EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32006D0937

2006/937/CE: Decisión de la Comisión, de 5 de julio de 2005 , relativa a las ayudas estatales n o C 20/04 (ex NN 25/04) destinadas a Huta Częstochowa S.A. [notificada con el número C(2005) 1962] (Texto pertinente a efectos del EEE)

DO L 366 de 21.12.2006, p. 1–31 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/937/oj

21.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 366/1


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 5 de julio de 2005

relativa a las ayudas estatales no C 20/04 (ex NN 25/04) destinadas a Huta Częstochowa S.A.

[notificada con el número C(2005) 1962]

(El texto en lengua polaca es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2006/937/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

Visto el Protocolo no 8 del Acta de Adhesión sobre la reestructuración de la industria siderúrgica polaca  (1) (en lo sucesivo denominado «Protocolo no 8»),

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos (2), y teniendo en cuenta dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

I.   PROCEDIMIENTO

(1)

Mediante carta de 4 de agosto de 2003, la Comisión solicitó información sobre el control de las ayudas estatales en Polonia, incluidas en su caso, las medidas destinadas a la reestructuración del beneficiario. Posteriormente la cuestión fue abordada por los servicios de la Comisión y las autoridades polacas en diversas reuniones de carácter técnico y fue objeto de una correspondencia intensa entre la Comisión y Polonia.

(2)

El 23 de enero de 2004 el consultor encargado de la evaluación independiente del programa de reestructuración en Polonia con arreglo a lo dispuesto en el Protocolo no 8 remitió a la Comisión su evaluación sobre este asunto.

(3)

Mediante carta de 19 de mayo de 2004 la Comisión comunicó a Polonia que, en relación con estas medidas, había decidido incoar el procedimiento establecido en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE y solicitó que le facilitase información sobre una serie de asuntos.

(4)

La Decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea  (2). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la medida en cuestión.

(5)

Mediante carta de 26 de junio de 2004, las autoridades polacas respondieron a las cuestiones planteadas y solicitaron una decisión de la Comisión en aplicación del punto 10 del Protocolo no 8 por la que se obtiene el acuerdo para modificar el Programa nacional de reestructuración de la industria siderúrgica polaca.

(6)

La Comisión recibió observaciones de los interesados y las remitió a las autoridades polacas mediante carta de 27 de septiembre de 2004.

(7)

Mediante carta de 22 de noviembre de 2004, las autoridades polacas respondieron a las observaciones de los interesados. Con posterioridad, la Comisión se reunió en varias ocasiones con las autoridades polacas. Se les solicitó información adicional mediante carta de 8 de junio de 2005.

II.   DESCRIPCIÓN PORMENORIZADA DE LAS AYUDAS

1.   Introducción

(8)

El beneficiario es una empresa en crisis, la siderúrgica Huta Częstochowa S.A (en lo sucesivo denominada «HCz»; véase el punto 2.a). En octubre de 2002, HCz alquiló sus bienes de producción a una nueva empresa, Huta Stali Częstochowa Sp z o.o. (en lo sucesivo denominada «HSCz»; véase el punto 2.b).

(9)

Dos son los tipos de medidas en cuestión: una ayuda a la reestructuración financiera de HCz (véase el punto 3) y otras medidas directas de diversa índole (véase el punto 4).

(10)

La «reestructuración» se desarrolló en tres fases, de las que sólo la última es de interés a los efectos del control de las ayudas estatales. Un primer intento llevado a cabo en noviembre de 2001 en el marco de un procedimiento judicial de conciliación acabó en fracaso. Como consecuencia de ello, HCz se vio obligada a presentar un procedimiento de insolvencia en octubre de 2002. En febrero de 2003, se aceptó la reestructuración de HCz en aplicación de lo dispuesto en una nueva ley, como resultado de la cual se suspendió el procedimiento de insolvencia. En el marco del plan de reestructuración, se han de dividir los activos entre varias empresas y éstas o los activos se han de vender. Una de estas empresas se quedó con los activos de producción de acero para cubrir las deudas contraídas con acreedores comerciales (bancos y proveedores de servicios públicos) y otra recibió fundamentalmente terrenos destinados a resarcir las deudas contraídas con los acreedores públicos (deudas contraídas con instituciones públicas, como son los impuestos). Además, las restantes filiales de HCz se venderán para saldar las deudas públicas y comerciales no reestructurables.

2.   Beneficiario

a)   Huta Częstochowa

(11)

HCz es el segundo productor de acero de Polonia. Produce fundamentalmente chapa en cuarto (3), un tipo de acero acabado que supone más del 60 % de sus ventas y que se emplea en los sectores naval y de la construcción.

(12)

La primera planta de HCz se creó entre 1896 y 1902. Actualmente HCz está formada por una planta siderúrgica relativamente moderna y un tren de laminación de chapa compuesto por un horno de arco eléctrico, una máquina de colada continua y un tren de laminación de chapa pesada con instalaciones de acabado. La capacidad nominal de producción de la acería (que produce productos semiacabados, es decir, desbastes) es de 700 000 toneladas y la del tren de laminado (que convierte los productos semiacabados en acabados) ronda las 780 000 toneladas.

(13)

HCz posee 14 filiales que le prestan servicios adicionales. Entre ellas se encuentran el fabricante de tubos Rurexpol Sp. z o.o, (4) la fábrica de coque Koksownia Sp. z o.o. y la compañía eléctrica Elsen Sp. z o.o. HCz y sus filiales empleaban a unos 5 000 trabajadores en 2002.

(14)

HCz es propiedad al 100 % del Ministerio de Hacienda polaco. Su capital en acciones asciende a 370 millones de PLN (unos 70 millones de euros) (5). El valor contable de los activos de la compañía a 31 de diciembre de 2003 era de 768,5 millones de PLN (unos 160 millones de €).

(15)

Desde el verano de 2001 experimenta graves dificultades financieras. Al no poder hacer frente al servicio de su deuda (que a finales de 2003 era de unos 1 400 millones de PLN, unos 310 millones de euros), la mayor parte de sus activos, incluidos todos los activos siderúrgicos, se hipotecó en beneficio de los principales acreedores.

(16)

El 11 de noviembre de 2001 HCz solicitó un procedimiento de conciliación judicial, a raíz del cual se suspendió el pago de sus deudas. El procedimiento de conciliación tiene por objeto que la empresa pueda reestructurarse mediante una condonación parcial de sus deudas por parte de sus acreedores. En octubre de 2002 el tribunal anuló el procedimiento de conciliación porque los acreedores no se habían puesto de acuerdo sobre las medidas de reestructuración. En opinión de las autoridades polacas, el procedimiento de conciliación no llegó a buen puerto porque los acreedores exigían que HCz pagase sus deudas mediante la ayuda concedida por el Estado.

(17)

El 28 de diciembre de 2002 HCz solicitó la incoación del procedimiento de insolvencia. Con arreglo a la legislación polaca, una vez finalizado el procedimiento de conciliación HCz estaba obligada a incoar el procedimiento de insolvencia al no poder reembolsar sus deudas exigibles en el momento de la anulación del procedimiento de conciliación. A partir de ese momento HCz entregó en alquiler sus activos de producción, cesó su producción de acero y ya sólo ha actuado como sociedad holding para sus filiales. En la actualidad no está compuesta más que por un órgano de gestión formado por unas 40 personas.

b)   Huta Stali Częstochowa

(18)

A raíz del procedimiento de insolvencia relativo a HCz y con objeto de garantizar la continuidad de la producción sin correr el riesgo de que el síndico de la quiebra suspendiese la actividad en el transcurso del procedimiento, se creó una nueva empresa HSCz, bajo el control de Towarzystwo Finansowe Silesia Sp. z o.o. (en lo sucesivo denominada «TFS», sociedad de responsabilidad limitada que opera en el sector siderúrgico y en la que el Ministerio de Hacienda polaco posee una participación mayoritaria).

(19)

El 28 de octubre de 2002, HSCz alquiló las instalaciones de producción de acero de HCz (incluida la acería, el tren de laminación, la planta de coque y algunos servicios esenciales). El contrato de arrendamiento establece que HSC ha de abonar [...] (6) millones de PLN al mes en concepto del arrendamiento financiero y la absorción de 2057 empleados de HCz (1 950 en la actualidad).

(20)

El contrato de arrendamiento financiero concedió a HSCz una prórroga de 14 meses en el pago del alquiler. Aunque el contrato no contemplaba explícitamente que se debieran abonar intereses por el aplazamiento del pago, el 30 de noviembre de 2004 se calcularon los intereses por el pago aplazado con el resultado de un importe de [...] PLN, que HSCz abonó a HCz.

(21)

TFS sólo transfirió a HSCz el capital mínimo exigido de 50 000 PLN. Por ello, para operar en el mercado sin capital circulante, HSCz acortó el plazo de pago de las deudas a unos 15 días, al tiempo que amplió a más de 50 días el plazo de pago a los acreedores. Ello fue posible ya que, salvo una excepción, todos los proveedores aceptaron de buen grado estas condiciones de pago a cambio de seguir teniendo a HSCz entre sus clientes principales. En la práctica, muchos proveedores celebraron una especie de acuerdos de trueque o de permuta por los que las materias primas, especialmente la escoria, se abonaban mediante productos acabados tales como chapas de acero para su reventa a determinados usuarios finales. Las empresas hicieron un seguimiento estricto de la producción y las cuentas de HSCz y exigieron obtener beneficios significativos en sus operaciones a cambio del riesgo que corrían.

(22)

Sólo se solicitó una garantía adicional para las deudas en concepto del suministro eléctrico facilitado por el operador eléctrico polaco Polskie Sieci Energetyczne S.A. (en adelante «PSE»). Se solicitó a TFS que celebrase tres contratos de garantía por un importe de [...] PLN cada uno. Estos contratos constan, por una parte, de una garantía formada por tres letras de cambio que garantizan el pago de [...] millones de PLN y, por otra, de tres declaraciones que incluyen el consentimiento a someterse a ejecución inmediata con arreglo al Código polaco de procedimiento civil (artículo 777), con lo que ofrece a PSE garantías que ascienden a [...] millones de PLN. El 28 de noviembre de 2002 se emitieron dos letras de cambio/garantías por valor de [...] millones de PLN cada una y válidas hasta el 30 de junio de 2003, mientras que el 30 de diciembre de 2002 se emitió otra garantía por importe de [...] millones de PLN, válida hasta el 31 de marzo de 2005. En concepto de todas las letras de cambio y de las garantías HSCz abonó una comisión fija de [...] PLN, y por la garantía de [...] millones de PLN, una cuantía equivalente aproximadamente al 0,8 %. No obstante, las facturas de electricidad pendientes de pago no superaron nunca la cantidad de [...] millones de PLN, porque el acuerdo de garantía incluía un mecanismo que obligaba a HSCz a abonar cualquier importe pendiente de pago en el plazo de 5 semanas.

3.   Reestructuración de Huta Częstochowa

a)   Reestructuración del sector siderúrgico polaco

(23)

En junio de 1998 el Consejo de Ministros de Polonia aprobó el Primer Programa de Reestructuración del Sector Siderúrgico Polaco. Este Programa se actualizó en 2001 y a él se añadió la Ley de Reestructuración del Sector Siderúrgico (7) de 24 de agosto de 2001, que constituía el fundamento jurídico para la reestructuración del sector siderúrgico polaco.

(24)

El 5 de noviembre de 2002, el Consejo de Ministros de Polonia aprobó la modificación del Primer Programa de Reestructuración, que pasó a denominarse Programa de Reestructuración y Desarrollo del Sector Siderúrgico Polaco hasta el 2006 (en adelante denominado Programa Nacional de Reestructuración o «PNR»). En lo esencial este plan autoriza en el periodo 1997-2006 la concesión de ayudas estatales de hasta 3 387 millones de PLN (unos 713 millones de €) destinadas a la reestructuración del sector siderúrgico polaco.

(25)

En el PNR se indica que en Polonia existen 17 empresas siderúrgicas, divididas en tres grandes grupos. El primero engloba a ocho empresas beneficiarias de ayudas estatales en el marco del PNR. La mayor parte de ellas se destinaron a la consolidación de los cuatros centros de producción más importantes del país, que se han fusionado en el mayor productor siderúrgico polaco, Polskie Huty Stali S.A (en adelante «PHS»), actualmente denominado Mittal Steel Poland (en lo sucesivo «MSP»), a raíz de su venta al holding LNM (8), que se transformó recientemente en Mittal Steel  (9). El segundo grupo abarca a seis empresas que no se incluyeron en el programa de reestructuración porque su principal actividad no estaba relacionada con la producción de acero o porque no habían recibido ayudas. En el tercer grupo se incluyen tres empresas que habían recibido ayudas pero en relación con las cuales se habían iniciado procedimientos de insolvencia.

(26)

HCz figuraba en el tercer grupo. Habida cuenta de la solicitud de incoación del procedimiento de insolvencia por parte de HCz, en el PNR se indica en relación con HCz que «la reestructuración ulterior del tren de laminación tendrá lugar tras el procedimiento de insolvencia» (puntos 3.1.2 y 5.1). De hecho, en el punto 3.1.3.3 se indica que HCz es una de las plantas «en relación con las cuales se iniciaron procedimientos de insolvencia» y que en la actualidad está siendo administrada «por el Síndico Oficial de los activos procedentes de procedimientos de insolvencia.» En el punto 5.4.2 el PNR explica que «para llevar a término la reestructuración de HCz, sería necesario concederle ayudas estatales por un importe de 1 000 millones de PLN y aún así no se lograrían los resultados previstos. En estas circunstancias se deberá reestructurar la empresa mediante liquidación y sus activos de producción serán administrados por HSCz, que continuará la actividad productiva de HCz sin el concurso de ayudas de reestructuración. Los activos de HCz no serán absorbidos por ningún beneficiario de ayudas (punto 3.1.3.1.)».

(27)

El PNR se remitió a la UE y quedó finalizado el 25 de marzo de 2003 tras una intensa negociación con la Comisión. Tras evaluarlo, la Comisión presentó una propuesta de Decisión del Consejo por la que se ampliaba el periodo de gracia para la concesión de ayudas estatales al sector siderúrgico polaco con arreglo al Acuerdo Europeo (cuya vigencia sólo llegaba en principio hasta finales de 1997) hasta finales de 2003, siempre que se alcanzase la viabilidad antes de 2006. Esta Decisión fue aprobada por el Consejo en julio de 2003 (10).

