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Document 31997R1801
Commission Regulation (EC) No 1801/97 of 18 September 1997 amending Regulation (EEC) No 3536/91 setting the latest time of entry into storage for skimmed-milk powder sold under Regulation (EEC) No 3398/91
Reglamento (CE) nº 1801/97 de la Comisión de 18 de septiembre de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3536/91 por el que se determina la fecha límite de entrada en los almacenes de la leche desnatada en polvo vendida con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) nº 3398/91
Reglamento (CE) nº 1801/97 de la Comisión de 18 de septiembre de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3536/91 por el que se determina la fecha límite de entrada en los almacenes de la leche desnatada en polvo vendida con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) nº 3398/91
DO L 256 de 19.9.1997, p. 1–1
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 29/10/1999; derog. impl. por 399R2305
Reglamento (CE) nº 1801/97 de la Comisión de 18 de septiembre de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3536/91 por el que se determina la fecha límite de entrada en los almacenes de la leche desnatada en polvo vendida con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) nº 3398/91
Diario Oficial n° L 256 de 19/09/1997 p. 0001 - 0001
REGLAMENTO (CE) N° 1801/97 DE LA COMISIÓN de 18 de septiembre de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3536/91 por el que se determina la fecha límite de entrada en los almacenes de la leche desnatada en polvo vendida con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) n° 3398/91 LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1587/96 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 7, Considerando que el Reglamento (CEE) n° 3536/91 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1990/96 (4), limita la cantidad de leche desnatada en polvo puesta en venta a la que entró en almacén antes del 1 de abril de 1996; Considerando que, habida cuenta de la cantidad que queda disponible y de la situación del mercado, es conveniente sustituir dicha fecha por la del 1 de junio de 1996; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 En el artículo 1 del Reglamento (CEE) n° 3536/91, la fecha de «1 de abril de 1996» será sustituida por la de «1 de junio de 1996». Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 18 de septiembre de 1997. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 148 de 28. 6. 1968, p. 13. (2) DO L 206 de 16. 8. 1996, p. 21. (3) DO L 335 de 6. 12. 1991, p. 8. (4) DO L 265 de 18. 10. 1996, p. 2.