Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32002B0452

    2002/452/CE: Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de abril de 2002, por por la que se aprueba la gestión del Director de la Agencia Europea de Reconstrucción en lo que se refiere a la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2000

    DO L 158 de 17.6.2002, p. 62–65 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2002/452/oj

    32002B0452

    2002/452/CE: Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de abril de 2002, por por la que se aprueba la gestión del Director de la Agencia Europea de Reconstrucción en lo que se refiere a la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2000

    Diario Oficial n° L 158 de 17/06/2002 p. 0062 - 0065


    Decisión del Parlamento Europeo

    de 10 de abril de 2002

    por por la que se aprueba la gestión del Director de la Agencia Europea de Reconstrucción en lo que se refiere a la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2000

    (2002/452/CE)

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    - Vistos el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre los estados financieros de la Agencia Europea de Reconstrucción y la ejecución de la ayuda a Kosovo para el ejercicio 2000, acompañado de las respuestas de la Comisión y de la Agencia Europea de Reconstrucción(1) (C5-0673/2001),

    - Visto el informe anual 2000 de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la Agencia Europea de Reconstrucción [COM(2001) 446],

    - Vista la Recomendación del Consejo de 5 de marzo de 2002 (C5-0123/2002),

    - Visto el artículo 276 del Tratado CE,

    - Vistos el artículo 93 y el anexo V de su Reglamento,

    - Visto el informe de la Comisión de control presupuestario y la opinión de la Comisión de asuntos exteriores, derechos humanos, seguridad común y política de defensa (A5-0101/2002),

    A. Considerando que la Comisión, ya en julio de 1999, inmediatamente después de la guerra en Kosovo, creó el Grupo de trabajo para la reconstrucción de Kosovo (TAFKO CE), para poner en marcha las primeras fases del programa de reconstrucción;

    B. Considerando que la Agencia Europea de Reconstrucción se hizo cargo en febrero de 2000 del programa del TAFKO CE y que pasó a integrarlo en su programa para el ejercicio 2000;

    C. Considerando que la reconstrucción en Kosovo se trataba y se trata de un enorme reto, debido a la envergadura de los daños materiales y humanos ocasionados en una provincia devastada por una década de infrainversiones crónicas, por la negligencia y por las violaciones de los derechos humanos; considerando que la salvaguardia de la sostenibilidad de las inversiones en Kosovo constituye un requisito previo para una gestión irreprochable y eficaz de los recursos presupuestarios asignados a esta región;

    D. Considerando que la estrategia de la Agencia incluye pasar de las acciones de emergencia que caracterizaron la ayuda de la comunidad internacional en 1999 a una medidas a largo plazo que tienen por objeto la reconstrucción y la rehabilitación sostenibles;

    E. Considerando, no obstante, que las medidas de emergencia continuaron hasta bien entrado 2000, centrándose, en particular, en proveer los servicios públicos básicos como el suministro eléctrico y de agua, y recogida de basuras, así como la adopción de medidas de emergencia encaminadas a la reconstrucción de infraestructuras clave tales como la red de transportes;

    F. Considerando que el Tribunal de Cuentas considera que la administración del Agencia y la gestión presupuestaria en el ejercicio 2000 se realizaron de la manera sumamente eficaz y que la Agencia consiguió realizar los objetivos más ambiciosos en el primer año de sus actividades en el ámbito de la energía, la vivienda, el transporte y la agricultura;

    G. Considerando que el Tribunal de Cuentas considera que la Agencia tomó en cuenta los principios de eficacia y de economía y que, mediante una aplicación sumamente flexible de la normativa en vigor, consiguió trabajar a bajo precio y estimular la economía regional;

    H. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha obtenido garantías razonables de que las cuentas anuales para el ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2000 son fiables y que las transacciones subyacentes son, en su globalidad, legales y regulares,

    1. Toma nota de los importes siguientes correspondientes a la contabilidad de la Agencia Europea de Reconstrucción:

    Ejercicio 2000

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    Control financiero

    2. Toma nota de las respuestas de la Comisión y de la Agencia en relación con los riesgos señalados en el párrafo 68 del Informe de Tribunal de Cuentas y desea que la Comisión y la Agencia garanticen que se producirán suficientes controles ex ante de las transacciones realizadas, así como una aprobación rápida del proyecto de modificación del Reglamento financiero anunciado que, entre otras cosas, prevé la designación de un inspector interno;

    3. Recuerda al Director de la Agencia Europea de Reconstrucción la importancia de respetar las disposiciones establecidas por el Reglamento (CE) n° 2667/2000 del Consejo, de 5 de diciembre de 2000, sobre la Agencia Europea de Reconstrucción(2) con respecto a la información al Parlamento Europeo, incluida la presentación de un informe trimestral de actividades (apartado 5 del artículo 5);

    4. Recomienda a la Comisión que presente al Parlamento Europeo un informe anual elaborado de conformidad con el apartado 14 del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 2667/2000, antes del 1 de mayo de cada año, a más tardar;

