución de la UE cubrirá el 100 % de la ejecución de los proyectos descritos en el presente anexo. Los costes estimados son los siguientes:

EUR

Taller inaugural y sesión de clausura

22 184

—   

Seminarios regionales

África Oriental y Occidental

106 036

Cuerno de África, Grandes Lagos y África Austral

61 685

Latinoamérica y Caribe

55 769

Islas del Pacífico y Sudeste Asiático

129 781

Asia Central

72 174

Oriente Próximo y Mediterráneo

47 677

Publicaciones

29 851

Gastos administrativos

36 671

Contingencias

16 082

Apoyo al programa de patrocinio

250 000

COSTE TOTAL

828 000

7.   Importe de referencia financiera para cubrir el coste de los proyectos

El coste total de los proyectos es de 828 000 EUR.


(1)  Grupo 1: no signatarios, afectados por los restos explosivos de guerra: Angola, Azerbaiyán, Burundi, Chad, República Democrática del Congo, Eritrea, Etiopía, Guinea Bissau, Iraq, Kuwait, Líbano, Mauritania, Mozambique, Nepal, Arabia Saudí, Siria, Yemen y Zambia. Grupo 2: signatarios, afectados por los restos explosivos de guerra: Afganistán, Sudán, Vietnam. Grupo 3: signatarios no afectados (gravemente) por los restos explosivos de guerra: Egipto, Islandia y Nigeria. Grupo 4: otros Estados (+/– 65) si ha lugar.

(2)  Estado signatario de la CCW.

(3)  Coste estimado para una combinación de las islas del Pacífico y el seminario del Sudeste Asiático.

(4)  State Signatory to the CCW.

(5)  Estado signatario de la CCW.

(6)  Estado signatario de la CCW.


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