(28)

En este contexto, la UE autorizó a Polonia, a modo de excepción de sus normas, a conceder ayudas de reestructuración al sector siderúrgico (11). Las conclusiones principales del PNR se incluyeron en un Protocolo anejo al Acta de adhesión, el Protocolo no 8 sobre la reestructuración del sector siderúrgico polaco. El Protocolo no 8 avala la concesión de ayudas estatales a las ocho empresas mencionadas (HCz no está entre ellas) de hasta 3 387 millones de PLN. Por otra parte, el Protocolo no 8 subraya que no se permite la concesión de ninguna otra ayuda de reestructuración al sector siderúrgico polaco.

b)   La ley de 30 de octubre de 2002

(29)

El 30 de octubre de 2002, justo después de que HCZ presentase la solicitud de incoación del procedimiento de insolvencia, se aprobó la Ley sobre ayudas estatales a empresas de especial importancia para el mercado laboral (se modificó en noviembre de 2003 (12) y en lo sucesivo se hará referencia a ella como «la Ley de 30.10.2002») (13). Esta Ley autoriza a las empresas a llevar a cabo un proceso de reestructuración para evitar la liquidación. A tal efecto, la Ley introdujo un nuevo enfoque, ya que contempla la reestructuración (es decir, una condonación parcial) de las deudas públicas, que hasta entonces sólo podían ser reprogramadas o aplazadas.

(30)

De conformidad con el artículo 7.1 de la Ley de 30.10.2002, las empresas en proceso de reestructuración están protegidas frente a la insolvencia desde el inicio del proceso y hasta la finalización o suspensión del mismo. Este deberá haber concluido 24 meses después de que se haya adoptado la decisión de reestructuración (artículo 19.2 de la Ley de 30.10.2002).

(31)

La Ley de 30.10.2002 regula la reestructuración financiera de las deudas comerciales generadas antes de julio de 2002 y de las deudas públicas generadas antes de junio de 2002 (artículo 3 de la Ley de 30.10.2002, que amplió el periodo anterior en un año). Mientras que la reestructuración financiera privada de las deudas comerciales se basa en un acuerdo de reestructuración que deber ser suscrito por al menos el 50 % de los acreedores (con arreglo al Capítulo 4 de la Ley de 30.10.2002), las deudas públicas pueden ser condonadas parcialmente, si así lo decide el Presidente de la Agencia polaca de Desarrollo Industrial (Agencja Rozwoju Przemysłu S.A., en adelante «ARP»), el organismo responsable de supervisar la reestructuración de las empresas en aplicación de la Ley de 30.10.2002 (con arreglo al Capítulo 5).

(32)

Además, mediante la enmienda de 30.10.2002, que entró en vigor el 14 de noviembre de 2003, se ha introducido en el Capítulo 5.a) de la Ley la posibilidad de recuperar dinero de deudas públicas sobre la base de un régimen especial de reestructuración por el que el beneficiario cede a una sociedad perteneciente a ARP (en adelante «Operator») una parte de sus activos libre de garantías y cuyo valor represente al menos el 25 % de la deuda total. Posteriormente se venden estos activos para pagar a los acreedores públicos (artículo 32.d) de la Ley de 30.10.2002). No obstante, los acreedores públicos han de avalar el régimen especial de reestructuración (artículo 32.h) de la Ley de 30 de octubre de 2002).

(33)

El Capítulo 5.a) y el régimen especial de reestructuración amplían también el ámbito de aplicación temporal y material de las deudas reestructurables. Las deudas pueden ser prorrogadas un año más (hasta el 30 de junio de 2003) y pueden abarcar más tipos diferentes de deuda pública con arreglo a lo dispuesto en el artículo 32.a.1) de la Ley de 30.10.2002 (14).

c)   El proceso de reestructuración de Huta Częstochowa

(34)

El 21 de enero de 2003 HCz solicitó a la ARP que procediese a su reestructuración de conformidad con la Ley de 30.10.2002. El 21 de febrero de 2003 el presidente de ARP aceptó la solicitud y ordenó la puesta en marcha del proceso de reestructuración de conformidad con el artículo 10.1 de la Ley de 30.10.2002, lo que ofrecía a HCz protección frente a la declaración de insolvencia.

(35)

El 18 de abril de 2003 HCz presentó un plan de reestructuración a la ARP. La idea central del mismo consistía en separar los activos productivos de HCz del resto y vender los primeros sin cese de actividad a un inversor privado. El 2 de julio de 2003 la ARP dio su visto bueno al plan, que seguidamente fue remitido al Servicio de Defensa de la Competencia y Protección de los Consumidores (en lo sucesivo «UOKiK»), que lo aceptó el 25 de julio de 2003, a condición de que no se concediesen ayudas estatales (15).

(36)

El 7 de agosto de 2003 el presidente de la ARP adoptó la decisión de reestructuración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.4 de la Ley de 30.10.2002. En octubre de 2003 se modificó el plan de reestructuración para incluir las condiciones establecidas por el UOKiK. El 1 de diciembre de 2003 fue aprobado por la ARP, que modificó la decisión de reestructuración original.

(37)

El 30 de abril de 2004 el presidente de ARP adoptó una nueva decisión por la que modificaba la decisión de reestructuración, basada en un plan de empresa actualizado fechado el 26 de abril de 2004. Era necesario modificar el plan para tomar en consideración los cambios introducidos en la Ley de 30.10.2002; la nueva versión describía también la división de los activos con mayor detalle (16).

d)   Los acreedores de Huta Częstochowa

(38)

El plan de reestructuración identificó varios grupos de acreedores en función de la naturaleza jurídica de las obligaciones:

(39)

El primer grupo incluye las deudas de derecho público (importes hasta el 30 de junio de 2003):

cotizaciones a la Seguridad Social (a favor de Zakład Ubezpieczeń Społecznych (en adelante «ZUS»)) por importe de unos [...] millones de PLN ([...] millones reestructurables, y [...] millones no reestructurables);

impuestos sobre bienes inmuebles (a favor del Ayuntamiento de Częstochowa) por importe de [...] millones de PLN;

tasa medioambiental (a favor del voivodato de Silesia (entidad regional) por importe de [...] millones de PLN;

un préstamo de Fundusz Gwarantowanych Świadczeń Pracowniczych (Fondo de Garantía de las Prestaciones Salariales, en adelante «FGSP») por importe de [...] millones de PLN;

pagos a Państwowy Fundusz Rehabilitacji Osób Niepełnosprawnych (Fondo Estatal para la Rehabilitación de Personas con Discapacidad, en adelante «PFRON») por importe de [...] millones de PLN;

deudas contraídas con el Ayuntamiento de Częstochowa por importe de [...] millones de PLN; e

IVA y otros impuestos a favor de Urząd Skarbowy (en adelante «Agencia Tributaria»)) por importe de [...] millones de PLN.

Por consiguiente, los «acreedores de derecho público» son: ZUS, FGSP y PFRON, dependientes del Ministerio de Economía y Trabajo, el Municipio de Częstochowa, incluida su Agencia Tributaria, el Ayuntamiento y la provincia de Silesia. A ello hay que añadir otras municipalidades, como Poraj, que adeudan cantidades más pequeñas.

(40)

El segundo grupo está compuesto por deudas comerciales (importes que vencían el 30 de septiembre de 2003), y pueden subdividirse en deudas con acreedores públicos y privados. El primer subgrupo (en adelante «los acreedores públicos con deudas comerciales») está formado por:

PSE ([...] millones de PLN);

Zakład Energetyczny Częstochowa S.A. (en adelante «Zakład Energetyczny», [...] millones de PLN);

ARP ([...] millones de PLN);

PKP Dyrekcja Generalna S.A. (en adelante «PKP», [...] millones de PLN);

Polskie Górnictwo Naftowe i Gazownictwo S.A. (en adelante «PGNiG», [...] millones de PLN);

Centrala Zbytu Węgla Węglozbyt S.A. (en adelante «CZW Węglozbyt», [...] millones de PLN); y

Kompania Węglowa Sp. z o.o. ([...] millones de PLN).

(41)

El segundo subgrupo, y simultáneamente el tercer grupo, abarca los siguientes acreedores privados (importes devengados a 30 de septiembre de 2003):

Kredyt Bank S.A. ([...] millones de PLN);

ING Bank Śląski S.A. (en adelante «ING BSK», [...] millones de PLN);

BPK Logo ([...] millones de PLN);

Bank Przemysłowo Handlowy S.A. (en adelante «BPH», [...] millones de PLN);

Citybank Handlowy S.A. ([...] millones de PLN); y

Bank Millenium S.A. ([...] millones de PLN).

e)   Medidas relativas a la reestructuración financiera

(42)

El plan de reestructuración contempla la reestructuración financiera de las deudas anteriores mediante la división de los activos en tres empresas.

(1)

Majątek Hutniczy Sp. z o.o. (a la que se ha hecho referencia anteriormente como «MH») se hará con los activos siderúrgicos. Se emitirán acciones de la empresa a cambio de las deudas comerciales y posteriormente los acreedores las venderán (posiblemente junto a la venta de HSCz por parte de TFS) a un inversor estratégico.

(2)

Operator Sp. z o.o. (en adelante «Operator») recibirá determinados activos no productivos (es decir, activos no siderúrgicos) con objeto de saldar las deudas de derecho público reestructurables.

(3)

Regionalny Fundusz Gospodarczy (Fondo Económico Regional, en adelante «RFG») será la sucesora de HCz con un nuevo nombre. Con el fin de saldar las deudas restantes (fundamentalmente las deudas no reestructurables), venderá la mayor parte de las filiales, junto con la fábrica de tubos y la planta de coque, al inversor estratégico.

(1)   MH y el pago de las deudas comerciales

(43)

El plan de reestructuración establece que, a cambio de sus deudas, se deberá ofrecer a los acreedores con deudas comerciales activos de producción siderúrgica. Con ellos se pretende intercambiar deudas por acciones en una filial de nueva creación, MH, que se convertirá en titular de la totalidad del equipo de la acería, el laminador y el edificio de administración.

(44)

El valor de los activos se determinó con arreglo a la legislación polaca sobre empresas de titularidad pública, que exige una evaluación de los activos antes de proceder a la venta. En consecuencia, en agosto de 2003 ATEST llevó a cabo una valoración del alto horno (fundición) (17), que arrojó una cifra de [...] millones de PLN. Por otra parte, el tren de laminado fue valorado por PROFCEN de Częstochowa en [...] millones de PLN. No obstante, habida cuenta de que estas valoraciones fueron cuestionadas por los acreedores comerciales, que las consideraron demasiado optimistas a la vista del método empleado, en diciembre de 2003 ATEST realizó una nueva valoración basada en el flujo de caja descontado del tren de laminado y la fundición, que arrojó la cifra de [...] millones de PLN. Por otra parte, una valoración realizada siguiendo el método suizo (2/3 flujo de tesorería descontado, 1/3 valoración de activos) arrojó una cifra de [...] millones de PLN. Esta valoración fue más o menos confirmada por la oferta que LNM presentó en diciembre de 2003 por valor de [...] millones de PLN, corregida a [...] millones de PLN a finales de 2003 (no obstante, para marzo de 2005 y como consecuencia del incremento significativo del precio del acero, el valor casi se había duplicado hasta alcanzar […entre 600 y 650] millones de PLN).

(45)

El 13 de octubre de 2003, los acreedores comerciales firmaron un acuerdo para la reestructuración de su deuda antes de junio de 2002 (en adelante «el acuerdo de reestructuración») que entró en vigor el 9 de diciembre de 2003. Sobre la base del valor en libros de los activos de MH, es decir, 320 millones de PLN, este acuerdo establecía, en primer lugar, que las deudas a 30 de junio de 2002 de los mencionados acreedores comerciales se liquidarían mediante la conversión parcial en el 80,44 % de las acciones de MH. De ellas, el 72,47 % se abonó en proporción a las deudas vigentes de los acreedores comerciales, y el 7,97 % se asignó proporcionalmente a las garantías existentes de los acreedores. Todo ello condujo a una amortización de la deuda de un 60 % en 2003 y de aproximadamente un 30 % en 2005.

(46)

En segundo lugar, el acuerdo de reestructuración establecía que RFG debería utilizar el 19,56 % restante de las acciones de MH para liquidar, por una parte, la totalidad de los intereses sobre las deudas existentes con anterioridad a junio de 2002, calculadas hasta el día de entrada en vigor del acuerdo, es decir, el 9 de diciembre de 2003 (posteriormente ha sido reemplazado por el acuerdo de reestructuración), y, por otra, las deudas surgidas después de junio de 2002 y los intereses correspondientes.

(47)

El acuerdo de reestructuración fue modificado posteriormente en varias ocasiones para cambiar el plazo en el cual los acreedores participantes debían recibir las acciones de MH y el plazo de recepción de ofertas por MH procedentes de inversores estratégicos.

(48)

El acuerdo de reestructuración fue suscrito inicialmente por los acreedores que representaban el 54 % del importe de la deuda exigida, que incluía a los siguientes acreedores comerciales públicos: PSE, Zakład Energetyczny, ARP, PKP, PGNiG y los siguientes acreedores privados: el banco BPH y BPK Logo. Kredyt Bank, ING BSK, Citibank Handlowy, Bank Millenium, CZW Węglozbyt y Kompania Węglowa no dieron su consentimiento en un primer momento. No obstante, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley de 30.10.2002, el acuerdo es de obligado cumplimiento para todos los acreedores con deudas comerciales.

(49)

En marzo de 2004 Bank Millenium, CZW Węglozbyt y Kompania Węglowa dieron su visto bueno al acuerdo de reestructuración. Posteriormente, también Kredyt Bank, ING y Citibank Handlowy avalaron la lógica económica subyacente al programa de reestructuración.

(50)

La Comisión entiende que MH se venderá con las hipotecas sobre activos de la empresa, dado que el producto de la venta se empleará para saldar las demás deudas públicas comerciales y las deudas de derecho público no reestructurables; no será hasta entonces cuando se liberarán las hipotecas.

(2)   Operator — y el pago de las deudas de derecho público reestructurables

(51)

El plan de reestructuración aprobado por la decisión de reestructuración establece que Operator asume la totalidad de las deudas públicas reestructurables a 30 de junio de 2003.

(52)

Como contrapartida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.d) de la Ley de 30.10.2002, HCz transferirá a Operator una parte de sus activos — libres de garantías — por valor como mínimo del 25 % de las deudas transferidas a Operator. Estos activos han sido definidos en el plan de reestructuración e incluyen terrenos, una parte de los cuales constituirá un parque industrial, la compañía electroenergética Elsen, y 10 millones de PLN en activos exigibles. Operator tratará de obtener el máximo efectivo posible de estos activos. No se espera poder culminar la venta de la mayor parte de estos activos antes de diciembre de 2005.

(53)

El valor del terreno que recibirá Operator ha sido estimado por un auditor independiente en 120,6 millones de PLN. Junto con las acciones de Elsen, valoradas en unos 25,4 millones de PLN, y las deudas por valor de 10 millones de PLN, los activos de Operator ascenderían a 156 millones de PLN (18). Esta evaluación fue llevada a cabo en nombre de la ARP por parte de BRE Corporate Finance, banco de inversión de Commerzbank en Polonia (19).

