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Document 31995D0093

95/93/CE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 24 de marzo de 1995 por el que se modifica la Decisión 92/452/CEE de la Comisión por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE)

DO L 73 de 1.4.1995, p. 86–86 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 27/07/1995; derog. impl. por 395D0335

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1995/93/oj

31995D0093

95/93/CE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 24 de marzo de 1995 por el que se modifica la Decisión 92/452/CEE de la Comisión por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 073 de 01/04/1995 p. 0086 - 0086


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 24 de marzo de 1995 por el que se modifica la Decisión 92/452/CEE de la Comisión por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE) (95/93/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/556/CEE del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones procedentes de terceros países de embriones de animales domésticos de la especie bovina (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 94/113/CE de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 8,

Considerando que la Decisión 92/452/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 94/737/CE (4), establece una lista de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para la exportación a la Comunidad de embriones de animales domésticos de la especie bovina;

Considerando que las autoridades competentes de Estados Unidos de América han presentado modificaciones en su lista de equipos autorizados;

Considerando que es necesario, por tanto, modificar la lista de equipos autorizados de Estados Unidos de América;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En la parte correspondiente a « Estados Unidos de América » del Anexo de la Decisión 92/452/CEE, se añaden los equipos de recogida de embriones siguientes:

>SITIO PARA UN CUADRO>

Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 24 de marzo de 1995.

Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión

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