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Document 32004R1141

    Reglamento (CE) n° 1141/2004 de la Comisión, de 22 de junio de 2004, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 222 de 23.6.2004, p. 4–5 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2004/1141/oj

    23.6.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 222/4


    REGLAMENTO (CE) N o 1141/2004 DE LA COMISIÓN

    de 22 de junio de 2004

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 23 de junio de 2004.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 22 de junio de 2004.

    Por la Comisión

    J. M. SILVA RODRÍGUEZ

    Director General de Agricultura


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 22 de junio de 2004, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    62,9

    999

    62,9

    0707 00 05

    052

    111,2

    999

    111,2

    0709 90 70

    052

    88,0

    999

    88,0

    0805 50 10

    388

    63,0

    508

    51,4

    528

    59,0

    999

    57,8

    0808 10 20, 0808 10 50, 0808 10 90

    388

    78,3

    400

    116,0

    404

    82,4

    508

    66,3

    512

    72,3

    524

    65,1

    528

    70,5

    720

    64,5

    804

    100,4

    999

    79,5

    0809 10 00

    052

    291,8

    624

    203,0

    999

    247,4

    0809 20 95

    052

    398,9

    068

    148,4

    400

    373,9

    616

    272,4

    999

    298,4

    0809 30 10, 0809 30 90

    052

    135,3

    624

    152,3

    999

    143,8

    0809 40 05

    052

    102,5

    624

    208,8

    999

    155,7


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 2081/2003 de la Comisión (DO L 313 de 28.11.2003, p. 11). El código «999» significa «otros orígenes».


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