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Document 31987D0109

    Decisión de la Comisión de 22 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la cuarta modificación del plan de erradicación acelarada de la peste porcina clásica presentado por Italia (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

    DO L 48 de 17.2.1987, p. 26–26 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1991

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1987/109/oj

    31987D0109

    87/109/CEE: Decisión de la Comisión de 22 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la cuarta modificación del plan de erradicación acelarada de la peste porcina clásica presentado por Italia (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

    Diario Oficial n° L 048 de 17/02/1987 p. 0026 - 0026


    *****

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 22 de diciembre de 1986

    por la que se aprueba la cuarta modificación del plan de erradicación acelarada de la peste porcina clásica presentado por Italia

    (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

    (87/109/CEE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

    Vista la Directiva 80/1095/CEE del Consejo, de 11 de noviembre de 1980, por la que se fijan las condiciones para que el territorio de la Comunidad quede y se mantenga libre de la peste porcina clásica (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 6,

    Vista la Decisión 80/1096/CEE del Consejo, de 11 de noviembre de 1980, por la que se establece un plan financiero de la Comunidad con el fin de erradicar la peste porcina clásica (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85 y, en particular, su artículo 5,

    Considerando que, en la Decisión 83/100/CEE (4), la Comisión aprobó el plan de erradicación acelerada de la peste porcina clásica presentado por Italia;

    Considerando que la Comisión aprobó una primera y luego una segunda y una tercera modificación del plan inicial mediante las Decisiones 84/193/CEE (5), 85/120/CEE (6) y 85/541/CEE (7), respectivamente;

    Considerando que, en télex de 10 de noviembre de 1986, las autoridades italianas hicieron partícipe a la Comisión de las modificaciones que habrían de hacerse del plan para que éste se ajustara a la evolución de la peste porcina clásica en Italia;

    Considerando que tras el estudio correspondiente se ha visto que el plan modificado se ajusta a la Directiva 80/217/CEE del Consejo, de 22 de enero de 1980, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la peste porcina clásica (8), así como a la Directiva 80/1095/CEE y que, por lo tanto, reúne las condiciones para la participación financiera de la Comunidad;

    Considerando que las medidas establecidas en la presente Decisión se atienen al dictamen del Comité veterinario permanente,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Queda aprobada la cuarta modificación del plan de erradicación acelerada de la peste porcina clásica presentado por Italia.

    Artículo 2

    La modificación del plan a que hace referencia el artículo 1 surtirá efecto el 1 de enero de 1987.

    Artículo 3

    La destinataria de la presente Decisión será la República Italiana.

    Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 1986.

    Por la Comisión

    Frans ANDRIESSEN

    Vicepresidente

    (1) DO no L 325 de 1. 12. 1980, p. 1.

    (2) DO no L 362 de 31. 12. 1985, p. 8.

    (3) DO no L 325 de 1. 12. 1980, p. 5.

    (4) DO no L 61 de 8. 3. 1983, p. 26.

    (5) DO no L 100 de 12. 4. 1984, p. 23.

    (6) DO no L 46 de 15. 2. 1985, p. 50.

    (7) DO no L 334 de 12. 12. 1985, p. 29.

    (8) DO no L 47 de 21. 2. 1980, p. 11.

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