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Document 31999R1246

    Reglamento (CE) n° 1246/1999 de la Comisión, de 16 de junio de 1999, por el que se fijan los coeficientes de reducción de los pagos compensatorios concedidos en virtud del Reglamento (CEE) n° 1765/92 del Consejo en ciertas regiones de la Comunidad durante la campaña de 1999/2000

    DO L 150 de 17.6.1999, p. 17–17 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1999

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1999/1246/oj

    31999R1246

    Reglamento (CE) n° 1246/1999 de la Comisión, de 16 de junio de 1999, por el que se fijan los coeficientes de reducción de los pagos compensatorios concedidos en virtud del Reglamento (CEE) n° 1765/92 del Consejo en ciertas regiones de la Comunidad durante la campaña de 1999/2000

    Diario Oficial n° L 150 de 17/06/1999 p. 0017 - 0017


    REGLAMENTO (CE) N° 1246/1999 DE LA COMISIÓN

    de 16 de junio de 1999

    por el que se fijan los coeficientes de reducción de los pagos compensatorios concedidos en virtud del Reglamento (CEE) n° 1765/92 del Consejo en ciertas regiones de la Comunidad durante la campaña de 1999/2000

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CEE) n° 1765/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1624/98(2) y, en particular, su artículo 12,

    (1) Considerando que para evitar que la existencia de complejos planes de regionalización produzca rendimientos reales considerablemente superiores a los históricos, el Reglamento (CEE) n° 1765/92 establece que, durante la campaña siguiente, los pagos compensatorios deben ajustarse en proporción al rebasamiento del rendimiento medio histórico derivado de los planes de regionalización de 1993;

    (2) Considerando que el procedimiento para comprobar estos rebasamientos se establece en el Reglamento (CE) n° 1237/95 de la Comisión, de 31 de mayo de 1995, por el que se establecen disposiciones de aplicación del estabilizador de los rendimientos utilizados para calcular los pagos compensatorios contemplados en el Reglamento (CEE) n° 1765/92(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2017/97(4);

    (3) Considerando que la aplicación de este método permite fijar los coeficientes que se indican en el presente Reglamento;

    (4) Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión conjunto de los cereales, de las materias grasas y de los forrajes desecados,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    En aplicación del apartado 6 del artículo 3 del Reglamento (CEE) n° 1765/92, los pagos compensatorios para la campaña 1999/2000 se corregirán mediante un coeficiente de 0,992 para Francia.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 16 de junio de 1999.

    Por la Comisión

    Franz FISCHLER

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 181 de 1.7.1992, p. 12.

    (2) DO L 210 de 28.7.1998, p. 3.

    (3) DO L 121 de 1.6.1995, p. 29.

    (4) DO L 284 de 16.10.1997, p. 36.

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