(54)

La transferencia de deudas a Operator conlleva automáticamente la liberación de las garantías en relación con estas deudas. No obstante, como consecuencia de la existencia de deudas no reestructurables, algunos acreedores públicos seguirán manteniendo garantías, que seguirán en vigor hasta que HCz/RFG pueda liquidar sus deudas tras la venta de MH.

(55)

ZUS, el Ayuntamiento de Częstochowa, PFRON y el voivodato de Silesia han dado su visto bueno a la reestructuración basada en unas reglas específicas. Por otra parte, las autoridades polacas han señalado que la Agencia Tributaria de Częstochowa, FGŚP y las autoridades municipales de Poraj se opusieron a esta forma de reestructuración a principios de junio de 2005 por considerar que la insolvencia lograría mejores resultados. Por tanto, sus deudas se consideraron no reestructurables y deberán ser saldadas por HCz/RFG. Las autoridades polacas han garantizado que estas deudas se abonarán íntegramente.

(3)   RFG — Pago de las deudas comerciales y las deudas públicas no reestructurables

(56)

HCz pasará a llamarse RFG. RFG pasará a ser propietaria de varios de los activos restantes y especialmente de las filiales de HCz, como Rurexpol y la planta de coque, la mayoría de las cuales se venderán al inversor estratégico. Además, diversos activos que HSCz alquilaba se cederán a otra filial de HCz llamada Majątek Hutniczy Plus (en adelante «MH Plus») con vistas a revenderla al inversor estratégico en beneficio de RFG.

(57)

Los activos de RFG fueron valorados por primera vez a finales de 2003 por los consultores de la empresa PROFCEN de Częstochowa y esta evaluación se unió a las posteriores valoraciones de las filiales realizadas por ATEST. Las ofertas recibidas de inversores estratégicos han aportado datos adicionales sobre el valor de MH y MH Plus. La segunda base de valoración se fijó a principios de 2005 después de que se recibiera la oferta de compra por acciones de varias filiales (véase el punto 62) y refleja el notorio repunte registrado en el mercado siderúrgico. A continuación figura el valor de las filiales:

Cuadro 1

Estimaciones del valor de las filiales que ha de vender RFG

cifras en PLN

Filiales

2003

2005

19,6 % MH

[...]

[...]

MH Plus

[...]

[...]

Koksownia Częstochowa Sp. z o.o.

[...]

[...]

Restantes filiales de Huta Częstochowa (20)

[...]

[...]

Total

[...]

[...]

(58)

RFG tendrá que devolver la totalidad de la deuda de derecho público no reestructurable (unos [...] millones de PLN) (21). Además, deberá pagar intereses sobre las deudas comerciales reestructuradas en forma de conversión en acciones de MH para el periodo del 1 de julio de 2002 al 9 de diciembre de 2003 ([...] millones de PLN) y cualesquiera nuevas deudas comerciales con intereses devengados a partir de junio de 2002 (estimados en [...] millones de PLN) (22). Por tanto, de los [...] millones de PLN que RFG obtendrá de la venta de las filiales, [...] millones de PLN se emplearán para saldar todas las deudas existentes, mientras que [...] millones de PLN se destinarán a cubrir los costes de reestructuración y unos [...] millones de PLN permanecerán en RFG.

(4)   Venta de las filiales de Huta Częstochowa a un inversor estratégico

(59)

Junto con los acreedores de HCz y bajo la supervisión del Ministerio de Hacienda polaco, HCz y TFS tienen la intención de vender a un inversor estratégico sus acciones en MH, MH Plus, la planta de coque, Rurexpol y algunas otras filiales, además de acciones en HSCz. El proceso deberá ser supervisado por una comisión negociadora que estará formada por representantes de HCz, TFS y nueve acreedores de HCz (BPH, Citibank Bank Handlowy, Bank Millennium, Kredyt Bank, ING BSK, PSE, PKP, PGNiG y ARP).

(60)

A raíz del primer procedimiento de licitación, la sociedad holding LNM N.V (ahora reagrupada bajo el nombre de Mittal Steel y en adelante llamada «LNM») y la Unión Industrial de Donbass (en lo sucesivo «Donbass») fueron seleccionadas por TFS y HCz como licitadores preferentes para iniciar negociaciones exclusivas. Aunque el 31 de marzo de 2004 se celebró el contrato preliminar, fue rescindido posteriormente. En el otoño se 2004, se volvió a lanzar la licitación con la participación de los licitadores preferentes.

(61)

En febrero de 2005 se concedió exclusividad a LNM sobre la base del precio ofertado. A la vista del repunte de los mercados siderúrgico y de coque, el precio había aumentado significativamente. El 15 de abril se rubricó un acuerdo con LNM. No obstante, el 16 de mayo, después de que fracasaran las conversaciones de LNM con los sindicatos, se entablaron negociaciones con Donbass. Según las autoridades polacas, Donbass estaba dispuesto a igualar el precio ofrecido por LNM, por lo que se llegó a un acuerdo el 16 de junio de 2005, que constituye la base de un acuerdo final consistente en la venta de las empresas a Donbass.

(62)

Se pagará un precio de unos [...] millones de PLN por MH (aproximadamente […(entre 600 y 650)] millones de PLN), MH Plus (unos [...] millones de PLN), Koksownia (unos [...]millones de PLN), Rurexpol y otras 8 filiales de HCz (unos [...] millones de PLN en total) y HSCz (unos [...] millones de PLN — este importe será percibido por TFS). Los vendedores fijaron precios mínimos, si bien, a la vista del precio ofrecido por todos los elementos de la operación, aumentaron proporcionalmente estos importes (dado que, de no hacerlo, habrían corrido el riesgo de que otros licitadores presentaran mejores ofertas por los distintos elementos).

(63)

En octubre de 2004, TFS presentó un plan de empresa actualizado (en adelante «el PE») para HSCz para el periodo 2004-2006, partiendo de la base de que las operaciones y activos de HSCz permanezcan reagrupados en una empresa (en la que estarán integradas MH, MH Plus y HSCz). Este PE incluye inversiones por valor de 252,6 millones de PLN en la planta existente. También se ha previsto la adopción de algunas otras medidas de reestructuración, como son la reducción de costes y un plan medioambiental. Sobre la base de estas medidas, el PE prevé una rentabilidad de las inversiones superior al 10 % para el periodo 2004-2006 y un rendimiento del capital por encima del 5 %.

(64)

La oferta obligaba al inversor a completar el programa de inversión en el plazo de 24 meses a partir de que se hiciera con el control de HSCz, MH y MH Plus. Además, el contrato de venta obligará al inversor a no incrementar la capacidad de producción de productos acabados hasta el 31 de diciembre de 2006, y especialmente a no llevar a cabo inversiones en nuevas líneas de producción de chapas laminadas en caliente.

f)   Resumen relativo a las deudas y sus cesiones

(65)

Con objeto de evaluar las consecuencias de la reestructuración, PriceWaterhouseCoopers llevó a cabo un estudio económico detallado en nombre de las autoridades polacas (en adelante «el estudio de PWC»), que compara el alcance de la liquidación de deudas en dos supuestos, los de reestructuración e insolvencia. Las medidas de reestructuración se adoptaron a raíz del acuerdo de reestructuración de octubre de 2003 y de la decisión de reestructuración de agosto/diciembre de 2003. Las medidas adoptadas en el supuesto de insolvencia se basan en la hipotética aplicación de la Ley de insolvencia (23) y en la mejor solución para los acreedores públicos institucionales.

(66)

El estudio parte de la base de que la insolvencia y la reestructuración tendrían lugar, en el primer caso, el 31 de diciembre de 2003 (véase el cuadro 2) y, en el segundo, el 31 de marzo de 2005 (véase el cuadro 3). La cuantía de las deudas y el valor de los activos se calculan sobre la base del valor actualizado en ese momento (es decir, en 2003 el valor de MH era de […(entre 325 y 375)] millones de PLN, mientras que en 2005 sería de […(entre 600 y 650)] millones de PLN). La razón de que el estudio se llevara a cabo sobre dos periodos de tiempo diferentes es que los acreedores comerciales ya habían aceptado la reestructuración sobre la base del cuadro 2, mientras que los acreedores públicos institucionales no dieron su autorización en 2003 sino posteriormente con vistas a la hipótesis de marzo de 2005. No obstante, en ese momento las cifras cambiaron notablemente ya que, por una parte, aumentaron los derechos de los acreedores como consecuencia de la acumulación de intereses y, por otra, mejoraron los ingresos procedentes tanto de las hipótesis de insolvencia como de reestructuración al incrementarse el valor de los activos en cuestión.

Cuadro 2

Comparación de ingresos en diciembre de 2003.

en millones de PLN

Análisis 2003

Deudas a 31.03.2003

ingresos procedentes de la insolvencia (análisis PWC 2003)

Ingresos del Plan de reestructuraciónDiferencia

Diferencia (Reestructura-ción — Insolvencia)

Reestructura-ción en % de insolvencia

% recuperación de insolvencia

% recuperacde reestrucraciónDiferencia

Total

de Majątek Hutniczy sp. z o.o.

de RFG

de Operator Sp. z o.o. ARP

Todos los acreedores públicos

875,7

405,1

531,0

[…]

[…]

[…]

125,9

131

46

61

Acreedores públicos institucionales:

470,1

234,9

315,4

[…]

[…]

[…]

80,5

134

50

67

Zakład Ubezpieczeń Społecznych (Seguridad Social)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

136

53

72

Gmina Częstochowa (Municipio de Częstochowa)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

148

39

58

Urząd Skarbowy (Agencia Tributaria)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

67

100

67

Fundusz Gwarantowanych Świadczeń Pracowniczych (FGSP)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

53

100

53

Państwowy Fundusz Rehabilitacji Osób Niepełnosprawnych (PFRON)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

178

30

53

Województwo śląskie (Provincia de Silesia)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

210

25

53

Municipio de Poraj y otros

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

165

42

69

Acreedores comerciales:

405,6

170,2

215,6

[…]

[…]

45,4

127

42

53

Polskie Sieci Elektroenergetyczne S.A. (Red eléctrica)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

139

38

54

Zakład Energetyczny Częstochowa S.A. (empresa energética)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

97

69

67

Agencja Rozwoju Przemysłu S.A. (Agencia de desarrollo industrial)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

116

42

49

PKP S.A. (Ferrocarriles polacos)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

174

26

46

PGNiG S.A. (gasística polaca)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

104

51

53

Kompania Węglowa S.A (compañía hullera)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

198

23

45

Centrala Zbytu Węgla Węglozbyt S.A (compañía hullera)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

169

28

47

Principales acreedores privados:

520,5

312,3

265,91

[…]

[…]

46,4

85

60

51

Kredyt Bank

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

80

70

56

ING BSK

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

91

63

57

Bank BPH

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

62

81

50

Citibank Handlowy

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

99

46

46

Bank Millennium

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

65

78

50

Acreedores varios

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

111

41

45

TOTAL

 

717,41

796,91

[…]

[…]

 

 

 

 

 

Cuadro 3

Comparación de ingresos en marzo de 2005.

en millones de PLN

Análisis 2005

Deudas a 31.03.2005

ingresos procedentes de la insolvencia (análisis PWC 2005)

Ingresos del Plan de reestructuración

Diferencia (Reestructura-ción — Insolvencia)

Reestructura-ción en % de insolvencia

% recuperación de insolvencia

% recuperacde reestructura

Total

de Majątek Hutniczy sp. z o.o.

de RFG

de Operator Sp. z o.o. ARP

Todos los acreedores públicos

950,6

659,7

664,4

[…]

[…]

[…]

 

 

 

 

Acreedores públicos institucionales:

504,72

342,4

365,6

[…]

[…]

[…]

23,2

107

68

72

Zakład Ubezpieczeń Społecznych (Seguridad Social)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

110

68

74

Gmina Częstochowa (Municipio de Częstochowa)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

110

69

75

Urząd Skarbowy (Agencia Tributaria)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

62

100

62

Fundusz Gwarantowanych Świadczeń Pracowniczych (FGSP)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

49

100

49

Państwowy Fundusz Rehabilitacji Osób Niepełnosprawnych (PFRON)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

105

55

58

Województwo śląskie (Provincia de Silesia)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

122

47

57

Municipio de Poraj y otros

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

53

73

39

Acreedores comerciales

445,9

317,3

306,3

[…]

[…]

11,0

97

71

69

Polskie Sieci Elektroenergetyczne S.A. (Red eléctrica)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

96

69

66

Zakład Energetyczny Częstochowa S.A. (empresa energética)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

90

85

76

Agencja Rozwoju Przemysłu S.A. (Agencia de desarrollo industrial)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

74

100

74

PKP S.A. (Ferrocarriles polcaos)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

142

47

67

PGNiG S.A. (gasística polaca)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

92

72

66

Kompania Węglowa S.A (compañía hullera)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

146

43

63

Centrala Zbytu Węgla Węglozbyt S.A (compañía hullera)

 

 

 

 

 

 

 

122

51

62

Principales acreedores privados:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Bancos:

411,4

346,2

295,9

[…]

[…]

50,3

85

84

72

Kredyt Bank

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

82

89

73

ING BSK

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

92

77

71

Bank BPH

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

84

82

69

Citibank Handlowy

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

84

83

70

Bank Millenium

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

90

90

81

Otros acreedores privados

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

63

88

55

Acreedores varios

 

 

[…]

[…]

[…]

 

 

 

 

 

TOTAL

1 529,0

1 152,5

1 070,4

[…]

[…]

 

 

 

 

 

3.   Subvenciones y otras medidas de ayuda

a)   Subvenciones concedidas a Huta Częstochowa

(67)

Entre 1997 y mayo de 2002 HCz recibió ayudas económicas del Estado por importe de 25 161 072,08 de PLN (5,3 millones de euros).

(68)

Se concedió una ayuda de 19 699 452 PLN (4,15 millones de euros) destinada a ayudas de funcionamiento y reestructuración del empleo:

El 10 de junio de 1997Wojewódzki Fundusz Ochrony Środowiska i Gospodarki Wodnej (Fondo para la protección del medio ambiente, en adelante «el Fondo medioambiental») concedió un crédito preferente de 900 000 PLN. La diferencia entre el tipo preferente y los tipos de mercado ascendió a 354 175,28 PLN (24).

El 24 de octubre de 1997 el presidente de PFRON renunció a deudas por importe de 1 019 436 PLN y 2 695 558 PLN (25).

El 15 de octubre de 1998 el Fondo medioambiental renunció a deudas por importe de 50 000 PLN (26).

El 21 de diciembre de 1998 el voivodato de Częstochowa renunció a deudas por importe de 2 116 260 PLN (27).

