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Document 32001D0890

    2001/890/CE: Decisión de la Comisión, de 13 de diciembre de 2001, sobre el reconocimiento del "Hellenic Register of Shipping" (Registro Naval Griego) en virtud del apartado 3 del artículo 4 de la Directiva 94/57/CE del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2001) 4218]

    DO L 329 de 14.12.2001, p. 72–72 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/08/2010

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2001/890/oj

    32001D0890

    2001/890/CE: Decisión de la Comisión, de 13 de diciembre de 2001, sobre el reconocimiento del "Hellenic Register of Shipping" (Registro Naval Griego) en virtud del apartado 3 del artículo 4 de la Directiva 94/57/CE del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2001) 4218]

    Diario Oficial n° L 329 de 14/12/2001 p. 0072 - 0072


    Decisión de la Comisión

    de 13 de diciembre de 2001

    sobre el reconocimiento del "Hellenic Register of Shipping" (Registro Naval Griego) en virtud del apartado 3 del artículo 4 de la Directiva 94/57/CE del Consejo

    [notificada con el número C(2001) 4218]

    (El texto en lengua griega es el único auténtico)

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    (2001/890/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 94/57/CE del Consejo, de 22 de noviembre de 1994, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y peritaje de buques y para las actividades correspondientes de las administraciones marítimas(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/58/CE de la Comisión(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 4,

    Vistas las cartas de fecha 3 y 30 de agosto de 2001 del Ministerio griego de la Marina Mercante, solicitando el reconocimiento del "Hellenic Register of Shipping", (en lo sucesivo "HRS"), con arreglo al apartado 3 del artículo 4 de la Directiva (reconocimiento limitado),

    Considerando lo siguiente:

    (1) El reconocimiento limitado por tres años en virtud del apartado 3 del artículo 4 de la Directiva 94/57/CE del Consejo es un reconocimiento que se concede a las organizaciones (sociedades de clasificación) que cumplen todos los criterios salvo los establecidos en los apartados 2 y 3 de la sección "Generales" del anexo y que está limitado en el tiempo y el ámbito de actuación, para que las organizaciones interesadas ganen experiencia.

    (2) Con vistas al reconocimiento, la Comisión llevó a cabo una evaluación del HRS entre el 4 y el 6 de septiembre de 2001 en la sede de El Pireo, basándose en las pruebas presentadas por la administración griega y el HRS. La Comisión tuvo también en cuenta las conclusiones de otras visitas recientes a sedes del HRS realizadas del 26 al 30 de marzo de 2001 en El Pireo y el 2 de abril de 2001 en la oficina regional de Nicosia (Chipre). Basándose en la información reunida, se ha verificado que el HRS cumple todos los criterios de la Directiva salvo los establecidos en los apartados 2 y 3 de la sección "Generales" del anexo.

    (3) Las medidas previstas en esta Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado con arreglo al artículo 7 de la Directiva 94/57/CE.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Se reconoce al Hellenic Register of Shipping con arreglo al apartado 3 del artículo 4 de la Directiva 94/57/CE por un período de tres años a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.

    Artículo 2

    Los efectos de dicho reconocimiento se limitan a la República Helénica.

    Artículo 3

    El destinatario de la presente Decisión será la República Helénica.

    Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2001.

    Por la Comisión

    Loyola De Palacio

    Vicepresidente

    (1) DO L 319 de 12.12.1994, p. 20.

    (2) DO L 274 de 7.10.1997, p. 8.

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