Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 31994R0719

    REGLAMENTO (CE) Nº 719/94 DEL CONSEJO de 29 de marzo de 1994 por el que se prolonga la campaña de comercialización 1993-1994 en el sector de la carne de vacuno

    DO L 87 de 31.3.1994, p. 1–1 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/06/1994

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1994/719/oj

    31994R0719

    REGLAMENTO (CE) Nº 719/94 DEL CONSEJO de 29 de marzo de 1994 por el que se prolonga la campaña de comercialización 1993-1994 en el sector de la carne de vacuno

    Diario Oficial n° L 087 de 31/03/1994 p. 0001 - 0001


    REGLAMENTO (CE) No 719/94 DEL CONSEJO de 29 de marzo de 1994 por el que se prolonga la campaña de comercialización 1993-1994 en el sector de la carne de vacuno

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CEE) no 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización de mercados en el sector de la carne de vacuno (1) y, en particular, su artículo 4,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando que los precios de intervención correspondientes al sector de la carne de vacuno fijados con motivo de la reforma de la política agraria común por el artículo 1 del Reglamento (CEE) no 2068/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se fijan los precios de intervención del vacuno pesado para el período comprendido entre el 1 de julio de 1993 y el 30 de junio de 1996 (2), no comenzarán a aplicarse, para el período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1995, hasta el 1 de julio de 1994; que, por consiguiente, conviene prolongar la campaña de comercialización en curso hasta el 30 de junio de 1994 para mantener los precios de orientación e intervención a su nivel actual hasta el momento de la transición al nuevo régimen de precios,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    No obstante lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CEE) no 805/68, la campaña de comercialización 1993-1994 en el sector de la carne de vacuno se terminará el 30 de junio de 1994 ya que la campaña de comercialización 1994-1995 comienza el 1 de julio de 1994.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 4 de abril de 1994.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 29 de marzo de 1994.

    Por el Consejo

    El Presidente

    G. MORAITIS

    (1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 24. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 3611/93 (DO no L 328 de 29. 12. 1993, p. 7).

    (2) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 58.

    Top