El 22 de abril de 1999 el FGŚP renunció a los intereses de un préstamo concedido a HCz por importe de 13 726 271,88 PLN. El importe de los intereses a los que se renunció fue de 3 369 111 PLN (28).

El 22 de abril de 1999 la Agencia Tributaria de Częstochowa renunció a deudas por importe de 186 809 PLN (29).

El 5 de mayo de 1999 la Agencia Tributaria de Częstochowa renunció a deudas por importe de 151 187 PLN (30).

El 14 de septiembre de 1999 el ministro de Economía concedió una subvención de 3 556 808 PLN para la reestructuración del empleo (31).

El 15 de noviembre de 1999 el Ayuntamiento de Częstochowa renunció a deudas por importe de 394 427 PLN y 305 904 PLN (32).

El 2 de febrero de 2000 el ministro de Economía concedió subvenciones por importe de 24 400,55 PLN destinadas a la reestructuración del empleo (33).

El 22 de febrero de 2000 el alcalde de Popów renunció a deudas por importe de 13 494,40 y 1 339,60 PLN (34).

El 10 de mayo de 2000 el ministro de Economía concedió ayudas por importe de 4 217 240,57 para la reestructuración del empleo (35).

El 1 de febrero de 2001 el ministro de Economía concedió ayudas por importe de 17 849,19 PLN para la reestructuración del empleo (36).

El 2 de mayo de 2001 el alcalde de Poraj renunció a 77 986,70 PLN (37).

El 2 de julio de 2001 el ministro de Economía concedió ayudas por importe de 795 685,06 PLN para la reestructuración del empleo (38).

El 10 de mayo de 2002 el ministro de Economía concedió ayudas por importe de 251 780,73 PLN para la reestructuración del empleo (39).

(69)

Por otra parte, la Komitet Badań Naukowych (Comisión de investigación científica, en adelante «KBN») concedió 5 461 620 PLN (1,15 millones de euros) a HCz. Estas ayudas se basaban en los acuerdos suscritos entre HCz y KBN y el Instituto de Metalurgia de Gliwice con el fin de fomentar la realización de proyectos de investigación y desarrollo (en lo sucesivo denominados «programas de investigación y desarrollo»). Las ayudas constan de:

Una subvención concedida el 20 de junio de 1997 de 394 420 PLN de unos costes totales de 2 391 420 PLN (16,5 %), destinada a actividades de investigación industrial y desarrollo precompetitivo en el marco de un control técnico de la elaboración de un sistema que responde a la norma ISO 14001 de conformidad con la legislación medioambiental polaca (40). Todo el proyecto fue llevado a cabo por el Instituto de la Academia de Ciencias de Polonia (41). Las autoridades polacas han indicado que las ayudas se destinaban a fomentar actividades de I+D, ya que HCz no lleva a cabo este tipo de investigación y por si misma no habría encargado la realización de trabajos destinados a desarrollar modelos de documentos ISO que pueden ser usados por una amplia gama de empresas industriales.

Una subvención concedida el 6 de octubre de 1997 de 2 450 000 PLN de unos costes totales de 7 920 000 PLN (31,9 %), destinada a actividades de investigación industrial y desarrollo precompetitivo que forma parte de un proyecto para el desarrollo de procesos modernos de producción de acero aleado en una línea completa de fabricación de chapas y tubos (42). La investigación fue llevada a cabo por el Instituto de Metalurgia. Las autoridades polacas han indicado que la ayuda produjo un efecto incentivador, ya que facilitó información sobre los procesos técnicos para la producción de acero aleado a toda una amplia gama de empresas (en los sectores de la perforación, la construcción naval, la energía y la construcción, entre otros), que HCz no habría logrado por sí sola.

Una subvención concedida el 26 de noviembre de 1998 de 104 000 PLN de unos costes totales de 290 000 PLN (35,8 %), destinada a investigación industrial que forma parte de un proyecto para desarrollar el proceso de mejora de la calidad del agua en los sistemas de refrigeración industrial con torres de refrigeración (43). Este proyecto fue desarrollado por la Academia de Ciencias polaca. Las autoridades polacas señalan que la ayuda tuvo un efecto incentivador, ya que, de no ser por ella, HCz no habría apoyado el proyecto. El proyecto se puso a disposición de otras empresas que empleaban sistemas de refrigeración similares y HCz no lo habría llevado a cabo por sí sola.

Una subvención concedida el 30 de noviembre de 1999 de 2 290 000 PLN de unos costes totales de 5 626 000 PLN. Una suma de 2 000 000 PLN se destinó a investigación industrial de un valor total de 3 526 000 PLN (56,7 %) y otra ayuda de 290 000 PLN a actividades de desarrollo precompetitivo de un valor de 2 100 000 PLN (13.8 %). La investigación fue llevada a cabo por el Instituto de Metalurgia y consistía en la fabricación de chapas de estructura interna homogénea (44). Las autoridades polacas han indicado que la ayuda tuvo un efecto incentivador a la vista de que la información fue facilitada posteriormente a otras empresas que operan en la transformación metalúrgica, ya que, de no ser por esta ayuda, la investigación no se habría encargado.

Una subvención concedida el 15 de noviembre de 2000 de 223 200 PLN de unos costes totales de 496 400 PLN (45 %) destinada a investigación industrial que forma parte de un proyecto que consta de pruebas plastométricas y la identificación de parámetros para procesos metalúrgicos. Este proyecto se llevó a cabo formando parte del Quinto Programa Marco de la Unión Europea, Programa temático III GROWTH, con el acrónimo TESTIFY y las autoridades polacas han sido categóricas al afirmar que la empresa no habría participado en el proyecto sin ayuda pública.

b)   Medidas a favor de Huta Stali Częstochowa

(70)

HSCz recibió diversas ayudas económicas entre noviembre de 2002 y enero de 2004.

(71)

HCz aplazó el pago de sus deudas con ZUS y FGSP, aunque posteriormente procedió a su liquidación. Los pagos atrasados (efectuados con más de dos semanas de retraso con relación a la fecha de vencimiento) ascienden en total a 18 155 302 PLN. En relación con estos pagos, que por lo general no se efectuaban con más de seis meses de retraso, HCSz hubo de abonar intereses legales por importe de 560 383 PLN.

(72)

La Agencia Tributaria de Częstochowa aceptó el aplazamiento del pago de deudas fiscales por un importe de unos 7 millones de PLN a cambio del pago de los intereses legales, que se abonaron debidamente. Sin embargo, la Agencia renunció a una parte de los intereses legales adeudados en concepto de pagos atrasados. La diferencia entre los intereses pagados y el total de intereses legales adeudados es de 31 145 PLN.

(73)

El presidente de PFRON renunció a los intereses por deudas de HSCz por importe de 22 821 PLN y aceptó el pago de las cuantías adeudas en plazos de unos 350 000 PLN, lo que constituye un valor equivalente de ayudas de 8 150 PLN. Si se tienen en cuenta los beneficios fiscales por importe de 31 145 PLN, se liberó a HSCz del pago de deudas por un importe total de 62 116 PLN (unos 13 077 euros).

(74)

Por último, el 27 de noviembre de 2002 y el 20 de noviembre de 2003 KBN concedió subvenciones por importe de 1 100 000 PLN y 280 000 PLN (1 380 000 PLN) de unos costes totales de 4 370 000 PLN (30,4 %) destinadas a investigación industrial y actividad precompetitiva para un proyecto concebido con vistas a analizar fórmulas de modernización del proceso tecnológico en las fundiciones mediante la modificación de la distribución de los componentes utilizados para producir acero con vistas a mejorar su calidad y eficiencia (45).

III.   RAZONES PARA LA INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

(75)

En su decisión de incoar el procedimiento, la Comisión expresó sus dudas de que las medidas llevadas a cabo por Polonia fuesen constitutivas de ayuda, fundamentalmente por tres razones:

La Comisión tenía motivos para creer que la reestructuración de HCz no pasaba la prueba del acreedor privado. Se puso de relieve que algunos acreedores públicos estaban renunciando a más deudas en el curso de la reestructuración de a las que habrían renunciado en caso de insolvencia, lo que hacía pensar que disponían de mejores garantías, al menos en el caso de los acreedores públicos institucionales. En estas circunstancias, la Comisión se mostró reticente a aceptar el argumento de las autoridades polacas según el cual, en términos generales, el plan de reestructuración era más rentable para el Estado que la liquidación. Por otra parte, la Comisión no estaba segura de si se había obtenido el visto bueno de los acreedores públicos institucionales meramente sobre la base de la Ley de 30 de octubre de 2002 y si Operator recibiría realmente activos valiosos.

Además, la Comisión tampoco estaba segura de cómo HSCz había seguido produciendo sin capital circulante ni de si había recibido otras ayudas financieras.

Por último, la Comisión contaba en su documentación con información según la cual HCz había recibido diversas medidas de ayuda financiera entre 1997 y 2002.

(76)

La Comisión también expresó su inquietud sobre si, a la luz de lo dispuesto en el punto 4.a) del Protocolo no 8, LNM tendría derecho a adquirir acciones de HCz, dado que LNM ya era propietaria de MSP, beneficiaria de ayudas públicas en el marco de dicho Protocolo.

IV.   OBSERVACIONES DE LOS INTERESADOS

(77)

Mediante carta de 9 de septiembre de 2004, UK Steel, actuando en nombre de los competidores de HCz en el Reino Unido, alega que las condonaciones y los pagos aplazados de deudas, mientras no se reembolsen en su totalidad, constituyen ayuda estatal. UK Steel suscribe los temores de la Comisión de que, en condiciones normales de mercado, los activos siderúrgicos de HCz se habrían liquidado y no se habrían alquilado a HSCz. La empresa británica insta también a la Comisión a aplicar el punto 4.b) del Protocolo no 8, lo que, a su juicio, impediría que LNM comprase activos de HCz.

(78)

Mediante carta fechada el 10 de septiembre de 2004, la República Checa, en su calidad de propietaria de otra planta siderúrgica que fabrica chapas, Vítkovice Steel, declaró su interés en el procedimiento de la Comisión.

(79)

Mediante carta de 10 de septiembre de 2004, LNM participa en el procedimiento de la Comisión como uno de los licitadores potenciales. LNM asevera que su objetivo reside en contribuir a demostrar que la privatización de las compañías siderúrgicas de HCz y la relación entre otras compañías del grupo LNM son plenamente compatibles con el Tratado de adhesión y las normas sobre ayudas estatales. Entre otras cosas, confirma que su filial MSP no adquiere las compañías de HCz. Por otra parte, reitera su inequívoca garantía de que, en caso de lograr adquirir las compañías de HCz, las explotaría como una entidad independiente, totalmente separada de MSP, y de velar por que no se transfieran ayudas estatales o capacidad entre ellas y MSP. La única relación que tendrían las empresas sería de naturaleza comercial por la que MSP suministraría desbastes planos a HCz; esta relación se organizaría de forma transparente y a precios de mercado que no diferirían de los precios aplicados por los competidores de la compañía.

(80)

Donbass intervino en el procedimiento de la Comisión en calidad de licitador potencial mediante carta de 13 de septiembre de 2004. A su juicio, la reestructuración se está llevando a cabo en condiciones de mercado. Dada la pesadez y lentitud de los procedimientos de insolvencia, alberga serias dudas de que fuera interesante adquirir los activos de HCz si se pusiera en marcha el procedimiento de insolvencia.

V.   OBSERVACIONES DE LAS AUTORIDADES POLACAS

(81)

La República de Polonia aportó información adicional, en la que explica que ni la reestructuración de HCz ni la explotación de HSCz constaban de ayudas de reestructuración. Sólo reconoce que se concedieron algunas ayudas a HCz antes de finales de 2002. Por último, las autoridades polacas explican por qué la Comisión debería aceptar un cambio del PNR.

1.   Reestructuración de Huta Częstochowa

(82)

En primer lugar, las autoridades polacas ofrecen nuevos argumentos de por qué la reestructuración de HCz no incluía ayudas estatales. A este respecto, presentan el estudio antes mencionado de la hipótesis de insolvencia realizado por PWC. Su deseo es demostrar que las posibilidades de que se salden todas las deudas de los acreedores públicos son mayores en el caso de la reestructuración que en el de la insolvencia.

(83)

El estudio se basa en un análisis del valor de las garantías, que no se había realizado con anterioridad. De hecho, el estudio de PWC hace hincapié en que las deudas de los acreedores públicos están garantizadas principalmente mediante activos no productivos, con sólo una pequeña parte de la garantía mediante activos productivos, mientras que las deudas de los acreedores privados están garantizadas fundamentalmente con los activos productivos (más valiosos). Además, incluso en los casos en los que las deudas de los acreedores públicos están garantizadas con activos productivos de HCz, se encuentran registradas con fechas posteriores a las deudas de los acreedores privados. Con arreglo a la Ley de insolvencia polaca, tales deudas no pueden ser saldadas hasta que no lo hayan sido otras deudas registradas con anterioridad (es decir, las de los acreedores privados).

(84)

Sobre la base de este estudio, las autoridades polacas alegan que la reestructuración pasaría la prueba del acreedor privado. Sólo unos pocos acreedores públicos reciben menos con la reestructuración que con la insolvencia (aquellos que presentan un signo menos en la última columna de los cuadros 2 y 3) pero, en cualquier caso, sería más de lo que recibirían en una hipótesis realista de insolvencia.

(85)

Las autoridades polacas alegan que el estudio de PWC relativo a 2003 presenta una situación muy optimista para los acreedores institucionales de derecho público. En realidad, la permanente reducción de los ingresos procedentes del procedimiento de insolvencia es básicamente el resultado de la peculiaridad que presenta el procedimiento de insolvencia en Polonia (supervisado por los tribunales), que abarca los costes del síndico, que suelen ascender al 5 % del producto de las ventas y, en el caso de HCz, probablemente hasta un 10 %. Por otra parte, el procedimiento de insolvencia se prolonga durante tanto tiempo que el valor puede disminuir.

(86)

Las autoridades polacas alegan también que la insolvencia podría implicar que no se vendan los activos en un proceso uniforme, dado que algunos acreedores transfieren los derechos de propiedad a los activos individuales, por lo que pueden venderlos separadamente. Ante este hecho, los inversores no pueden estar seguros de adquirir una línea completa de producción, lo que puede conducir a la reducción del precio. Las autoridades polacas han ofrecido varios ejemplos de ventas en el marco del procedimiento de liquidación, incluido el caso de Huta Andrzej en el que el desglose de la titularidad de los activos productivos dificultó en gran medida la venta e hizo que el precio disminuyera. Por tanto, una venta realizada en el marco del procedimiento de insolvencia puede obtener un precio muy inferior al de las organizadas con arreglo al proceso de reestructuración.