    5. Insiste en la necesidad de promover investigaciones adecuadas, incluida, cuando proceda, una evaluación interna efectuada por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) sobre cualquier sospecha fundada de mala gestión y corrupción en inversiones de apoyo a centrales eléctricas en Kosovo;

    Agencia Europea de Reconstrucción

    6. Felicita a la Agencia por los buenos resultados obtenidos en el ejercicio 2000 a la hora de ejecutar el programa de reconstrucción y elogia, en este sentido, la dedicación del personal que en ocasiones hubo de trabajar en circunstancias extremadamente difíciles y señala igualmente que, justo después de la guerra, el personal del TAFKO CE cumplió con sus obligaciones de manera más que admirable;

    7. Constata que la partida presupuestaria más importante de la Agencia fue la destinada a la rehabilitación del sector energético y destaca, en este sentido, que para la población fuera una paradoja inexplicable el verse enfrentados a diario con cortes de luz;

    8. Señala que una cooperación más estrecha con Belgrado es esencial para mejorar la situación energética de Kosovo y facilitará la labor de la UNMIK (Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo) para permitir que la compañía eléctrica kosovar (KEK) disponga de personalidad jurídica y establecer mecanismos de manera que las instituciones financieras internacionales concedan créditos a la KEK, dado que los donantes no pueden financiar indefinidamente, a través de subvenciones, todas las inversiones y necesidades recurrentes de Kosovo;

    9. Acoge con satisfacción el Plan de acción para el sector energético aprobado por la Comisión y la Agencia en octubre de 2001 que establece los objetivos (benchmarks) que deberán lograr la UNMIK y la KEK;

    10. Elogia el planteamiento económico y eficaz de la Agencia en los sectores de vivienda, transporte y agricultura;

    Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK), Representante Especial del Secretario General y Comisión Europea

    11. Pide a la UNMIK que lleve a cabo el plan de acción de medidas esenciales acordado por la Comisión y la UNMIK, sobre todo en lo que se refiere a la necesidad de una campaña multimedia encaminada a sensibilizar la conciencia pública con respecto a los problemas en el sector energético que contribuyen al despilfarro y al impago;

    12. Insta igualmente a la UNMIK a elaborar una política de transporte que garantice la sostenibilidad de las inversiones; le insta igualmente a tener en cuenta las observaciones de Tribunal de Cuentas relativas a los obstáculos de la producción agrícola debidos a lo elevado de los derechos de aduanas y de los impuestos sobre el volumen de negocios de los medios de producción agrícolas;

    13. Pide insistentemente al Representante Especial del Secretario General (SRSG) de las Naciones Unidas en Kosovo que ponga más empeño en la realización de un marco político y de una estrategia a largo plazo, con miras a asegurar el carácter sostenible de las inversiones internacionales en Kosovo; insta a la Comisión, que financia la contribución de la UE a la UNMIK, a que negocie el desarrollo de una política sostenible y un marco regulador con la UNMIK y con las instituciones provisionales de autogobierno (PISG), esto es, el Presidente kosovar, el Primer Ministro y el Gobierno de Kosovo y el Parlamento de Kosovo; pide que en el informe de fin de año de la UNMIK para 2002 se incluya un informe sobre el desarrollo de una política sostenible y un marco regulador y sobre los avances de los planes de acción sectoriales acordados con la Comisión; subraya, a este respecto, la necesidad de que se mejore urgentemente la capacidad de Kosovo para recaudar impuestos, a fin de aumentar sus ingresos presupuestarios y conseguir la sostenibilidad del presupuesto; pide a la UNMIK que indique, en sus informes de mediados y fin de año, las medidas adoptadas y previstas para aumentar los ingresos presupuestarios de Kosovo;

    14. Pide a la UNMIK que realice una auditoría sobre la gestión de tesorería y los procedimientos de adjudicación de contratos de la KEK; pide que se examinen las opciones a largo plazo para el desarrollo del sector eléctrico de Kosovo a la luz del próximo estudio del Banco Mundial;

    Autoridades de Kosovo

    15. Pide a las autoridades competentes de Kosovo que adopten las medidas oportunas, tal como se prevé en el mencionado Plan de Acción, con miras a aumentar el índice de recaudación de impuestos, frenar el consumo de electricidad y formalizar un acuerdo sobre intercambios de electricidad con Serbia y los países vecinos, dado que el sistema de generación de energía de Kosovo obliga a importar electricidad durante los períodos punta y a exportarla durante los períodos valle;

    Decisión relativa a la aprobación de la gestión

    16. Aprueba la gestión del Director de la Agencia Europea de Reconstrucción en lo que se refiere a la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2000 basándose en el informe del Tribunal de Cuentas;

    17. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Director de la Agencia Europea de Reconstrucción, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial (serie L).

    El Secretario General

    Julian Priestley

    El Presidente

    Pat Cox

    (1) DO C 355 de 13.12.2001, p. 1.

    (2) DO L 306 de 7.12.2000, p. 7.

    Top