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Document 31994R2621

    Reglamento (CE) n° 2621/94 del Consejo de 24 de octubre de 1994 relativo a acciones de suministro gratuito de productos agrícolas destinados a Moldova

    DO L 280 de 29.10.1994, p. 2–2 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1994/2621/oj

    31994R2621

    Reglamento (CE) n° 2621/94 del Consejo de 24 de octubre de 1994 relativo a acciones de suministro gratuito de productos agrícolas destinados a Moldova

    Diario Oficial n° L 280 de 29/10/1994 p. 0002 - 0002
    Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 33 p. 0055
    Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 33 p. 0055


    REGLAMENTO (CE) N° 2621/94 DEL CONSEJO de 24 de octubre de 1994 relativo a acciones de suministro gratuito de productos agrícolas destinados a Moldova

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n° 1999/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a acciones de suministro gratuito de productos agrícolas destinados a las poblaciones de Georgia, Armenia, Azerbaiyán, Kirguizistán y Tayikistán (1),

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando que conviene suministrar a Moldova productos agrícolas para aliviar la escasez de productos alimenticios en ese país;

    Considerando, por lo tanto, que es necesario modificar el Reglamento (CE) n° 1999/94 e incluir a Moldova entre los países que pueden acogerse a la ayuda con arreglo a ese Reglamento,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    En el título y en el artículo 1 del Reglamento (CE) n° 1999/94, la mención « y Tayikistán » se sustituye por la mención « , Tayikistán y Moldova ».

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Luxemburgo, el 24 de octubre de 1994.

    Por el Consejo El Presidente J. BORCHERT

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