(87)

Las autoridades polacas alegan también que los acreedores públicos que arrojan pérdidas seguirán en una situación más beneficiosa que los acreedores privados que, en cualquier caso, optaran por la reestructuración (si desean información pormenorizada vean los cuadros 2 y 3) (46).

(88)

Las autoridades polacas explican que la razón principal por la que los acreedores eran reticentes a firmar el acuerdo de reestructuración era la falta de confianza en que el programa de reestructuración arrojase resultados positivos. Asimismo, sugieren que los acreedores privados suelen mostrarse reticentes ante nuevas propuestas, entre otras cosas porque los bancos no son proclives a intercambiar avales e hipotecas sobre activos por acciones, ya que ello tiene como consecuencia que los auditores o la inspección bancaria rebajen sus deudas pendientes y se vean obligados a apuntar pérdidas en sus libros. Mantener el status quo, por otra parte, les permite mantener un valor más alto en sus libros, aunque no sea realista.

(89)

No obstante, ahora que la reestructuración parece viable, que el tiempo necesario para lograr los resultados no es demasiado y que hay buenas perspectivas de cobrar las deudas, existe una tendencia a aceptar tales acuerdos. De hecho, las autoridades polacas han presentado las cartas remitidas por Kredyt Bank y ING BSK que acreditan que, hasta los bancos más perjudicados por la reestructuración, consideran ahora que el plan de reestructuración es una solución más satisfactoria que la insolvencia. Entre tanto, los acreedores comerciales privados han señalado que están preparados para una nueva reducción del reembolso de intereses con el fin de garantizar que HCz mantiene los fondos suficientes para reembolsar sus deudas no reestructurables y costes asociados.

(90)

Las autoridades polacas alegan también que los acreedores comerciales públicos que, sobre la base del estudio de PWC, obtendrían menos de una situación de reestructuración que de liquidación, no tendrían en ningún caso el poder suficiente para impedir que se concluya con arreglo a la normativa polaca un acuerdo de conciliación. Así pues, en la práctica una minoría de acreedores insatisfechos no tendría la fuerza suficiente para forzar la liquidación.

(91)

Por lo que respecta a los acreedores institucionales de derecho público, las autoridades polacas han señalado que la liberación de las hipotecas en manos de los acreedores públicos y la cesión de las deudas a una nueva entidad, Operator, no se lleva a cabo de forma automática, sino que requiere el consentimiento individual de cada uno de los acreedores institucionales de derecho público, que, según las autoridades polacas, es discrecional. El mejor ejemplo de ello lo constituyen tres acreedores públicos institucionales (la Agencia Tributaria de Częstochowa, la FGSP y las autoridades municipales de Poraj), que se opusieron al programa de reestructuración basado en reglas específicas alegando que la liquidación les resultaría más beneficiosa.

2.   La actividad de Huta Stali Częstochowa

(92)

Las autoridades polacas también han facilitado información adicional sobre la actividad de HSCz. En ella alegan que el alquiler por parte de HCz de sus activos de producción de acero a HSCz es una iniciativa que cualquier acreedor privado aprobaría en condiciones normales. Habida cuenta de que las medidas de larga duración adoptadas por el síndico habría ocasionado el cese de las actividades de producción, la solución consistente en alquilar tales activos antes de la liquidación a una empresa independiente al margen del control del síndico es una forma de preservar el valor de los activos como negocio en marcha. A tal efecto, un acreedor privado también habría aceptado un aplazamiento de los pagos en el marco del acuerdo de alquiler.

(93)

Por otra parte, las autoridades polacas no aceptan que sus actividades sean constitutivas de ayuda estatal, ya que la financiación procedía de créditos concedidos en condiciones comerciales por los proveedores y de pagos adelantados de clientes de la siderúrgica, que no querían perder de cliente a HCz/HSCz.

(94)

Por lo que respecta al pago de facturas de energía eléctrica a PSE, las autoridades polacas alegan que las garantías no constituían ayuda estatal ya que HSCz pagó a TFS el tipo de mercado, que ascendía al 2 % de su valor real. Este valor se calculó sobre la base de que la cuantía garantizada no debía exceder en ningún caso de 6 millones de PLN, por lo que la prima de 120 000 PLN debería ser equivalente en realidad al 2 %. A modo de comparación, las autoridades polacas citan el ejemplo del Fondo Nacional de Garantía de Crédito, que ofrece «garantías de crédito» a los clientes de más de 25 bancos comerciales a tipos que actualmente se sitúan en el 1 % a un año, el 1,2 % a 2 años y el 1,4 % a 3 años. Por consiguiente, en opinión de las autoridades polacas, el coste y las cuantías de las garantías reflejan las condiciones de mercado vigentes en ese momento.

3.   Subvenciones y otras medidas de ayuda

(95)

En primer lugar, las autoridades polacas aceptan que la ayuda a HCz de 19 699 452 PLN (4 147 332 euros) concedida entre 1997 y mayo de 2002 era constitutiva de ayuda de reestructuración.

(96)

En segundo lugar, sin embargo, y por lo que respecta a KBN, las autoridades polacas consideran que las subvenciones en cuestión reúnen los criterios fijados en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo (en adelante «las directrices de I+D») (47) y deberían ser consideradas como tales.

(97)

Las autoridades polacas señalan que esta ayuda está parcialmente cubierta por el Programa de 30 de noviembre de 2001 promulgado por el presidente de KBN relativo a los criterios y métodos empleados para la concesión de ayudas públicas a la ciencia, que se incluyó en la lista de ayudas existentes en el Tratado de adhesión. Tal es el caso al menos de la ayuda por importe de 1 380 000 PLN a HSCz, que se concedió con posterioridad a que se adoptara el Programa.

(98)

Las autoridades polacas también consideran que las subvenciones de 5 461 620 PLN concedidas por KBN a HCz, aunque no fueron otorgadas en el marco del Programa, deberían ser consideradas compatibles ya que cumplen condiciones similares a las establecidas en las Directrices comunitarias sobre ayudas de I+D. A pesar de que fueron concedidas antes de que el Programa entrase en vigor, las ayudas se evaluaron con arreglo a los mismos criterios del Programa, por lo que se ajustan a lo establecido en las Directrices sobre ayudas de I+D. Las autoridades polacas señalan que no se dispone de más información sobre estas ayudas con arreglo a la parte II, dado que entre tanto KBN se disolvió.

(99)

En tercer lugar, las autoridades polacas alegan que entre tanto se han reembolsado varias ayudas concedidas a HSCz. Los pagos de alquiler aplazados a HCz y los intereses adeudados a ZUS y FGSP se reembolsaron al tipo legal del 16 % entre julio de 2002 y el 21 de enero de 2003, del 13 % hasta el 24 de septiembre de 2003 y del 12,25 % hasta el 25 de noviembre de 2004.

(100)

Por último, la ayuda en forma de beneficios fiscales concedida por PFRON y la Agencia Tributaria de 62 116 PLN (unos 13 077 €) no se ha reembolsado porque las autoridades fiscales no aceptaban el reembolso sin que mediara una decisión de recuperación. No obstante, las autoridades polacas alegan que se trata de ayuda de minimis.

4.   Aprobación de cambios en el PNR

(101)

Las autoridades polacas solicitan el visto bueno de la Comisión con arreglo al punto 10 del Protocolo no 8 a los cambios introducidos en el PNR y han dado garantías de que HCz seguirá operando sin ayudas y no se liquidará. A cambio, las autoridades polacas se comprometen a que HCz no reciba ninguna otra ayuda entre 1997 y 2006 y a que no aumente la capacidad descrita anteriormente antes de finales de 2006, cuando finaliza el periodo de reestructuración establecido en el Protocolo No 8.

(102)

Las autoridades polacas han explicado que, cuando se redactó el PNR en el otoño de 2002, no se consideró que fuera posible la reestructuración de HCz sin ayudas estatales. Mientras pareciera que existía una posibilidad de reembolsar plenamente las deudas mediante ayudas estatales, ningún acreedor quería renunciar a parte de su deuda. Los acreedores de HCz no acordaron reducir sus créditos impagados hasta que el PNR no se opuso a la concesión de nuevas ayudas a la empresa. Además, sólo la entrada en vigor de la Ley de 30 de octubre de 2002 constituyó un instrumento eficaz en el marco del ordenamiento jurídico polaco que permite la condonación de deudas públicas y que se pague a los acreedores en procedimientos bajo su control.

5.   Garantía de la delimitación de las actividades de LNM, MSP y HCz

(103)

Las autoridades polacas han asegurado a la Comisión que el contrato de venta de MH, HSCz y otras empresas a un inversor estratégico descartará la posibilidad de que las ayudas estatales se puedan transferir de unos beneficiarios a otros en el marco del Protocolo No 8. A tal efecto, en el contrato de venta al inversor se introducirán las disposiciones de supervisión que se estimen necesarias.

VI.   EVALUACIÓN DE LAS AYUDAS

1.   Legislación vigente

(104)

El punto 1 del Protocolo No 8 establece que «no obstante lo dispuesto en los artículos 87 y 88 del Tratado CE, las ayudas públicas que haya concedido Polonia con objeto de reestructurar determinadas secciones de la industria siderúrgica polaca se considerarán compatibles con el mercado común» si, inter alia, se cumplen las condiciones establecidas en el Protocolo.

(105)

De conformidad con el punto 3 del Protocolo no 8, sólo se podrán conceder ayudas de reestructuración a las empresas que figuran en el Anexo 1. Las autoridades polacas han incluido en dicha lista a 8 empresas. En ella no figuran ni HCz, ni HSCz ni ninguna de las filiales de HCz.

(106)

El punto 6, tercer subapartado, del Protocolo no 8 prohíbe la concesión de ayudas adicionales para la reestructuración de la industria siderúrgica polaca. A tal fin, el punto 18 del Protocolo no 8 faculta a la Comisión para adoptar «las medidas adecuadas para exigir a las empresas afectadas que reembolsen las ayudas concedidas» si la supervisión de la reestructuración pusiera de manifiesto que Polonia ha concedido «ayudas públicas adicionales incompatibles destinadas a la industria siderúrgica».

(107)

El Consejo amplió hasta el 31 de diciembre de 2006 el periodo de gracia para la concesión de ayudas de reestructuración al sector siderúrgico polaco en el marco del Acuerdo Europeo. Esta prórroga ha sido reconocida en el Protocolo no 8 en el marco de la adhesión de Polonia a la Unión Europea. Para lograr este objetivo, abarca una espacio de tiempo que se extiende antes y después de la adhesión. Más concretamente, autoriza una cuantía limitada de ayuda de reestructuración para el periodo de 1997 a 2003 y prohíbe cualquier ayuda de reestructuración adicional a la industria siderúrgica polaca entre 1997 y 2006. A este respecto, difiere claramente de otras disposiciones del Tratado de adhesión tales como el mecanismo provisional establecido en el Anexo IV (el «procedimiento relativo a las ayudas existentes»), que sólo se refiere a las ayudas estatales concedidas con anterioridad a la adhesión en la medida en que «sigan siendo aplicables después» de la fecha de adhesión. Por tanto, el Protocolo puede ser considerado lex specialis que, en relación con el asunto que cubre, sustituye a cualquier otra disposición del Acta de adhesión (48).

(108)

En consecuencia, habida cuenta de que los artículos 87 y 88 del Tratado CE no se aplican, como regla general, a las ayudas concedidas antes de la adhesión que no son aplicables después de la misma, las disposiciones del Protocolo no 8 amplían el control de las ayudas estatales con arreglo al Tratado CE a cualquier ayuda concedida para la reestructuración de la industria siderúrgica polaca entre 1997 y 2006.

(109)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.2 CE, la decisión puede adoptarse tras la adhesión de Polonia porque, al no existir disposiciones específicas en el Protocolo no 8, deberían ser de aplicación las normas y procedimientos habituales. En consecuencia, también será de aplicación el Reglamento (CE) No 659/1999 del Consejo de 22 de marzo de 1999 por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (en adelante «el Reglamento de procedimiento») (49).

2.   Existencia de ayudas

(110)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 CE, por ayudas estatales se entienden las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas, siempre que afecten al comercio entre los Estados miembros, y, por lo tanto, son incompatibles con el mercado común. El artículo 86.1 CE especifica que el artículo 87 CE también se aplica a las empresas públicas, es decir, a empresas controladas por el Estado.

a)   Ayuda para la reestructuración de Huta Częstochowa y aplicación de la prueba del acreedor privado

(111)

La condonación de deudas por parte de las autoridades confiere una ventaja económica, ya que permite la pérdida de ingresos y, por lo tanto, constituye una ayuda procedente de recursos públicos. No obstante, en jurisprudencia, una medida estatal sólo es constitutiva de ayuda a los efectos del artículo 87 CE, si el beneficiario obtiene una ventaja competitiva que no habría logrado en condiciones normales de mercado. De hecho, se ha demostrado que un inversor en una economía de mercado puede aplicar una política estructural en la que se guíe por la perspectiva a largo plazo de que el capital invertido rinda beneficios. Sin embargo, con arreglo a la jurisprudencia, un acreedor en una economía de mercado tendería a tratar de lograr el pago de las cuantías que le adeude un deudor que atraviese por un periodo de dificultades financieras en un plazo de tiempo razonable (50).

(112)

Por consiguiente, el Tribunal de Primera Instancia considera que, en caso de que un deudor que se encuentre en una situación financiera delicada proponga la reestructuración de la deuda para evitar la liquidación, cada acreedor debe sopesar detenidamente, como mínimo, la ventaja que supone obtener la cuantía ofrecida en el marco del plan de reestructuración y el importe que podría recuperar mediante la liquidación de la empresa (en adelante se hará referencia a esta evaluación como «la prueba del acreedor privado») (51). El Tribunal de Primera Instancia ha dictaminado que una serie de factores influyen en la prueba del acreedor privado: la condición del acreedor como titular de una deuda garantizada, preferente u ordinaria, la naturaleza y alcance de cualquier garantía que pueda tener, su evaluación de las opciones que tenga una empresa de recuperar la viabilidad y la cuantía que podría recibir en caso de liquidación.

(113)

Por lo que se refiere a la reestructuración de HCz, la Comisión ha evaluado la documentación y la información facilitada por las autoridades polacas y ha llegado a la conclusión de que se han disipado las dudas que manifestó en el momento de la incoación del procedimiento. La Comisión considera ahora que la reestructuración supera la prueba del acreedor privado.

(114)

Sobre la base del estudio de PWC, la Comisión ya no opina que, a la vista de las garantías en manos de los acreedores públicos institucionales, la liquidación obtendría más ingresos que la reestructuración. De las explicaciones que se recogen en el estudio de PWC, la Comisión considera que los acreedores públicos tenían garantías similares a los acreedores privados en los mismos activos de producción. Por consiguiente, se dará prioridad al pago de las cuantías adeudadas a los acreedores privados, lo que reducirá las cuantías abonadas a los acreedores públicos institucionales.

