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Document 32003D0506

    2003/506/CE: Decisión de la Comisión, de 3 de julio de 2003, que modifica la Decisión 2001/881/CE por la que se establece una lista de los puestos de inspección fronterizos que están autorizados para el control veterinario de los animales y productos animales procedentes de terceros países, y la Decisión 2002/459/CE por la que se establece la lista de las unidades de la red informatizada ANIMO (Texto pertinente a efectos del EEE)

    DO L 172 de 10.7.2003, p. 16–32 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 28/09/2009; derog. impl. por 32009D0821

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2003/506/oj

    32003D0506

    2003/506/CE: Decisión de la Comisión, de 3 de julio de 2003, que modifica la Decisión 2001/881/CE por la que se establece una lista de los puestos de inspección fronterizos que están autorizados para el control veterinario de los animales y productos animales procedentes de terceros países, y la Decisión 2002/459/CE por la que se establece la lista de las unidades de la red informatizada ANIMO (Texto pertinente a efectos del EEE)

    Diario Oficial n° L 172 de 10/07/2003 p. 0016 - 0032


    Decisión de la Comisión

    de 3 de julio de 2003

    que modifica la Decisión 2001/881/CE por la que se establece una lista de los puestos de inspección fronterizos que están autorizados para el control veterinario de los animales y productos animales procedentes de terceros países, y la Decisión 2002/459/CE por la que se establece la lista de las unidades de la red informatizada ANIMO

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    (2003/506/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros(1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 6,

    Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE(2), cuya última modificación la constituye la Directiva 96/43/CE(3), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 6,

    Considerando lo siguiente:

    (1) La lista de puestos de inspección fronterizos para el control veterinario de animales vivos y de productos animales procedentes de terceros países, aprobada por la Decisión 2001/881/CE de la Comisión(4), cuya última modificación la constituye la Decisión 2002/986/CE(5), y que incluye el número de unidad ANIMO de cada uno de los puestos de inspección fronterizos, debe actualizarse para tener en cuenta especialmente la evolución observada en determinados Estados miembros y las inspecciones comunitarias.

    (2) La lista de unidades ANIMO de la Decisión 2002/459/CE de la Comisión(6), modificada por la Decisión 2002/986/CE y que incluye el número de unidad ANIMO de cada uno de los puestos de inspección fronterizos de la Comunidad debe actualizarse en consecuencia para tener en cuenta los cambios pertinentes y mantener una lista idéntica a la recogida en la Decisión 2001/881/CE.

    (3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El anexo de la Decisión 2001/881/CE se sustituirá por el texto del anexo I de la presente Decisión.

    Artículo 2

    El anexo de la Decisión 2002/459/CE quedará modificado de acuerdo con el anexo II de la presente Decisión.

    Artículo 3

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 3 de julio de 2003.

    Por la Comisión

    David Byrne

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 24 de 30.1.1998, p. 9.

    (2) DO L 268 de 24.9.1991, p. 56.

    (3) DO L 162 de 1.7.1996, p. 1.

    (4) DO L 326 de 11.12.2001, p. 44.

    (5) DO L 344 de 19.12.2002, p. 20.

    (6) DO L 159 de 17.6.2002, p. 27.

    ANEXO I

    "ANEXO/BILAG/ANHANG/ΠΑΡΑΡΤΗΜΑ/ANNEX/ANNEXE/ALLEGATO/BIJLAGE/ANEXO/LIITE/BILAGA

    LISTA DE PUESTOS DE INSPECCIÓN FRONTERIZOS AUTORIZADOS/LISTE OVER GODKENDTE GRÆNSEKONTROLSTEDER/VERZEICHNIS DER ZUGELASSENEN GRENZKONTROLLSTELLEN/ΚΑΤΑΛΟΓΟΣ ΤΩΝ ΕΓΚΕΚΡΙΜΕΝΩΝ ΜΕΘΟΡΙΑΚΩΝ ΣΤΑΘΜΩΝ ΕΠΙΘΕΩΡΗΣΗΣ/LIST OF AGREED BORDER INSPECTIONS POSTS/LISTE DES POSTES D'INSPECTION FRONTALIERS AGRÉÉS/ELENCO DEI POSTI DI ISPEZIONE FRONTALIERI RICONOSCIUTI/LIJST VAN DE ERKENDE INSPECTIEPOSTEN AAN DE GRENS/LISTA DOS POSTOS DE INSPECÇÃO APROVADOS/LUETTELO HYVÄKSYTYISTÄ RAJATARKASTUSASEMISTA/FÖRTECKNING ÖVER GODKÄNDA GRÄNSKONTROLLSTATIONER

    >SITIO PARA UN CUADRO>

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    ANEXO II

    El anexo de la Decisión 2002/459/CE quedará modificado de la forma siguiente:

    1) En la sección de puestos de inspección fronterizos de ALEMANIA:

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0148999 R Bietingen

    se suprimirá la entrada de 0153399 F Furth im Wald Bahnhof.

    2) En la sección de puestos de inspección fronterizos de BÉLGICA:

    se añadirá la siguiente entrada:

    Oostende (Zeehaven) P 0502599.

    3) En la sección de puestos de inspección fronterizos del REINO UNIDO:

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0711499 P Dover

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0712599 P Great Yarmouth

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0710899 P Harwich

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0720299 P Milford Haven

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0730199 P Scabster

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0713899 P Teesport

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0713699 P Teignmouth

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0731299 P Wick.

    4) En la sección de puestos de inspección fronterizos de IRLANDA:

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 0802699 P Cork

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 08027099 P Killybegs.

    5) En la sección de puestos de inspección fronterizos de PORTUGAL:

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 120499 P Figueira da Foz

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 1204799 P Olhão

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 1204199 P Portimão.

    6) En la sección de puestos de inspección fronterizos de FINLANDIA:

    se suprimirá la totalidad de la entrada de 1400599 P Kotka.

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