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Document 31996R0122R(01)

    RECTIFICACIÓN A :
    REGLAMENTO (CE) Nº 122/96 DEL CONSEJO de 22 de enero de 1996 por la que se concede un trato arancelario favorable a la importación de determinadas mercancías en las zonas francas de Madera y Azores, debido a su destino particular

    DO L 44 de 22.2.1996, p. 19–19 (ES)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1996/122/corrigendum/1996-02-22/oj

    31996R0122R(01)

    RECTIFICACIÓN A : - REGLAMENTO (CE) Nº 122/96 DEL CONSEJO de 22 de enero de 1996 por la que se concede un trato arancelario favorable a la importación de determinadas mercancías en las zonas francas de Madera y Azores, debido a su destino particular

    Diario Oficial n° L 044 de 22/02/1996 p. 0019


    Rectificación al Reglamento (CE) n° 122/96 del Consejo, de 22 de enero de 1996, por la que se concede un trato arancelario favorable a la importación de determinadas mercancías en las zonas francas de Madera y Azores, debido a su destino particular (Diario Oficial de las Comunidades Europeas n° L 20 de 26 de enero de 1996)

    En la primera página de cubierta y en la página 4, el título del Reglamento debe decir:

    «Reglamento (CE) n° 122/96 del Consejo, por el que se concede un tratamiento arancelario favorable a la importación de determinadas mercancías en las zonas francas de Madera y Azores, debido a su destino especial»;

    en la página 4, en las líneas novena y duodécima del octavo considerando, en la segunda línea del noveno considerando y en la primera línea del décimo considerando; en la página 5, en la primera y cuarta líneas del apartado 3 del artículo 1, en la segunda línea del artículo 4, en la cuarta línea del artículo 5 y en la segunda línea del artículo 6, y en la página 7, en la primera línea del artículo 7:

    en lugar de: «trato»,

    léase: «tratamiento»;

    en la página 4, en la tercera línea del noveno considerando:

    en lugar de: «destinos particulares»,

    léase: «destinos especiales»;

    en la página 5, en la primera y segunda líneas del apartado 1 del artículo 1:

    en lugar de: «aplicables a las mercancías a libre práctica»,

    léase: «aplicables a las mercancías despachadas a libre práctica».

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