(115)

Por otra parte, la Comisión puede admitir ahora que la presente propuesta de reestructuración permitirá que todos los acreedores públicos se beneficien de la reestructuración de HCz. A tal efecto, la Comisión señala que la evaluación relativa a los acreedores comerciales se debería llevar a cabo con referencia a la situación existente a diciembre de 2003. Aunque el acuerdo de reestructuración ha sido modificado posteriormente, sus elementos básicos han seguido siendo válidos y vinculantes desde entonces. No obstante, la fecha relevante para los acreedores públicos institucionales es junio de 2005, ya que estos acreedores aún tienen que aceptar de forma incondicional las condiciones de la decisión de reestructuración.

(116)

El análisis que pone de relieve que la reestructuración será más rentable que la insolvencia para los acreedores es válido incluso en la hipótesis ideal de insolvencia para los acreedores públicos. En esta hipótesis, sólo tres acreedores públicos institucionales en 2005 y un acreedor público comercial en 2003 (52) podrían haber recibido una cuantía inferior en el caso de reestructuración que de insolvencia. No obstante, estos tres acreedores públicos institucionales han votado en contra de la reestructuración y las autoridades polacas han garantizado que sus deudas se reembolsarán en su totalidad a partir de los activos de RFG. Por consiguiente, estos acreedores públicos no han ofrecido ventaja alguna al deudor ni han comprometido recursos públicos, es decir, que su conducta no puede ser constitutiva de ayuda estatal (53).

(117)

En cuanto al acreedor comercial público, Zakład Energetyczny, que es el proveedor energético en la región de Częstochowa, se debería señalar en primer lugar que la diferencia entre el nivel de satisfacción de sus créditos entre la hipótesis de reestructuración y la de insolvencia es mínima. En segundo lugar, la Comisión considera que un acreedor privado que preste servicios a HCz se pronunciaría en la mayoría de los casos en contra de su declaración de insolvencia, ya que perdería un cliente importante, si HCz dejase de producir durante un periodo prolongado o simplemente abandonara totalmente su producción. Ello es especialmente cierto en el caso de Zakład Energetyczny, que habría perdido a su principal cliente. Por tanto, el acreedor actuó con arreglo a sus intereses empresariales y no concedió a HCz ninguna ventaja de forma indebida.

(118)

Por otra parte, la Comisión entiende que la prueba del acreedor privado requiere una evaluación realista de la insolvencia con relación a la reestructuración, si se tiene en cuenta la jurisprudencia antes mencionada (54) según la cual «el importe que esperan poder recuperar tras la eventual liquidación» se ha de comparar con «su apreciación de las posibilidades de saneamiento de la empresa

(119)

En el caso que nos ocupa es muy probable que se restablezca la viabilidad de la empresa. Las deudas comerciales se cederán a un inversor estratégico y había indicios (en 2003), como los sigue habiendo actualmente (en 2005), de que se han presentado ofertas sólidas. Además, también parece que la cesión de deudas a Operator tiene unos fundamentos económicos sólidos. El valor de los activos ha sido confirmado por una empresa de evaluación digna de todo crédito.

(120)

La Comisión entiende también que, en caso de liquidación, resultará imposible garantizar el importe tomado como ejemplo en el estudio de PWC. Este estudio se llevó a cabo en función de una hipótesis ideal para los acreedores públicos y se fundamenta en expectativas para la venta de activos similares a las indicadas para la reestructuración. No obstante, no está ni mucho menos garantizado que el síndico vaya a vender juntos los activos en un proceso uniforme, sino que cabe la posibilidad de que algunos acreedores se lleven activos sobre los que tienen garantías, y debido a ello la venta obtenga probablemente un precio inferior que en el proceso de reestructuración. Las autoridades polacas han facilitado pruebas empíricas que confirman esta hipótesis.

(121)

El comportamiento de los acreedores privados sugiere claramente que adoptarían una actitud de mercado. De hecho, también votaron a favor de la reestructuración a pesar de que, según los cuadros 2 y 3, la insolvencia les favorecía. Así, por ejemplo, en 2003 el banco privado BPH habría perdido, en caso de liquidación, en relación con el importe de 75 millones de PLN que se le adeudaba, el 19 % (14 millones de PLN), mientras que, en el caso de reestructuración, se esperaba que perdiera en torno al 49 % (37 millones de PLN). Así pues, si se compara la reestructuración con la hipótesis ideal de insolvencia, aquella permitía recuperar sólo el 62 % de su deuda, a pesar de lo cual BPH votó a favor del acuerdo de reestructuración.

(122)

Si se aplicase el mismo criterio a los acreedores públicos, casi todos se habrían mostrado a favor de la reestructuración, es decir, la totalidad de los acreedores comerciales públicos y la mayoría de los acreedores públicos institucionales.

(123)

La Comisión también ha disipado las dudas que albergaba sobre si la transferencia de la producción de HCz a HSCz era constitutiva de ayuda. La Comisión señala que la lógica que subyace al alquiler de los activos siderúrgicos antes de la declaración de insolvencia a una empresa distinta fuera del control del síndico fue una manera de preservar el valor de los activos siguiendo el principio de continuidad de la actividad.

(124)

Por otra parte, la Comisión llega a la conclusión de que HSCz obtuvo su capital circulante y la garantía de TFS en condiciones comerciales que se ajustan a la prueba del acreedor privado. La Comisión entiende que HSCz se financió mediante créditos concedidos por los proveedores en condiciones comerciales y mediante pagos por adelantado de los clientes de la acería, a los que les interesaba que continuase la producción siderúrgica en Huta Częstochowa.

(125)

Por lo que se refiere a la garantía concedida por TFS, la Comisión considera que, con arreglo a su práctica habitual para evaluar garantías individuales, no es constitutiva de ayuda estatal (55).

(126)

En primer lugar, HSCz no atravesaba por dificultades financieras en el sentido de lo establecido en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (56), sino que se trata de una nueva empresa sin deudas que ya posee un importante número de pedidos. En segundo lugar, pudo obtener créditos de los mercados financieros sin intervención estatal. En tercer lugar, la garantía no es ilimitada, pues está ligada a un importe máximo fijo.

(127)

En cuanto al precio de la garantía, la Comisión no tiene pruebas de que la comisión pagada no corresponda al precio de mercado. Es evidente que, si se sigue el argumento de las autoridades polacas, debido a las medidas contractuales, el importe garantizado no excedió de 6 millones de PLN y la comisión fue, por tanto, del 2 %. No obstante, aun en el caso de una comisión del 0.8 %, ejemplos de garantías similares con comisiones del 1 % indican que la comisión se ajustaba al mercado, especialmente si tenemos en cuenta que TFS tenía información completa sobre HSCz, por lo que había podido establecer un sistema de supervisión que permitía que el importe garantizado fuera limitado. Además, la Comisión recuerda que en otras asuntos del sector siderúrgico consideró que la comisión adecuada era incluso inferior a las del caso que nos ocupa (57).

b)   Subvenciones y otras medidas de ayuda

(128)

Las ayudas financieras recibidas por HCz entre junio de 1997 y mayo de 2002 por un importe de 25 161072,08 PLN (unos 5,3 millones de euros) procedían de recursos públicos. Habida cuenta de que la chapa de acero es un producto comúnmente comercializado en toda Europa, estas ayudas concedidas por el Estado polaco podrían falsear la competencia al favorecer a HCz y afectar al comercio entre los Estados miembros. Por tanto, son constitutivas de ayudas con arreglo al artículo 87.1 CE.

(129)

Las subvenciones de KBN por importe de 1 328 000 PLN también confirieron una ventaja económica a HSCz, por lo que son constitutivas de ayuda estatal, ya que, al igual que las subvenciones a HCz, afectan al comercio y amenazan con falsear la competencia.

(130)

No obstante, la Comisión no considera una ventaja el pago aplazado de deudas públicas por parte de HCz. Dado que esta empresa no se encontraba en dificultades, la Comisión no tiene razones para creer que, puesto en el lugar de las instituciones públicas, un acreedor privado hubiera optado por la ejecución a corto plazo de sus deudas (58).

(131)

Por otra parte, HSCz abonó intereses legales sobre los pagos aplazados, de conformidad con la legislación polaca; estos intereses se sitúan por encima del tipo de referencia de la Comisión. La Comisión recuerda que, con arreglo al artículo 14 del Reglamento de procedimiento, el objeto de un procedimiento relativo a ayudas ilegales consiste en identificar el importe que se ha de recuperar para restablecer la situación tal como hubiera sido, si la ayuda no se hubiera concedido. No obstante, si el beneficiario ha reembolsado la ayuda hasta un importe igual o superior al interés compuesto a partir del día en que se concedió y hasta su reembolso, de conformidad con la práctica habitual de la Comisión, ya no será constitutiva de ayuda estatal en el sentido de lo dispuesto en el artículo 87.1 CE.

(132)

El tipo de interés legal, que osciló entre el 16 % y el 12,25 % entre 2002 y 2004 (véase el punto 99), es superior al tipo de referencia que aplica la Comisión al reembolso de las ayudas. Con arreglo al artículo 9 del Reglamento (CE) de la Comisión No 794/2004 de 21 de abril de 2004 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) No 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (en adelante «el Reglamento de aplicación») (59), se trata del tipo swap interbancario a cinco años de los tres últimos meses del año anterior, incrementado en 75 puntos básicos. Este tipo de referencia se estableció para Polonia en el 7,62 % a partir del 1 de mayo de 2004 (60). Con anterioridad a 2004 no existía en Polonia el tipo swap interbancario a cinco años. En cualquier caso, otros indicadores, como el rendimiento medio de las obligaciones del Tesoro a un año, también eran claramente inferiores (8,24 % en 2002, 5,34 % en 2003 y 6,63 % en 2004).

(133)

Sólo podían constituir ayuda estatal los aplazamientos de lo pagos a la Agencia Tributaria de Częstochowa y PFRON, en total 62 116,09 PLN, que no se han reembolsado.

3.   Compatibilidad de las ayudas con el mercado común

(134)

La ayuda de 25 161 072,08 PLN recibida por HCz entre junio de 1997 y mayo de 2002 se concedió teniendo en cuenta que sería considerada ayuda estatal posteriormente en aplicación del PNR y el Protocolo no 8; sin embargo, fue descartada como consecuencia de la insolvencia de HCz. No obstante, habida cuenta de que, con arreglo al Protocolo no 8, esta ayuda se considera ilegal, constituye una ayuda de reestructuración prohibida a menos que sea compatible en el marco de otras directrices sobre ayudas estatales.

(135)

La Comisión señala que, hasta el 23 de julio de 2002, las directrices sobre las ayudas estatales destinadas al sector siderúrgico se incluían en la Decisión de la Comisión no 2496/96/CECA de 18 de diciembre de 1996 por la que se establecen normas comunitarias relativas a las ayudas estatales en favor de la siderurgia (61) (en adelante «el Código de ayudas a la siderurgia») (62).

(136)

El artículo 2 del Código de ayudas a la siderurgia autoriza las ayudas que sean compatibles con el Encuadramiento sobre ayudas de I+D. La Comisión considera que las cinco medidas concedidas a KBN por un importe de 5 461 620 PLN no plantean serias dudas en cuanto a su compatibilidad con las directrices de I+D con arreglo al artículo 3.2 del Anexo IV del Tratado de adhesión (63).

(137)

En primer lugar, aunque las subvenciones concedidas por KBN a HCz no están cubiertas directamente por el Programa del presidente de KBN relativo a los criterios para la concesión de ayuda financiera a la ciencia, de 30 de noviembre de 2001 (que ha sido aceptada por la Comisión como ayuda ya existente con arreglo a la medida PL 6 del Anexo IV del Tratado de adhesión), parece que las autoridades polacas no evaluaron su ayuda de manera diferente antes de que el programa se aprobara. De hecho, en el PNR las autoridades polacas ya habían identificado los «recursos de KBN» como «instrumentos de ayuda estatal autorizados en forma de subvenciones de I+D.» (64) Este PNR ha sido evaluado por la Comisión y aprobado mediante decisión del Consejo en julio de 2003 (véase el punto 25).

(138)

En segundo lugar, las medidas de ayuda son compatibles con el Encuadramiento sobre ayudas de I+D. No cabe la menor duda de que las ayudas se concedieron para la realización de actividades de I+D y de que se mantienen por debajo del límite máximo establecido en el Encuadramiento sobre ayudas de I+D para que se consideren compatibles, y habida cuenta de un margen adicional del 10 %, ya que el beneficiario estaba situado en una región del artículo 87.3.a) (65). Se trata de ayudas destinadas a investigación industrial, que se mantienen por debajo del límite del 60 % (subapartados 1, 2 y 4 del punto 39), o de ayudas empleadas para investigación industrial o desarrollo precompetitivo, que se mantienen por debajo del límite máximo para el desarrollo precompetitivo del 35 % (subapartados 3, 4 y 5 del punto 39). Las ayudas produjeron también un efecto incentivador, ya que las autoridades polacas han demostrado claramente que, sin ellas, HCz no habría encargado la realización de las actividades de I+D.

(139)

Habida cuenta de lo anterior, la Comisión no tiene intención de plantear objeciones a las medidas de ayuda concedidas por KBN entre 1997 y 2001, con arreglo al Anexo IV del Tratado de Adhesión, y considera, por tanto, que se trata de ayudas de I+D compatibles y no ayudas de reestructuración con arreglo a lo dispuesto en el Protocolo no 8.

(140)

No obstante, en el caso de las restantes ayudas de funcionamiento y de reestructuración del empleo por importe de 19 699 452 PLN, la Comisión no ve con arreglo a qué disposiciones del Código relativo a las ayudas a la siderurgia podrían ser compatibles estas ayudas. Obviamente no se trata de ayudas de I+D ni de ayudas al cierre (artículo 4). Además, las ayudas no son ayudas de funcionamiento en el sentido de lo dispuesto en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales para la protección del medio ambiente (66). En cualquier caso, las autoridades polacas no invocaron excepción alguna ni en el marco del Código sobre ayudas al sector siderúrgico ni en aplicación de las normas de la CE.

(141)

Habida cuenta de que estas medidas no están cubiertas por ninguna otra excepción con arreglo al Código sobre ayudas al sector siderúrgico, la Comisión considera que constituyen ayudas de reestructuración en aplicación del artículo 1 del Código de ayudas al sector siderúrgico, que, con arreglo al Protocolo no 8, se consideran incompatibles con el mercado común.

