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Document 32006D0432

    2006/432/CE: Decisión de la Comisión, de 23 de junio de 2006 , por la que se fija la ayuda financiera de la Comunidad para los gastos incurridos en el contexto de las medidas de emergencia tomadas contra la peste porcina clásica en Alemania en 2001 [notificada con el número C(2006) 2407]

    DO L 173 de 27.6.2006, p. 25–26 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
    DO L 118M de 8.5.2007, p. 928–929 (MT)

    Legal status of the document Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/432/oj

    27.6.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 173/25


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 23 de junio de 2006

    por la que se fija la ayuda financiera de la Comunidad para los gastos incurridos en el contexto de las medidas de emergencia tomadas contra la peste porcina clásica en Alemania en 2001

    [notificada con el número C(2006) 2407]

    (El texto en lengua alemana es el único auténtico)

    (2006/432/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    En 2001 se declararon en Alemania varios brotes de peste porcina clásica. La aparición de esta enfermedad supuso un grave peligro para la cabaña comunitaria.

    (2)

    Para atajar la propagación de la enfermedad y contribuir a su erradicación en el plazo más breve posible, la Comunidad debe contribuir a sufragar los gastos subvencionables incurridos por el Estado miembro al adoptar medidas de emergencia contra la enfermedad, como se establece en la Decisión 90/424/CEE.

    (3)

    En virtud de la Decisión 2003/492/CE de la Comisión, de 3 de julio de 2003, relativa a una ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la peste porcina clásica en Alemania en 2001 (2), se concedió a ese país una ayuda financiera de la Comunidad por los gastos efectuados en el marco de las medidas de emergencia contra la peste porcina clásica aplicadas en 2001.

    (4)

    De conformidad con la mencionada Decisión, se concedió un primer anticipo de 440 000 EUR.

    (5)

    De acuerdo con esa misma Decisión, el saldo de la ayuda financiera de la Comunidad debe basarse en la solicitud presentada por Alemania, en documentos justificativos que confirmen las cantidades indicadas en la solicitud y en los resultados de las inspecciones in situ realizadas por la Comisión. La cantidad que figuraba en la solicitud presentada por Alemania ascendía a 3 256 879,80 marcos alemanes (DEM) o 1 665 216,19 EUR en concepto de principal y 16 978,40 DEM o 8 680,92 EUR en concepto de atrasos, pero la contribución financiera de la Comunidad no puede ser superior al 50 % del gasto subvencionable.

    (6)

    Habida cuenta de los elementos mencionados, procede fijar ahora la cantidad total de la ayuda financiera de la Comunidad para los gastos subvencionables realizados con vistas a la erradicación de la peste porcina clásica en Alemania en 2001.

    (7)

    Los resultados de las inspecciones efectuadas por la Comisión en cumplimiento de las normas comunitarias en el ámbito veterinario y las condiciones de concesión de la ayuda financiera de la Comunidad no permiten considerar subvencionables todos los gastos presentados.

    (8)

    Las observaciones de la Comisión y el método de cálculo de los gastos subvencionables se notificaron por carta a las autoridades alemanas.

    (9)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El importe total de la ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la peste porcina clásica en Alemania en 2001 se fija, de conformidad con la Decisión 2003/492/CE, en 827 037,06 EUR en concepto de principal y 4 340,46 EUR en concepto de atrasos.

    Dado que ya se concedió un primer anticipo de 440 000 EUR en virtud de la Decisión 2003/492/CE, el saldo de la ayuda financiera comunitaria se fija en 391 377,52 EUR.

    Artículo 2

    El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania.

    Hecho en Bruselas, el 23 de junio de 2006.

    Por la Comisión

    Markos KYPRIANOU

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 224 de 18.8.1990, p. 19. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2006/53/CE (DO L 29 de 2.2.2006, p. 37).

    (2)  DO L 168 de 5.7.2003, p. 28.


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