EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32000R0970R(01)

Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 970/2000 de la Comisión, de 8 de mayo de 2000, que modifica el Reglamento (CE) n° 1374/98 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación y la apertura de contingentes arancelarios en el sector de la leche y de los productos lácteos (DO L 112 de 11.5.2000)

DO L 163 de 4.7.2000, p. 38–38 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2000/970/corrigendum/2000-07-04/oj

32000R0970R(01)

Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 970/2000 de la Comisión, de 8 de mayo de 2000, que modifica el Reglamento (CE) n° 1374/98 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación y la apertura de contingentes arancelarios en el sector de la leche y de los productos lácteos (DO L 112 de 11.5.2000)

Diario Oficial n° L 163 de 04/07/2000 p. 0038 - 0038


Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 970/2000 de la Comisión, de 8 de mayo de 2000, que modifica el Reglamento (CE) n° 1374/98 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación y la apertura de contingentes arancelarios en el sector de la leche y de los productos lácteos

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 112 de 11 de mayo de 2000)

En la página 31, en el artículo 1, en el punto 8, en la letra b), en el primer párrafo del apartado 3 del artículo 23 modificado:

en lugar de:

3. En lo que respecta a los productos de los códigos NC 0406 90 02 a 0406 90 06 y a los productos enumerados en el anexo IV con los números de orden 3, 4 y 5, los certificados de importación únicamente se expedirán cuando las solicitudes vayan acompañadas de una declaración escrita del solicitante en la que se indique que se ha aplicado el valor mínimo franco frontera a que se hace referencia en la nomenclatura combinada o en el anexo IV.,

léase:

3. En lo que respecta a los productos de los códigos NC 0406 90 02 a 0406 90 06 y a los productos enumerados en el anexo IV con los números de orden 3, 4 y 5, los certificados de importación únicamente se expedirán cuando las solicitudes vayan acompañadas de una declaración escrita del solicitante en la que se indique que se aplicará el valor mínimo franco frontera a que se hace referencia en la nomenclatura combinada o en el anexo IV..

En la página 40, en el anexo V, en el anexo V bis modificado, en el certificado IMA 1, en la casilla 9, "Peso neto (kg)":

en lugar de: "ς",

léase: "< ".

Top