(142)

En 2002 y 2003 KBN concedió 1 380 000 PLN a HSCz. Esta ayuda puede considerarse como ayuda ya existente con arreglo a la medida de ayuda PL 6 del Anexo IV del Tratado de adhesión. Las autoridades polacas confirmaron que la ayuda se concedió en el marco del régimen aprobado como medida de ayuda PL 6. En consecuencia, estas medidas no plantean serias dudas en cuanto a su compatibilidad con el Encuadramiento sobre ayudas de I+D con arreglo al artículo 3.2 del Anexo IV del Tratado de adhesión.

(143)

Teniendo en cuenta la compatibilidad de la ayuda concedida a HCz por parte de KBN, el importe de la ayuda potencialmente incompatible que recibió HSCz asciende a 62 116,09 PLN (unos 13 077 euros). No obstante, este importe cumple las condiciones del Reglamento 69/2001 de la Comisión de 12 de enero de 2001 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis  (67), y, por lo tanto, permite a la Comisión concluir que la medida no es constitutiva de ayuda estatal en el sentido de lo dispuesto en el artículo 87.1 CE.

4.   Conclusiones

(144)

Por todas estas razones la Comisión concluye que las medidas que han puesto en práctica las autoridades polacas para la reestructuración de HCz formando parte del plan de reestructuración de 7 de agosto de 2003, modificado el 1 de diciembre de 2003 y el 30 de abril de 2004, no son constitutivas de ayuda en el sentido de lo dispuesto en el artículo 87.1 del Tratado CE. Las medidas que han aplicado las autoridades polacas para el funcionamiento de HSCz no son constitutivas de ayuda en el sentido de lo dispuesto en el artículo 87.1 del Tratado CE. Por otra parte, las subvenciones concedidas a HCz y HCSz por parte de KBN destinadas a I+D son compatibles con el mercado común.

(145)

No obstante, la ayuda de reestructuración recibida por HCz entre 1997 y 2002 de 19 699 452 PLN (4,1 millones de euros) no es compatible con el mercado común y ha de ser reembolsada de conformidad con el Protocolo no 8.

(146)

Se solicitará a la empresa que realmente se benefició de la ayuda que la reembolse. En el momento en que se concedió la ayuda, la entidad económica beneficiaria formaba parte de la entidad legal HCz. Habida cuenta de que los activos y el pasivo de HCz se distribuirán entre tres empresas sucesoras, RFG, MH y Operator, la entidad económica beneficiaria de la ayuda ya no se limita a la entidad legal, HCz, sino que también debería abarcar las entidades que recibieron sus activos y su pasivo. En consecuencia, se solicitará el reembolso de la ayuda a HCz, RFG, MH y Operator, que son solidariamente responsables.

(147)

Los importes que se han de recuperar devengarán intereses de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de aplicación. En particular, con arreglo a su artículo 9.4, cuando no se dispongan de tipos swap interbancarios a cinco años, la Comisión podrá fijar, en estrecha cooperación con los Estados miembros, un tipo de interés de recuperación de ayudas estatales empleando un método diferente y en función de la información que obre en su poder. Dado que no se disponía de tipos swap interbancarios a cinco años para Polonia en el momento en que se concedió la ayuda incompatible, el tipo de interés de recuperación que se ha de aplicar debería basarse en un tipo de interés disponible que se considere oportuno para dicho periodo.

VII.   APROBACIÓN DE CAMBIOS EN EL PNR CON ARREGLO AL PUNTO 10 DEL PROTOCOLO NO 8

(148)

Las autoridades polacas han anunciado una modificación en el PNR con vistas a indicar que HCz no se liquidará sino que puede ser reestructurada sin ayudas estatales. De conformidad con el punto 10 del Protocolo no 8, la Comisión no presenta objeciones a esta modificación.

(149)

De conformidad con el punto 10 del Protocolo no 8 «cualquier modificación posterior del plan general de reestructuración y de los planes específicos deberá contar con el acuerdo de la Comisión y, cuando corresponda, del Consejo.» Dado que la decisión de la Comisión se refiere a ayudas estatales, es conveniente remitirse a las disposiciones de procedimiento del artículo 88 del Tratado CE y al Reglamento No 659/99. En este contexto, la Comisión adopta decisiones, salvo en el caso de que una decisión por la que se considere compatible una ayuda se justifique por circunstancias excepcionales en el sentido de lo dispuesto en el artículo 88, apartado 2, tercer subapartado.

(150)

Por consiguiente, la Comisión está facultada para aprobar el cambio propuesto, ya que no se modifican las principales cifras que figuran en el Protocolo en relación con las ayudas estatales, su capacidad, proporcionalidad y el momento en el que se conceden (68). La modificación introducida en el PNR no tendrá incidencia alguna en el propio Protocolo no 8. HCz no se convertirá en beneficiario con arreglo al Protocolo no 8 ni se alterará la reducción de capacidad global establecida para el sector siderúrgico polaco en el punto 7.

(151)

Por otra parte, las autoridades polacas han justificado suficientemente la modificación. La reestructuración de HCz parece ser una alternativa basada en las reglas del mercado, ya que la evaluación anterior ha puesto de relieve que, contrariamente a lo que se pensaba en 2003, HCz puede reestructurarse sin ayudas estatales.

(152)

No obstante, la Comisión concluye que no puede aceptar la ayuda concedida a HCz entre 1997 y 2002. La aceptación de esta ayuda implicaría incluir a HCz en la lista de beneficiarios, incrementando así la cuantía de ayuda estatal que podía concederse al sector siderúrgico polaco, lo que desestabilizaría el equilibrio entre los compromisos de ayuda estatal y el falseamiento de la competencia. La Comisión no podía aprobar esta modificación sin el visto bueno del Consejo.

VIII.   CONFORMIDAD CON EL PUNTO 4 DEL PROTOCOLO NO 8

(153)

La Comisión no considera que la venta de las filiales de HCz y HCSz infrinja lo dispuesto en el punto 4 del Protocolo no 8.

(154)

El punto 4 del Protocolo no 8 establece que: «Las empresas beneficiarias no podrán:

(a)

en caso de fusión con una empresa que no figure en el anexo 1, transferir los beneficios de la ayuda que le haya sido concedida,

(b)

adquirir los activos de empresas que no figuren en el anexo 1 que sean declaradas en quiebra en el período que concluye el 31 de diciembre de 2006».

El PNR (véase el punto 26) reiteró que esta disposición pretendía impedir que un beneficiario con arreglo al Protocolo no 8 adquiriese activos o acciones de HCz.

(155)

La Comisión considera que en el asunto que nos ocupa se debería tener en cuenta el punto 4.a) y no el punto 4.b) del Protocolo no 8, dado que no implica una venta de activos sino una venta de acciones, que se considera una fusión (69). En la práctica, el inversor estratégico sólo adquirirá acciones de empresas y no activos aislados. Además, la aplicación del punto 4.b) basta para la liquidación de HCz, que no ha sido declarada.

(156)

La Comisión no ve infracción alguna del punto 4.a) del Protocolo no 8, ya que la disposición se dirige claramente a los beneficiarios en virtud del Protocolo no 8 y ni Donbass ni LNM son beneficiarios con arreglo a dicho Protocolo.

(157)

Es cierto que LNM ha adquirido a un beneficiario, MSP. No obstante, a la Comisión no le consta que LNM esté actuando en nombre o en calidad de agente de MSP, sino que LNM y MSP se gestionan como empresas distintas con total independencia la una de la otra. Aun en el supuesto de que la Comisión interpretase los motivos de la disposición anterior en el sentido de que prohíbe toda subvención cruzada entre beneficiarios (posiblemente MSP) y no beneficiarios (en este caso HCz), se le han dado las suficientes garantías de que cualquier comprador se abstendrá de conceder subvenciones cruzadas a HCz a partir de las ayudas recibidas en el marco del PNR. En este contexto, no sólo las autoridades polacas sino también LNM se han comprometido (véanse los considerando 79 y 106) a suscribir estas garantías.

HA ADOPTADO L A PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Las medidas que las autoridades polacas han aplicado para reestructurar Huta Częstochowa S.A. sobre la base de la Decisión de reestructuración de 7 de agosto de 2003, modificada el 1 de diciembre de 2003 y el 30 de abril de 2004, no constituyen ayuda estatal en el sentido de lo dispuesto en el artículo 87, apartado 1, del Tratado CE.

2.   Las medidas que las autoridades polacas han destinado al funcionamiento de Huta Stali Częstochowa Sp z o.o. no constituyen ayuda estatal en el sentido de lo dispuesto en el artículo 87, apartado 1, del Tratado CE.

Artículo 2

La ayuda estatal que las autoridades polacas concedieron a Huta Częstochowa S.A. por importe de 5 461 620 PLN y a Huta Stali Częstochowa Sp z o.o. por importe de 1 328 000 PLN para desarrollar actividades de I+D es compatible con el mercado común.

Artículo 3

1.   La ayuda estatal que las autoridades polacas concedieron a Huta Częstochowa S.A. entre 1997 y mayo de 2002 en concepto de ayuda de funcionamiento y de ayuda para la reestructuración del empleo por importe de 19 699 452 PLN es incompatible con el mercado común.

2.   Las autoridades polacas adoptarán todas las medidas necesarias para recuperar de Huta Częstochowa S.A., Regionalny Fundusz Gospodarczy, Majątek Hutniczy Sp. z o.o. y Operator Sp. z o.o. la ayuda mencionada en el apartado 1 y que fue concedida ilegalmente a Huta Częstochowa S.A. Todas estas empresas serán conjunta y solidariamente responsables.

La recuperación se efectuará sin dilación y con arreglo a los procedimientos del Derecho nacional, siempre que éstos permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión. Los importes recuperables devengarán intereses, a partir de la fecha en que se concedió la ayuda a Huta Częstochowa S.A. y hasta su recuperación definitiva. Los intereses se calcularán de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo V del Reglamento (CE) No 794/2004 de la Comisión.

3.   Las autoridades polacas informarán a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas ya adoptadas y previstas en cumplimiento de la misma. Facilitarán esta información mediante el cuestionario adjunto al Anexo 1 de la presente decisión. Dentro de ese plazo, las autoridades polacas facilitarán especialmente a la Comisión cualquier documento que pueda demostrar que se ha iniciado el proceso de recuperación en relación con las entidades responsables del reembolso de las ayudas ilegales.

Artículo 4

La Comisión aprueba la propuesta de modificación del Plan Nacional de Reestructuración de Polonia con arreglo al punto 10 del Protocolo no 8 del Tratado de adhesión, con el fin de reestructurar Huta Częstochowa S.A. sin ayuda estatal y sin incrementar la capacidad.

Artículo 5

La destinataria de la presente Decisión será la República de Polonia.

Hecho en Bruselas, 5 de julio de 2005.

Por la Comisión

Neelie KROES

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 236 de 23.9.2003, p. 948.

(2)  DO C 204 de 12.8.2004, p. 6.

(3)  Para información detallada véase COMP/CECA 1351 Usinor/Arbed/Aceralia , Decisión de la Comisión de 21.11.2001, p. 88.

(4)  Rurexpol está especializada en la fabricación de tubos sin soldadura, productos empleados para perforar y calderas. Posee una capacidad de 60 000 toneladas. Sus ventas en 2003 y 2004 superaron los 200 millones de PLN anuales.

(5)  Tomando como base que 1 € equivale aproximadamente a 4,75 PLN. Este fue el tipo de cambio medio en mayo de 2004, cuando Polonia se adhirió a la UE y se adoptó la decisión de incoación.

(6)  determinadas partes del texto se han eliminado con el fin de no difundir datos confidenciales; estas partes se indican en el texto entre corchetes.

(7)  Boletín Oficial de la República de Polonia no 111, punto 1196.

(8)  Si se desea información adicional sobre el holding LNM, véase la Decisión de la Comisión PHS/LNM de 5 de febrero de 2004 en el asunto COMP/M 3326, en la que se explicaba la adquisición de una empresa siderúrgica polaca con arreglo al Reglamento de concentraciones.

(9)  Los demás beneficiarios son las siete empresas siderúrgicas siguientes: Huta Bankowa, Huta Buczek, Huta Lucchini-Warszawa, Huta Labędy, Huta Pokόj, Huta Andrzej y Huta Batory. Estas dos últimas se han declarado recientemente en quiebra.

(10)  De hecho, el Consejo aprobó dos decisiones: una en julio de 2002 por la que se prorroga el periodo de gracia con arreglo a las condiciones de un programa de reestructuración creíble y planes individuales de empresa con arreglo al artículo 8.4 del protocolo 2 del Acuerdo Europeo y otra en junio de 2003 por la que se avalaban los planes remitidos en abril de 2003, con el resultado de que se prorrogaban hasta finales de 2003 los periodos de gracia para la concesión de ayudas estatales.

(11)  Como regla general la UE no permite la concesión de ayudas públicas al sector siderúrgico; véase la Comunicación de la Comisión — Ayudas de salvamento y de reestructuración y ayudas al cierre en favor del sector del acero (DO C 70 de 19 de marzo de 2002, p. 21). Asimismo se prohíbe la concesión de ayudas regionales; véase el punto 27 de las Directrices comunitarias multisectoriales sobre ayudas regionales a grandes proyectos de inversión (DO C 70 de 19 de marzo de 2002, p. 8).

(12)  Ley de 30 de octubre de 2002, Boletín Oficial de la República de Polonia no 213, punto 1800, modificada por la Ley de 14 de noviembre de 2003, Boletín Oficial de la República de Polonia no 229, punto 2271.

(13)  Esta Ley constituye el fundamento jurídico de varios casos de reestructuración en Polonia. Una descripción pormenorizada de la Ley figura, inter alia, en la Decisión de la Comisión de 1 de junio de 2005, asuntos C(2005) 17 y 18, y por la que se incoa el procedimiento de investigación formal con arreglo al artículo 88.2 sobre la ayuda de reestructuración a los astilleros polacos de Gdynia y Gdansk, DO C 220 de 8.9.2005, p. 7. Si la aplicación de la Ley difiere ligeramente entre un asunto y otro, se debe a la descripción de las autoridades polacas, ya que se trata de una cuestión de derecho interno.

(14)  Los siguientes tipos no son reestructurables: las cotizaciones al seguro de pensión y aquellas partes de las cotizaciones a la seguridad social que son aportaciones de los empleados y están relacionadas con los pagos salariales (las cotizaciones suelen constar de dos componentes cada uno de los cuales aporta el 50 %). Ello se debe a que parte de la cotización que debería ser abonada por el empleado es una deuda del propio empleado (y no del empresario), aunque sea el empresario el que tenga que abonarla al ZUS. Por tanto, la empresa sigue siendo plenamente responsable de las cotizaciones de los empleados. Además, si se adeudan determinados importes, se devengan intereses con carácter obligatorio. No obstante, estos intereses, junto con las cotizaciones a la seguridad social antes mencionadas abonadas por la parte asegurada, pueden aplazarse 24 meses (article 32.b) de la Ley de 30.10.2002).

(15)  El 31 de marzo de 2004 el UOKiK presentó un documento a la Comisión en el que indicaba por qué, a su entender, la reestructuración pasa la prueba del acreedor privado.

(16)  No obstante, la decisión seguía sin cumplir todas las condiciones introducidas por las modificaciones introducidas en la Ley de 30.10.2002, como tampoco constaba de una descripción pormenorizada de las deudas públicas sometidas al régimen especial de reestructuración ni explicaba por qué se cederían los activos a Operator (a pesar de que esta información figura en el plan de reestructuración). Las autoridades polacas señalaron que esta información se facilitaría en una nueva versión que está prevista para finales de junio de 2005 y que reflejará las decisiones adoptadas por los acreedores publicos institucionales.

(17)  La empresa ATEST «Zakład Usług Doradczych i Technicznych» ha venido operando en el mercado polaco desde 1992 y está especializada en valoraciones de empresas, bienes inmobiliarios comerciales y activos productivos. Ha realizado valoraciones de numerosas empresas con el fin de obtener la financiación bancaria de deudas, la privatización y fusiones entre empresas.

(18)  Inicialmente el plan de reestructuración afirmaba que los activos recibidos por Operator tenían un valor en libros de unos 203,3 millones de PLN. En realidad, el desglose exacto de los activos que se han de transferir a Operator se había renegociado ya que los representantes de Operator se centraban en activos que pudieran venderse con facilidad.

(19)  BRE Corporate Finance S.A. es una filial al 100 % de BRE Bank S.A., uno de los mayores bancos de Polonia, que cotiza en la Bolsa de Valores de Varsovia. Commerzbank AG de Alemania ejerce el control de BRE Bank, ya que posee el 72 % de su capital en acciones. BRE Corporate Finance desarrolla actividades de banca de inversión, M&A, de reestructuración y financiación de empresas Las autoridades polacas confirman que la empresa ha participado en varios grandes acuerdos de privatización y M&A en Polonia en nombre de clientes privados, como el Tesoro. Por lo general, estos proyectos han llevado consigo valoraciones de estas empresas utilizando diversos métodos.

(20)  Esta cifra no incluye a las tres empresas que no se van a vender al inversor estratégico. Su valor se calcula entre 0 y 15 millones de PLN.

(21)  Se trata de una estimación que tiene en cuenta los ingresos a marzo de 2005 de [...] millones de PLN (véase el cuadro 3 a continuación), más unos [...] millones de PLN de interés mensual hasta octubre de 2005, más el pago de unos [...] millones de PLN en concepto de las deudas de los acreedores públicos que han rechazado la reestructuración.

(22)  Las cifras son estimaciones para finales de junio de 2005.

(23)  El estudio de PWC se basa en una simulación con arreglo a la Ley de insolvencia y reestructuracion de 28 de febrero de 2003.

(24)  Sobre la base de la Ley sobre la protección del medio ambiente de 31 de enero de 1980, Boletín Oficial de la República de Polonia 1994/49, punto 196.

(25)  Mediante Decisión no FEO/72752/E/97/TT con arreglo a los artículos 8.1 y 4.1 de la Ley de empleo y discapacitados de 9 de mayo de 1991 (Boletín Oficial de la República de Polonia No 46, punto 201 con modificaciones).

(26)  De conformidad con la Ley de protección medioambiental de 31 de enero de 1980 (Boletín Oficial de la República de Polonia 1994/49, punto 196).

(27)  Mediante Decisión de la Provincia No GKN.IV.7224/653/98 con arreglo al artículo 219.1 de la Ley de gestión de la propiedad inmobiliaria de 21 de agosto de 1997 (Boletín oficial de la República de Polonia no 115, punto 741).

(28)  Mediante Decisión de la Junta Directiva del FGSP no 205/99 con arreglo al artículo 4.1 de la Ley de protección de las deudas de los empleados de 29 de diciembre de 1993 (Boletín Oficial de la República de Polonia 1994/1, punto 1).

(29)  Mediante Decisión del director de la Agencia Tributaria (no DUS-E-924/424/99) con arreglo al artículo 64 de la Ley de ejecución forzosa en la administración (Boletin Oficial 1991/36, punto 161).

(30)  Mediante Decisión del director de la Agencia Tributaria (no DUS-PP-733/12/99) con arreglo al artículo 67 de la Ordenanza fiscal de 29 de agosto de 1997 (Boletín Oficial de la República de Polonia no 137, punto 926 con modificaciones).

(31)  Con arreglo al artículo 36.1 de la Ley de presupuestos de 1999 de 17 de febrero de 2001 (Boletín oficial de la República de Polonia 1999/17, punto 154 y1999/47, punto 466).

(32)  Sobre la base de un acuerdo relativo a la reestructuración de la deuda de HCz derivada del impago del impuesto inmobiliario.

(33)  Con arreglo al artículo 36.1 de la Ley de presupuestos de 1999 de 17 de febrero de 1999 (Boletín Oficial de la República de Polonia 1999/17, punto 154).

(34)  Mediante Decisión no 2/2000 con arreglo al artículo 67 de la Ordenanza fiscal de 29 de agosto de 1997 (Boletín Oficial de la República de Polonia no 137, punto 929926 con modificaciones).

(35)  Con arreglo al artículo 36.1 de la Ley de presupuestos de 2000 de 21 de enero de 2000 (Boletín Oficial de la República de Polonia no 7, punto 85).

(36)  Under Con arreglo al artículo 36.1 de la Ley de presupuestos de 2000 de21 de enero de 2000 (Boletín Oficial de la República de Polonia no 7, punto 85).

(37)  Mediante Decisión no II — 3130/4/01 con arreglo al artículo 67 de la Ordenanza fiscal de 19 de agosto de 1997 (Boletín Oficial de la República de Polonia n1 137, punto 926 con modificaciones).

(38)  Con arreglo al artículo 36.1 de la Ley de presupuestos de 2001 de 1 de marzo de 2001 (Boletín oficial de la República de Polonia no 21, punto 246).

(39)  Con arreglo al artículo 36.1 de la Ley de presupuestos de 2002 de 14 de marzo de 2002 (Boletín Oficial de la República de Polonia no 30, punto 275) y la Ley de reestructuración (sector del hierro y el acero) de 24 de agosto de 2001 (Boletín Oficial no 111, punto 1196).

(40)  De estos costes, 606 800 PLN se destinaron a investigación industrial y el resto se destinó a actividades de desarrollo precompetitivo. En la actualidad la Academia de Ciencias dispone de derechos comerciales para los programas de I+D.

(41)  Institución científica estatal que es la principal entidad consultora en el ámbito científico y sólo cuenta con financiación pública.

(42)  De estos costes, 3 870 000 PLN se asignaron a investigación industrial y 4 050 000 PLN se destinaron a actividades de desarrollo precompetitivo. Todos los pagos de KBN se realizaron al Instituto de Metalurgia.

(43)  Los resultados de la investigación fueron comunicados por la Academia de Ciencias de Polonia a una serie de plantas industriales que se enfrentan al problema de tener que emplear con fines de refrigeración agua procedente de fuentes que contienen grandes cantidades de sustancias orgánicas, lo que daña los intercambiadores de calor.

(44)  Con el proyecto se perseguía desarrollar la tecnología para colar y laminar chapas de acero con una estructura de aleación homogénea por toda la placa. Estos tipos de acero se empleaban en el sector de la construcción naval y no se habían fabricado anteriormente en Polonia. Los resultados de la investigación se pusieron también a disposición de otras empresas y de una serie de clientes.

(45)  La ayuda se destinó principalmente al Instituto de Metalurgia.

(46)  Las autoridades polacas también han indicado que en 2003 el porcentaje de deudas de acreedores públicos recuperadas como resultado de la reestructuración se situó entre el 46 % y el 72 % (el 61 % de media), mientras que la reducción en el caso de los acreedores privados osciló entre el 46 % y el 58 % (un 54 % de media).

(47)  Encuadramiento comunitario sobre ayudas de estado de investigación y desarrollo, DO C 45 de 17.02.1996, p. 5.

(48)  Véase la Decisión de 14 de diciembre de 2004, Ayuda de reestructuración al productor siderúrgico checo Třinecké Železárny, DO C 22 de 27 de enero de 2005, p. 2, que se basa en el Protocolo No 2 del Tratado de adhesión, sobre la reestructuración de la industria siderúrgica checa.

(49)  DO L 83 de 27 de marzo de 1999, p 1.

(50)  Asunto C-342/96 España/Comisión, apartado 46; Asunto C-256/97 DMT, apartado 24, Dictamen del Abogado General en el Asunto C-256/97 DMT, apartado 38; Asunto T 152/99 Hamsa, apartado 167.

(51)  Asunto T-152/99 Hamsa, apartado 168: «Cuando una empresa que se encuentra en una situación financiera gravemente deteriorada propone uno o varios convenios de acreedores para sanear su situación y evitar un procedimiento liquidatorio, los acreedores deben optar entre el importe que se les ofrece en el convenio propuesto, por un lado, y el importe que esperan poder recuperar tras la eventual liquidación de la empresa, por otro. Su opción se ve influida por una serie de factores, como su condición de acreedor hipotecario, privilegiado u ordinario, la naturaleza y amplitud de las eventuales garantías que posea, su apreciación de las posibilidades de saneamiento de la empresa, así como el beneficio que obtendría en caso de liquidación. Si resultara, por ejemplo, que, de liquidarse la empresa, el valor de venta de sus activos sólo permitiría reembolsar los créditos hipotecarios y privilegiados, los créditos ordinarios perderían todo su valor. En semejante hipótesis, el hecho de que un acreedor ordinario acepte renunciar al reembolso de una parte importante de su crédito no constituye un sacrificio real.»

(52)  De hecho, hay cuatro en 2005, si bien ello no es relevante en este caso, ya que ya habían accedido a la reestructuración en 2003.

(53)  La Comisión tampoco tiene en cuenta el hecho de que los demás acreedores también hubieran podido rechazar la reestructuración, ya que se habían beneficiado claramente de ella y no querían poner en peligro este proceso.

(54)  Asunto T-152/99 Hamsa, apartado 168 (subrayado del autor).

(55)  Comunicación de la Comisión relativa a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales otorgadas en forma de garantía (DO C 71, 11.3.2000, p. 14).

(56)  DO C 244, 1.10.2004, p. 2.

(57)  Véase la Decisión de la Comisión Anon de 26 de julio de 2004, C(2004)1813 fin, punto 47, pendiente de publicación, en la que la Comisión acepta una comisión del 0,6 %.

(58)  Dictamen del Abogado General en el asunto C-276/02 España/Comisión, apartado 40.

(59)  DO L 140 de 30.4.2004, p. 1.

(60)  Tipos de referencia y recuperación en el ámbito de las ayudas estatales, DO C 48, 24.02.2005, p. 2.

(61)  DO L 338, 28.12.1996, p. 42.

(62)  De conformidad con el punto 44 de la Comunicación de la Comisión relativa a determinados aspectos del tratamiento de los asuntos de competencia resultantes de la expiración del Tratado CECA (DO C 152, 26.6.2002, p. 5) «Cuando adopte una decisión con posterioridad al 23 de julio de 2002 con relación a una ayuda estatal concedida en dicha fecha o en una fecha anterior sin su autorización, la Comisión se atendrá a lo dispuesto en la Comunicación de la Comisión sobre la determinación de las normas aplicables a la evaluación de las ayudas estatales ilegales.» Esta comunicación (véase DO C 119, 22.05.2002, p. 22), establece que las ayudas ilegales han de ser evaluadas de confomidad con el texto vigente en el momento de su concesión.

(63)  El Protocolo No 8 se aplica exclusivamente a las ayudas de reestructuración al sector siderúrgico, que son todas las ayudas que no son compatibles en el marco de las restantes directrices comunitarias sobre ayudas estatales.

(64)  Página 38.

(65)  Véase la carta de la Comisión a las autoridades polacas de 13.08.2004, que no planteó objeciones a las medidas notificadas, ni al mapa regional de ayudas para Polonia (C(2004)3230/5).

(66)  DO C 72, 10.03.1994, p. 3, aplicado de conformidad con el artículo 3 del Código sobre ayudas al sector siderúrgico (sustituido poseriormente, DO C 37 de 03.02.2001, p. 3). En particular, no se trata de ayudas destinadas a la gestión de residuos o el ahorro de energía.

(67)  DO L 10, 13.01.2001, p. 30.

(68)  Decisión de 3 de marzo de 2005, C(2005) 424 — Aplazamiento del plazo previsto para la reducción de capacidad de VPFM.

(69)  Véase el artículo 3.1.b) del Reglamento No 139/2004 del Consejo, DO L 24, 29.01.2004, p. 1.


ANEXO

Información relativa a la aplicación de la Decisión de la Comisión 2006/937/CE

1.   Cálculo del importe que se ha de recuperar

1.1

Faciliten los datos siguientes sobre el importe de la ayuda estatal ilegal concedida al beneficiario:

Fecha(s) de pago (1)

Importe de la ayuda (2)

Moneda

Identidad del beneficiario

 

 

 

 

Comentarios:

1.2

Expliquen detalladamente cuál es el tipo de interés que sus autoridades tienen intención de aplicar para recuperar la ayuda ilegal y cuál es el tipo de interés que se considera adecuado en Polonia para el periodo que media entre 1997 y mayo de 2004.

1.3

Explique detalladamente cómo se calcularán los intereses aplicables a la ayuda que debe recuperarse.

2.   Medidas previstas y medidas ya adoptadas para recuperar la ayuda

2.1

Describan detalladamente qué medidas se han adoptado ya y qué otras se han previsto para llevar a cabo la recuperación inmediata y efectiva de la ayuda. Expliquen también qué medidas alternativas se pueden adoptar con arreglo al Derecho interno para proceder a la recuperación. (1) Indiquen también, cuando proceda, el fundamento jurídico de las medidas adoptadas/previstas.

2.2

¿Cuál es la fecha límite para la recuperación total de la ayuda?

3.   Reembolsos ya efectuados

3.1

Facilite los siguientes detalles sobre los importes de ayuda recuperados del beneficiario:

Fecha(s) (3)

Importe de ayuda reembolsado

Moneda |

Identidad del beneficiario

 

 

 

 

3.2

Adjunte documentación que acredite el reembolso de los importes de ayuda indicados en el cuadro del punto 3.1.


(1)  

(°)

Fecha(s) en que (los distintos tramos de) la ayuda se ha(n) puesto a disposición del beneficiario (si la medida consta de varios tramos y reembolsos, utilice líneas separadas).

(2)  Importe de la ayuda puesta a disposición del beneficiario (en equivalente de ayuda bruto)

(3)  

(°)

Fecha(s) de reembolso de la ayuda


Top